BOP. 163    18/07/2017


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE CIUDADANÍA

Número de registro: 6314/2017

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección tercera

PROGRAMA CULTURAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS: TEATRO. AÑO 2017

SECCIÓN TERCERA

Núm. 6.314

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE CIUDADANÍA

Servicio de Cultura

ANUNCIO por el que se da publicidad a las normas del Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro, año 2017, para empresas y profesionales de las artes escénicas: disponiéndose también para su consulta en nuestra página web www.dpz.es.

Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro. Año 2017

(Normas para las empresas y profesionales)

Primera. — Justificación y finalidad.

Las artes escénicas constituyen un referente de primer orden en los procesos de desarrollo cultural. Su significado social es igualmente importante teniendo en cuenta que su incidencia involucra a las empresas artísticas y a los espectadores en un efecto virtuoso: beneficia a las compañías artísticas, permitiendo la emergencia de un sector económico en crisis permanente y a los espectadores, a quienes se les garantiza el acceso a la cultura a la que tienen derecho a tenor de la Constitución y de las sucesivas legislaciones de carácter autonómico y local.

Teniendo en cuenta que la programación de teatro es una de la actividades culturales deficitarias en nuestra provincia, es lógico que la Diputación Provincial posibilite su desarrollo, tanto por estimular la creación artística de escena como por el derecho que los ciudadanos del medio rural tienen de acceder a la cultura y, en este caso, específicamente al la cultura teatral.

El Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro consiste en una programación de actuaciones teatrales de calidad artística contrastada dirigida a la población de la provincia de Zaragoza, concretamente a los municipios mayores de cuatrocientos habitantes, excepto los que ya vienen participando en el programa RAEE. El objetivo, por tanto, es programar una obra de teatro en cada uno de los municipios de la provincia mayores de cuatrocientos habitantes porque en realidad son los que pueden contar con las condiciones mínimas de población y de infraestructura para que su desarrollo sea adecuado.

En definitiva este Programa tiene como finalidad favorecer el desarrollo cultural de las artes escénicas y específicamente el teatro en los municipios mayores de cuatrocientos habitantes de la provincia de Zaragoza.

Segunda. — Desarrollo del programa.

La Diputación Provincial de Zaragoza, desde el Servicio de Cultura, pone en marcha este Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro. El objetivo es responder al déficit cultural de carácter teatral, y su desarrollo consiste en llevar una función teatral a cada uno de los municipios de la provincia de Zaragoza mayores de cuatrocientos habitantes.

La Diputación Provincial selecciona a las empresas y profesionales que ofertan sus propuestas artísticas teatrales y asume el coste del programa en su totalidad, lo difunde en los municipios de la provincia de Zaragoza, confecciona un catálogo y realiza el seguimiento de las actuaciones.

Las actuaciones teatrales a realizar serán aquellas que resulten seleccionadas una vez estudiadas las propuestas artísticas enviadas por las distintas empresas y profesionales. Dichas actuaciones estarán destinadas a la población rural, y se realizarán en los municipios solicitantes de la provincia en las fechas que van desde el 15 de septiembre hasta el 26 de noviembre de 2017, pudiendo realizarse en el horario que el responsable de Cultura municipal considere más conveniente, siempre con la conformidad de la empresa o profesional que realice la actividad.

Las compañías y profesionales que deseen participar en este programa deberán enviar sus propuestas artísticas teatrales mediante la documentación expresada en la cláusula quinta de estas normas, concretando su oferta según algunas de las siguientes disciplinas: teatro infantil-familiar, joven, adulto, contemporáneo, de comedia, drama, clásico, social, y de animación, debiendo especificar si es de calle o de sala.

Tercera. — Criterios de selección de las compañías de teatro.

La selección de las empresas y profesionales que presenten sus propuestas estará basada en los siguientes criterios:

a) Que las obras de teatro que se ofrecen estén referidas a alguno de los tipos expresados anteriormente.

b) Que cada obra de teatro que se proponga no supere el límite económico de 2.500 euros, incluido IVA.

c) Que se trate de compañías o profesionales cuya sede esté ubicada en Aragón.

d) Que se trate de compañías o profesionales con una trayectoria profesional consolidada.

e) Que se trate de una obra teatral de calidad artística y adecuada al tipo de municipios a los que va destinada.

En este programa no serán seleccionadas aquellas compañías o profesionales que no cumplan con los criterios de selección de esta cláusula tercera, ni aquellos que no cumplan con la cláusula cuarta de estas normas.

