BOP. 275    29/11/2016


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ)

Número de registro: 10677/2016

Materia: Empleo Público

Sección tercera

HACIENDA Y RÉGIMEN INTERIOR.- DECRETO 2569, BASES CONVOCATORIA PROCESO SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/UNA TELEFONISTA

Excma. Diputación Provincial

de Zaragoza

HACIENDA  Y  RÉGIMEN  INTERIOR                                   Núm. 10.677

Esta Presidencia, por decreto núm. 2.569, de 22 de noviembre de 2016, ha dispuesto aprobar el proceso de selección para la contratación de un/una telefonista, con sujeción a las siguientes

B a s e s

1.ª Normas generales.

1.1. Es objeto de las presentes bases y su consiguiente convocatoria la contratación de un/a telefonista, nivel VI del convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, grupo de cotización 8 de la Seguridad Social, mediante un contrato de relevo a tiempo parcial (75%) hasta que el titular de la jubilación parcial alcance la edad de jubilación reglamentaria, cuyas funciones/tareas consistirán, en lo principal, en las siguientes:

—Atención y orientación de llamadas telefónicas.

—Información elemental al público sobre los asuntos generales de la Diputación o de su área.

—Manejo de maquinaria adecuada a las operaciones de manejo sencillo como la centralita telefónica.

—Recogida de mensajes y remisión a sus destinatarios dentro de la Diputación a través de los ordenanzas de esta, Secretaría o del área correspondiente, o personalmente en el caso de que no esté presente esa figura.

—Realización material de avisos telefónicos.

—Realización, previo aprendizaje o adaptación en los casos necesarios, de operaciones complementarias y auxiliares de carácter muy simple pertenecientes a otras especialidades distintas de lo habitual pero necesarias para realizar su actividad específica.

—Realización, además, de todas aquellas tareas análogas o complementarias que le sean asignadas por su superior relacionadas.

1.2. Los candidatos otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

2.ª Requisitos.

Los requisitos necesarios para formar parte de los candidatos remitidos por el INAEM son los siguientes:

a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, así como los extranjeros con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

f) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza.

g) No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

h) Estar inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo.

Los requisitos exigidos y anteriormente citados se deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base tercera. Asimismo, se deberán reunir los mismos en el momento de formalización del contrato de trabajo.

3.ª Presentación de solicitudes.

La selección de la plaza de telefonista se gestionará a través de la Oficina de Empleo Centro de Zaragoza (sita en calle Doctor Cerrada, 3), mediante la correspondiente oferta de empleo.

Los candidatos seleccionados por el INAEM deberán presentar solicitud dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza, en el Registro General de la Corporación (plaza de España, 2), en horas hábiles de oficina, en el plazo de diez días hábiles siguientes al de la publicación de esta oferta en el BOPZ, debiendo acompañarse a la misma la siguiente documentación:

—Carta de presentación remitida por el INAEM.

—Fotocopia de la titulación requerida.

Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

La presentación de la solicitud comportará que el interesado acepta las bases de la convocatoria y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismas.

4.ª Comisión de selección.

De conformidad con los artículos 29, procedimiento de contratación temporal, del convenio colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, y 60 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la selección de la plaza referenciada se efectuará por una comisión que estará integrada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario, debiendo tener todos los miembros categoría profesional igual o superior al de la plaza convocada. Dicha comisión será la siguiente:

Presidente: Don Ángel Artal Pérez, maestro encargado de Palacio.

Vocales: Doña Pilar Garatechea García, subencargada de Palacio; don Sergio Pombrol Gascón, técnico de Informática; don César García Cambra, administrativo del Servicio de Personal, y don Lorenzo Boloix Ballestar, jefe del Servicio de Personal, que actuará como secretario.

La comisión de selección resolverá todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

Los miembros del órgano de selección percibirán las asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, únicamente en el supuesto de que el referido proceso de selección se celebre fuera de la jornada laboral establecida con carácter general para los empleados públicos que integran la Diputación Provincial de Zaragoza.

5.ª Sistema de selección.

5.1. El procedimiento de selección constará de una fase teórico-práctica (valoración de conocimientos), que consistirá en la realización de un ejercicio teórico tipo test y de un ejercicio práctico, de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

5.1 a) Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos relacionados con las funciones propias a desarrollar, definidas en la base 1, atendiendo además al temario recogido en los anexos I y II de la presente convocatoria, a través de un cuestionario que adoptará la forma de test, con cincuenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, con penalización de un tercio de las preguntas falladas.

5.1 b) Ejercicio práctico: Consistirá en una prueba práctica relacionada con las funciones propias a desarrollar, definidas en el inicio de la convocatoria, atendiendo además al temario recogido en el anexo II de la presente convocatoria, en el tiempo y forma que determine la comisión de selección, que se valorarán de 0 a 10,00 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5,00 puntos, siendo eliminados los que no obtengan esa puntuación mínima.

La centralita telefónica de la Diputación Provincial de Zaragoza en la que se realizará la prueba práctica es la siguiente:

• Centralita: Alcatel OXE.

