BOP. 268    21/11/2016


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ)

Número de registro: 10369/2016

Materia: Empleo Público

Sección tercera

HACIENDA Y RÉGIMEN INTERIOR. DECRETO 2434. BASES CONVOCATORIA CON CARÁCTER INTERINO DE UNA PLAZA DE INGENIERO DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS

Excma. Diputación Provincial

de Zaragoza

HACIENDA  Y  RÉGIMEN  INTERIOR    Núm. 10.369

Esta Presidencia, por decreto núm. 2.434, de 9 de noviembre de 2016, ha dispuesto aprobar la convocatoria, mediante interinidad, de una plaza de ingeniero de caminos, canales y puertos, vacante en la plantilla de funcionarios de la Diputación Provincial de Zaragoza, con sujeción a las siguientes

B a s e s

Base 1. — Normas generales.

1.1. Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la cobertura urgente, con carácter interino, de una plaza de ingeniero de caminos, canales y puertos [clave 832], adscrita al Servicio de Infraestructuras Urbanas y Vías y Obras, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala técnica, grupo A, subgrupo A1, nivel 22, estrato 17, de acuerdo con el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, vacante en la plantilla de funcionarios de la Diputación Provincial de Zaragoza, incluida en la OEP 2016, cuyas funciones/tareas consistirán, en lo principal, en:

—Realizar tareas de gestión, informe y propuesta de carácter técnico de nivel superior.

1.2. El sistema de selección será mediante oposición, que constará de tres ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

1.3. En el presente proceso selectivo se aplicará la tramitación de urgencia regulada en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

1.4. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Decreto legislativo 1/1991, de 19 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón; Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y demás disposiciones legales de aplicación.

1.5. Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Base 2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Edad: Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, debiendo tenerse en cuenta la edad reglamentaria necesaria para el cumplimiento de los requisitos del apartado siguiente.

d) Titulación: Estar en posesión del título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o cualquier otra titulación homologada a los títulos oficiales correspondientes, de acuerdo con el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de títulos universitarios oficiales, creado por el Real Decreto 1497/1984, de 27 de noviembre, y órdenes sucesivas, o a aquel que le habilite para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero de caminos, canales y puertos según establecen las Directivas Comunitarias a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho comunitario.

e) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo.

f) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.2. Los requisitos referenciados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de la toma de posesión, con carácter interino, de la plaza objeto del proceso selectivo.

Base 3. — Instancias, plazo de presentación, derechos de examen y forma de presentación.

3.1. La instancia, dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza solicitando tomar parte en el proceso selectivo, será facilitada en el Registro General de la Corporación (plaza de España, 2) y a través de Internet en la página https://dpz.sedelectronica.es/.

3.2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el BOPZ. Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

3.3. Derecho de examen.

3.3.1. Importe y forma de pago: La tasa por derecho de examen exigida en la presente convocatoria es de 12,02 euros, cuyo abono podrá hacerse efectivo dentro del referido plazo de presentación de instancias:

a) Personalmente, en Tesorería de Fondos de la Diputación.

b) Mediante ingreso en la cuenta número ES82 2085 5200 84 0331125163 de Ibercaja Banco, S.A.

3.3.2. Forma de presentación: El resguardo acreditativo de haber satisfecho la citada tasa podrá presentarse:

a) Telemáticamente, junto con la instancia de solicitud tramitada telemáticamente según el apartado 3.4.2.1, través de https://dpz.sedelectronica.es/ incorporándolo como documento adjunto.

b) Presencialmente, junto con la instancia de solicitud tramitada presencialmente presentada según el apartado 3.4.2.2.

En ningún caso, la presentación y el abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias, supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la instancia de solicitud en los términos señalados en la base 3.2 y 4.

3.4. Forma de presentación.

3.4.1. La presentación de instancias comportará la aceptación por el interesado de las bases de la convocatoria y que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismas, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

3.4.2. La instancia de solicitud citada en la base 3.1, una vez cumplimentada, podrá presentarse:

3.4.2.1. Telemáticamente, a través de la sede electrónica de la DPZ: https://dpz.sedelectronica.es/, siendo necesario como requisito previo para la inscripción disponer de un certificado digital reconocido por la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza.