Desde los servicios técnicos del Servicio de Cultura se valorarán y seleccionarán las propuestas artísticas presentadas, de acuerdo con los criterios mencionados.

Cuarta. — Compañías participantes y obligaciones.

Podrán presentar propuestas artísticas todas las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar y que cuenten con la habilitación empresarial o profesional necesaria para realizar la prestación correspondiente, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 111 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, de la Ley de Contratos del Sector Público. Deberán certificar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, técnica o profesional.

Las empresas artísticas/profesionales que resulten seleccionados están obligadas a lo siguiente:

a) No podrán iniciar ninguna actividad antes de haber sido notificada la autorización por parte del Área de Ciudadanía, Servicio de Cultura, por lo que cualquier relación de servicios entre las empresas o profesionales con los ayuntamientos previa a la resolución del programa no vinculará en ningún caso a la Diputación Provincial de Zaragoza.

b) Deberán asumir los trabajos de gestión y montaje de las actuaciones de teatro concertadas con la Diputación Provincial de Zaragoza, así como aceptar la actuación en los municipios que se le asigne.

c) Asumir los recursos humanos necesarios para el correcto desarrollo de la actuación. En el caso de que se produzcan contrataciones de personas, estas las realizará la empresa o profesional, adoptando para ello las medidas oportunas y la forma que estime más conveniente, pero siempre cumpliendo y ateniéndose a la legislación vigente. En cualquier caso, la Diputación Provincial de Zaragoza no se responsabiliza de las consecuencias que pudiese ocasionar una contratación indebida o inexistente. La prestación de servicios resultante de este proceso tendrá naturaleza adminis-
trativa, no existiendo por tanto ninguna relación laboral entre la Diputación Provincial de Zaragoza y el personal dependiente de la entidad.

d) La empresa o profesional adoptará las medidas de seguridad oportunas y su cobertura de responsabilidad civil como estime más conveniente, pero siempre cumpliendo y ateniéndose a la legislación vigente. En cualquier caso, la Diputación Provincial de Zaragoza no se responsabiliza de los daños que se pudiesen ocasionar por una incorrecta gestión de la seguridad del personal correspondiente.

e) Las empresas o profesionales deberán contar con el correspondiente seguro de responsabilidad civil, cubriendo así los posibles daños a terceros. Asimismo, será preceptivo que durante la actuación teatral la compañía o profesional aporte copia de las altas de la seguridad social de los actores y de otras personas contratadas para el desarrollo de la actividad.

f) La empresa o profesional estará obligada a desarrollar las actuaciones escénicas concertadas. En ningún caso podrá la entidad desistir de la actuación concertada por razón de la localización del municipio asignado, o por razones horarias.

g) En el coste total final de cada actuación teatral se deberá incluir todo el equipamiento y material necesario para su desarrollo, el transporte y cualquier otro coste que se añada por razones del perfecto desarrollo de la actuación.

h) El coste final de cada actividad deberá incluir el IVA correspondiente. Será imprescindible para las entidades o profesionales cuya actividad esté exenta de IVA acreditarlo debidamente, con certificación de la Agencia Tributaria en la que figure su exención expresa para la realización de las actuaciones.

i) En la publicidad de las actuaciones teatrales se debe hacer constar el patrocinio siguiente: Área de Ciudadanía. Servicio de Cultura. Diputación Provincial de Zaragoza. El logotipo será el de la DPZ, el cual podrá solicitarse a través del correo cultura@dpz.es.

j) Cualquier incidencia que se produzca relativa al desarrollo de las actuaciones, deberá comunicarse al Servicio de Cultura del Área de Ciudadanía, que atendiendo a la especificidad de cualquier problema relativo al desarrollo de las actuaciones se reserva el derecho a obrar en consecuencia, tomando las decisiones pertinentes en favor de la resolución de dicha incidencia.

k) Las empresas y profesionales deberán proporcionar toda la información necesaria que les sea requerida por la Diputación Provincial de Zaragoza en lo que se refiere a los aspectos sustanciales que constituyen el desarrollo de este programa.

l) Las empresas o profesionales deberán tomar fotos de cada una de las actuaciones, y deberán entregarlas en el Servicio de Cultura, adjunto a las facturas. Podrán hacerlo en soporte CD o con lápiz de memoria USB, y podrán ser utilizados por la Diputación Provincial para la promoción del Programa.

m) Las empresas o profesionales emitirán las facturas con cargo a la Diputación Provincial de Zaragoza, adjuntado el certificado de actuación y fotos tomadas en cada una de las actuaciones. Todo ello es imprescindible para el cobro. Todas las facturas deberán presentarse una vez realizada la actuación, siendo el plazo de presentación de las mismas desde el 16 de septiembre hasta el hasta el día 30 de noviembre de 2017, en papel a través del Registro General de Diputación de Zaragoza o con el uso de la factura electrónica.

