BOP. 102    08/05/2015


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZUERA

Número de registro: 5428/2015

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES CONVOCATORIA CONCURSO-OPOSICIÓN UNA PLAZA DE SOCORRISTA PISCINA Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO

Z U E R A    Núm. 5.428

Por decreto de Alcaldía núm. 154, de fecha 28 de abril de 2015, fueron aprobadas la convocatoria y bases reguladoras del procedimiento para la cobertura, mediante concurso-oposición, de una plaza de socorrista para la piscina de verano y complejo deportivo municipal, con contrato laboral temporal de interinidad a tiempo parcial, para la realización de trabajos discontinuos y periódicos que se repiten en fechas ciertas dentro del volumen normal de la actividad de la entidad, categoría profesional C2-15, así como la constitución de bolsa de empleo.

El presente anuncio de la convocatoria se publica, asimismo, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web www.ayunzuera.com, donde se incluye, junto a la convocatoria, el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas.

Bases que regirán la convocatoria para proveer mediante

concurso-oposición una plaza de socorrista, laboral

 y temporal, para piscina de verano y complejo deportivo

municipal, y constitución de bolsa de empleo

Primera. — Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de socorrista para la piscina de verano y complejo deportivo municipal, con contrato laboral temporal de interinidad a tiempo parcial, para la realización de trabajos discontinuos y periódicos que se repiten en fechas ciertas dentro del volumen normal de la actividad de la entidad, categoría profesional C2-15, así como la constitución de bolsa de empleo.

Segunda. — Características y funciones del puesto.

La plaza convocada corresponde a un puesto de socorrista con jornada parcial. La jornada anual será de 508 horas. Esta jornada se acumulará en turnos de veintiocho horas semanales (de lunes a domingo en jornada partida y con turnicidad) entre el 1 de junio y el 15 de septiembre para las piscinas municipales de verano y entre el 15 de septiembre y el 31 de mayo para las piscinas cubiertas, siendo el primer llamamiento desde el día 12 de junio al 6 de septiembre de 2015 para las piscinas municipales de verano, y de 4 horas semanales (domingo) del 26 de septiembre de 2015 al 31 de mayo de 2016 para piscinas cubiertas.

Sin que haya de entenderse tales fechas como definitivas, dado que podrá modificarse en función de las fechas de apertura y cierre del complejo deportivo y de la piscina de verano.

Asimismo, el contratado deberá aceptar los turnos que en forma de alternancia establezca el Ayuntamiento, de modo que ninguno de los trabajadores se sienta perjudicado. Tal régimen de turnos podrá ser sustituido por el mutuo acuerdo entre los trabajadores o bien por necesidades de servicio.

El llamamiento se realizará anualmente para cada período de actividad, realizándose por carta dando un plazo de cinco días para contestar.

Las funciones propias del puesto serán:

a) El socorrista permanecerá en la zona de baño durante el horario de funcionamiento, debiendo ser identificado de forma fácil por los usuarios de la piscina.

b) Vigilar permanentemente el vaso de la piscina y sus cercanías para prevenir accidentes.

c) Aplicar las técnicas de primeros auxilios.

d) Colaborar en el traslado de accidentados, en caso de ser necesario y no existir otras posibilidades.

e) Supervisar el correcto estado de los vasos, y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.

f) Supervisar el correcto uso por parte de los bañistas de las instalaciones, controlando el aforo máximo por bañistas, de forma que cada bañista cuenta con 1 metro cuadrado de lámina de agua

g) Velar permanentemente para hacer cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos.

h) Informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad

i) Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total cumplimiento de la legislación que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio

j) Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico o funcional.

k) Observar en todo momento el necesario decoro personal y la corrección y respeto debido a los usuarios.

l) Responsabilidad del botiquín y estricto control del inventario del mismo.

Y todas aquellas tareas que le encomiende su superior inmediato y que estén en el ámbito de sus capacidades y destrezas.

Tercera. — Requisitos mínimos de los aspirantes.

Podrán tomar parte en el proceso selectivo todos aquellos aspirantes que reúnan, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española, no obstante, los nacionales de otros estados podrán acceder en los términos establecidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar/Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, entendiéndose que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos para su expedición.

d) Estar en posesión de titulación válida para el desarrollo de actividades de salvamento y socorrismo acuático expedido por organismo competente o entidad privada cualificada, antes de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) Estar en posesión de la titulación válida para utilización de desfibriladores semiautomáticos DESA.

f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.

g) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.

h) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante, se aplicará el beneficio de rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

i) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la legislación vigente.

