BOP. 12    16/01/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 13977/2015

Materia: Urbanismo

Sección quinta

EXPTE. 111017/2015, APROBAR OPERACIÓN JURÍDICA COMPLEMENTARIA Nº 8 DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN DEL SECTOR 88/1 CANAL IMPERIAL-MONTES DE TORRERO

Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza

Área de Urbanismo y Sostenibilidad

Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística                            Núm. 13.977

El Gobierno de Zaragoza, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. — Aprobar, a instancia de Domingo Aguerri San Rafael, en representación de la entidad mercantil Idecon, S.A., y Miguel Ángel Castillo Malo, en representación de Avincas Zaragoza, S.L., operación jurídica complementaria número 8 del proyecto de reparcelación del sector 88/1 “Canal Imperial-Montes de Torrero”, según proyecto técnico fechado en octubre de 2015, con el objeto de adaptar la reparcelación a las determinaciones de la modificación puntual número 5 del Plan parcial del citado sector, aprobada mediante acuerdo plenario de 28 de septiembre de 2015, en virtud de la cual se trasvasa una edificabilidad de 360 m²t de la manzana de usos terciarios T02 a la parcela c de la manzana residencial R08 para su destino a usos alternativos de terciario o vivienda.    

Segundo. — Una vez firme en vía administrativa, expedir certificación de este acuerdo para proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad de la operación jurídica complementaria, al amparo de lo dispuesto en el artículo 174.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, y en los artículos 1, 2.2, 6 y 7 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

Tercero. — Publicar el presente acuerdo en el BOPZ y notificarlo a las mercantiles promotoras del expediente propietarias de las parcelas afectadas por la operación jurídica complementaria, y asimismo, como interesada, a Ibercaja Banco, S.A.U., y a la Junta de Compensación del sector 88/1, con indicación de los recursos procedentes.

Cuarto. — Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones oportunas tendentes a la ejecución del presente acuerdo.

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Admninistrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, sin perjuicio de la interposición con carácter previo y potestativo del recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo, todo ello según lo previsto en los artículos 8, 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con los artículos 52 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 109 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente

Zaragoza, a 16 de diciembre de 2015. — El secretario general, P.D.: La jefa del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, P.A.: La  letrada adjunta a la Jefatura de Servicio, Edurne Herce Urzaiz.

 

 

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