Estarán obligadas al uso de la factura electrónica las entidades previstas en el artículo 4 de la 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. La factura deberá presentarse en formato electrónico a través del punto de entrada de facturas electrónicas de la Diputación Provincial de Zaragoza (FACe), así como la documentación complementaria que deba acompañar a la misma.

Estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes:

a) Sociedades anónimas.

b) Sociedades de responsabilidad limitada.

c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.

e) Uniones temporales de empresas.

f) Agrupación de interés económico, agrupación de interés económico europea, fondo de pensiones, fondo de capital riesgo, fondo de inversiones, fondo de utilización de activos, fondo de regularización del mercado hipotecario, fondo de titulización hipotecaria o fondo de garantía de inversiones.

Estas entidades quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica con las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros (IVA incluido).

Todos los requisitos anteriores son indispensables para el correcto desarrollo de la actividad, por lo que el Servicio de Cultura se reserva la capacidad de expulsar del programa a la entidad por incumplimiento de los mismos.

Quinta. — Documentación de participación de las empresas y profesionales en este programa y plazo de presentación.

Las compañías y profesionales que se encuentren en disposición de poder cumplir con las cláusulas tercera y cuarta de estas normas y deseen participar en este programa deberán cumplimentar y enviar la siguiente documentación:

—Anexo I: Documento de solicitud de las empresas artísticas.

—Anexo II: Propuestas artísticas y memoria descriptiva de la trayectoria de la entidad.

—Anexo III: Compromisos de las empresas y profesionales.

La documentación será dirigida al Área de Ciudadanía, Servicio de Cultura, de la Diputación Provincial de Zaragoza (plaza de España, 2, 50071 Zaragoza), mediante su presentación en el Registro de Entradas de la misma, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de la documentación será de diez días naturales a partir del siguiente al de su publicación en el BOPZ.

Cualquier falsedad de los datos presentados dará lugar a las medidas y al procedimiento que se ajuste en derecho.

Sexta. — Proceso de selección, contratación y asignación de actuaciones teatrales en los municipios.

Una vez transcurrido el plazo de presentación de documentación, se procederá a la realización del siguiente proceso, teniendo en cuenta que las solicitudes presentadas en tiempo y forma por parte de una entidad, supone la aceptación de las presentes normas:

a) Las empresas y profesionales que cumplan con los requisitos de esta convocatoria serán objeto de selección, formando parte de un catálogo que se enviará a los municipios destinatarios de este programa y servirá para que los ayuntamientos participantes puedan elegir por orden de preferencia la actuación teatral que desean.

b) La fecha tope para realizar dicho espectáculo en ningún caso podrá ser posterior al día 26 de noviembre de 2017. Una vez finalizada la actuación, el Ayuntamiento y la empresa deberán cumplimentar el certificado de actuación (anexo IV). La empresa deberá entregar dicho certificado, las fotografías tomadas de la actuación y la factura correspondiente en el Registro de Entradas de la Diputación Provincial de Zaragoza. El plazo para presentar las facturas será como máximo hasta el día 30 de noviembre de 2017.

c) Desde el Área de Ciudadanía, Servicio de Cultura se atenderán las peticiones y se establecerán las actuaciones teatrales de la totalidad de los municipios solicitantes, correspondiendo una actuación teatral por cada Ayuntamiento solicitante.

Zaragoza, a 12 de julio de 2017. — El vicepresidente primero, Martín Llanas Gaspar.

ANEXO I

Documento de solicitud empresas artísticas

Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro

Denominación de la empresa o profesional: ……

Dirección postal: ……

CIF: …… E-mail: ……

Teléfonos de contacto: ……

Nombre del representante legal y DNI: ……

Certifica:

Que la entidad a la que representa cuenta con capacidad de obrar y con la habilitación empresarial o profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 111 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, esta entidad tiene su sede en Aragón y se encuentra en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera, técnica o profesional requerida, y por ello

Expone:

Que habiéndose publicado las normas del Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro, año 2017, acepta y se somete a las condiciones expresadas en las citadas normas, y de acuerdo con lo exigido en las mismas adjunta la documentación precisa.

