BOP. 200    31/08/2017


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 7321/2017

Materia: Empleo Público

Sección quinta

BASES CONVOCATORIA PROVISIÓN DE SETENTA Y CINCO PLAZAS DE OFICIAL, TURNO PROMOCIÓN INTERNA

SECCIÓN QUINTA

Núm. 7.321

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y PERSONAL

Oficina de Recursos Humanos

En cumplimiento de lo dispuesto en los acuerdos del Gobierno de Zaragoza de 17 de abril de 2015 y de 3 de junio de 2016, por los que se aprueban respectivamente las ofertas de empleo público del Ayuntamiento de Zaragoza de los años 2015 y 2016, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Pública, se convoca proceso selectivo para la provisión de setenta y cinco plazas de oficial, mediante acceso por el turno de promoción interna, con sujeción a lo dispuesto en las bases siguientes:

Primera. — Normas generales.

1.1.    Es objeto de estas bases y su consiguiente convocatoria la provisión de las plazas de oficial que a continuación se relacionan identificadas en el anexo I, mediante acceso por el turno de promoción interna, pertenecientes a la plantilla de funcionarios, integradas en la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios, y clasificadas en el grupo/subgrupo C2.

Especialidades grupo primero.

—Dos plazas de oficial carpintero.

—Tres plazas de oficial electricista.

—Cinco plazas de oficial fontanero.

—Cinco plazas de oficial guardallaves.

—Ocho plazas de oficial planta potabilizadora.

—Cuatro plazas de oficial cementerio.

—Una plaza de oficial albañil.

—Dos plazas de oficial herrero.

—Una plaza de oficial pintor.

—Trece plazas de oficial mantenimiento.

—Dieciséis plazas de oficial polivalente instalaciones deportivas.

Especialidades grupo segundo.

—Una plaza de oficial almacén.

—Una plaza de oficial de museos.

—Dos plazas de oficial inspector jardinero.

—Ocho plazas de oficial inspector.

—Tres plazas de oficial montes.

Las personas candidatas solo podrán participar en tres especialidades/categorías distintas de cualquiera de los dos grupos, debiendo especificar en la solicitud de participación la/las especialidad/es por la/las que opta. Dicha opción vincula a la persona aspirante, no pudiendo modificarla una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes. Será propuesto para su exclusión del procedimiento selectivo aquella persona aspirante que presente solicitud de participación para más de tres de las especialidades/plazas/categorías.

Los candidatos que promocionan desde la categoría profesional de operario especialista de la plantilla laboral solo podrán participar en la especialidad/categoría de oficial (mantenimiento o instalaciones deportivas) en la que hubieren desarrollado las funciones de la misma, y perciban las correspondientes diferencias retributivas.

Asimismo, en la instancia se deberá especificar la prioridad de asignación de plaza de entre las especialidades elegidas. La determinación de la prioridad implicará la asignación de plaza en aquel proceso selectivo que supere la persona aspirante, sin opción de elección sobre los otros procesos que en su caso hubiere superado.

1.2.    El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, que constará de una fase de concurso de naturaleza no eliminatoria y de una fase de oposición en la que las personas aspirantes serán eximidas de la realización de aquellas pruebas sobre materias en las que está acreditado suficientemente su conocimiento por haber sido exigido para el ingreso en la plaza/categoría que ocupan.

En ningún caso los puntos obtenidos en la fase de concurso podrán servir para superar ejercicios suspendidos en la fase de oposición.

1.3.    El lugar, día y hora de celebración del inicio de la fase de oposición se publicará en el BOPZ.

1.4.    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el establecido en el anexo II que se acompaña a las presentes bases, en el que se determina una parte primera común para todas las especialidades/categorías y una parte específica para cada una de ellas.

1.5.    Las atribuciones establecidas a favor de los órganos resolutorios y servicios municipales que se determinan en las presentes bases se entenderán referidas a los mismos o, en su caso, a los órganos y servicios que ostenten la atribución en cada momento.

1.6.    Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección funcionarios de Administración Local; Decreto legislativo de la Diputación General de Aragón de 19 de febrero de 1991, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón; Decreto de la Diputación General de Aragón de 10 de junio de 1997, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón,  y, supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

1.7.    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos miembros de este procedimiento selectivo la exposición en el tablón de anuncios, sito en el edificio Seminario (vía Hispanidad, 20).

Asimismo, se podrá obtener información en relación a estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del tribunal calificador en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza, cuya dirección es www.zaragoza.es, así como en el número de teléfono de información municipal 010.

1.8.    Las personas aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Segunda. — Requisitos de las personas aspirantes.

2.1.    Para ser admitidas en este proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a)    Condición funcionarial/laboral y plaza:

—Ser funcionaria o funcionario de carrera en plaza de operaria/o especialista de la escala de Administración especial o subalterna/o de la escala de Administración General del Ayuntamiento de Zaragoza.

—Ser trabajador fijo integrado en la categoría laboral de oficial o de operaria/o especialista de la plantilla laboral del Ayuntamiento de Zaragoza desarrollando las funciones correspondientes a alguna de la plazas convocadas.

En el supuesto de promoción desde la categoría de operaria/o especialista, la acreditación del ejercicio de las funciones ejercidas se realizará mediante la manifestación y correlativa constatación de la percepción de las pertinentes diferencias salariales entre la plaza/categoría de operario especialista, y la de oficial en la correspondiente especialidad que se ejerce. Cada candidato podrá concurrir exclusivamente a la especialidad de oficial en función de la que perciba las citadas diferencias retributivas.

b)    Antigüedad (una de las tres condiciones):

—Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como funcionaria o funcionario de carrera en plaza de operaria/o especialista o en plaza de subalterna/o del Ayuntamiento de Zaragoza.

—Tener una antigüedad de, al menos, dos años de trabajo efectivo como oficial de la plantilla laboral.

—Tener una antigüedad de, al menos, dos años de trabajo efectivo como operario especialista de la plantilla laboral.

