BOP. 115    23/05/2015


Entidad publicadora: ZARAGOZA DINÁMICA. (INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA)

Número de registro: 6266/2015

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección quinta

CONVOCATORIA DE BECAS PARA ESTANCIAS FORMATIVAS EN CENTROS DE TRABAJO DE OTROS PAÍSES EUROPEOS

Zaragoza Dinámica    Núm. 6.266

ANUNCIO relativo a la convocatoria de becas para estancias formativas en centros de trabajo de otros países europeos.

La muy ilustre Vicepresidencia de Zaragoza Dinámica, con fecha 15 de mayo de 2015, resolvió la aprobación de las bases de la convocatoria de becas dirigidas a estudiantes de Formación Profesional para el Empleo cursando módulos conducentes a certificados de profesionalidad, niveles I y II, o que los hayan finalizado en el último año en Zaragoza.

Cláusulas

Primera. — Objeto.

La presente tiene por objeto efectuar la convocatoria de becas en régimen de concurrencia competitiva para la realización de estancias transnacionales en empresas o entidades de países europeos. Pueden ser objeto de subvención las estancias con finalidad formativa-profesional en empresas o entidades de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Macedonia, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumania, República Checa, Suecia, Suiza y Turquía. 

Quedan excluidos del objeto de esta subvención los siguientes organismos de acogida:

—Instituciones europeas comunitarias y otras entidades europeas, incluidas agencias especializadas.

—Organismos que gestionan fondos comunitarios.

—Representaciones de España en el extranjero: embajadas, consulados, instituciones culturales (por ejemplo: Instituto Cervantes, Oficina Española de Turismo) con la finalidad de asegurar la transnacionalidad de la experiencia.

Segunda. — Normativa de aplicación.

Las ayudas económicas se regirán por lo establecido en las presentes bases reguladoras; por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS); por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la LGS (en adelante RLGS); por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones (en adelante OGMS), aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 11 de enero de 2005 y publicada en el BOPZ con fecha 22 de enero de 2005; por las bases de ejecución del presupuesto municipal; el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza para el período 2014-2015, así como por el resto de normas de derecho administrativo que resulten de aplicación y, en su defecto, por las de Derecho privado.

Tercera. — Dotación económica.

La cuantía global máxima del gasto de las becas previsto para esta convocatoria es de 30.540,77 euros, que podrá ser atendida con aplicación de la partida presupuestaria 2015-06-2318-25000 “Programa de movilidad del presupuesto de Zaragoza Dinámica”.

La cuantía de la beca depende del país de destino elegido. Los importes para las doce semanas de prácticas aparecen en el anexo I. 

Cuarta. — Objetivos y finalidad.

Los objetivos que se pretenden conseguir son:

—Facilitar la adquisición de competencias demandadas por las empresas.

—Incrementar las posibilidades de inserción laboral de los desempleados residentes en Zaragoza.

—Mejorar los conocimientos de una lengua extranjera oficial de la Unión Europea (UE).

—Fortalecer la cohesión laboral entre los distintos países de la Unión Europea (UE).

Quinta. — Beneficiarios.

Podrá ser participante receptor de una ayuda de movilidad cualquier persona física que reúna los siguientes requisitos: 

—Ser mayor de edad.

—Estar en situación legal de desempleo en el momento de aceptación de la beca.

—Ser nacional de la UE o bien de otra nacionalidad con residencia permanente en uno de los países participantes, o ser apátridas o refugiado en el país de envío durante todo el período de la beca.

—Acreditar haber realizado al menos un curso/s de formación ocupacional impartido en Zaragoza con certificado de profesionalidad I y II.

—Tener conocimientos básicos del idioma del país en que se solicite la movilidad, o en su defecto de inglés.

—Haber sido aceptado por el centro de trabajo en el que se van a realizar las prácticas y justificarlo mediante la carta de aceptación de la empresa o entidad.

—No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que le imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como becario.

—No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la LGS.

—Estar al corriente de pagos con el Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza y con Zaragoza Dinámica.

Sexta. — Duración.