Se aporta lo siguiente:

θ Anexo II: Propuesta artística de la compañía o profesional y memoria descriptiva.

θ Anexo III: Compromisos de la compañía o profesional en el programa.

En ……, a …… de …… de 2017.

(Firma del representante legal).

Ilmo. Sr. presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza.

(Área de Ciudadanía. Servicio de Cultura).

ANEXO II

Propuesta artística de la compañía o profesional

Denominación de la compañía o profesional: ……

Denominación del espectáculo programado: ……

La actuación teatral corresponde a lo siguiente:

θ Teatro infantil-familiar.    θ Teatro para público joven.

θ Teatro de temática social.    θ Teatro de comedia, drama, tragicomedia.

θ Teatro contemporáneo.    θ Teatro de animación.     θ Teatro clásico.

El espectáculo propuesto se puede programar en:

θ Sala:

—Dimensiones mínimas necesarias del especio escénico: ……

—Potencia eléctrica necesaria: ……

θ Calle.

θ Indistintamente.

Número de actores: …… Duración de la actuación: ……

Persona de contacto para facilitarla a los Ayuntamientos: ……

Nombre y teléfonos: …… E-mail: ……

Presupuesto-caché:

Importe neto: …… euros.

IVA (……%): …… euros.

Coste total final de la actuación: …… euros (IVA incluido).

*Nota: en este coste total deberán estar incluidos los gastos por gestión, montaje, actores, equipos de sonido, luz…

En ……, a …… de …… de 2017.

(Firma del representante legal).

Breve sinopsis de la obra teatral propuesta. Será el texto que aparecerá en el catálogo (quince líneas como máximo): ……

(Fecha y firma del representante legal.).

Breve memoria descriptiva de la trayectoria de la entidad artística: años de existencia, relevancia en la escena teatral, actuaciones anuales dentro y fuera de Aragón, número de actores que suele contratar anualmente, etc. (treinta líneas aproxima-
damente): ……

En ……, a …… de …… de 2017.

(Firma del representante legal).

ANEXO III

Compromisos de la compañía o profesional en el programa

La empresa o profesional:

Denominación de la empresa o profesional: ……

Representante de la empresa o profesional: ……

Las empresas artísticas/profesionales que resulten seleccionados están obligadas a lo siguiente:

a) No podrán iniciar ninguna actividad antes de haber sido notificada la autorización por parte del Área de Ciudadanía, Servicio de Cultura, por lo que cualquier relación de servicios entre las empresas o profesionales con los ayuntamientos, previa a la resolución del programa no vinculará en ningún caso a la Diputación Provincial de Zaragoza.

b) Deberán asumir los trabajos de gestión y montaje de las actuaciones de teatro concertadas con la Diputación Provincial de Zaragoza, así como aceptar la actuación en los municipios que se le asigne.

c) Asumir los recursos humanos necesarios para el correcto desarrollo de la actuación. En el caso de que se produzcan contrataciones de personas, estas las realizará la empresa o profesional, adoptando para ello las medidas oportunas y la forma que estime más conveniente, pero siempre cumpliendo y ateniéndose a la legislación vigente. En cualquier caso, la Diputación Provincial de Zaragoza no se responsabiliza de las consecuencias que pudiese ocasionar una contratación indebida o inexistente. La prestación de servicios resultante de este proceso tendrá naturaleza administrativa, no existiendo por tanto ninguna relación laboral entre la Diputación Provincial de Zaragoza y el personal dependiente de la entidad.

d) La empresa o profesional adoptará las medidas de seguridad oportunas y su cobertura de responsabilidad civil como estime más conveniente, pero siempre cumpliendo y ateniéndose a la legislación vigente. En cualquier caso la Diputación Provincial de Zaragoza, no se responsabiliza de los daños que se pudiesen ocasionar por una incorrecta gestión de la seguridad del personal correspondiente.

e) Las empresas o profesionales deberán contar con el correspondiente seguro de responsabilidad civil, cubriendo así los posibles daños a terceros. Asimismo, será preceptivo que durante la actuación teatral, la compañía o profesional aporte copia de las altas de la seguridad social de los actores y de otras personas contratadas para el desarrollo de la actividad.