Para la determinación de la antigüedad de las personas aspirantes, a este efecto se tomarán en consideración los servicios efectivos prestados en la categoría citada, así como, en su caso, los periodos durante los cuales se hubiera hallado en situaciones administrativas distintas del servicio activo que según la normativa legal vigente resulten computables a efectos de antigüedad.

El cómputo se realizará a partir de la toma de posesión de la plaza, o en su caso de la publicación del nombramiento en el “Boletín Oficial” correspondiente.

c)    Edad: No exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa establecida en la legislación vigente.

d)    Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente a efectos profesionales.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación; además, se adjuntará al título su traducción jurada.

e)    Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de los puestos de trabajo previstos para la plaza objeto de este proceso selectivo.

f)    Habilitación: No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas por resolución judicial.

g)    Tasa: Haber abonado la correspondiente tasa para cada una de las especialidades elegidas.

2.2.    Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión como funcionaria o funcionario público.

Tercera. — Instancias.

3.1.    Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo cumplimentando instancia normalizada. Además, las personas aspirantes que aleguen méritos a valorar en la fase de concurso deberán declararlos cumplimentando el anexo de valoración normalizado.

Tanto la instancia como el anexo de valoración se encuentran a disposición de las personas aspirantes en Internet, en la página web del Ayuntamiento de Zaragoza en el portal de oferta de empleo (www.zaragoza.es/oferta).

Las personas aspirantes que no aleguen méritos no será preciso que cumplimenten, impriman y presenten el anexo de valoración.

En ningún caso se presentarán junto a la instancia de participación y el anexo de valoración los documentos justificativos de los méritos alegados.

3.2.    La instancia de participación y, en su caso, el anexo de valoración, una vez cumplimentado/s e imprimido/s, se presentarán presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza, sito en vía Hispanidad, número 20, edificio Seminario, debiendo constar en la misma la acreditación del pago o, en su caso, acompañar documentación justificativa de la exención o de la reducción de la tarifa. También podrán presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier Administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, así como en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, o en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

3.3.    El plazo de presentación de la instancia será el de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

3.4.    Los derechos de examen para cada una de las especialidades serán de 5 euros, o tarifa vigente en el momento de presentar la instancia, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal núm. 11, excepto para personas discapacitadas con grado de minusvalía igual o superior al 33%, que serán gratuitos, debiendo presentar en estos supuestos la documentación justificativa de la exención. Los miembros de familias numerosas o de familias monoparentales deberán abonar el 50% de la cuota y deberán aportar la documentación justificativa correspondiente.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento de su pago determinará la exclusión del proceso selectivo.

El pago de la tasa deberá realizarse a través del impreso de solicitud/autoliquidación en las entidades Bantierra, BBVA, Banco Santander, CaixaBank, Ibercaja, o en la Caja Municipal.

Asimismo, podrá efectuarse pago telemático mediante certificado digital, que se realizará al cumplimentarse el modelo normalizado de instancia.

3.5.    Solo procederá la devolución de los derechos de examen satisfechos por las personas aspirantes cuando por causas no imputables a la persona aspirante no tenga lugar el proceso selectivo, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firme, cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de la convocatoria, o cuando la persona aspirante sea excluida del proceso selectivo.

3.6.    En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza.

3.7.    Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la base 3.3.

3.8.    La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en los apartados precedentes supondrá causa de exclusión del aspirante.

Cuarta. — Admisión y exclusión de personas aspirantes.

4.1.    Expirado el plazo de veinte días naturales para la presentación de instancias, la Consejería de Servicios Públicos y Personal dictará resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos a cada una de las especialidades/categorías. Dicha resolución se publicará en el BOPZ, y en ella se indicará el lugar en que se encuentra expuesta al público la citada lista.

Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales, y, si transcurriesen estos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de nueva resolución ni publicación.

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas serán excluidas de la realización de las pruebas.

Si, en su caso, se presentan reclamaciones contra la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas, estas serán resueltas y se procederá a publicar lista definitiva.

4.2.    El orden de actuación de las personas aspirantes, de conformidad con el sorteo efectuado para todos los procedimientos derivados de la oferta de empleo público para 2016, será a partir de la letra H.

Quinta. — Tribunal de selección.

5.1.    El tribunal calificador será nombrado por decreto de la Consejería de Servicios Públicos y Personal, juzgará los ejercicios del proceso selectivo y valorará los méritos alegados; su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

5.2.    El órgano de selección estará compuesto por la/el presidenta/e, la/el secretaria/o y cuatro vocales.

En atención a las características del proceso, se podrán designar para el desempeño de la presidencia y la secretaría, a los titulares y, además, hasta tres suplentes.

Para el desempeño de las vocalías se designarán miembros titulares y suplentes para cada una de las especialidades/plazas/categorías.

5.3.    Todos los miembros del tribunal de selección deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada y habrán de ser funcionarias o funcionarios de carrera que pertenezcan al mismo o superior grupo/subgrupo de entre los previstos en el artículo 76 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación al grupo/subgrupo en que se integra la plaza convocada.

5.4.    La pertenencia al tribunal calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

5.5.    La presidencia coordinará la realización de las pruebas y del proceso selectivo y dirimirá los posibles empates en las votaciones con su voto de calidad. Todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto, excepto la/el secretaria/o, que tendrá voz pero no voto.

5.6.    Con el fin de dotar al procedimiento de una mayor celeridad y eficacia, la designación de los miembros titulares y de sus respectivos suplentes se llevará a cabo con posterioridad, publicándose sus nombres en el BOPZ.

Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, comunicándolo a la Consejería de Servicios Públicos y Personal. Tampoco podrán ser nombrados miembros de los mismos quienes hubieran realizado tareas de preparación de personas aspirantes a la plaza convocada en pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal de selección cuando entiendan que se dan dichas circunstancias de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

5.7.    Los miembros suplentes nombrados para componer el tribunal calificador podrán actuar indistintamente en relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar alternativamente.

