BOP. 39    18/02/2011


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 1957/2011

Materia: Otros

Sección quinta

EXPTE. 1197492/10, APROB. INIC. RELACION AFECTADOS EXPROPIACION PROYECTO ALCANTARILLADO BARRIO LAS FLORES, T.M. MONTAÑANA

Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza Area de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia de Urbanismo Núm. 1.957 El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2011, ha acordado lo siguiente: Primero. ? Que habiéndose aprobado inicialmente, mediante acuerdo del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo de 9 de noviembre de 2010, la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, servidumbre de acueducto y ocupación temporal para la ejecución del proyecto de ?Alcantarillado del barrio de Las Flores, en Montañana (Zaragoza)?, una vez expuesta al público en el BOPZ núm. 281, de 9 de diciembre de 2010, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 26 del Reglamento que la desarrolla, se resuelven las alegaciones presentadas por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón, perteneciente al Gobierno de Aragón: ?Las fincas identificadas con los números 1 y 2 se atribuyen a la Comunidad Autónoma de Aragón, al constituir caminos internos de la finca ?Soto Lezcano? (finca número 3 de la relación), propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón por el Real Decreto 3414/1983, de 28 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de investigación. ?Se da traslado del acuerdo de aprobación definitiva de la expropiación al Servicio de Participación Ciudadana y a la Unidad de Contratación de Obras, al objeto de atender a la petición del Gobierno de Aragón para que ?con anterioridad al inicio de las obras correspondientes a la expropiación forzosa y la ocupación temporal de las superficies de titularidad de la Diputación General de Aragón, la entidad que ejecute las mismas se ponga en contacto con el Centro de Investigación y Tecnología Agoalimentaria de Aragón, a fin de que esta le transmita las correspondientes recomendaciones tendentes a evitar daños a los materiales genéticos, ensayos y experimentos en curso, y a las infraestructuras existentes?. Segundo. ? Tras haber sido resueltas las alegaciones anteriormente expuestas, procede aprobar definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, servidumbre de acueducto y ocupación temporal para la ejecución del proyecto de ?Alcantarillado del barrio de Las Flores, en Montañana (Zaragoza)?, que se describe a continuación: Finca, referencia catastral, propietario, expropiación suelo en metros cuadrados, servidumbre acueducto en metros cuadrados y ocupación temporal en metros cuadrados 1. Pol. 12-9012. Diputación General de Aragón. 8. 132,14. 1.165. 2. Pol. 12-9017. Diputación General de Aragón. ?. ?. 51. 3. Pol. 12-54. Diputación General de Aragón. ?. ?. 590. 4. Pol. 12-9009. Ayuntamiento de Zaragoza. 4. 8,15. 91. 5. Pol. 16-9016. Ayuntamiento de Zaragoza. 16. 68,11. 543. 6. Pol. 16-599. J. Luis Aparicio Ostáriz. 4. 18,48. 314. 7. Pol. 16-9026. Comunidad de Regantes del Término de Mamblas. ?. 6,40. 80. 8. Pol. 16-40. M.ª Jesús Salas Beltrán. Julián Alberto Pellicena Gil. 8. 78,50. 409. 9. Pol. 16-39. Angel Lona Asín. 8. 77,70. 1.761. 10. Pol. 16-9017. Ayuntamiento de Zaragoza. 46. 333,13. 1.882. 11. Pol. 16-470. M. Isabel Aller Fajardo. ?. ?. 730. 12. Pol. 16-9020. Ayuntamiento de Zaragoza. 4. 15,03. 320,40. 13. Pol. 16-508. Herederos de Gerardo Lahuerta Buisán. ?. ?. 1.147. 14. Pol. 16-9019. Ayuntamiento de Zaragoza. 6. 8,85. 59. 15. Pol. 16-9018. Ayuntamiento de Zaragoza. 26. 210,70. 803. 16. Pol. 16-558. Ayuntamiento de Zaragoza. ?. ?. 1.011. 17. Pol. 16-9058. Desconocido. ?. ?. 131. 18. Pol. 16-557. Pilar Royo Vergara. ?. ?. 353. 19. Pol. 16-46. Rosario Royo Vergara. ?. ?. 292. 20. Pol. 16-587. Rosario Royo Vergara. ?. ?. 178. El expediente se encuentra para su consulta en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (edificio Seminario, vía Hispanidad, 20, Zaragoza CP 50009). Tercero. ? La adopción del presente acuerdo supone el inicio del expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el BOPZ, en dos periódicos de publicación diaria y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial a los efectos oportunos. Cuarto. ? Requerir a los propietarios de las fincas relacionadas en el apartado segundo del presente acuerdo para que indiquen si las fincas objeto de expropiación se hallan o no ocupadas actualmente por arrendatarios u otros titulares de derechos personales de ocupación, indicándose en caso afirmativo los nombre de cada uno de ellos y la renta que satisfacen por razón de la misma, así como plazo para el desalojo de los mismos, el cual no podrá exceder de cuatro meses a tenor de lo dispuesto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón. Quinto. ? Requerir a los propietarios de las fincas relacionadas en el apartado segundo del presente acuerdo para que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, hagan saber a esta Corporación, dentro de los siete días siguientes a que reciban la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido al excelentísimo señor alcalde, las condiciones en que se avendrían a convenir libremente o de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia. Sexto. ? El presente acuerdo supone el inicio a efectos de cómputo de plazos para un posible desahucio administrativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón. Séptimo. ? Autorizar al señor consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo. Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, sin perjuicio de la interposición con carácter previo y potestativo del recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación del presente acuerdo, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 109 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. No obstante, podrá utilizarse el que se considere más conveniente a su derecho. El presente anuncio se hace público para general conocimiento, y en especial de los herederos de Gerardo Lahuerta Buisán, cuyo domicilio se desconoce, con el fin de que el mismo sirva de notificación. Zaragoza, 1 de febrero de 2011. ? El secretario general, P.D.: El jefe del Servicio, Pedro Marín Ballabriga.
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