3.4.2.2. Presencialmente, a través de:

—Registro General de la Corporación (plaza de España, 2) en horas hábiles de oficina, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

—En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado o de comunidad autónoma, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso se hubiese suscrito el oportuno convenio.

—En las Oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, que es la recogida en el artículo 14 de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y del Mercado Postal, y en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los Servicios Postales. En consecuencia, en el supuesto de remitirse las solicitudes a través de las Oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas en la primera hoja por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. Asimismo, el remitente también podrá exigir que se feche y selle la primera hoja de la copia, fotocopia u otro tipo de reproducción del documento original que se quiera enviar, que servirá como recibo acreditativo de la presentación de la solicitud ante el órgano administrativo competente.

3.4.2.3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

3.4.3. Si reúne la condición de minusvalía deberá:

—Cumplimentar el apartado que al respecto señala la instancia de solicitud de participación de la presente convocatoria,

—Aportar dictamen técnico-facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía correspondiente, en el que se acreditará de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, todo ello al objeto de proceder a efectuar la adaptación de tiempo y medio necesarios en los términos señalados en la base 6.3. Dicho documento podrá presentarse:

a) Telemáticamente, junto con la instancia de solicitud tramitada telemáticamente según el apartado 3.4.2.1, través de https://dpz.sedelectronica.es/ incorporándolo como documento adjunto.

b) Presencialmente, junto con la instancia de solicitud tramitada presencialmente según el apartado 3.4.2.2.

Base 4. — Admisión y exclusión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias y documentos, la Presidencia dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, se indicará el lugar en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos.

Dentro de los cinco días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales. Las reclamaciones, en su caso, serán resueltas por la Presidencia de la Corporación, y el anuncio correspondiente a la lista definitiva se publicará en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán excluidos del proceso selectivo.

Base 5. — Tribunal calificador.

El tribunal calificador, que será nombrado por decreto de la Presidencia de la Diputación Provincial, juzgará los ejercicios del proceso selectivo, y su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El tribunal calificador estará integrado por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario.

El tribunal estará integrado, además, con los respectivos suplentes que, simultáneamente con los titulares, habrán de designarse, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos el presidente y el secretario o sus suplentes. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo el voto de calidad del presidente los supuestos de empate.

Todos los miembros del tribunal calificador, titulares y suplentes, deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para la plaza objeto de la convocatoria, en la misma área de conocimientos específicos, y pertenecer al mismo grupo/nivel o grupo/nivel superior, de los previstos en los artículos 76 y 77 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal calificador podrán actuar indistintamente en relación con el respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar simultáneamente.

En los supuestos de ausencia del presidente titular o suplente o del secretario titular o suplente, las funciones de ambos serán ejercidas por los vocales, siguiendo para ello el orden en que hayan sido designados en el decreto de nombramiento.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al presidente de la Diputación Provincial, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas durante los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran dichas circunstancias, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la misma ley.

El tribunal calificador resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

El Servicio de Personal prestará su asistencia técnica al tribunal, que podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto. Cuando el número de aspirantes así lo aconseje, el tribunal podrá designar auxiliares colaboradores que bajo la dirección del secretario del tribunal en número suficiente permitan garantizar el correcto y normal desarrollo del proceso selectivo.

La composición del tribunal se hará pública en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, a efectos de posibles recusaciones, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Los miembros del órgano de selección percibirán las “asistencias” que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, únicamente en el supuesto de que el referido proceso de selección se celebre fuera de la jornada laboral establecida con carácter general para los empleados públicos que integran la Diputación Provincial de Zaragoza.

Los acuerdos del tribunal se harán públicos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

Base 6. — Sistema de selección.

6.1. El procedimiento de selección será oposición, en la que deberán superarse los tres ejercicios de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

6.2. La oposición constará de tres ejercicios obligatorios y de carácter eliminatorio.

6.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referidos a los contenidos en el anexo (parte general y parte específica), a través de un cuestionario que adoptará la forma de test con cien preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, con penalización aplicando la siguiente fórmula de corrección:

    E

R = A –

    Número de respuestas – 1

R = Resultado final.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

La duración del ejercicio será como máximo de una hora.

6.2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema de carácter general, a determinar por el tribunal, sobre materias del anexo (parte general y parte específica), sin que se atenga a epígrafes concretos del mismo, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de expresión.