5.8.    A solicitud del tribunal calificador, podrá disponerse la incorporación de asesoras y asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichas asesoras y asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto; serán designados por decreto de la Consejería de Servicios Públicos y Personal y estarán sujetos a idéntico régimen de abstención y recusación que el previsto para los miembros del Tribunal; podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los términos previstos en los decretos de 28 de septiembre de 2007 y de 19 de enero de 2009 del consejero delegado del Área de Gobierno de Hacienda, Economía y Régimen Interior.

Asimismo, a solicitud del tribunal calificador, podrá disponerse de las colaboraciones y asistencias técnicas que se estimen oportunas.

5.9.    Cuando el número de personas aspirantes así lo aconseje, el tribunal calificador podrá designar auxiliares colaboradores administrativos y de servicios que bajo la supervisión de la secretaria o secretario del tribunal en número suficiente permitan garantizar el adecuado desarrollo del proceso selectivo; podrán percibir las asistencias previstas para los mismos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los términos previstos en los decretos de 28 de septiembre de 2007 y de 19 de enero de 2009 del consejero delegado del Área de Gobierno de Hacienda, Economía y Régimen Interior.

5.10.    En los supuestos de ausencia de la presidencia titular o suplente, las funciones de presidencia serán ejercidas por los vocales designados, siguiendo para ello el orden en que hayan sido designados en el decreto de nombramiento.

5.11.    En el caso en que una vez iniciado el proceso selectivo los miembros del tribunal cesen en los puestos en virtud de los cuales fueron nombrados para constituir parte de los mismos, continuarán ejerciendo sus funciones en estos, salvo incompatibilidad legal al efecto y hasta que acabe totalmente el procedimiento selectivo.

5.12.    Corresponde al tribunal calificador determinar el nivel exigible para la obtención de las calificaciones mínimas previstas para superar los ejercicios, valorar los méritos alegados y justificados, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. Asimismo le compete en su sesión de constitución fijar la fecha del primer ejercicio del proceso selectivo.

5.13.    El tribunal calificador resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo.

5.14.    Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.

5.15.    A efectos de comunicación y demás incidencias, el tribunal calificador tendrá su sede en las dependencias de la Oficina de Recursos Humanos.

5.16.    El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos los que ejerzan la presidencia y la secretaría.

5.17.    Las solicitudes de aclaración de actuaciones del órgano seleccionador, revisión de calificaciones concedidas y alegaciones a preguntas de los ejercicios conforme establece la base séptima se resolverán y comunicarán a las personas interesadas por el tribunal de selección.

5.18.    Contra los actos y decisiones del tribunal calificador que imposibiliten la continuación del procedimiento para la persona interesada o produzcan indefensión y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer por la persona interesada recurso de alzada ante la Consejería de Servicios Públicos y Personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 121.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno. 

5.19.    El tribunal calificador que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría tercera, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Sexta. — Estructura del proceso selectivo (concurso-oposición).

6.1.    Fase de concurso:

6.1.1.    Méritos a valorar:

6.1.1.1.    Experiencia profesional.

Será objeto de valoración en este apartado:

a)    Tiempo de servicios prestados en cualquier Administración Pública distinta al Ayuntamiento de Zaragoza, a razón de 0,933 puntos por año completo de trabajo, hasta un máximo de 9,33 puntos.

b)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza, a razón de 1,332 puntos por año completo de trabajo.

c)    Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza en plaza de operaria/o especialista, subalterna/o, oficial de la plantilla laboral, operaria/o especialista de la plantilla laboral percibiendo diferencias retributivas, o interinamente en plaza objeto de concurso, a razón de 2 puntos por año completo de trabajo.

En todos los apartados relacionados con anterioridad se valorarán los meses completos trabajados con la parte proporcional de puntos asignados a cada año completo.

El tiempo de servicios prestado se entenderá referido a servicios prestados en régimen de Derecho Administrativo (funcionaria/o funcionaria/o de carrera o funcionaria/o interina/o) o, en régimen de derecho laboral (contratada/o laboral en cualquier modalidad), siempre que los mismos se hayan desempeñado mediante gestión directa en alguna de las Administraciones Públicas definidas en el artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los apartados b) y c) tienen el carácter de excluyentes, en el sentido de no poder computarse el mismo tiempo en ambos apartados.

La puntuación máxima a alcanzar en este apartado de experiencia profesional y tiempo de servicios prestados no podrá ser superior a 40 puntos.

Las puntuaciones que resulten se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta tres decimales, esto es: cuando el cuarto decimal sea superior o igual a 5, el tercer decimal se incrementará en una unidad, y cuando el cuarto decimal sea inferior a 5, el tercer decimal no se modifica.

6.1.1.2.    Titulaciones académicas oficiales:

Se valorarán las titulaciones académicas que sean de igual o superior nivel al exigido para el grupo de titulación al que se opta, al margen de la exigida como requisito de participación, conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 6,67 puntos:

—Máster oficial aportado junto a una licenciatura universitaria o doctorado: 6,67 puntos por cada título.

—Graduado/a o licenciatura universitaria o equivalente a efectos académicos: 6,065 puntos. 

—Diplomado Universitario o equivalente a efectos académicos: 4,852 puntos .

—Ciclo formativo de grado superior o equivalente a efectos académicos: 3,639 puntos.

—Bachiller o equivalente a efectos académicos: 2,426 puntos.

—Ciclo formativo de grado medio: 1,213 puntos por cada título

En el supuesto de aportarse varias titulaciones en la misma materia, se valorará exclusivamente el nivel de titulación más alto, entendiendo incluido en él aquellas otras titulaciones necesarias para su obtención. Asimismo, en el caso de alegarse como requisito de participación el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto, o ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, y se haya completado y obtenido la titulación de licenciado, arquitecto o ingeniero, se valorará exclusivamente la diferencia entre lo alegado para poder participar y el título de licenciado, arquitecto o ingeniero, otorgando como mérito valorable la parte proporcional de puntos sobre el total asignado al epígrafe “Graduado/a o licenciatura universitaria o equivalente a efectos académicos”.

6.1.1.3.    Formación: Se valorarán las acciones formativas (alumno) directamente relacionadas con la plaza a cubrir, así como las que estén relacionadas con las materias siguientes:

—Organización municipal.