Las becas se conceden por un período de doce semanas, comprendidas entre el 15 de septiembre y el 15 de diciembre, para la realización de prácticas en empresas o entidades relacionadas con su perfil profesional. 

La estancia en el extranjero tendrá que estar finalizada antes del 15 de diciembre de 2015.

Séptima. — Documentación.

Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) La solicitud, según modelo normalizado que puede descargarse de la página web de Zaragoza Dinámica (www.zaragozadinamica.es).

b) Fotocopia compulsada del DNI.

c) Tarjeta de desempleo actualizada.

d) Fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia, si no son nacionales de la Unión Europea.

e) Un modelo europeo de currículum vítae en inglés o en la lengua del país de destino.

f) Fotocopia compulsada del título/os de los cursos de formación ocupacional y de idiomas.

g) Fotocopia compulsada del título de formación reglada.

h) Carta de aceptación de la empresa de acogida o entidad que debe cumplir los siguientes requisitos:

—Papel original de la empresa o entidad con su membrete, dirección, teléfono, fax y correo electrónico.

—Firma del representante de la empresa o entidad especificando el nombre, cargo y sello de la misma.

—Fechas y duración de la práctica.

—Programa de actividades propuesto, el departamento donde se llevará a cabo y tutor responsable.

Octava. — Plazo y lugar de presentación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ hasta el 23 de junio de 2015. 

Las solicitudes dirigidas a la presidencia de Zaragoza Dinámica deberán presentarse en el Registro de dicho organismo (sito en plaza de Nuestra Señora del Pilar, núm. 18, planta baja) o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si la solicitud se presenta en un registro distinto al de Zaragoza Dinámica, se remitirá ese mismo día copia de la misma sellada por el registro al número de fax 976 72 10 63 de Zaragoza Dinámica, o escaneada al siguiente correo electrónico: info@zaragozadinamica.es.

Las solicitudes que incumplan lo preceptuado en esta cláusula no serán objeto de valoración.

Novena. — Subsanación de defectos de las solicitudes.

En caso de no aportarse alguno de los documentos y justificaciones que se señalan en los apartados a, b, c, d, e, f y g de la cláusula séptima de las bases de esta convocatoria, el órgano instructor del expediente comunicará al interesado la concesión de un plazo de diez días hábiles para que aporte los documentos requeridos, con el apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se procederá a declarar al solicitante decaído en su derecho al trámite de la solicitud, procediéndose sin más trámite al archivo de su petición.

La carta de aceptación de la empresa de acogida o entidad deberá aportarse dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en la cláusula octava. Su falta de presentación no será objeto de subsanación.

Décima. — Órganos y resolución.

El órgano competente para resolver será la presidencia de Zaragoza Dinámica, que dictará resolución, previo informe de la comisión de valoración integrada por la vicepresidencia y un miembro de cada grupo político municipal. 

La resolución se adoptará en el plazo máximo de un mes tras la celebración de la comisión de valoración. Transcurrido dicho plazo sin que se haya publicado la resolución, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. 

La resolución contendrá los beneficiarios de la subvención, así como la lista de reservas de beneficiarios, cuyo derecho a la percepción de la misma se establecerá por orden de puntuación de acuerdo con lo informado por la comisión de valoración.

Undécima. — Notificación.

La resolución será notificada a los solicitantes de acuerdo con lo prescrito en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a través de la correspondiente publicación en el tablón de anuncios de Zaragoza Dinámica (sito en plaza de Ntra. Sra. del Pilar, núm. 18, planta baja), en la web del organismo autónomo y en el BOPZ. Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma.

Previamente podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma.

Duodécima. — Criterios de valoración.

Para la valoración de las solicitudes de esta convocatoria de subvenciones se realizará un proceso de selección, que constará de dos fases: Valoración de la formación y entrevista personal.

Primera fase: Valoración de la formación de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Formación: Hasta 11 puntos.

a.1. Formación reglada (solo se computará un título), hasta 5 puntos:

—Estar en posesión del título de técnico medio de formación profesional en la modalidad correspondiente: 5 puntos.