Se valorará la formación general, la claridad y calidad de expresión escrita, la forma de presentación y exposición, el orden de ideas, así como la aportación personal y la capacidad de síntesis del aspirante.

El ejercicio deberá ser leído por el aspirante en sesión pública ante el tribunal calificador.

6.2.3. Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, dos supuestos prácticos que serán determinados por el Tribunal inmediatamente antes de dar comienzo al ejercicio y estarán relacionados con el ejercicio de las funciones de la plaza, definidas en la base 1.1 de la presente convocatoria y/o con las materias establecidas en el anexo que se adjunta a las presentes bases.

En este ejercicio se valorará la idoneidad de la solución planteada, así como el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la resolución de los supuestos formulados.

Los aspirantes podrán utilizar todo tipo de bibliografía en soporte papel, salvo la que contenga soluciones de casos prácticos, y, asimismo, podrán hacer uso de calculadora.

El ejercicio deberá ser leído y/o expuesto, si se trata de lenguaje gráfico, por el aspirante en sesión pública si así lo decide el tribunal.

El tribunal de selección determinará las condiciones de tiempo y forma para la exposición total y parcial del supuesto práctico si este se desarrolla mediante lenguaje gráfico.

6.3. Se considerarán y, en su caso, se establecerán para las personas con minusvalías que así lo hayan requerido en su solicitud de participación las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, siempre que no quede desvirtuado el contenido de los ejercicios ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

La Diputación Provincial de Zaragoza, a través del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud, se podrá en contacto con los aspirantes con minusvalías, siempre y cuando figuren los datos telefónicos y el domicilio en la solicitud, al objeto de recabar la información que estime pertinente sobre los extremos marcados en el apartado correspondiente de la instancia, pudiendo, si lo estima necesario, solicitar la colaboración, y en su caso, informe de otros organismos.

A la vista de las solicitudes y de lo informado por el Servicio de Prevención de Riegos Laborales y Salud, el tribunal calificador otorgará las adaptaciones de tiempo y medio siempre que la adaptación guarde relación directa con el ejercicio o prueba a realizar.

6.4. Excepcionalmente, además los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán realizar una prueba eliminatoria de conocimiento y comprensión del idioma español, que se calificará como apto o no apto.

Base 7. — Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. La fecha de realización del primer ejercicio de la oposición se publicará en el BOPZ y en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. Las fechas de los siguientes ejercicios se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

El orden de actuación de los aspirantes admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos, que se iniciará por la letra “H”, según la Resolución de 24 de febrero de 2016 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE núm. 49, de 26 de febrero de 2016).

Los aspirantes serán convocados para la realización de los ejercicios de la oposición en llamamiento único, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por el tribunal.

En cualquier momento podrá requerir el tribunal a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Si durante el proceso de selección llegará a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia de la Diputación Provincial, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a la oposición.

Los anuncios relativos al desarrollo de los ejercicios se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

7.2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente: de 0 a 10,00 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de 5,00 puntos.

A la vista de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la oposición, los aspirantes podrán solicitar la vista del ejercicio, revisión del mismo o petición de aclaraciones sobre las puntuaciones otorgadas. Dichas peticiones solo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente en el que se publiquen los resultados obtenidos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. El tribunal se constituirá al efecto, facilitando la información requerida que estime oportuna antes de la celebración del siguiente ejercicio.

La calificación final de la oposición para aquellos aspirantes que hayan superado los ejercicios de la oposición vendrá determinada por la puntuación de los tres ejercicios, lo que determinará el orden de puntuación definitivo.

En el supuesto de empate en la sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes serán criterios para dirimir el mismo, y por este orden, la mayor calificación obtenida en el tercer ejercicio de la oposición; si esto no fuese suficiente, se considerará la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio y en el primer ejercicio de la oposición. Si continúa el empate entre aspirantes, y en última instancia, de acuerdo con el orden de actuación de los aspirantes admitidos efectuado por orden alfabético de apellidos, iniciado por la letra “H”, según la Resolución de 24 de febrero de 2016 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE núm. 49, de 26 de febrero de 2016).