—Empleo público.

—Informática de gestión a nivel de usuario, hasta un máximo de treinta horas por curso.

—Prevención de riesgos laborales nivel básico, hasta un máximo de treinta horas por curso.

—Atención a la ciudadanía.

—Procedimiento administrativo común.

—Igualdad de género.

El total de puntos que se podrá obtener en el apartado de formación será hasta un máximo de 13,33 puntos.

La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación directamente relacionadas y multiplicando la suma de las mismas por un coeficiente de 0,0360 puntos.

Las puntuaciones que resulten se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta tres decimales, esto es: cuando el cuarto decimal sea superior o igual a 5, el tercer decimal se incrementará en una unidad, y cuando el cuarto decimal sea inferior a 5, el tercer decimal no se modifica.

En el supuesto de acciones formativas en las que el interesado no acredite la duración de las mismas, se computarán como una hora de formación.

No serán objeto de valoración los cursos de doctorado ni aquellos que formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación académica.

Las acciones formativas que tengan el carácter de reciclaje se valorarán en idénticos términos.

Los diplomas o certificados de asistencia deberán haber sido expedidos u homologados expresamente por centros de formación de funcionarias o funcionarios dependientes de las Administraciones Publicas (Centro Municipal de Formación del Ayuntamiento de Zaragoza, INAP, IAAP o análogos), por centros docentes dependientes del Ministerio de Educación o de la Diputación General de Aragón o equivalente autonómico, por el INEM o equivalente o por una Universidad.

También se valorarán los cursos impartidos por centros privados previa autorización o encargo del Ayuntamiento de Zaragoza, los cursos organizados en aplicación de los acuerdos marco sobre formación continua, los cursos impartidos por estructuras especializadas de organizaciones sindicales y empresariales y los cursos impartidos por parte de colegios profesionales.

6.1.2.    La valoración de méritos por todos los conceptos enumerados podrá alcanzar un máximo de 60 puntos.

Las puntuaciones que resulten se redondearán usando el sistema de redondeo aritmético simétrico hasta tres decimales, esto es: cuando el cuarto decimal sea superior o igual a 5, el tercer decimal se incrementará en una unidad, y cuando el cuarto decimal sea inferior a 5, el tercer decimal no se modifica.

6.1.3.    Desarrollo del concurso:

a)    Las personas aspirantes que aleguen poseer méritos en la fase de concurso deberán declararlos junto a la instancia de participación mediante el modelo normalizado de autobaremación (anexo de valoración).

b)    Todos los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, no pudiendo el tribunal valorar méritos obtenidos y alegados con posterioridad a la fecha citada.

c)    Cumplimentación del modelo declaración de autobaremación (anexo de valoración):

El mérito referente a experiencia profesional (6.1.1.1) deberá ser cumplimentado en el modelo de autobaremación de tal forma que se indique el intervalo de fechas en que se ha prestado servicio, así como el tiempo total trabajado. Su justificación por los aspirantes que superen la fase de oposición, deberá realizarse mediante aportación de certificado de vida laboral de la persona aspirante emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o documento equivalente.

Además, las personas aspirantes que aleguen tiempo de servicios prestados en Administraciones Públicas distintas al Ayuntamiento de Zaragoza [6.1.1.1 a)] deberán aportar certificado emitido por la correspondiente Administración Pública en el que conste la categoría/plaza profesional, el grupo de titulación, el periodo de desempeño del puesto de trabajo, así como informe referente a las funciones asignadas a la plaza/categoría emitido por la Administración Pública correspondiente.

La justificación del tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Zaragoza [6.1.1.1 b) y 6.1.1.1 c)], requerirá exclusivamente la aportación de certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o documento equivalente.

Los méritos referentes a titulaciones académicas y formación (6.1.1.2 y 6.1.1.3) deberán ser cumplimentados en el modelo de autobaremación, de tal forma que se indique la denominación el título académico oficial, el título del curso de formación, la entidad académica y formativa emisora del título/certificado y el número de horas del curso. Su justificación por las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberá realizarse inexcusablemente mediante la aportación de copia compulsada/cotejada del título o certificado original o copia compulsada/cotejada emitida por la entidad académica o formativa.

d)    A la vista de la autobaremación efectuada por cada persona aspirante en el modelo normalizado, el tribunal de selección ordenará publicar en el tablón de anuncios relación de personas aspirantes admitidas, con la puntuación provisional adjudicada a cada una de ellas.

e)    La valoración definitiva de los méritos alegados se efectuará en todo caso condicionada a su acreditación o justificación documental (original o copia compulsada), que se aportará una vez finalizada la fase de oposición y exclusivamente por parte de aquellas personas aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición. A tal fin, y en el documento de calificaciones del último ejercicio, se comunicará a las personas aspirantes que a partir de la publicación de aquel dispondrán de diez días naturales para la aportación de los certificados y justificantes oportunos.

f)    A la vista de los certificados y justificantes aportados, el tribunal procederá a comprobar y revisar los méritos y la autobaremación declarada por las personas aspirantes. Los méritos que no resulten suficientemente justificados no serán valorados; además si en su caso se probase la falsedad de lo alegado o justificado, quienes en ella incurriesen serán excluidos del proceso selectivo, previa audiencia de la persona interesada.

g)    Una vez comprobada y revisada la autobaremación manifestada por cada persona aspirante, el tribunal de selección ordenará exponer públicamente la relación de personas aspirantes con los puntos de valoración obtenidos por cada una de ellas en el tablón del Ayuntamiento de Zaragoza, sito en el edificio Seminario (Vía Hispanidad), abriéndose un plazo de diez días naturales, con el fin de alegar o justificar lo que se estime conveniente. En su caso, el tribunal resolverá las alegaciones formuladas y procederá a exponer públicamente la relación definitiva de personas aspirantes con la puntuación obtenida por cada uno de ellos en la fase de concurso.

