BOP. 132    12/06/2017


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE PRESIDENCIA

Número de registro: 5102/2017

Materia: Empleo Público

Sección tercera

DECRETO 1133. INICIO DE SELECCIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE LIMPIADORES

Excma. Diputación Provincial

de Zaragoza

ÁREA  DE  PRESIDENCIA    Núm. 5.102

Esta Presidencia, por decreto número 1.133, de 4 de junio de 2017, ha dispuesto aprobar el inicio del proceso de selección para la elaboración de una bolsa de empleo para el llamamiento, por orden de puntuación definitiva, en la categoría de limpiador/a, con sujeción a la siguiente oferta:

1.    Normas generales.

1.1.    Es objeto de la presente oferta, y su consiguiente proceso de selección, la elaboración de una bolsa de espera de limpiadores/as, nivel VIII del convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, grupo de cotización 6 de la Seguridad Social, cuyas funciones/tareas consistirán en la realización, siguiendo las instrucciones, y bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos o por sí mismo, de las tareas propias de limpieza que le sean asignadas por la encargada.

1.2.    Los candidatos remitidos otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

2.    Requisitos.

Los candidatos interesados y remitidos por el INAEM deberán reunir los siguientes requisitos:

a)    Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, así como los extranjeros con residencia legal en España.

b)    Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c    Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente. 

d)    Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e)    No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza.

f)    No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

g)    Estar inscritos como desempleados o en situación de mejora de empleo en el Servicio Público de Empleo.

Los requisitos exigidos y anteriormente citados se deberán reunir con anterioridad a la fecha de publicación del referido anuncio en el BOPZ. Asimismo, se deberán reunir los mismos en el momento de formalización del contrato de trabajo.

3.    Presentación de solicitudes.

La selección de los candidatos para formar parte de la bolsa de espera de limpiador/a se gestionará a través de la Oficina de Empleo Centro de Zaragoza (sita en calle Doctor Cerrada, 3), mediante la correspondiente oferta de empleo.

Los candidatos seleccionados por el INAEM deberán presentar solicitud dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza, en el Registro General de la Corporación (plaza de España, 2), en horas hábiles de oficina, en el plazo de diez días naturales siguientes al de publicación de esta oferta en el BOPZ, debiendo acompañarse a la misma la siguiente documentación:

—Carta de presentación remitida por el INAEM.

—Fotocopia de la titulación requerida en el apartado 2.1 c)

Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

La presentación de la solicitud comportará que el interesado acepta los apartados del presente proceso selectivo y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismos.

4.    Comisión de selección.

La selección de los candidatos remitidos por el INAEM, de conformidad con los artículos 29, procedimiento de contratación temporal, del convenio colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, y 60 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se efectuará por una comisión que estará integrada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario, debiendo tener todos los miembros categoría profesional igual o superior a la plaza convocada.

Dicha comisión será la siguiente:

Presidente: Doña Cristina Murugarren Hernández, encargada de limpieza.

Vocales: Doña Beatriz Ibáñez Acero, técnico de relaciones sociolaborales del Servicio de Personal; don César García Cambra, administrativo del Servicio de Personal, y don José Antonio Arruego Sanz, jefe de Negociado de Tramitación y Contratación del Servicio de Personal

Secretario: Doña Cristina García Romero, adjunta jefe del Servicio de Personal.

La comisión de selección resolverá todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación de los apartados de la oferta del proceso de selección, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de las pruebas, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

Los miembros del órgano de selección percibirán las asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, únicamente en el supuesto de que el referido proceso de selección se celebre fuera de la jornada laboral establecida con carácter general para los empleados públicos que integran la Diputación Provincial de Zaragoza.

5.    Sistema de selección.

5.1.    El procedimiento de selección consistirá en la realización de un ejercicio teórico, tipo test, de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos relacionados con las funciones propias a desarrollar, definidas en el apartado 1.1, así como atendiendo al temario recogido en el anexo del presente proceso selectivo, a través de un cuestionario que adoptará la forma de test con cincuenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta, con penalización, aplicando la siguiente fórmula de corrección:

    E

    R = A – 

    Número de respuestas – 1

Siendo:

R = Resultado final.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

La duración del ejercicio será como máximo de una hora. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superar el ejercicio, siendo eliminados los que no obtengan esa puntuación mínima.

6.    Desarrollo del proceso, calificación final, aprobación de la lista de espera y presentación de documentos.

6.1.    Desarrollo del proceso. — La relación de candidatos admitidos a la realización del ejercicio teórico, fecha, hora y lugar de celebración del mismo se realizará en un plazo no superior a quince días hábiles siguientes a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. 

El orden de actuación de los candidatos admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos.

Los candidatos serán convocados para la realización del ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por la comisión de selección.

En cualquier momento podrá requerir la comisión de selección a los candidatos para que acrediten su personalidad. Si llegara a conocimiento de la comisión de selección que alguno de los candidatos no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el candidatos en la solicitud de admisión al proceso selectivo.

Los anuncios relativos al desarrollo del proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio provincial.

6.2.    Calificación final. — La calificación final del proceso de selección para aquellos candidatos que hayan superado el ejercicio, ordenados de mayor a menor, determinará el orden de puntuación definitivo.

En el supuesto de empate en la calificación obtenida por los candidatos, será criterio para determinar el mismo el orden de llamamiento efectuado por orden alfabético de apellidos.

Las peticiones de revisión solo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente en el que se publiquen los resultados obtenidos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

6.3.    Aprobación de la bolsa de empleo. — Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial la relación de candidatos con la puntuación definitiva otorgada, ordenada de mayor a menor calificación final, confeccionando una lista de espera para la plaza que es objeto del presente proceso de selección, para sustitución en casos de situaciones de incapacidad transitoria, disfrute de licencias o situaciones de dispensa de asistencia, con derecho a la reserva de plaza mientras persistan tales situaciones, permisos reglamentarios de vacaciones, así como la contratación por el concepto de acumulación de tareas cuando sea necesario.

La bolsa de trabajo tendrá una duración de dos años, ampliable en uno más, previo acuerdo con el comité de empresa.

6.4.    Presentación de documentos. — Los candidatos propuestos en la lista de espera deberán presentar, en el supuesto que sea llamados por la Diputación de Provincial de Zaragoza para ser contratados, la siguiente documentación:

a)    Documento nacional de identidad vigente o certificación en extracto de la partida de nacimiento.

b)    Documentación exigida en el apartado segundo de requisitos necesarios.

c)    Cumplimentación de declaración por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d)    Obtención, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud de la Diputación Provincial de Zaragoza.

e)    Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico.

Si no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en el apartado segundo, o el resultado del reconocimiento médico fuera de “no apto”, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.    Normas finales.

Finalmente, con carácter general, el proceso resultante de la presente oferta genérica remitida al INAEM vincula a la Administración, a la comisión de selección y a quienes participen en el proceso selectivo, y todos los actos administrativos que se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, 6 de junio de 2017. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

ANEXO

Temario

1.    Organización y funcionamiento de la Diputación Provincial de Zaragoza.

2.    Normas básicas de seguridad e higiene en el puesto de trabajo.

3.    Cultura general y cálculos aritméticos elementales.

4.    Principales productos de limpieza. Toxicidad. Utensilios y maquinarias de limpieza.

5.    Limpieza de centros de trabajo: suelos, techos, paredes, cristales, escaleras, materiales decorativos, sanitarios.

 

 

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