—Estar en posesión del título técnico superior de formación profesional de diplomado o ingeniero técnico: 4 puntos.

—Estar en posesión del título de licenciado o ingeniero superior o grado: 3 puntos.

a.2. Formación ocupacional, con acreditación de la entidad formadora y habiendo sido realizada en los últimos tres años. Por hora de curso realizada, 0,01 punto, hasta 6 puntos.

b) Demanda de empleo: estar inscrito en el INAEM (Instituto Aragonés de Empleo) como demandante de empleo: 2 puntos.

c) Formación en idiomas acreditada documentalmente (dos idiomas como máximo): hasta 6 puntos.

c.1. En un primer idioma: Hasta 5 puntos.

Utilizando el Marco de Referencia Común Europeo para las Lenguas (MCERL) y comparándolo con los niveles de las escuelas oficiales de idiomas se otorgan: 

—A2: 1 punto.

—B1: 2 puntos.

—B2:3 puntos.

A los certificados de validez internacional: 

—FCE (First Certificate English) o equivalente en otros idiomas: 4 puntos. 

-CAE (Certificate in Advance English) o equivalente en otros idiomas: 5 puntos.

c.2. En un segundo idioma: Máximo 1 punto.

—A2 : 0,2 puntos.

—B1: 0,4 puntos.

—B2 :0,6 puntos.

A los certificados de validez internacional: 

—FCE (First Certificate English) o equivalente en otros idiomas: 0,8 puntos.

—CAE (Certificate in Advance English) o equivalente en otros idiomas: 1 punto.

d) Personas con una discapacidad compatible con las ocupaciones y en grado de autonomía completa para el desenvolvimiento de la vida cotidiana: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima a obtener en esta primera fase será de 21 puntos.

Segunda fase: Entrevistas personales.

Los candidatos preseleccionados podrán ser convocados en tiempo y forma oportuna para ser entrevistados. Esta versará sobre el currículum vítae aportado por el candidato, intereses profesionales, motivaciones, aspectos de actualidad y cultura, y todo cuanto se estime pertinente para valorar los aspectos personales, profesionales y lingüísticos de los candidatos.

La puntuación máxima a obtener en esta segunda fase será de 10 puntos.

Una vez revisadas las solicitudes se publicarán en el tablón de anuncios y en la página web de Zaragoza Dinámica (www.zaragozadinamica.es) la relación de solicitantes admitidos y seleccionados para poder ser beneficiarios.

Decimotercera. — Gastos subvencionables.

Los conceptos que incluye la beca de movilidad son:

—Gastos de viaje, alojamiento y manutención, que se justificarán con un certificado firmado y sellado por el organismo en el que se desarrolla la estancia formativa que justifica la fecha de inicio y fin de la estancia y el contenido realizado de la misma.

—Gastos de seguro. Zaragoza Dinámica cubrirá las siguientes contingencias de los participantes: Responsabilidad civil, enfermedad/accidente/invalidez y asistencia/repatriación.

Decimocuarta. — Pago. 

Adoptada la resolución de concesión de la subvención, el participante recibirá un pago anticipado correspondiente al 80% de los gastos de viaje, alojamiento y manutención. 

Al final de la estancia, y presentado el informe de actividad de la estancia, percibirá el pago del 20% restante de los gastos de viaje y manutención. Dicho pago se efectuará una vez justificada la subvención de acuerdo con la cláusula decimoséptima mediante Resolución de conformidad de la documentación justificativa de la subvención adoptada por el órgano competente.

Decimoquinta. — Compatibilidad.

El importe de la subvención regulada en estas bases no podrá ser en ningún caso de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la UE o de organismos internacionales supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.

El participante deberá comunicar a Zaragoza Dinámica la obtención o solicitud ante cualquier Administración o ente público o privado de cualquier tipo de ayuda para la misma actividad y con el mismo fin.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra beca, retribución o ayuda pública o privada percibida para el mismo fin. 

Asimismo, el participante no podrá haber participado con anterioridad en un programa de estancias gestionado por Zaragoza Dinámica.

