BOP. 177    03/08/2017


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE PRESIDENCIA

Número de registro: 6765/2017

Materia: Empleo Público

Sección tercera

DECRETO 1628. INICIO PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS ANALISTAS PROGRAMADORES MEDIANTE CONTRATO DE RELEVO A TIEMPO PARCIAL

SECCIÓN TERCERA

Núm. 6.765

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE PRESIDENCIA

Esta Presidencia, por decreto núm. 1.628, de 27 de julio de 2017, ha dispuesto aprobar el inicio del proceso de selección para la contratación de dos analistas programadores (nivel II del convenio colectivo para el personal laboral de la DPZ), mediante contrato de relevo a tiempo parcial (75%), hasta que los titulares de la jubilación parcial alcancen la edad de jubilación reglamentaria, con sujeción a la siguiente

Oferta

Primero. — Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente oferta, y su consiguiente convocatoria, la contratación de dos analistas programadores, nivel II del convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, grupo de cotización 2 de la Seguridad Social, mediante un contrato de relevo a tiempo parcial (75%), hasta que los titulares de la jubilación parcial alcancen la edad de jubilación reglamentaria, cuyas funciones/tareas, consistirán en la realización, siguiendo las instrucciones, y bajo la supervisión de sus superiores jerárquicos, o por sí mismos, de:

• Administrar y trabajar en repositorios de software.

• Analizar, programar e implementar bajo entornos .NET, Java, Oracle y AS400.

• Programar e implementar Web Services.

• Proponer y coordinar cambios para mejorar el uso y la integración de las aplicaciones.

• Trabajos en el ámbito de sistema:

—Administración de redes de datos y de VOIP.

—Administración de servidores virtualizados.

—Administración de sistemas operativos.

—Integración en tecnología de sistemas.

—Base de datos DB2.

1.2. Los candidatos remitidos otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Segundo. — Requisitos.

Los requisitos necesarios para formar parte de los candidatos remitidos por el INAEM son los siguientes:

a. Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, así como los extranjeros con residencia legal en España.

b. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c. Estar en posesión de titulación de diplomado universitario o equivalente.

d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e. No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza.

f. No estar separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

g. Estar inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo.

Los requisitos exigidos y anteriormente citados deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y en el momento de formalización del contrato de trabajo.

Tercero. — Presentación de solicitudes.

La selección de las plazas de analista programador se gestionarán a través de la Oficina de Empleo Centro de Zaragoza (sita en calle Doctor Cerrada, 3), mediante la correspondiente oferta de empleo.

Los candidatos remitidos por el INAEM deberán presentar solicitud dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza, en el Registro General de la Corporación (plaza de España, 2), en horas hábiles de oficina, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta oferta en el BOPZ, debiendo acompañarse a la misma la siguiente documentación:

—Carta de presentación remitida por el INAEM.

—Fotocopia de la titulación requerida (diplomado o equivalente).

La presentación de la solicitud comportará que el interesado acepta los apartados del presente proceso selectivo y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las mismos.

Cuarto. — Comisión de selección.

La selección de los candidatos remitidos por el INAEM, de conformidad con los artículos 29, procedimiento de contratación temporal, del convenio colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza y 60 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se efectuará por una comisión que estará integrada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario, debiendo tener todos los miembros categoría profesional igual o superior a la plaza convocada.

Dicha comisión será la siguiente:

Presidente: Don Celestino Moreno Soriano, analista programador del Departamento de Nuevas Tecnologías.

Vocales: Don Alberto Sainz-Aja Fernández, analista programador del Departamento de Nuevas Tecnologías; doña María Victoria Luño Blocona, analista programador del Departamento de Nuevas Tecnologías; doña María Pilar Bernad Esteban, técnico medio de Promoción de Actividades Turísticas, y doña María Carmen Gracia Fantoba, jefe de Sección de Selección de Personal y Asuntos Generales, que actuará como secretario.

Asimismo, actuarán indistintamente como suplentes:

Doña Cristina García Romero, adjunto jefe del Servicio de Personal; don Eduardo Sánchez Álvarez, inspector jefe del Servicio Provincial de Extinción de Incendios; don Enrique Ortín Mayandía, técnico medio de Gestión del Servicio de Estudios Económico-Financieros y Presupuestarios.

La comisión de selección podrá solicitar la participación de los colaboradores y asesores, si así lo considera oportuno, necesarios para el desarrollo de las pruebas.

La comisión de selección resolverá todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación de la oferta del proceso de selección, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de las pruebas, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

Los miembros del órgano de selección percibirán las asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, únicamente en el supuesto de que el referido proceso de selección se celebre fuera de la jornada laboral establecida con carácter general para los empleados públicos que integran la Diputación Provincial de Zaragoza.

