Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
Número de registro: 4117/2017
Materia: Urbanismo
Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
Área de Urbanismo y Sostenibilidad
Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística Núm. 4.117
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero. — Aprobar con carácter definitivo la modificación aislada número 141 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza vigente, de menor entidad por no afectar a la ordenación estructural del PGOU, con el objeto de reajustar la calificación del planeamiento a la urbanización ejecutada en la vía de ribera (Vadorrey), según el proyecto redactado de oficio por el Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación de enero de 2017.
Segundo. — Resolver la alegación presentada durante el período de información pública por Juan Carlos Urraca Piñeiro, en el sentido indicado en el informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística de 7 de abril de 2017, de cuya copia se dará traslado al alegante.
Tercero. — Comunicar la adopción de este acuerdo a la Junta de Compensación del área F-52-1 para su conocimiento y visto que esta modificación afecta a las determinaciones de la reparcelación de esta área, actualmente en trámite.
Cuarto. — De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Ley de Urbanismo de Aragón, el presente acuerdo, junto con las modificaciones introducidas en las normas urbanísticas y sus anejos, deberán ser objeto de publicación en la sección provincial correspondiente del “Boletín Oficial de Aragón” (BOPZ).
Quinto. — Comunicar el presente acuerdo al Consejo Provincial de Urbanismo para su conocimiento y efectos, adjuntando copia de los documentos integrantes de la modificación aislada núm. 141, incluyendo el soporte digital del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 154.2 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento autonómico de Planeamiento Urbanístico.
Sexto. — De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.3 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, levantar la suspensión de licencias de parcelación, edificación y demolición que fue decretada en el acuerdo de aprobación inicial.
Séptimo. — Según dispone el artículo 145 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento autonómico de Planeamiento Urbanístico, vigente de conformidad con las disposiciones derogatorias del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, el acuerdo de aprobación de la presente modificación aislada de Plan General se inscribirá en el libro de registro de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.
Octavo. — Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones pertinentes en orden a la ejecución del presente acuerdo.
Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que el presente acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Zaragoza, a 2 de mayo de 2017. — El secretario general del Pleno, P.D.: La jefa del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística, Edurne Herce Urzaiz.
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