6.2.    Fase de oposición: La fase de oposición consistirá en la realización de los ejercicios que se detallan a continuación, a realizar de forma conjunta (mismo día y hora) para cada una de las especialidades/categorías (máximo de tres):

6.2.1.    Primer ejercicio (teórico y escrito). Consistirá en contestar a un cuestionario de veinte preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, sobre el contenido comprendido en el anexo II, siendo solo una de las respuestas la correcta o más correcta de entre las alternativas planteadas. El cuestionario de preguntas contendrá cinco preguntas que versaran sobre el contenido comprendido en la parte primera del anexo II, y las restantes quince se referirán al contenido de la parte segunda del anexo II.

El cuestionario de preguntas que se proponga a las personas aspirantes contendrá además otras seis preguntas tipo test de reserva (dos de la parte primera y cuatro de la parte segunda), las cuales sustituirán por su orden y anexo a aquellas preguntas que en su caso, acuerde el tribunal anular una vez iniciada la ejecución del ejercicio por las personas aspirantes.

En este ejercicio se valorarán los conocimientos de las personas aspirantes en relación a las materias contenidas en los citados anexos.

6.2.2.    Segundo ejercicio (teórico-práctico y escrito). Consistirá en contestar a dos supuestos teórico-prácticos con cinco preguntas por supuesto relacionados con las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria y/o con las materias establecidas en el anexo II, parte segunda, que se adjunta a las presentes bases. Cada una de las preguntas tendrá tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta o más correcta de las alternativas propuestas.

En este ejercicio se evaluará la aplicación de los conocimientos teóricos a la resolución de los supuestos prácticos que se planteen y la preparación de las personas aspirantes en relación al desempeño de las funciones de los puestos de trabajo a desempeñar.

6.2.3.    Para la realización conjunta de los dos ejercicios las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos.

6.2.4.    Para las especialidades/categorías del grupo primero (base primera, apartado 1.1), las personas aspirantes que superen el primer y segundo ejercicio deberán superar una prueba adicional de aptitud para el desempeño del oficio.

El contenido de la prueba será determinado por el tribunal antes de la realización de la misma, y en ella se valorará la destreza y pericia en el manejo de las herramientas, instrumentos y materiales propios del oficio.

6.2.5.    Los cuestionarios de preguntas del primer y segundo ejercicio se elaborarán de forma específica para cada una de las especialidades/categorías conforme a las materias exigidas a cada una de las mismas.

6.2.6.    Aquellos aspirantes que se presenten a más de una especialidad realizarán de forma sucesiva y continua los dos o tres procesos en los términos y condiciones previstos para cada uno de ellos.

Séptima. — Forma de calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios y se evaluarán separada e independientemente por el tribunal, calificando cada uno de los mismos como sigue:

7.1.    El primer ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo preciso para superar el ejercicio obtener una calificación mínima de 25 puntos.

Cada respuesta acertada se valorará a razón de 2,50 puntos.

Las respuestas en blanco no penalizarán.

Las respuestas erróneas penalizarán a razón de descontar 0,625 puntos por cada respuesta contestada incorrectamente.

En el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día de celebración del ejercicio, el tribunal calificador procederá a publicar en la página web municipal la plantilla provisional de respuestas, abriéndose un plazo de cinco días hábiles, a los efectos de presentar por las personas aspirantes las alegaciones a la misma que se estime conveniente. Transcurrido dicho plazo se elaborará la plantilla de respuestas definitiva, que será publicada en la página web municipal, y que servirá de base para la corrección de los exámenes.

La persona aspirante que no alcance la puntuación mínima exigida será calificada como “no apta/o” y “eliminada/o”, no procediéndose a la corrección y calificación del segundo ejercicio.

La publicación de las calificaciones del primer ejercicio se hará de forma conjunta con las calificaciones del segundo ejercicio.

7.2.    El segundo ejercicio será objeto de corrección y calificación solamente en relación a aquellas personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.

Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo preciso alcanzar una nota mínima de 25 puntos para superar el ejercicio.

Cada respuesta acertada se valorará a razón de 5 puntos.

Las respuestas en blanco no penalizarán.

Las respuestas erróneas penalizarán a razón de descontar 1,25 puntos por cada respuesta contestada incorrectamente.

En el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día de celebración del ejercicio, el tribunal calificador procederá a publicar en la página web municipal la plantilla provisional de respuestas, abriéndose un plazo de cinco días hábiles, a los efectos de presentar por las personas aspirantes las alegaciones a la misma o lo que se estime conveniente.

Transcurrido dicho plazo se elaborará la plantilla de respuestas definitiva que será publicada en la página web municipal, y que servirá de base para la corrección de los exámenes.

En caso de que el tribunal acuerde anular alguna pregunta, la puntuación máxima a obtener en el mismo se reducirá en 5 puntos por cada una de las preguntas anuladas, y la nota mínima para superarlo se reducirá en 5 puntos por cada pregunta anulada.

7.3.    La prueba práctica de aptitud prevista en la base 6.2.4 para las especialidades/categorías del grupo primero (base primera, apartado 1.1), se calificará como “apta/o” o “no apta/o”.

La persona aspirante que obtenga la calificación de “no apta/o” será declarado “eliminada/o” del proceso selectivo de promoción.

7.4.    La puntuación máxima que podrá obtenerse en el total de la fase de oposición será de 100 puntos.

7.5.    En el acta/s de la sesión o relación adjunta a aquella se hará constar exclusivamente la calificación final que se adjudique a cada persona aspirante.

Octava. — Desarrollo del proceso selectivo (concurso-oposición).

8.1.    Comenzada la práctica de los ejercicios, el tribunal calificador podrá requerir en cualquier momento del proceso selectivo a las opositoras y opositores para que acrediten su identidad y demás requisitos exigidos en las bases de la convocatoria. Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguna de las personas aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Consejería de Servicios Públicos y Personal, que resolverá, previa audiencia de la persona interesada.

