BOP. 118    26/05/2016


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 4945/2016

Materia: Otros

Sección quinta

ÁREA DE ALCALDÍA. EXPTE. 543766/2016. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE CESIÓN DE ESPACIOS DE CENTROS CÍVICOS CURSO 2016/2017

Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza

Área de Alcaldía

Concejalía Delegada de Participación,

Transparencia y Gobierno Abierto

Servicio de Centros Cívicos                                                            Núm. 4.945

ANUNCIO del Ayuntamiento de Zaragoza relativo a la convocatoria de cesión de uso de las salas de la Red Municipal de Centros Cívicos a Entidades Sociales y otros Servicios/Organismos Municipales durante el curso 2016/2017 (expediente número 543766/2016).

Bases reguladoras de la convocatoria de cesión de espacios
de centros cívicos, curso 2016/2017

Primera. — Objeto de la convocatoria y normativa aplicable.

La presente tiene por objeto efectuar la convocatoria de cesión de uso de las salas de la Red Municipal de Centros Cívicos a Entidades Sociales y a otros Servicios/Organismos Municipales durante el curso 2016/2017 para la realización de actividades de interés social, cultural, educativo y/o formativo, de acuerdo con los criterios de valoración fijados en esta convocatoria.

Estas bases se rigen por lo dispuesto en las siguientes normas:

—Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.

—Reglamento de Centros Cívicos, aprobado por acuerdo plenario el 29 de noviembre de 2013.

—Ordenanza Fiscal 2016 y texto regulador 27.IV: Actividades socioculturales por la prestación de servicios en los centros cívicos.

Segunda. — Beneficiarios.

Tendrán la consideración de beneficiarios las entidades sociales y servicios/organismos municipales que cumplan con las normas y requisitos establecidos en la presente convocatoria.

No serán beneficiarias de espacios de centros cívicos, aquellas entidades que, aun estando legalmente constituidas, tengan un perfil religioso y soliciten espacios para la práctica de actos litúrgicos, proselitismo y de divulgación de su credo.

No serán  beneficiarias de espacios de centros cívicos las entidades, que, aun estando legalmente constituidas, promuevan en su ideario o con sus actividades, comportamientos contrarios a los valores constitucionales y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Tercera. — Requisitos.

—Realizar solicitud en cada convocatoria, aunque la actividad propuesta ya se haya desarrollado durante el curso anterior.

Para concurrir en la convocatoria, las entidades sociales deben estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas. Las entidades solicitantes que estén en trámite, deberán comunicar al Servicio de Centros Cívicos el número de registro antes del inicio de la actividad. De lo contrario, se anulará la cesión de espacios notificada a la entidad solicitante en la resolución de la convocatoria.

Las entidades solicitantes deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales y las referentes en materia de Seguridad Social respecto a la contratación de monitores y profesionales, siendo requisito imprescindible para el desarrollo de las actividades la acreditación documental que certifique dichas obligaciones. Este personal dependerá exclusivamente de la entidad solicitante, que será quien responda de cuantas obligaciones le vengan impuestas de la relación de cualquier naturaleza que mantengan con dicho personal, eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento de Zaragoza.

Cuarta. — Documentación a presentar y subsanación y mejora de las solicitudes.

1. Documentación. La documentación a aportar es:

• Impresos que deberán cumplimentar y entregar los servicios/organismos municipales:

—F-19 Impreso general: Anexo I.1.

—F-55 Propuesta de actividad estable. Debe cumplimentarse un impreso por cada una de las actividades  propuestas. Anexo I.2.

• Impresos que deberán cumplimentar y entregar las entidades sociales:

—F-19 Impreso general. Anexo I.1.

—F-55 Propuesta de actividad estable. Debe cumplimentarse un impreso por cada una de las actividades propuestas. Anexo I.2.

—F-56 Memoria de la entidad social. Anexo I.3.

—Certificación de estar al corriente de pago de todo tipo de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Zaragoza y con la Administración estatal, así como con la Seguridad Social. También se deberá aportar declaración responsable de dicho cumplimiento y autorización al Ayuntamiento de Zaragoza a solicitar a la Agencia Estatal Tributaria y Seguridad Social, en su caso, por vía telemática, la acreditación del mismo, según modelo que figura como anexo I.4.

2. De la subsanación y mejora de solicitudes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre subsanación y mejora de la solicitud, se requerirá al interesado/a para que en el plazo de diez días naturales subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido/a de su petición.

Quinta. — Normas de la cesión de espacios.

