BOP. 46    26/02/2014


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LAYANA

Número de registro: 2041/2014

Materia: Otros

Sección sexta

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION IMPUESTO INCREMENTO VALOR TERRENOS NATURALEZA URBANA (IVTNU)

L A Y A N A Núm. 2.041 Habiendo transcurrido el plazo señalado en el art. 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que se haya presentado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2013 (anuncio publicado en el BOPZ núm. 5, de 8 de enero de 2014), adquiere carácter definitivo el acuerdo de modifica-ción del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, siendo el texto íntegro de sus modificaciones el que a continuación se publica. Contra este acuerdo los interesados podrán interponer, tal y como establece el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio. Queda modificada las Ordenanza reguladora del impuesto en los artículos y apartados que a continuación se especifican: IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE TERRENOS DE NATURALEZA URBANA El artículo 9.3 de la Ordenanza queda modificado de la siguiente forma: 9.3. a) Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo comprendido entre uno y cinco años, de 3% se pasa a 1,25% b) Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo de has-ta diez años, de 2,8% se pasa a 1%. c) Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo de has-ta quince años, de 2,9% se pasa a 0,75%. d) Para los incrementos de valor generados en un período de tiempo de has-ta veinte años, de 2,9% se pasa a 0,5%. Queda modificado el tipo impositivo del artículo 15, pasando del 30% al 10%. La modificación de la Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su pu-blicación íntegra en el BOPZ, y comenzarán a aplicarse en el momento de su devengo, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Layana, a14 de febrero de 2014. ? El alcalde, Jesús Gay Cortés.
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