7.3. Finalizada la oposición, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y donde pudiera estimar oportuno la relación de aspirantes seleccionados, ordenados de mayor a menor puntuación final, y la propuesta de nombramiento, con carácter interino, a favor del aspirante que haya obtenido la calificación más alta, no pudiendo aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, quedando eliminados los restantes. Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

La expresada relación y propuesta consiguiente de nombramiento interino se elevará a la Presidencia de la Diputación Provincial a los efectos oportunos.

7.4. Presentación de documentos.

En el plazo de diez días naturales a contar del siguiente a aquel en que se haga pública la propuesta, el aspirante seleccionado deberá presentar en el Servicio de Personal la siguiente documentación de los requisitos exigidos, que son los siguientes:

a) DNI o pasaporte vigente, original o en fotocopia, o certificación en extracto de la partida de nacimiento, en su caso.

b) Titulación, original o en fotocopia, exigida en la base 2.1.d).

c) Cumplimentación de declaración por el/la interesado/a de no hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad, ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

d) Obtención, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico, que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud de la Diputación Provincial de Zaragoza.

e) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico.

Si dentro del plazo expresado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentara la documentación , o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2, o el resultado del reconocimiento médico fuera “no apto”, no podrá ser nombrado para ocupar la plaza objeto de la convocatoria y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Base 8. — Nombramiento y toma de posesión.

Concluido el proceso selectivo, la Presidencia de la Diputación Provincial de Zaragoza procederá al nombramiento interino correspondiente a favor del aspirante propuesto, que deberá tomar posesión dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación del nombramiento. Si sin causa justificada no tomará posesión dentro de dicho plazo, se entenderá que renuncia a la plaza y al nombramiento interino efectuado.

Base 9. — Lista de espera.

Concluido el proceso selectivo, el tribunal calificador procederá a confeccionar la lista de espera de nombramiento de interinos para la plaza que es objeto de la presente convocatoria, que se generará para su llamamiento tanto para cubrir la vacante que pudiera producirse y cuya cobertura interina se considerase necesaria, como para la sustitución en casos de baja por enfermedad, disfrute de licencias o situaciones de dispensa de asistencia, con derecho a la reserva de la plaza, mientras persistan tales circunstancias, con todos aquellos aspirantes que hayan aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no habiendo obtenido plaza.

El orden de los aspirantes en la lista de espera se establecerá según el número de ejercicios superados y entre aquellos aspirantes que hubieran superado igual número de ejercicios se tendrá en cuenta la puntuación global obtenida en el conjunto de los mismos.

En caso de empate en la puntuación obtenida por varios candidatos, será criterio para dirimir el desempate el establecido en la base 7.2.

Dicha lista de espera será aprobada por decreto de la Presidencia de la Corporación y se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y en el BOPZ.

Los aspirantes que no deseen ser incluidos en la misma deberán comunicarlo por escrito a la Diputación Provincial de Zaragoza. La lista de espera tendrá validez para cuatro años como máximo.

Base 10. — Normas finales.

Las presentes bases vinculan a la Administración, al tribunal y a quienes participen en la oposición, y tanto la presente convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen del Sector Público; así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, a 15 de noviembre de 2016. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

ANEXO

Parte general

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. La Corona. Sucesión y regencia. Las atribuciones del Rey. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 3. El Gobierno y la Administración del Estado.

Tema 4. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 5. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. El Estatuto de Autonomía de Aragón.

Tema 6. La Administración Pública en el ordenamiento español. Administración del Estado. Administración Local. Administración Institucional y corporativa.

Tema 7. El procedimiento administrativo: naturaleza y fines. Los sujetos del procedimiento administrativo. Fases. Cómputo de plazos El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

Tema 8. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. La Ley de Administración Local de Aragón.

Tema 9. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 10. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 11. Organización municipal. Competencias.

Tema 12. La Comarca. Otras entidades locales.

Tema 13. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 14. El empleo público I. Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Principios y ámbito de aplicación. Estructura. El personal al servicio de las corporaciones locales: estructura y clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.

Tema 15. El empleo público II. Instrumentos de ordenación de la gestión de recursos humanos: Plantilla de personal, relación de puestos de trabajo, oferta de empleo público, planes de empleo y registro de personal.

Tema 16: El empleo público III. Derechos y deberes del funcionario público. Provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa. Incompatibilidades. El régimen de responsabilidad civil y penal del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.

Tema 17. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 18. Los contratos administrativos en la esfera local: clases de contratos. El contrato de obra; Ejecución, cumplimientos, resolución y modificación.