La cesión de espacios se rige por el calendario escolar aprobado anualmente por el Gobierno de Aragón. A efectos prácticos, las actividades estables podrán comenzar a partir de la semana del 5 de septiembre de 2016 y finalizar la semana del 19 al 25 de junio de 2017. La cesión de espacios de centros cívicos, dictaminada en cada una de las resoluciones de las solicitudes presentadas, incluirá los periodos vacacionales de Navidad y Semana Santa (no habrá que realizar una solicitud de espacios específica para estos períodos).

El Ayuntamiento de Zaragoza denegará o anulará la cesión de espacios cuando se disponga  de información contrastada referente a la entidad solicitante (denuncias de familiares, información proveniente de organismos y/o entidades especializadas, información policial o de justicia, etc.) que manifieste la posibilidad  de daños psicológicos a terceros o ponga de relevancia la naturaleza sectaria de la entidad.

El Servicio de Centros Cívicos no es responsable de la organización (inscripciones, cuotas de las actividades, profesorado, etc.) ni de los contenidos de las actividades estables. Cualquier reclamación al respecto deberá remitirse a la entidad o servicio municipal organizador de las actividades.

No se podrá asignar permanentemente como lugar de ensayo el salón de actos o la sala polivalente. Las entidades y servicios municipales cuya actividad estable consista en ensayos obtendrán la concesión de una sala para el desarrollo de la misma, siempre que cumplan con los requisitos de cesión establecidos y se ajusten a los criterios y directrices del Servicio de Centros Cívicos.

El abono de tarifas, o la exención de las mismas por parte de las entidades sociales a las que se les conceda espacios de la Red Municipal de Centros Cívicos, están fijadas en la Ordenanza fiscal 2016 y texto regulador 27.IV: Actividades socioculturales por la prestación de servicios en los centros cívicos, siendo la tarifa a aplicar en el 2016 de 4 euros/hora.

Sin perjuicio de las consecuencias de orden disciplinaria que pudiera haber lugar, se revocará la cesión de espacios en los siguientes casos: por el mal uso de las instalaciones; cuando las actividades desarrolladas sean diferentes a lo manifestado en la petición y/o contrarias a la legalidad; cuando no se utilicen de manera reiterada los espacios cedidos en la resolución; por incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la cesión.

—Si durante la semana del 24 al 30 de octubre del presente año, el personal del cntro cívico constata que no se han iniciado las actividades para las que fue cedido el espacio, el Servicio de Centros Cívicos anulará la concesión de dicho espacio a la Entidad titular de la actividad.

Sexta. — Presentación de solicitudes, documentación y trámite.

El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ.

Las solicitudes se formularán en el modelo oficial aprobado en esta convocatoria, cumplimentando en todos sus extremos y añadiendo hojas adicionales si fuese necesario

Los modelos de solicitud están a disposición de los interesados en www.zaragoza.es/centroscívicos, y en cualquiera de los centros cívicos de la ciudad.

El solicitante deberá rellenar los formularios con datos verdaderos, exactos, completos y actualizados. El solicitante será el único responsable de cualquier daño o perjuicio, directo o indirecto, que pudiera ocasionar al Ayuntamiento de Zaragoza o a cualquier tercero a causa de la cumplimentación de los formularios con datos falsos, inexactos, incompletos o no actualizados.

El Ayuntamiento de Zaragoza se compromete a tratar los datos manifestados en los impresos de solicitud con el grado de protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa aplicable al efecto.

Trámite presencial.

• Los impresos de solicitud deberán cumplimentarse en su totalidad, entregando original y copia por cada uno de ellos en el/los centro/s cívico/s donde se soliciten espacios para la realización de las actividades propuestas. 

• Los trabajadores del centro cívico no admitirán a trámite impresos de solicitud que no estén cumplimentados en su totalidad. Los solicitantes podrán contar con la colaboración y asesoramiento técnico del personal del Servicio de Centros Cívicos.

• Como comprobante de la presentación de la solicitud, se entregará al interesado una copia que deberá aportar él mismo. El personal del centro sellará la copia del interesado.

—Trámite electrónico (tramitación en línea). Los formularios se rellenan y envían a cada uno de los centros cívicos a través de la web municipal www.zaragoza.es/centroscivicos.

Séptima. — Criterios de valoración de las solicitudes.

Las solicitudes se valorarán con arreglo a la documentación aportada en el plazo establecido.