f) La empresa o profesional estará obligada a desarrollar las actuaciones escénicas concertadas. En ningún caso podrá la entidad desistir de la actuación concertada por razón de la localización del municipio asignado, o por razones horarias.

g) En el coste total final de cada actuación teatral se deberá incluir todo el equipamiento y material necesario para su desarrollo, el transporte y cualquier otro coste que se añada por razones del perfecto desarrollo de la actuación.

h) El coste final incluirá el IVA correspondiente. Será imprescindible para las entidades o profesionales cuya actividad esté exenta de IVA, acreditarlo debidamente con certificación de la Agencia Tributaria, en la que figure su exención expresa para la realización de las actuaciones.

i) En la publicidad de las actuaciones teatrales se debe hacer constar el patrocinio siguiente: Área de Gestión de Ciudadanía. Servicio de Cultura. Diputación Provincial de Zaragoza. El logotipo será el de la DPZ, el cual podrá solicitarse a través del correo cultura@dpz.es.

j) Cualquier incidencia que se produzca relativa al desarrollo de las actuaciones, deberá comunicarse al Servicio de Cultura del Área de Gestión Ciudadana, quien atendiendo a la especificidad de cualquier problema relativo al desarrollo de las actuaciones, se reserva el derecho a obrar en consecuencia, tomando las decisiones pertinentes en favor de la resolución de dicha incidencia.

k) Las empresas y profesionales deberán proporcionar toda la información necesaria que les sea requerida por la Diputación Provincial de Zaragoza, en lo que se refiere a los aspectos sustanciales que constituyen el desarrollo de este programa.

l) Las empresas o profesionales deberán tomar fotos de cada una de las actuaciones, y deberán entregarlas en el Servicio de Cultura, adjunto a las facturas. Podrán hacerlo en soporte CD o con lápiz de memoria USB, y podrán ser utilizados por la Diputación Provincial para la promoción del Programa.

m) Las empresas o profesionales emitirán las facturas con cargo a la Diputación Provincial de Zaragoza, adjuntado el Certificado de Actuación y fotos tomadas en cada una de las actuaciones, todo ello es imprescindible para el cobro. Todas las facturas deberán presentarse una vez realizada la actuación, siendo el plazo de presentación de las mismas desde el 16 de septiembre hasta el día 30 de noviembre de 2017, en papel a través del Registro General de Diputación de Zaragoza o con el uso de la factura electrónica.

Estarán obligadas al uso de la factura electrónica las entidades previstas en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. La factura deberá presentarse en formato electrónico a través del punto de entrada de facturas electrónicas de la Diputación Provincial de Zaragoza (FACe), así como la documentación complementaria que deba acompañar a la misma.

Estarán obligadas al uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda, las entidades siguientes:

a) Sociedades anónimas.

b) Sociedades de responsabilidad limitada.

c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.

e) Uniones temporales de empresas.

f) Agrupación de interés económico, agrupación de interés económico europea, fondo de pensiones, fondo de capital riesgo, fondo de inversiones, fondo de utilización de activos, fondo de regularización del mercado hipotecario, fondo de titulización hipotecaria o fondo de garantía de inversiones.

Estas entidades quedan excluidas de la obligación de facturación electrónica, con las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros (IVA incluido).

Todos los requisitos anteriores son indispensables para el correcto desarrollo de la actividad, por lo que el Servicio de Cultura se reserva la capacidad de expulsar del programa a la entidad por incumplimiento de los mismos.

En ……, a …… de …… de 2017.

(Firma del representante legal).

ANEXO IV

Programa Cultural de las Artes Escénicas: Teatro

Certificado de actuación

(Este documento, una vez cumplimentado, debe entregarse a la empresa.

La empresa, a su vez, lo entregará junto con la factura a la DPZ)

El Ayuntamiento de ……

y en su representación don/doña ……, en calidad de ……

Hace constar:

Que la compañía/empresa/profesional …… ha actuado en este municipio
el día …… del mes de …… de 2017, con el espectáculo programado ……

Datos de obligado cumplimiento:

Número de asistentes: ……

Valoración de la actuación (entre 1 y 10): ……

(Firma del representante del Ayuntamiento). (Firma del representante de la
empresa.

Diputación Provincial de Zaragoza.

Servicio de Cultura.

Plaza de España, 2, 50071 Zaragoza.

 

 

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