8.2.    Las personas candidatas serán convocadas a la celebración de los ejercicios en llamamiento único, y serán excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo los supuestos de fuerza mayor debidamente justificados, que serán apreciados libremente por el órgano seleccionador, y en los que este deberá considerar y valorar la causa y justificación alegada junto al preferente principio de riesgo y ventura propio de la participación que toda persona aspirante asume al concurrir al proceso selectivo.

Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida el acceso al lugar de celebración de los ejercicios o la realización física de la prueba, y se trate de situaciones que afecten a todas o a una parte significativa de las candidatas y candidatos y al llamamiento y lugar correspondiente.

No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes con el día de la celebración de los ejercicios en los que tenga que participar. Para ello, las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización del ejercicio, en este último caso solo si hay ingreso por urgencia (debiendo acreditarse oportunamente), un escrito dirigido a la presidencia del tribunal de selección comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico oficial que acredite los hechos, junto con la solicitud de la aspirante en la que exprese su voluntad de realizar los ejercicios en un plazo máximo de quince días naturales a partir de la fecha de llamamiento único (en la solicitud se deberán indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la aspirante).

8.3.    Una vez comenzada la fase de oposición, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios en el BOPZ.

8.4.    Finalizadas las fases de concurso y oposición, el tribunal de selección procederá a sumar las puntuaciones adjudicadas en la fase de concurso y las calificaciones atribuidas a cada persona aspirante en la fase de oposición, lo que determinará la calificación final del concurso oposición. Seguidamente el tribunal calificador ordenará exponer la relación de personas aspirantes según criterio de prioridad manifestado que se propone en cada una de las especialidades/categorías para su nombramiento de mayor a menor puntuación alcanzada, haciéndola pública en el tablón de anuncios.

En el caso de superarse más de una especialidad/categoría se propondrá para nombramiento en aquella que se haya manifestado por la persona aspirante como prioritaria, sin que por tanto puedan obtener plaza o quedar en situación de expectativa en relación a aquellas especialidades que no sean propuestos.

8.5.    En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes, serán criterios para dirimir el mismo, y por este orden, en primer lugar la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio, y en segundo lugar la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición; si esto no fuese suficiente, se considerará, y por este orden, la mayor valoración obtenida en los apartados 6.1.1.1, 6.1.1.2 y 6.1.1.3 de la fase de concurso prevista en la base sexta. Si continúa el empate entre las personas aspirantes se podrá establecer una prueba adicional de contenido práctico.

8.6.    El tribunal calificador no podrá declarar y proponer el acceso a la condición de funcionaria o funcionario público de un número superior de personas aspirantes aprobadas al de plazas convocadas, quedando eliminadas todos las personas aspirantes de calificación inferior que excedan de las vacantes convocadas, sin que por tanto puedan obtener plaza o quedar en situación de expectativa las personas aspirantes que hubieren aprobado el último ejercicio si no figuran en la propuesta que eleve el tribunal de selección. Las propuestas que infrinjan esta norma serán nulas de pleno derecho.

No obstante lo anterior, siempre que se haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias, antes de su nombramiento o toma de posesión, la Consejería de Servicios Públicos y Personal podrá requerir al órgano de selección relación complementaria de personas aspirantes que habiendo superado todos los ejercicios del proceso selectivo sigan a los propuestos para su posible nombramiento como empleada o empleado público.

Novena. — Presentación de documentos y reconocimiento médico.

9.1.    Las personas aspirantes propuestas, en el plazo de veinte días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de personas aspirantes aprobadas y propuestas, aportarán a la Oficina de Recursos Humanos los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda:

a)    Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente.

b)    Fotocopia compulsada o cotejada de la titulación académica oficial requerida o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título. En el caso de haber invocado en la instancia un título equivalente a los exigidos en la base segunda, cuando así se requiera por la Oficina de Recursos Humanos, habrá de acompañarse certificado o documento expedido por la Administración educativa que acredite la citada equivalencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión y aportar fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación (título oficial y en su caso, traducción jurada). Si alguno de estos documentos estuviese expedido después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el momento en que concluyeron los estudios.

c)    Formalizar los impresos y documentación que se facilitará por la Oficina de Recursos Humanos.

9.2.    Quienes dentro del plazo indicado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. La Oficina de Recursos Humanos elevará propuesta de exclusión, que resolverá la Consejería de Servicios Públicos y Personal previa audiencia a la persona interesada.

9.3.    Las personas aspirantes propuestas por el tribunal calificador deberán someterse a reconocimiento médico previo al ingreso a la plaza, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

El reconocimiento será obligatorio, y deberá emitir, además, un juicio de aptitud de que no padecen enfermedad ni impedimento físico o psíquico que impida el normal desempeño de las tareas de la plaza.

El Servicio de Prevención y Salud, al llevar a cabo el reconocimiento médico, tendrá las siguientes funciones:

a)    Marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente.

b)    Solicitar los informes complementarios que estime pertinentes.

c)    Realizar control de consumo de estimulantes o de cualquier tipo de droga o sustancia que altere las condiciones físicas de los aspirantes.

d)    Elevar a la Oficina de Recursos Humanos los resultados en forma de “apta/o” o “no apta/o”.

e)    Informar a la persona interesada, previa petición por escrito suscrita por la persona aspirante y presentada a través del Registro General, de su causa de exclusión, salvo si existiese enfermedad aguda susceptible de tratamiento, que se informaría al mismo directamente o a su médico de cabecera. En ningún caso se publicarán listas de “no aptas/os” por motivos de exclusión médica en los tablones de anuncios.

9.4.    Las personas aspirantes cuyo resultado del reconocimiento médico fuese “no apta/o” no podrán ser nombradas, elevándose por la Oficina de Recursos Humanos propuesta de exclusión, que resolverá la Consejería de Servicios Públicos y Personal, previa audiencia a la persona interesada.

Décima. — Nombramiento de funcionaria o funcionario de carrera y toma de posesión.

10.1.    La Consejería de Servicios Públicos y Personal procederá al nombramiento como funcionaria o funcionario de carrera en favor de las personas aspirantes propuestas, previa notificación a las personas interesadas y consiguiente publicación en el BOPZ, estando obligadas a tomar posesión en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, compareciendo para ello en la Oficina de Recursos Humanos.

