BOP. 27    04/02/2015


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CASPE

Número de registro: 1109/2015

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA PROVISIÓN DE UNA PLAZA, DE OFICIAL PRIMERA SERVICIO MANTENIMIENTO INSTALACIONES MUNICIPALES, LABORAL FIJO, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN.

C A S P E Núm. 1.109

ACUERDO de la Junta de Gobierno Local de 26 de enero de 2015, por el que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de oficial 1.ª servicio de mantenimiento instalaciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de Caspe, laboral fijo.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Caspe (Zaragoza), en sesión celebrada el día 26 de enero de 2015, ha acordado convocar las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de oficial primera servicio mantenimiento instalaciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de Caspe, laboral fijo, aprobando las bases que han de regir las mismas y cuyo contenido figura en el anexo.

Caspe, a 27 de enero de 2015. — La alcaldesa, Pilar Herrero Poblador.

ANEXO

Bases de las pruebas selectivas para provisión

de una plaza, de oficial primera servicio mantenimiento

instalaciones municipales, laboral fijo,

mediante el sistema de oposición

Primera. — Número, denominación y características de la plaza a proveer.

El objeto de estas bases es la provisión de una plaza de oficial 1.ª servicio de mantenimiento instalaciones municipales del Excmo. Ayuntamiento de Caspe, que se incluyen en la oferta de empleo público de este Ayuntamiento aprobada por la Junta de Gobierno en fecha 26 de enero de 2015.

La modalidad del contrato es la de laboral, regulada por el artículo 15 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El carácter del contrato es fijo.

Número de plazas: Una.

Denominación: Oficial primera servicio mantenimiento instalaciones municipales, perteneciente al grupo C2, nivel 15.

La jornada de trabajo será la establecida en el convenio laboral del Ayuntamiento.

Sus funciones serán tareas de mantenimiento de los equipamientos e instalaciones eléctricas, revisión y reparación de los cuadros eléctricos, alumbrado público, equipos autónomos de emergencia y otras instalaciones municipales, así como las propias del puesto según organización, funcionamiento y régimen jurídico y de personal al servicio de la Corporación, o se aprueben por el Pleno.

Segunda. — Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en dichas pruebas se requiere:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 16 años de edad, y no exceder de edad máxima de jubilación forzosa y tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

c) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente. Igualmente, se exige estar en posesión del título de Grado Medio de Instalador Electricista o equivalente.

d) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial, para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala correspondiente en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no deberá hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) El trabajador a contratar, se compromete a acreditar de forma suficiente, no incurrir en causa de incompatibilidad conforme a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Tercera. — Instancias: forma y plazo de presentación.

Las instancias, solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, irán dirigidas a la Alcaldía y en las mismas los aspirantes deberán manifestar:

a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases de la convocatoria.

b) Que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38-4.º de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

A la instancia se acompañará:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Resguardo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen.

c) Documentación acreditativa de la titulación exigida, mediante original o fotocopia compulsada.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las presentes bases.

Cuarta. — Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el BOPZ y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes excluidos, y determinando lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

En la misma resolución se indicará la composición del tribunal. Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de pruebas.

En el supuesto de que no existieren reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin la necesidad de nueva publicación.

Quinta. — Tribunal calificador.

El tribunal calificador, de conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, será nombrado por la Alcaldía, y su pertenencia a dicho tribunal lo será a título individual. Juzgará los ejercicios de la oposición y estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: Un técnico a designar por la Diputación Provincial de Zaragoza, o persona en quien delegue, que actuará como suplente.

Vocales:

—Un técnico, experto en funciones propias de las plazas convocadas, propuesto por la Diputación Provincial de Zaragoza, o persona en quien delegue que actuarán como suplente.

—Un funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Caspe o persona en quien delegue, que actuará como suplente.

—Un técnico al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Caspe o persona en quien delegue, que actuará como suplente.

Secretario: Un secretario de Administración local o persona en quien delegue, que actuará como suplente.

Todos los miembros del tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada.

El presidente del tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad.

Podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir de su constitución el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos el presidente y el secretario.

Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión se podrá interponer recurso de alzada ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros recursos que se estimen oportunos.

El tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad.

Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Igualmente el tribunal queda autorizado para resolver las incidencias que se produzcan. Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponda al grupo funcionarial en que se integre la plaza, a los efectos de la percepción de asistencias por parte de sus miembros.

Sexta. — Sistema de selección de los aspirantes.

El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, que constará de dos ejercicios, ambos de carácter eliminatorio y de realización obligatoria para superar la oposición.

Primer ejercicio: De carácter teórico, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de veinticinco preguntas tipo test, con respuestas alternativas, sobre el programa que se acompaña en este anexo, en un tiempo máximo de treinta minutos. Dicho test tendrá una puntuación máxima de diez puntos, quedando eliminados quienes obtengan una puntuación inferior a 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter práctico, obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de una hora, uno o varios supuestos. El ejercicio planteado contendrá varias preguntas relacionadas con aspectos expuestos en el mismo. En este ejercicio se valorará el conocimiento de las materias establecidas en el programa que se acompaña a las presentas ases, manifestando a través de una correcta respuesta a las preguntas que se formulen, derivadas del supuesto práctico. Tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, quedando eliminados quienes obtengan una puntuación inferior a 5 puntos. El tribunal podrá determinar que el ejercicio sea leído por los aspirantes.

Séptima. — Pruebas y calificación.

Tanto el ejercicio primero como el segundo tendrán carácter eliminatorio, siendo calificados por el tribunal calificador, en la siguiente forma:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos. Los criterios para la calificación de este ejercicio serán determinados por el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal, será de 0 a 10. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembro del tribunal, con derecho a voto, y dividiendo los totales por el número de asistentes a aquel, con derecho a voto, siendo el cociente la calificación definitiva.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos. Los criterios para la calificación de este ejercicio serán determinados por el tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembro del tribunal, con derecho a voto, y dividiendo los totales por el número de asistentes a aquel, con derecho a voto, siendo el cociente la calificación definitiva.

En caso de empate, este se dirimirá, en la siguiente forma: primero: mayor puntuación, ejercicio práctico; segundo: mayor puntuación ejercicio escrito. En el supuesto de persistir empate, este se dirimirá a través del último sorteo celebrado en esta Corporación, para la determinación del orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos.

Octava. — Propuesta de nombramiento.

Concluidas las pruebas el tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de aspirantes por orden de puntuación.

En ningún caso se podrá proponer el acceso a la plaza de un número superior de aprobados al de la plaza convocada. Las propuestas que infrinjan esas normas serán nulas de pleno derecho.

No obstante lo anterior, el tribunal elaborará una relación complementaria de los aspirantes que habiendo superado las pruebas no hayan obtenido plaza, para su posible nombramiento cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de su nombramiento o toma de posesión.

Seguidamente el tribunal elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento.

Los aspirantes que sigan en orden de calificación a los propuestos para ocupar la plaza convocada constituirán una bolsa de trabajo a fin de que puedan cubrir temporalmente las bajas que se produzcan en la plantilla de empleados públicos de esa categoría.

Novena. — Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes aprobados presentarán en el departamento de contratación del Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en la convocatoria, dentro del plazo de diez días naturales desde la publicación de la lista definitiva de aprobados.

Si no presentan la documentación en el plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, o si no reúnen los requisitos exigidos en estas bases, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas y sin efecto todas sus actuaciones anteriores, sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en las instancias de solicitud de tomar parte en las pruebas selectivas.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía en favor del aspirante propuesto por el tribunal.

Formalización del contrato: El aspirante propuesto para su contratación deberá iniciar la prestación laboral de sus servicios en el plazo de los treinta días hábiles siguientes a la de la notificación de resolución de contratación, quedando en la situación de cesantes si así no lo hiciera, sin causa justificada.

Décima. — Legislación aplicable.

La convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases. En su defecto, será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Undécima. — Recursos.

Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Temario

Tema 1. Electrotecnia: Los fenómenos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos y sus aplicaciones. Leyes de Ohm y de Joule generalizadas para corriente alterna. Circuitos eléctricos de corriente alterna formados por impedancias conectadas en serie paralelo. Corrientes alternas trifásicas: Características. Conexiones en estrella y en triángulo.