Decimosexta. — Obligaciones del participante.

El participante se compromete a lo siguiente:

a) Firmar el contrato de las estancias formativas que vincula a todas las partes implicadas en el proyecto. Este documento no supondrá ninguna vinculación contractual laboral entre el becario y este organismo autónomo. 

b) Firmar el documento de movilidad Europass, que es el documento que certifica el período de aprendizaje o formación realizados en el extranjero.

c) Cumplimentar el informe del participante y hacer entrega del mismo impreso y firmado en plazo máximo de treinta días naturales desde la finalización de la estancia formativa, así como presentar la siguiente documentación justificativa:

—Tarjetas de embarque.

d) Respetar el reglamento y la disciplina de la empresa o entidad donde el participante realice las prácticas, sus horarios de trabajo, los reglamentos en vigor, y las disposiciones relativas al secreto profesional.

e) Comunicar a Zaragoza Dinámica con la mayor celeridad posible los problemas eventuales y los cambios en relación con la estancia.

f) La aceptación de la subvención por parte del participante implica el sometimiento a lo establecido en las bases de la convocatoria, así como a la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la Ordenanza General Municipal de Subvenciones y a la Ordenanza sobre Transparencia y Libre Acceso a la Información aprobada por el Ayuntamiento de Zaragoza.

Decimoséptima. — Justificación.

La realización de las actividades para las que se ha concedido la beca se justificarán dentro de los treinta días naturales siguientes a la terminación del plazo fijado en el apartado sexto. 

La justificación se realizará mediante la presentación del certificado firmado y sellado por el organismo en el que se desarrolla la estancia formativa (documento Europass) que justifica la fecha de inicio y de fin de la estancia y el contenido realizado de la misma.

Decimoctava. — Seguimiento y directorio.

Zaragoza Dinámica llevará a cabo las actuaciones de seguimiento necesarias para determinar la adecuación de la subvención al objeto de la convocatoria y a la finalidad para la que fue concedida.

Zaragoza Dinámica se reserva la facultad de incluir en un directorio de becas, tanto vía web o por cualquier otro formato, las estancias que hayan sido objeto de subvención a través de la presente convocatoria.

Decimonovena. — Incumplimiento.

Procederá la revocación de la subvención, así como el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos establecidos en el artículo 55 de la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza.

El participante, en caso de no llevar a efecto la estancia, y no lo justifique por causa de fuerza mayor, estará obligado a devolver la totalidad de la cantidad percibida.

El participante podrá interrumpir la estancia cuando exista una causa de fuerza mayor entendida como una situación excepcional e imprevisible o un acontecimiento más allá del control del participante y no atribuible a un error o una negligencia por su parte. En este caso el participante tiene derecho a recibir la subvención correspondiente a la duración de la estancia realizada.

Vigésima. — Responsabilidad y régimen sancionador.

Los participantes receptores de las becas estarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza, la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones concordantes.

Vigesimoprimera. — Publicación.

La presente convocatoria se publicará en el BOPZ, en la web y en el tablón de anuncios del Zaragoza Dinámica.

Zaragoza, 19 de mayo de 2015. — La vicepresidenta de Zaragoza Dinámica, Lola Ranera Gómez.

ANEXO  I

Importes por país

País    Importe

Austria    3.864

Bélgica    3.864

Bulgaria    3.864

Suiza    3.696

Chipre    4.032

R. Checa    3.864

Alemania    3.528

Dinamarca    4.536

Estonia    3.024

Finlandia    4.032

Francia    4.200

Reino Unido    4.704

Grecia    3.696

Croacia    3.024

Hungría    3.696

Irlanda    4.200

Islandia    4.200

Italia    3.864

Liechtenstein    3.696

Lituania    3.024

Luxemburgo    4.032

Letonia    3.528

Malta    3.528

P. Bajos    4.368

Noruega    3.696

Polonia    3.696

Portugal    3.360

Rumanía    3.696

Suecia    4.368

Eslovenia    3.024

Eslovaquia    3.528

Turquía    3.696

ANEXO II

Modelo de solicitud

 

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