En el acto de toma de posesión se extenderá diligencia en la que conste que la persona aspirante toma posesión de la plaza declarando que acata la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Aragón y el resto del ordenamiento jurídico, expresando que no ha sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni se halla inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, así como manifestando cumplir el régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Quienes sin causa justificada no tomaran posesión o no cumpliesen las determinaciones señaladas en el párrafo precedente, no adquirirán la condición de funcionaria o funcionario público, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y del subsiguiente nombramiento.

10.2.    De conformidad con el artículo 24, párrafo primero, del pacto de aplicación al personal funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza (2016-2019), en el anexo I figura la numeración de las plazas ofertadas

10.3.    El personal seleccionado ocupará los puestos de trabajo vinculados a las plazas identificadas en el anexo I. La elección de los puestos de trabajo por parte de los aspirantes seleccionados se realizará siguiendo el orden de mayor a menor puntuación final obtenida en el proceso selectivo.

Undécima. — Lista de espera para el nombramiento de personal no permanente.

Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para el nombramiento de personal no permanente para la plaza objeto de la presente convocatoria.

A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Oficina de Recursos Humanos procederá a confeccionar la correspondiente lista de espera, compuesta con todos aquellas personas aspirantes que no expresando su voluntad contraria a acceder a ella hayan aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no habiendo superado los ejercicios con puntuación suficiente para ser propuesto para su nombramiento y obtener plaza de funcionaria o funcionario de carrera.

La integración en la lista de espera de cada una de las especialidades/plazas/categorías se realizará en los términos previstos en el Decreto de la Consejería de Hacienda, Economía y Régimen Interior de 29 de diciembre de 2008, por el que se articulan los criterios para la gestión de la bolsa de empleo y la selección y cese de personal no permanente del Ayuntamiento de Zaragoza.

La integración en la lista de espera se efectuará a partir de la fecha del nombramiento de los aspirantes que accedan a la condición de funcionaria/o de carrera y estará vigente hasta el siguiente nombramiento de funcionarias/os de carrera que se efectúe en un posterior proceso selectivo, o se declare su caducidad.

Duodécima. — Impugnación.

La convocatoria, con sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, a 21 julio de 2017 — El consejero delegado de Servicios Públicos y Personal. — El secretario general.

ANEXO I

Plazas objeto de la convocatoria

OFICIAL CARPINTERO

1.    541300016 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

2.    541300017 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

OFICIAL ELECTRICISTA

1.    541600014 (SERVICIO DE CONSERVACION DE ARQUITECTURA).

2.    541600018 (SERVICIO DE CONSERVACION DE ARQUITECTURA).

3.    541600019 (SERVICIO DE CONSERVACION DE ARQUITECTURA).

OFICIAL FONTANERO

1.    542100057 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

2.    542100059 (SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS).

3.    542100039 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

4.    542100041 (SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS).

5.    542100042 (SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS).

OFICIAL GUARDALLAVES

1.    546200015 (SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES).

2.    546200023 (SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES).

3.    546200024 (SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES).

4.    546200006 (SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES).

5.    546200017 (SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES).

OFICIAL PLANTA POTABILIZADORA

1.    543600059 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

2.    543600060 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

3.    543600061 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

4.    543600062 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

5.    543600063 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

6.    543600064 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

7.    543600065 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

8.    543600066 (SERVICIO DEL CICLO INTEGRAL DEL AGUA).

OFICIAL CEMENTERIO

1.    546000018 (SERVICIO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO).

2.    546000024 (SERVICIO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO).

3.    546000025 (SERVICIO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO).

4.    546000026 (SERVICIO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO).

OFICIAL ALBAÑIL

1.    540900004 (SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS).

OFICIAL HERRERO

1.    542300014 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

2.    542300016 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

OFICIAL PINTOR

1.    543500015 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

OFICIAL MANTENIMIENTO

1.    542800001 (SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO).

2.    542800016 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

3.    542800302 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

4.    542800303 (SERVICIO DE DISTRITOS).

5.    542800169 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

6.    542800304 (SERVICIO DE CENTROS CIVICOS).

7.    542800181 (SERVICIO DE SERVICIOS SOCIALES).

8.    542800199 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

9.    542800305 (SERVICIO DE CENTROS CIVICOS).

10.    542800299 (SERVICIO DE CENTROS CIVICOS).

11.    542800272 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

12.    542800308 (SERVICIO DE EDUCACIÓN).

13.    542800298 (SERVICIO DE CENTROS CIVICOS).

OFICIAL POLIVALENTE INSTALACIONES DEPORTIVAS

1.    542900166 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

2.    542900168 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

3.    542900169 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

4.    542900153 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

5.    542900154 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

6.    542900155 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

7.    542900156 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

8.    542900157 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

9.    542900158 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

10.    542900159 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

11.    542900160 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

12.    542900161 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

13.    542900162 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

14.    542900163 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

15.    542900164 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

16.    542900165 (SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS).

OFICIAL ALMACÉN

1.    541000002 (SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS).

OFICIAL DE MUSEOS

1.    546100027 (SERVICIO DE CULTURA).

OFICIAL INSPECTOR JARDINERO

1.    545800001 (OFICINA DEL ESPACIO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS).

2.    545800013 (OFICINA DEL ESPACIO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS).

OFICIAL INSPECTOR

1.    542500004 (AREA DE PRESIDENCIA Y DERECHOS SOCIALES).

2.    542500016 (SERVICIO TÉCNICO DE INFRAESTRUCTURAS).

3.    542500018 (OFICINA DEL ESPACIO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS).

4.    542500027 (OFICINA DEL ESPACIO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS).

5.    542500034 (SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS).

6.    542500035 (SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA).

7.    542500039 (OFICINA ECONÓMICA JURÍDICA DE SERVICIOS PÚBLICOS).

8.    542500040 (OFICINA ECONÓMICA JURÍDICA DE SERVICIOS PÚBLICOS).