Se establecen como criterios de valoración de las solicitudes presentadas:

1. Criterios generales. De 0 a 10 puntos.

Se valorarán los siguientes aspectos:

—La entidad solicitante está vinculada a los programas del centro cívico (de 0 a 2 puntos)

—La entidad solicitante lleva a cabo actividades, proyectos, programas o campañas conjuntamente con el Ayuntamiento (de 0 a 2 puntos).

—La oferta propuesta es de interés social, innovadora en contenidos y/o métodos (de 0 a 2 puntos).

—La realización por parte de la entidad solicitante, de programas abiertos a la participación del barrio y su colaboración en dinámicas del distrito (de 0 a 2 puntos).

—En caso de entidades beneficiarias de convocatorias anteriores, se considerará el programa de actividades desarrollado el año anterior (de 0 a 2 puntos).

2. Tipo de entidad.

—Los servicios/organismos municipales (10 puntos).

—Los servicios/organismos municipales que desarrollen actividades no compatibles con las organizadas por las entidades sociales y/o no adecuadas  a los espacios del centro (5 puntos).

—Las entidades vecinales y sociales del distrito (10 puntos).

—Entidades vecinales de otros distritos (8 puntos).

—Entidades con convenios con el Área de Participación Ciudadana (6 puntos).

—Entidades sociales no pertenecientes al distrito (4 puntos).

3. Trayectoria de la entidad. De 0 a 10 puntos.

Se valorará de forma libre, teniendo en consideración:

—Fecha de constitución de la entidad y tiempo que lleva participando activamente en el sector

—Memoria de actividades del año anterior

—Subvenciones municipales que recibió

—Nivel de participación en consejos de centro, comisiones y plenos de juntas municipales/vecinales.

—Grado de implicación en el barrio en el que se ubica el centro cívico.

4. Valoración y viabilidad de la propuesta que realiza la entidad. De 0 a 10 puntos.

Se valorará de forma libre, teniendo en consideración:

—Temática de la actividad, ya sea por la demanda social existente como por el interés innovador de la propuesta.

—Adecuación de la actividad a los espacios de los que dispone el centro cívico.

—Número de participantes previstos.

—Número de días de la semana.

—Número de horas semanales y horario solicitado.

—Número de centros en los que solicita la actividad.

—Cuota de la actividad.

—Se tendrá en cuenta que sea una actividad abierta al barrio.

—Se tendrá en especial consideración que la actividad propuesta responda a las necesidades del entorno territorial en el que se ubica el centro cívico.

Octava. — Resolución de las solicitudes y notificación.

Una vez valoradas las solicitudes, el Servicio de Centros Cívicos elaborará la propuesta de cesión de espacios, de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento de Centros Cívicos y en las bases de la presente convocatoria.

El presidente de la Junta Municipal/Vecinal correspondiente, o el alcalde del barrio, aprobará la propuesta de cesión.

Las resoluciones de autorización de uso de espacios de centros cívicos se dictarán mediante notificaciones individualizadas, sirviéndose de cualquiera de los medios fehacientes recogidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Novena. — Reclamaciones y recursos.

Contra las resoluciones dictadas, el interesado podrá realizar una reclamación presentando una instancia general en las oficinas municipales de Registro General y en las Juntas Municipales y Vecinales del Ayuntamiento de Zaragoza.

Las resoluciones por las que se concedan o denieguen las cesiones de espacios de los centros cívicos podrán ser objeto de un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en la legislación del Procedimiento Administrativo Común.

Si transcurrido un mes desde la fecha de las comunicaciones de cesión a los solicitantes no se ha recibido ninguna reclamación, se dará por cerrado el proceso.

Décima. — Obligaciones de los participantes.

—Aceptar las bases de la presente convocatoria.

—Entregar, en los términos indicados, los impresos cumplimentados garantizando la exactitud de los datos, así como la documentación requerida.

—Facilitar cuanta documentación sea requerida por el Servicio gestor al objeto de supervisar la adecuada aplicación de estas bases.

—Abonar, en su caso, las tarifas correspondientes a la cesión de espacios establecidas en la Ordenanza fiscal 2016 y texto regulador 27.IV: Actividades socioculturales por la prestación de servicios en los Centros Cívicos.

Undécima. — Publicación

La presente convocatoria se publicará en el BOPZ, en la página web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zaragoza.

Zaragoza, a 17 de mayo de 2016. — La concejala delegada de Participación, Transparencia y Gobierno Abierto, Elena Giner Monge. — El secretario general, Luis Jiménez Abad.

 

 

 

 

 

 

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