Tema 19. El contrato de suministro; regulación, ejecución, cumplimiento, resolución y modificación.

Tema 20. El contrato de servicios; regulación, ejecución, cumplimiento, resolución y modificación. Contratos de servicio de modificación de proyectos.

Tema 21. La transparencia en la Administración Pública. Legislación en la materia.

Tema 22. Modernización de la Administración Pública. La Administración electrónica.

Parte específica

Tema 1. Legislación de carreteras. Ley y Reglamento General de Carreteras del Estado. Ley 8/1998, de 17 diciembre, de Carreteras de Aragón. Marco competencial. Decreto 206/2003, de 22 de julio, Reglamento General de Carreteras de Aragón. Delimitación de las diferentes zonas de influencia de la carretera. Redes de carreteras. Red provincial.

Tema 2. El Plan General de Carreteras. Estructura y contenido. Criterios. Necesidades. Propuestas de actuación y programación.

Tema 3. Proyectos de obras. Anteproyectos y estudios previos. Estructura del proyecto. Documentación.

Tema 4. Obtención de cartografía a emplear en proyectos de carreteras. Topografía y cartografía en carreteras. Replanteo. Aplicación de las nuevas técnicas cartográficas en carreteras. Sistema de posicionamiento global GPS.

Tema 5. La programación del trabajo y de la producción: Fines y grados. Planificación. Diagrama de Gantt, Planing. Programación lineal y dinámica. Método PERT.

Tema 6. El sector de la construcción. La construcción en la economía española.

Tema 7. La industria de materiales de construcción. La prefabricación. Las industrias auxiliares de la construcción.

Tema 8. La maquinaria de obras públicas. Criterios de selección y utilización.

Tema 9. La prevención de los riesgos laborales: conceptos básicos y disciplinas que la integran. Principios generales de la prevención. Derechos y obligaciones. La prevención de riesgos laborales en las administraciones públicas.

Tema 10. Seguridad y Salud. Disposiciones durante el proyecto y durante la ejecución. Real Decreto 1627/1997. Estudio de seguridad y salud, plan de seguridad. Competencias y responsabilidades del coordinador de seguridad y salud.

Tema 11. La seguridad y salud en las obras de construcción. Disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de trabajo en las obras. Disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en obras en el exterior.

Tema 12. Control de calidad en las obras públicas. Aseguramiento de la calidad.

Tema 13. La financiación de las obras públicas. Sistemas de financiación.

Tema 14. Ejecución de obras: seguimiento y control. Modificación del proyecto.

Tema 15. Parámetros fundamentales del tráfico. Intensidad, velocidad, velocidad precentil 85 y densidad. Relaciones entre ellos.

Tema 16. Estudios de tráfico. Aforos de tráfico. Datos básicos. Capacidad y niveles de servicio. Factores que afectan a la capacidad y a los niveles de servicio. Carreteras de dos carriles.

Tema 17. Trazado de carreteras. Normativa vigente. Clases de carreteras y tipos de proyectos. Datos básicos para el estudio de trazado. Velocidad. Visibilidad. Distancia de parada. Distancia de adelantamiento. Distancia de cruce.

Tema 18. Trazado en planta. Alineaciones rectas. Curvas circulares: radios y peraltes, características, desarrollo mínimo. Curvas de transición: funciones, forma y características, longitud mínima. Limitaciones. Condiciones de percepción visual. Coordinación entre elementos de trazado. Transición del peralte. Visibilidad en curvas circulares.

Tema 19. Trazado en alzado. Inclinación de las rasantes: valores extremos, carriles adicionales, túneles. Acuerdos verticales. Parámetros mínimos de la curva de acuerdo. Condiciones de visibilidad. Consideraciones estéticas. Coordinación de los trazados en planta y alzado. Pérdidas de trazado.

Tema 20. Sección transversal. Sección transversal en planta recta. Elementos y sus dimensiones. Funciones de cada elemento. Bombeo. Taludes, cunetas y otros elementos. Altura libre. Sección transversal en planta curva. Sobre ancho. Pendientes transversales.

Tema 21. Intersecciones. Funcionamiento y clasificación. Tipos de intersecciones. Principios básicos. Soluciones tipo. Visibilidad en intersecciones. Emplazamientos de la intersección.