Quinto. — Sistema de selección.

5.1. El procedimiento de selección consistirá en la realización de un ejercicio teórico tipo test, y de un ejercicio práctico, ambos de carácter eliminatorio y de realización obligatoria.

5.1.1. Primer ejercicio: Test de conocimiento. Consistirá en la realización de un cuestionario que adoptará la forma de test, sobre conocimientos referidos a la materia contenida en el anexo del proceso selectivo, con cincuenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, con penalización, aplicando la siguiente fórmula de corrección:

    E    

R = A —  Número de respuestas — 1

R = Resultado final.

A = Número de aciertos.

E = Número de errores.

Número de respuestas = Número de opciones de respuesta por pregunta (4 – 1 = 3).

La duración máxima del ejercicio será de cuarenta y cinco minutos.

5.1.2. Segundo ejercicio: Supuesto/s prácticos. Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos, en la forma que determine la comisión de selección, relativos a las tareas propias de las funciones a desarrollar definidas en el apartado 1.1 del proceso selectivo, y del temario establecido en el anexo.

La duración máxima del ejercicio será determinada por la comisión de selección con anterioridad al inicio de las pruebas en función de los supuestos prácticos que se propongan.

La comisión de selección quedará facultada para determinar la forma que pueda adoptar la realización de este segundo ejercicio práctico, pudiendo ser escrito, oral o haciendo uso de los materiales o herramientas necesarios para realizar las funciones descritas en el apartado 1.1.

Sexto. — Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de contratación y presentación de documentos.

6.1. Desarrollo del proceso. Respecto al desarrollo del proceso selectivo, la relación de candidatos admitidos a la realización del ejercicio de contenido teórico, la fecha, hora y lugar de realización del mismo, se realizará en un plazo no superior a veinte días hábiles siguientes a aquel en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de lo que se dará publicidad en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

La fecha del ejercicio práctico se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

El orden de actuación de los candidatos admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos.

Los candidatos serán convocados para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por la comisión de selección.

No obstante, en caso de concurrir al proceso selectivo un elevado número de candidatos, estos serán convocados en grupos en llamamientos sucesivos publicándose en el tablón de anuncios del Palacio Provincial el día y hora correspondiente para la realización de los ejercicios por cada uno de ellos.

En cualquier momento podrá requerir la comisión de selección a los candidatos para que acrediten su personalidad, y si durante el proceso selectivo llegara a conocimiento de la comisión de selección que alguno de los candidatos no posee la totalidad de los requisitos exigidos en el presente proceso de selección, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el candidatos en la solicitud de admisión al proceso selectivo.

Los anuncios relativos al desarrollo del proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

El ejercicio teórico y el ejercicio práctico se calificarán de 0 a 10,00 puntos respectivamente, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5,00 puntos en cada uno de los ejercicios, siendo eliminados los candidatos que no obtengan esa puntuación mínima.

Las peticiones de revisión solo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente en el que se publiquen los resultados obtenidos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

6.2. Calificación final. La calificación final del proceso de selección para aquellos candidatos que hayan superado los dos ejercicios vendrá determinada por la suma de las calificaciones atribuidas en los ejercicios teórico y práctico, lo que determinará el orden de puntuación definitivo.

En el supuesto de empate en la suma de las calificaciones obtenidas por los candidatos, serán criterio para dirimir el mismo, en primer lugar, la mayor calificación obtenida en el ejercicio práctico, si este no fuera suficiente, se considerará la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio, y, en última instancia, se dirimirá a favor del candidato de mayor edad.

6.3. Propuesta de contratación. Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección hará pública en el tablón de anuncios del Palacio Provincial la relación de candidatos con la puntuación definitiva otorgada, ordenada de mayor a menor calificación final, y la propuesta de contratación a favor de los candidatos que hayan obtenido la mayor calificación final, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de candidatos al de plazas convocadas, quedando eliminados los restantes.

Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6.4. Presentación de documentos. Los candidatos propuestos por la comisión de selección presentarán en el Servicio de Personal los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, que son los siguientes:

a) DNI vigente, o certificación en extracto de la partida de nacimiento.

b) Titulación exigida en el apartado segundo de la oferta de requisitos necesarios.

c) Cumplimentación de declaración por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Obtención, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico, que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud de la Diputación Provincial de Zaragoza.

e) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico.

Si no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en el apartado 2, o el resultado del reconocimiento médico fuera de “no apto”, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Séptimo. — Formalización de contrato.