Cuarta. — Presentación de solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria (anexo I), en la que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera, así como de la titulación exigida, se dirigirán al presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de esta de 9:00 a 14:00 horas, o en cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente, en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOPZ.

A la instancia se acompañará:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Currículum vítae junto con los justificantes acreditativos de los méritos alegados en el mismo, en el orden establecido en baremo de la base séptima.

c) Resguardo del abono de 8,07 euros en la cuenta municipal de Caixabank ES11 2100 4616 1122 0001 2668, en concepto de tasa por inscripción en las pruebas selectivas del personal al servicio de la Administración municipal de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal núm. 22 del Ayuntamiento de Zuera, con excepción de los solicitantes en situación de desempleo en el momento de presentación de la solicitud, situación que deberán acreditar mediante el correspondiente justificante expedido por el Servicio Público de Empleo. No se admitirá tarjeta de mejora de empleo.

Las instancias también podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación de instancias comportará, que el interesado acepta las bases de la convocatoria.

Quinta. — Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el presidente dictará resolución resolviendo en el plazo máximo de un mes la aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la página web del Ayuntamiento de la villa de Zuera por plazo de diez días hábiles, en el transcurso de los cuales se podrán formalizar las reclamaciones o alegaciones que se estimen pertinentes por los aspirantes.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de la convocatoria.

Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del presidente de la Corporación por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo, en el tablón de anuncios municipal y página web del Ayuntamiento, expresando el lugar, fecha y hora de realización de la prueba práctica.

Sexta. — Tribunal calificador.

El tribunal calificador estará constituido por:

A) Presidente: Don José Pardo Fonz, gerente del Servicio Municipal de Deportes de Zuera.

B) Vocales:

—Don Luis Martínez Solano, secretario del Ayuntamiento de Zuera, que actuará, además, como secretario del tribunal.

—Doña Marta Ferrer Aznárez, administrativo del Ayuntamiento de Zuera.

—Doña Mónica García Gil, técnico del Ayuntamiento de Zuera.

—Doña Ana Liarte Lardiés, auxiliar administrativo del Ayuntamiento de Zuera.

Podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas para la prueba física, cuyo nombramiento deberá hacerse público conjuntamente con el tribunal.

Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero sin voto.

Los miembros del tribunal calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el tribunal, por mayoría.

Séptima. — Procedimiento de selección de los aspirantes.

El tribunal seleccionará a los aspirantes con sujeción a estas bases teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Fase primera:

La valoración del concurso de méritos se realizará el primer día hábil después de la exposición de la lista definitiva de admitidos, a las 9:00 horas, en las dependencias del Ayuntamiento.

Los méritos serán valorados con arreglo a los siguientes parámetros:

1. Formación deportiva y titulación:

Solamente se valorarán aquellos cursos, jornadas o diplomas impartidos o expedidos por centros oficiales o entidades homologadas cuyo contenido esté directamente relacionado con la plaza que se convoca y hasta un máximo de 2 puntos. En el diploma o certificado deberá constar el nombre del curso, los contenidos impartidos, la entidad que lo expide y el número de horas realizadas.

—Por cursos o jornadas de veinte a cuarenta horas: 0,10 puntos.

—Por cursos o jornadas de cuarenta horas en adelante: 0,15 puntos.

2. Experiencia profesional:

a) Experiencia en puestos de socorrista de categoría similar a la solicitada.

—Por cada mes trabajado, en la Administración Pública: 0,20 puntos.

—Por cada mes trabajado, en entidad distinta a la Administración Pública: 0,10 puntos.

Las anteriores puntuaciones hacen referencia a contratos de trabajo a tiempo completo, con dedicación semanal de 37,50 horas. Aquellos puestos alegados con una dedicación mayor o menor a 37,50 horas semanales serán ponderados bajo esta puntuación.

La puntuación máxima en este apartado no podrá superar los 3 puntos. Solo se valorarán los méritos que se acrediten mediante contrato de trabajo (al que se añadirán las posibles modificaciones de contrato existentes) y el certificado de empresa, con los que se justifican el inicio, final y jornada del mismo.

Fase segunda:

1. Realización de prueba práctica:

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará con la letra “H”, según Resolución del IAAP publicada en el “Boletín Oficial de Aragón” de 7 de abril de 2015.

2. Realización de la prueba de aptitud profesional relacionada con las funciones a desempeñar:

—100 metros prueba combinada (obligatoria): salida libre desde fuera del vaso en la zona determinada por el tribunal, 50 metros de nado socorrista tocando la pared de los extremos de la piscina, buceo de 15 metros para emerger en la zona del muñeco, agarre y arrastre del mismo (de las formas especificadas en las normas de ejecución) hasta completar los 35 metros restantes.

