BOP. 158    13/07/2011


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MEDIANA DE ARAGÓN

Número de registro: 9401/2011

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROB DEF MODIF DIVERSAS ORDENANZAS E IVTM 2011

MEDIANA DE ARAGON Núm. 9.401 Sometido a información pública el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado, en sesión ordinaria de 14 de abril de 2011, mediante anuncio publicado en el BOPZ núm. 98, de 4 de mayo de 2011, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días, sin que en ningún caso se presentara reclamación alguna, se considera definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno, en los términos en los que está redactado y que son los siguientes: Primero. ? Aprobar la modificación de las Ordenanza fiscales reguladoras de la siguientes tasas e impuestos: 1. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA: El artículo 4.º, en lo relativo a la tarifa: La tarifa aplicable será la siguiente: A) Turismos: ?De menos de 8 caballos fiscales: 20,57 euros. ?De 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 55,54 euros. ?De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 117,26 euros. ?De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 135,52 euros. ?De 20 caballos fiscales en adelante: 146,06 euros. B) Autobuses: ?De menos de 21 plazas: 101,40 euros. ?De 21 a 50 plazas: 143,55 euros. ?De más de 50 plazas: 179,44 euros. C) Camiones: ?De menos de 1.000 kilogramos de carga útil: 72,53 euros. ?De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil: 135,76 euros. ?De 2.999 a 9.999 kilogramos de carga útil: 193,38 euros. ?De más de 9.999 kilogramos de carga útil: 241,71 euros. D) Tractores: ?De menos de 16 caballos fiscales: 28,80 euros. ?De 16 a 25 caballos fiscales: 45,25 euros. ?De más de 25 caballos fiscales: 135,76 euros. E) Remolques: ?De menos de 1.000 y más de 750 kilogramos de carga útil 28,80 euros. ?De 1.000 a 2.999 kilogramos de carga útil: 45,25 euros. ?De más de 2.999 kilogramos de carga útil: 135,76 euros. F) Otros vehículos: Ciclomotores: 7,20 euros. ?Motocicletas hasta 125 c.c: 7,20 euros. ?Motocicletas de más de 125 c.c hasta 250 c.c.: 12,34 euros. ?Motocicletas de más de 250 c.c hasta 500 c.c.: 24,68 euros. ?Motocicletas de 500 c.c. hasta 1.000 c.c.: 49,37euros. ?Motocicletas de más de 1.000 c.c.: 98,76 euros. 3. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE BASURA RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS: El artículo 4.º, relativo a la tarifa: ?Por vivienda: 19 euros/semestre. ?Por locales o establecimientos donde se ejerza cualquier actividad (comercial, industrial, profesional, artística etc): 36,75 euros/semestre. 4. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO: El artículo 5, relativo a la tarifa: ? Conexión o cuota de enganche: 409,85 euros. ? Derecho de uso de toma de agua: 4,26 euros/semestre. ? Suplemento por averías: 4,32 euros/semestre. ? Consumo: al semestre: ?Hasta 20 metros cúbicos: 0,14 euros/metro cúbico. ?De 21 a 30 metros cúbicos: 0,31 euros/metro cúbico. ?De 31 a 50 metros cúbicos: 0,42 euros/metro cúbico. ?A partir de 51 metros cúbicos: 0,56 euros/metro cúbico. ?Cuota Confederación Hidrográfica del Ebro: 2,57 euros/semestre. 5. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO: El artículo 4.º, relativo a la tarifa: Por cada acometida: uso de la vivienda: 7 euros/semestre. Segundo. ? Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOPZ por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas. Tercero. ? Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, considerándolo definitivamente aprobado en los términos en que está redactado, sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno. Mediana de Aragón, a 30 de junio de 2011. ? El alcalde, M. A. Casabona Monreal.
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