• Teléfono operadora: Alcatel Ip Touch con módulo de expansión de teclado.

6.ª Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de contratación y presentación de documentos.

6.1. La fecha de realización del ejercicio teórico se publicará en el BOPZ con una antelación mínima de setenta y dos horas, y asimismo se dará publicidad de la misma en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. La fecha del ejercicio práctico se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

El orden de actuación de los candidatos admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos.

Los candidatos serán convocados para la realización del/los ejercicio/s de la fase teórico-práctica en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por la comisión de selección.

En cualquier momento podrá requerir la comisión de selección a los candidatos para que acrediten su personalidad. Si durante el proceso selectivo llegara a conocimiento de la comisión de selección que alguno de los candidatos no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el candidato en la solicitud de admisión al proceso selectivo.

Los anuncios relativos al desarrollo del proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

6.2. Los ejercicios teórico y práctico se calificarán de 0 a 10,00 puntos, siendo eliminados los candidatos que no obtengan la puntuación mínima de 5,00 puntos. La calificación final del proceso de selección para aquellos candidatos que hayan superado la fase teórico-práctica vendrá determinada por la suma de las calificaciones atribuidas en los ejercicios teórico y práctico (valoración de conocimientos), lo que determinará el orden de puntuación definitivo.

En el supuesto de empate en la suma de las calificaciones obtenidas por los candidatos en la fase teórico-práctica, serán criterio para dirimir el mismo, en primer lugar, la mayor calificación obtenida en el ejercicio práctico; si este no fuera suficiente, se considerará la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio, y en última instancia, de acuerdo con el orden de actuación de los candidatos admitidos, por orden alfabético de apellidos.

Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial la relación de candidatos con la calificación definitiva otorgada, ordenada de mayor a menor calificación final, y la propuesta de contratación a favor del candidato que haya obtenido la mayor calificación final, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de candidatos al de plazas convocadas, quedando eliminados los restantes.

Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

Las peticiones de revisión solo se admitirán en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente al en que que se publiquen los resultados obtenidos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

6.3. El candidato propuesto por la comisión de selección presentará en el Servicio de Personal los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, que son los siguientes:

a) DNI o pasaporte vigente, original o en fotocopia, o certificación en extracto de la partida de nacimiento, en su caso.

b) Titulación, original o en fotocopia, exigida en la base 2.ª.

c) Cumplimentación de declaración por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Obtención, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud de la Diputación Provincial de Zaragoza.

e) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico.

Si no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base 2.ª, o el resultado del reconocimiento médico fuera de “no apto”, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.ª Formalización de contrato.

Concluido el proceso selectivo, la Presidencia de la Diputación Provincial procederá al nombramiento correspondiente a favor del candidato propuesto, que deberá formalizar el correspondiente contrato de relevo a tiempo parcial (75%) hasta que el titular de la jubilación parcial alcance la edad de jubilación reglamentaria. Si, sin causa justificada, no se formalizara el correspondiente contrato por el candidato propuesto, se entenderá que renuncia a la plaza y al nombramiento efectuado.

8.ª Lista de espera.

Se elaborará una lista de espera con los aspirantes que hayan aprobado los dos ejercicios, la cual se activará única y exclusivamente para los supuestos de renuncia, jubilación, incapacidad temporal, incapacidad permanente total o absoluta y fallecimiento del aspirante seleccionado, aplicándose el mismo criterio para los sucesivos sustitutos de aquel en los que concurran las mismas situaciones.

9.ª Normas finales.

Finalmente, con carácter general, el proceso resultante de la presente oferta genérica remitida al INAEM vincula a la Administración, a la comisión de selección y a quienes participen en el proceso selectivo, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, a 25 de noviembre de 2016. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

ANEXO I

Temario

1. La Constitución española de 1978: Principios, derechos y deberes de los españoles.

2. La Administración Local de Aragón, especialmente la provincia de Zaragoza. Localización de los municipios y comarcas que la integran.

3. La Comunidad Autónoma de Aragón: Organigrama de su personal. Organismos públicos e instituciones oficiales. Su localización.

4. La Diputación Provincial de Zaragoza: Organigrama de su personal. La Institución Fernando el Católico. La Residencia de Estudiantes Ramón Pignatelli. Localización.

5. El personal de la Administración de la Diputación Provincial de Zaragoza: clases y régimen jurídico aplicable.

ANEXO II

Temario

6. Nociones básicas de informática: manejo básico del paquete ofimática MS Office, especialmente Word y Outlook. Uso de Internet y sus motores de busca.

7. Servicio de operador de telefonía. Manipulación de llamadas. Funciones de la operadora de telefonía. Fuentes de información relevante. Urgencias, servicios de urgencia y procedimientos.

8. Terminales de operadora telefónica: tipos y funciones. En especial, terminales de voz IP y consolas de operadora informatizadas (manejadas con el ordenador).

9. Atención al público. La comunicación como atención al ciudadano. Tipos de comunicación. Reglas básicas en el trato con los usuarios. Atención por teléfono de calidad. Desvíos y transferencias de llamadas.

 

 

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