• Normas de ejecución de la prueba:

1.ª Entrada libre al vaso de piscina desde el borde de la misma. Nado socorrista.

2.ª Se permite descansar y apoyarse en el borde de la piscina en el momento previo al buceo y tras la realización del nado socorrista.

3.ª La cabeza del muñeco debe permanecer siempre fuera del agua. En caso de sumergirse, quedará eliminado de la prueba.

4.ª No se permite tocar ni impulsarse con cualquier parte del cuerpo en el lateral del vaso de piscina ni en su fondo durante el nado socorrista, buceo y arrastre (sí se permite el emerger con el muñeco y realizar los giros de nado y arrastre).

5.ª Tipos de arrastre permitidos (siempre con cabeza del muñeco fuera del agua):

—Una mano: una mano en la nuca del muñeco; una mano cruzada por el pecho a la axila del muñeco desde su clavícula contraria.

—Dos manos: una mano en la nuca y otra en la barbilla o maxilar del muñeco; una mano en la nuca y otra en la frente del muñeco; manos a las axilas del muñeco.

6.ª Los aspirantes dispondrán de dos intentos para realizar la prueba combinada, teniéndose en cuenta el mejor de los mismos.

Observaciones: En el arrastre del muñeco no está permitido su agarre por la zona lateral y anterior del cuello, solo parte posterior o nuca. Igualmente, no se permite el uso de relojes, cronómetros, móviles o cualquier aparato electrónico en el momento de espera a la realización de la prueba.

El tiempo límite será de 3’00’’, de acuerdo a la siguiente puntuación:

    Tiempo    Puntos

    1’40’’-1’50’’    5

    1’51’’-2’00’’    4

    2’01’’-2’10’’    3

    2’11’’-2’20’’    2,5

    2’21’’-2’30’’    2

    2’31’’-2’40’’    1,5

    2’41’’-2’50’’    1

    2’51’’-3’00’’    0,5

    3’01’’ en adelante    No apto

Los participantes en esta prueba dispondrán de dos intentos para realizarla, con un descanso de treinta minutos entre ambos intentos.

Los participantes que no superen la prueba física quedarán eliminados.

La puntuación máxima de esta fase segunda no podrá exceder de 5 puntos.

En caso de producirse una situación de empate en la puntuación, tras la valoración de la fase I y la fase II, la posición de los aspirantes se determinará con base al mejor de los tiempos conseguidos entre los aspirantes igualados en puntuación.

Los participantes que no obtengan 5 o más de 5 puntos, sumadas las puntuaciones de la fase I y la fase II, se declararán no aptos, quedarán eliminados y no formarán parte de la bolsa de trabajo.

El tribunal tendrá la facultad para resolver las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la siguiente normativa: Ley 7/2007, de 12 de abril,  del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto legislativo 781/1986, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes; texto refundido del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto legislativo 1/1995), y convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Zuera. Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Octava. — Provisión de puestos.

El candidato que haya obtenido la mayor puntuación, computadas ambas fases del concurso-oposición, será propuesto para su contratación.

Novena. — Propuesta de contratación y bolsa de empleo.

Concluido el proceso selectivo, el tribunal calificador elevará propuesta de contratación, junto con el acta de la última sesión que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, al órgano correspondiente que efectuará la contratación, procediendo a la formalización del contrato correspondiente, pudiéndose establecer en el mismo un período de prueba de quince días, y con las consecuencias que establece la normativa laboral sobre la no superación del mismo.

No obstante no poder el tribunal declarar seleccionado más de un aspirante, relacionará por el orden de puntuación obtenido, de mayor a menor, a los restantes aspirantes, a los efectos de constituir una bolsa de trabajo.

Los llamamientos para sustituciones se realizarán por riguroso orden de puntuación, y la renuncia al puesto que se ofrezca significará pasar al último lugar de la lista, salvo que se justifique documentalmente que la persona llamada se encuentra en situación de baja por enfermedad, maternidad o riesgo durante el embarazo, o estar trabajando en el momento del llamamiento.

El llamamiento se realizará vía correo electrónico y comunicación postal.

Por la persona que efectúe los llamamientos se expedirá diligencia en el expediente de la bolsa, que contenga todos los documentos del acuse de correo electrónico, del acuse de notificación del recibí, así como su resultado.

Zuera, a 20 de abril de 2015. — El alcalde, Antonio Bolea Gabaldón.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas

VER PDF COMPLETO

Cerrar