Tema 22. Glorietas. Clases. Criterios generales para la implantación. Recomendaciones geométricas. Funcionamiento de una glorieta. Capacidad. Factores que influyen en la seguridad de la circulación. Características del trazado.

Tema 23. Estudios geológicos y geotécnicos de las carreteras.

Tema 24. Estudios climatológicos e hidrológicos. Normativa vigente. Cálculo de precipitaciones e intensidades de lluvia. Cálculo de los caudales de referencia.

Tema 25. Drenaje superficial. Estudios hidráulicos y dimensionamiento del drenaje transversal y longitudinal: normativa aplicable.

Tema 26. Drenaje subterráneo. Geotextiles: funciones, aplicaciones, características y disposiciones constructivas.

Tema 27. Explanadas. Caracterización. Clasificación. Materiales para formación de explanadas. Normativa aplicable.

Tema 28. Obras de paso. Estructuras, puentes y viaductos. Tipología y condicionantes de diseño. Normativas aplicables a su proyecto y construcción.

Tema 29. Firmes de carreteras. Descripción y funciones. Tipos de firmes. Factores de dimensionamiento y métodos de cálculo. Principales materiales básicos y unidades de obra. Normativa aplicable.

Tema 30. Capas granulares. Tipos, materiales, aplicaciones, caracterización en laboratorio; ejecución. Control, especificaciones. Normativa aplicable.

Tema 31. Tratamientos superficiales. Lechadas bituminosas. Tipos. Características generales. Especificaciones. Normativa aplicable.

Tema 32. Bases tratadas con conglomerantes hidráulicos. Tipos. Características generales. Materiales. Dosificación. Puesta en obra y control. Normativa aplicable.

Tema 33. Mezclas bituminosas. Clasificación. Materiales. Aplicaciones. Ensayos y control de calidad. Normativa aplicable.

Tema 34. Movimiento de tierras. Clasificación y características de los suelos. Compactación. Excavaciones y construcción de terraplenes y pedraplenes. Capacidad soporte de las explanadas. Normas y especificaciones.

Tema 35. Señalización vertical. Clases. Características de los elementos. Criterios de implantación. Normativa aplicable.

Tema 36. Señalización en obras de carretera. Características. Criterios de implantación. Señalización de obras fijas, señalización móvil de obras. Señalización vialidad invernal. Normativa aplicable.

Tema 37. Marcas viales. Características físicas. Color. Reflectancia. Materiales. Tipos de marcas viales. Consideraciones para la ejecución.

Tema 38. Sistemas de contención de vehículos. Tipos. Niveles de contención. Criterios de selección e implantación. Normativa aplicable.

Tema 39. Pliego de prescripciones técnicas particulares para obras de carretera y puentes. Pliegos de prescripciones técnicas particulares: contenido y actualizaciones. Pliego de prescripciones técnicas generales para obras de conservación.

Tema 40. Construcción de carreteras.

Tema 41. Presupuesto de inversión. Mediciones. Cálculo de los precios. Cuadro de precios. Presupuesto de ejecución por contrata. Plan de obra. Clasificación del contratista. Fórmula de revisión de precios.

Tema 42. Rehabilitación de firmes. Recopilación y análisis de datos. Evolución del estado y nivel de agotamiento. Soluciones. Normativa.

Tema 43. Organización de la conservación de carreteras. Sectores de conservación. Trabajos de conservación ordinaria con medios propios y con empresas especializadas, control y seguimiento.

Tema 44. Conservación extraordinaria y obras de gestión directa. Mantenimiento de elementos singulares: obras de drenaje y de fábrica, viaductos y túneles.

Tema 45. Conservación integral, condiciones para su implantación.

Tema 46. Vialidad invernal, prevención y estudio de riesgos.

Tema 47. Explotación de carreteras. Zonas de protección y usos permitidos. Travesías y tramos urbanos.

Tema 48. Autorizaciones. Protección y defensa e la carretera. Infracciones y sanciones.

Tema 49. Gestión del inventario de la red, importancia en la toma de decisiones. Sistemas inteligentes de explotación de carreteras. Criterios de evaluación. Implantación de sistemas inteligentes de gestión de carreteras.