Una vez finalizado el proceso selectivo, la Presidencia de la Diputación Provincial procederá al nombramiento correspondiente a favor de los candidatos propuestos, que deberán formalizar el correspondiente contrato de relevo a tiempo parcial (75%), hasta que los titulares de la jubilación parcial alcancen la edad de jubilación reglamentaria. Si, sin causa justificada, no se formalizara el correspondiente contrato por los candidatos propuestos, se entenderá que renuncia a la plaza y al nombramiento efectuado.

Octavo. — Lista de espera.

Se elaborará una lista de espera con los candidatos que hayan aprobado los dos ejercicios, la cual se activará para los supuestos de renuncia, jubilación, incapacidad temporal, incapacidad permanente total o absoluta y fallecimiento de los candidatos seleccionados, aplicándose el mismo criterio para los sucesivos sustitutos de aquel en los que concurran las mismas situaciones.

Asimismo, la lista de espera se aplicará a las jubilaciones parciales y anticipadas que se puedan producir con posterioridad, sustitución en casos de situaciones de incapacidad transitoria, disfrute de licencias o situaciones de dispensa de asistencia, con derecho a la reserva de plaza, mientras persistan tales situaciones, permisos reglamentarios de vacaciones, así como la contratación por el concepto de acumulación de tareas cuando sea necesario, siempre dentro del período de vigencia de la lista de espera, que será de dos años prorrogable por un año más, previo acuerdo con el comité de empresa, sin perjuicio de que quede anulada por la publicación de nueva lista resultado de procedimiento selectivo que vendría a sustituir a aquella.

La lista de espera será aprobada por decreto de la Presidencia de la Corporación y se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y en el BOPZ.

Noveno. — Normas finales.

Finalmente, con carácter general, el proceso resultante de la presente oferta genérica remitida al INAEM vincula a la Administración, a la comisión de selección y a quienes participen en el proceso selectivo, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, a 28 de julio de 2017. — El vicepresidente primero, Martín Llanas Gaspar.

ANEXO

Temario

Tema 1. Sistemas operativos. Funciones y componentes de un sistema operativo. Gestión de ficheros.

Tema 2. Introducción a los conceptos de redes de computadoras. Los modelos TCP/IP y OSI.

Tema 3. Fundamentos redes LANs y WANs.

Tema 4. Direccionamiento y enrutamiento IP.

Tema 5. Fundamentos y diseño de base de datos. Modelo entidad-relación.

Tema 6. Lenguaje SQL.

Tema 7. Diseño de bases de datos. Diseño lógico y físico. El modelo lógico relacional. Normalización.

Tema 8. Modelo conceptual de datos. Entidades, atributos y relaciones. Reglas de modelización. Diagramas de flujo de datos. Reglas de construcción. Descomposición en niveles. Flujogramas.

Tema 9. Administración de bases de datos. Funciones y responsabilidades. Administración de servidores de correo electrónico. Protocolos de correo electrónico.

Tema 10. Fundamentos de lenguajes de programación: Representación de tipos de datos. Operadores, instrucciones condicionales. Bucles y recursividad. Procedimientos, funciones y parámetros. Estructura de un programa.

Tema 11. Tipos abstractos y estructuras de datos. Organizaciones de ficheros. Algoritmos. Formatos de información y ficheros.

Tema 12. Programación orientada a objetos: Java. Elementos: objetos, clases, herencia y métodos.

Tema 13. Ingeniería del software. Proceso software, modelos de proceso software. Ciclos de vida, modelos de ciclo de vida. Fases del ciclo de vida. Modelos de desarrollo.

Tema 14. Aplicaciones web, php y asp.net. Protocolo HTTP. Validación de datos. Respecto al desarrollo del proceso sel.

Tema 15. Arquitectura cliente/servidor. Modelo de 2 capas. Modelo de 3 capas. Componentes y operación. Arquitecturas de servicios web (WS).

Tema 16. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad. Accesibilidad y usabilidad de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información. Confidencialidad y disponibilidad de la información en puestos de usuario final.

Tema 17. Administración de redes de área local. Gestión de usuarios. Gestión de dispositivos. Monitorización y control de tráfico.

Tema 18. Conceptos de seguridad de los sistemas de información. Seguridad física. Seguridad lógica. Amenazas y vulnerabilidades. Infraestructura física de un CPD: Acondicionamiento y equipamiento. Sistemas de gestión de incidencias. Control remoto de puestos de usuario.

Tema 19. Seguridad y protección en redes de comunicaciones. Sistemas de cortafuegos. Redes privadas virtuales (VPN). Seguridad en el puesto de usuario.

Tema 20. Seguridad informática.

 

 

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