BOP. 24    31/01/2015


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE TORRES DE BERRELLÉN

Número de registro: 972/2015

Materia: Otros

Sección sexta

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE IMPOSICION FISCAL LOCAL 2015

TORRES  DE  BERRELLÉN                                                             Núm. 972

Aprobado inicialmente en el Pleno del 27 de noviembre de 2014 expediente de imposición fiscal para 2015, y realizada la publicación para alegaciones en el tablón de anuncios municipal y en el BOPZ núm. 279, de fecha 4 de diciembre de 2014, y habiendo transcurrido el plazo de exposición al público señalado en el artículo 17.2 de Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin que se haya presentado reclamación al mismo, se entiende definitivamente aprobado, por lo que procede la publicación íntegra de dicho acuerdo en el BOPZ y entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación, siendo el texto el siguiente:

A) En relación con el impuesto sobre bienes inmuebles, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 74.4 del TRLHL:

1. Mantener la rebaja según el dictamen, de tal manera que el tipo impositivo quedará en un total de 0,50% en vez del 0,52 actual (se mantienen por tanto los 0,02 puntos impuestos por la Ley 16/2013, de 29 de octubre, en su artículo 8.1 c).

2. Aprobar una bonificación del 50% del IBI urbana para los casos en que, conjuntamente, se den las siguientes circunstancias:

a) Familias numerosas.

b) Que no superen 2,5 veces el IPREM.

c) Que se trate de vivienda habitual.

B) Bonificar con el 50% del impuesto sobre construcciones en los siguientes casos en que, conjuntamente, se den las siguientes circunstancias:

—Que se trate de obras de rehabilitación o mejora.

—Que afecten primordialmente a mejora de sistemas energéticos.

—Que se trate de viviendas privadas.

Dichas modificaciones normativas entrarán en vigor con efectos de 1 de enero de 2015 en cuanto al IBI y con respecto al ICIO, al día siguiente de la aparición de este anuncio en el BOPZ.

Contra dicho acuerdo puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, todo ello de conformidad con lo que se dispone en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Torres de Berrellén, a 20 de enero de 2015. — La alcaldesa, Mercedes Trébol Bartos.

 

 

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