Tema 2. Medidas en las instalaciones eléctricas: Medidas eléctricas en las instalaciones de baja tensión. Magnitudes eléctricas: Tensión, intensidad, resistencia y continuidad, potencia, resistencia eléctrica de las tomas de tierra. Instrumentos de medidas y características. Procedimientos de conexión. Procesos de medidas.

Tema 3. Maniobra, mando y protección en media y baja tensión: Generalidades. Interruptores, disyuntores, seccionadores, fusibles, interruptores automáticos magnetotérmicos, interruptores diferenciales.

Tema 4. Cálculos en las instalaciones eléctricas de baja tensión: Previsión de potencias, sección de conductores, procedimientos normalizados de cálculo de las instalaciones de baja tensión.

Tema 5. Representación gráfica y simbología en las instalaciones eléctricas: Normas de representación. Simbología normalizada en las instalaciones eléctricas. Planos y esquemas eléctricos normalizados. Topología. Interpretación de esquemas eléctricos en las de interior.

Tema 6. Mantenimiento de máquinas: Transformadores. Pilas y acumuladores. Máquinas eléctricas rotativas de corriente continua: Generadores y motores. Máquinas eléctricas rotativas de corriente alterna: Generadores y motores.

Tema 7. Automatismo y cuadros eléctricos: Cuadros eléctricos. Esquemas de potencia y mando.

Mando y regulación de motores eléctricos: Maniobras. Inversión de giro en motores. Arranque de un motor en conexión estrella-triángulo. Autómata programable: Campos de aplicación.

Tema 8. Instalaciones de electrificación de viviendas y edificios: Instalaciones eléctricas de baja tensión: Definición y clasificación. Acometida, caja general de protección, línea repartidora. Contador de energía eléctrica, centralizaciones. Derivación individual.

Tema 9. Instalaciones de interior de viviendas. Instalaciones de megafonía. Instalaciones de señal de televisión. Instalaciones de telefonía interior e intercomunicación. Instalaciones de cableado estructurado: voz y datos.

Tema 10. Instalaciones eléctricas de enlace y centros de transformación: Redes eléctricas de distribución. Centro de transformación. Instalaciones de enlace, partes y elementos que las constituyen. Tarifación eléctrica. Transmisión de información en los sistemas eléctricos, área de aplicación.

Tema 11. Reglamento electrotécnico de baja tensión: Instalaciones de puesta a tierra. Instalaciones en locales de pública concurrencia. Prescripciones particulares para las instalaciones eléctricas de los locales con riesgo de incendio o explosión. Instalaciones en locales de características especiales. Instalaciones con fines especiales (ITC-BT-31, 32), instalaciones con fines especiales (ITC-BT-38). Instalaciones generadoras de baja tensión.

Tema 12. Revisiones eléctricas. Monitor detector de fugas. Puestas a tierra. Conductores de equipontencialidad. Tomas de corriente y cables de conexión. Protecciones de diferenciales y magnetotérmicos. Suelos antielectrostáticos. Iluminación. Medidas de resistencias. Transformadores de aislamientos. Controles periódicos.

Tema 13. Instalaciones de pararrayos: Conceptos generales. Normativa de aplicación. Tipos de pararrayos.

Tema 14. Instalaciones de alumbrado exterior: Guía técnica de aplicación instalaciones de alumbrado exterior. Esquemas de conexiones de lámparas utilizadas en alumbrado exterior.

Tema 15. Protección medioambiental. Nociones básicas sobre contaminación ambiental. Principales riesgos medioambientales relacionados a las funciones de la categoría.

Tema 16. Ley de Prevención de riesgos laborales.

Tema 17. La Constitución española de 1978.

Tema 18. La Corona.

Tema 19. Las Cortes Generales.

Tema 20. La organización territorial del Estado.

ANEXO II

Modelo de instancia

Don/Doña ……, con DNI núm. ……, y domicilio a efectos de notificación en ……,

Expone:

Primero. — Que vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de …… núm. ……, de fecha ……, en relación con la convocatoria para la provisión en propiedad mediante el sistema de oposición de una plaza de servicio mantenimiento instalaciones municipales conforme a las bases que se publican en el BOPZ número…, de fecha ….

Segundo. — Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

Tercero. — Que declara conocer las bases generales de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de conductor mediante el sistema de oposición.

Por todo ello:

Solicita:

Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.

En ……, a …… de …… de ……

 

 

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