Tema 50. La seguridad vial de las infraestructuras viarias. La directiva 2008/96/ce. Auditorías de seguridad vial. Etapas y desarrollo de la auditoría. Aspectos a analizar en las distintas etapas del proceso de auditorías.

Tema 51. La seguridad vial. Estudios de accidentes. Factores condicionantes. Medidas de seguridad. Índices de peligrosidad y mortandad. Tramos de concentración de accidentes.

Tema 52. Hidrología. Magnitudes hidrológicas. Rasgos hidrológicos e hidrográficos del territorio aragonés.

Tema 53. Hidrología superficial. Avenidas y sequías. Previsión y cálculo de máximas crecidas. Regulación de caudales.

Tema 54. Hidrología subterránea. Unidades Hidrogeológicas y acuíferos. Efecto regulador y recarga de acuíferos.

Tema 55. Uso del agua de regadío. El agua en la fisiología vegetal. Técnicas de aplicación del agua del terreno. Dotaciones, garantía y calidad del agua.

Tema 56. Calidad del agua. La directiva 91/271. El Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo. Zonas sensibles. Vertidos. Declaración de vertidos. Autorizaciones de vertidos.

Tema 57. Abastecimiento de agua a poblaciones. Estudios previos. Cálculo de dotaciones. Características del agua potable. Tipos de captaciones. Conducciones. Depósitos de reserva y regulación.

Tema 58. Distribución de agua a poblaciones. Tipos de redes de distribución. Dimensionamiento y cálculo. Tipos de tuberías a emplear en redes. Elementos complementarios y auxiliares. Construcción de redes. Relación con otros servicios.

Tema 59. Potabilización de agua. Sistemas de potabilización. Sistemas a emplear en función de las características del agua. Desinfección del agua.

Tema 60. Redes de evacuación de aguas residuales. Características de las aguas domésticas, industriales y de escorrentía superficial. Tipos de redes. Estructura de las redes. Dimensionamiento y cálculo. Tipos de tuberías. Elementos complementarios y auxiliares de las redes.

Tema 61. Depuración de aguas residuales. Tratamientos primarios. Tratamientos físico-químicos. Tratamientos biológicos. Otros sistemas.

Tema 62. Tratamiento de fangos. Procesos para reducción del agua contenida en el fango. Procesos para la estabilización de la materia orgánica. Utilización de fangos estabilizados.

Tema 63. Encauzamiento y defensa de ríos.

Tema 64. Planeamiento urbanístico. Marco competencial del urbanismo: Estado, comunidades autónomas y entidades locales. Legislación vigente: situación actual.

Tema 65. Valoraciones. Metodología. Las valoraciones del suelo: Real Decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Tema 66. Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. Principios que la informan y análisis de su contenido.

Tema 67. Decreto 52/2002, de 19 de febrero, de desarrollo parcial de la Ley Urbanística e materia de organización, planeamiento urbanístico y régimen especial de pequeños municipios. Análisis de su contenido y aplicación en el marco legislativo actual.

Tema 68. La clasificación del suelo. Criterios. Régimen jurídico de las distintas clases de suelo.

Tema 69. Planeamiento general de acuerdo a la normativa aragonesa. Planes generales de ordenación urbana. Concepto. Determinaciones generales. Contenido y tramitación. Régimen urbanístico simplificado. Delimitación de suelo urbano en municipios sin Plan General.

Tema 70. Ejecución del planeamiento. Proyectos de reparcelación. Proyectos de urbanización y obras ordinarias. Sistemas de gestión: gestión directa por expropiación o cooperación, gestión indirecta por compensación o por urbanizador.

Tema 71. Edificación y régimen de obra en zonas afectas a carreteras.

Tema 72. Red Natura 2000. LIC y ZEPAS. Zonas húmedas. Delimitación, mecanismos de protección y conservación. Directiva de hábitats y de aves.

Tema 73. Viario urbano. Travesías de carreteras. Elementos de una calle. Características geométricas. Intersecciones.

Tema 74. Calles y zonas peatonales. Problemática de las calles peatonales. Características de los pavimentos.

Tema 75. Seguridad vial en travesías. Problemática. Índices de peligrosidad. Soluciones.

Tema 76. Viarios urbanos. Firmes y pavimentos. Aceras. Estacionamientos. Tipos de aparcamientos. Criterios de diseño en función de la capacidad.

 

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