OFICIAL MONTES

1.    543200006 (OFICINA DEL ESPACIO URBANO Y GESTIÓN DE RESIDUOS).

2.    543200008 (AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD).

3.    543200009 (AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD).

ANEXO II

Temario

Parte primera (común para todas las especialidadess/categorías)

Tema 1.    Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 2.     La prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de Zaragoza. Derechos y deberes de las empleadas/os.

Tema 3.    Plan de Igualdad para las empleadas y empleados del Ayuntamiento de Zaragoza.

Tema 4.    El manual de atención a la ciudadanía. Habilidades interpersonales para la atención a la ciudadanía.

Parte segunda (específica para cada una de las especialidades/plazas/categorías)

Oficial carpintero

Tema 5.     El taller de carpintería.

Tema 6.    La madera. Estructura de un árbol. Tipos de cortes de un tronco. Sistemas de despiece y troceado de la madera. Secado. Clasificación: maderas duras y blandas.

Tema 7.    Propiedades de la madera. Características. Defectos de la madera.

Tema 8.    Tipos de madera. De sierra. Tableros de virutas, fibras y compuestos. Chapas de madera. Características físicas y mecánicas.

Tema 9.    Herramientas: Manuales y eléctricas. Tipos y características. Aplicaciones.

Tema 10.    Maquinaria del taller. Clasificación. Características. Manejo, seguridad y mantenimiento.

Tema 11.    Elementos de fijación. Adhesivos: tipos y sistema de juntas, adhesivos naturales, adhesivos sintéticos. Puntillas. Tornillos. Herrajes.

Tema 12.    Sistemas de representación gráfica. Instrumentos de dibujo a mano alzada. Normas de acotación. Sistemas de proporcionalidad.

Tema 13.    Ensamblado y unión. Características. Tipos. Aplicaciones.

Tema 14.    Acabados de la madera. Preparación de la superficie. Herramientas abrasivas de lijado. Pinturas. Barnices. Aceites.

Tema 15.    Limpieza de las herramientas. Orden de los materiales y herramientas. Organización de los trabajos.

Tema 16.    Prevención de riesgos específicos en las funciones de oficial carpintero. Medidas de protección individuales y colectivas.

Oficial electricista

Tema 5.    Redes eléctricas aéreas para distribución de energía. Materiales. Ejecución de las instalaciones.

Tema 6.    Motores de corriente continua. Tipos. Estudio. Aspectos constructivos. Características.

Tema 7.    Motores de corriente alterna. Clasificación. Aspectos constructivos.

Tema 8.    Transformadores. Clasificación. Aspectos constructivos. Ensayos y protecciones.

Tema 9.    Pilas, baterías. Generadores. Tipos. Características. Acoplamientos.

Tema 10.    Factor de potencia. Medida y corrección.

Tema 11.    Luminotecnia. Magnitudes. Fuentes de luz.

Tema 12.    Lámparas. Características. Equipos. Conexiones.

Tema 13.     Líneas de distribución en baja tensión. Líneas de enlace. Esquemas y elementos de la instalación hasta el abonado.

Tema 14.    Resistencia, aislamiento y rigidez. Medidas. Métodos de medición. Resistencias a tierra. Puestas a tierra. Componentes.

Tema 15.    Reconocimiento y diseño de esquemas eléctricos.

Tema 16.    La prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo de oficial electricista.

Oficial fontanero

Tema 5.    Conceptos fundamentales en fontanería. Caudales y consumos, velocidad, desplazamiento del agua, relación entre caudal, velocidad y sección. Presión, relación presión-altura, pérdidas de carga, golpe de ariete.

Tema 6.    Instalaciones interiores. Diseño y montaje de instalaciones, dimensionamiento y caudales mínimos en aparatos domésticos.

Tema 7.    Instalaciones de redes generales de distribución de agua a presión. Montaje de las instalaciones.

Tema 8.    Elementos de las instalaciones. Tuberías y accesorios, válvulas y dispositivos de control, grifería sanitaria, fluxores, contadores, aljibes, desagües, ventosas.

Tema 9.    Acometidas domiciliarias de agua potable. Normativa, características, materiales e instalación.

Tema 10.    Instalaciones de agua caliente sanitaria. Tipos, materiales y características.

Tema 11.    Bombas y grupos de presión. Tipos y funcionamiento de las bombas, componentes de un grupo de presión.

Tema 12.    Sistemas contra incendios. Red de distribución. Grupo de presión. Bocas de incendio equipadas. Rociadores. Hidrantes.

Tema 13.    Red de evacuación y desagües. Instalación, dimensionamiento y materiales.

Tema 14.    Máquinas y herramientas. Clases, condiciones de trabajo.

Tema 15.    Normativa aplicable en materia de redes de distribución de agua potable y saneamiento.

Tema 16.    Prevención de riesgos laborales. Riesgos laborales específicos en las funciones de fontanero, medidas de protección individuales y colectivas a las funciones de la categoría. Trabajos en presencia de amianto. Trabajos en espacios confinados.

Oficial guardallaves

Tema 5.     Red de abastecimiento de Zaragoza. Depósitos de Casablanca, Valdespartera y Academia General Militar, Subredes de la ciudad. Ámbitos de actuación. Principales arterias.

Tema 6.    Interpretación de la cartografía del Servicio de Conservación de Infraestructuras. Planos de proyectos. Planos de guardallaves.

Tema 7.    Teoría y práctica del corte y la restitución del suministro de agua.

Tema 8.    Protocolo de actuación en una rotura de la red de abastecimiento.

Tema 9.    . Conocimientos fundamentales. Conceptos básicos: masa y volumen, densidad, peso y peso específico, presión, trabajo y energía, caudal y velocidad del agua en las conducciones. Unidades. Conversión de unidades. Simbología.

Tema 10.    Estructura de las conducciones. Elementos de las conducciones: tuberías de fundición, uniones, tuberías de hormigón, uniones, tuberías de fibrocemento, uniones, tuberías de acero, uniones, tuberías de polietileno, uniones, tuberías de PVC, uniones. Pruebas a realizar en la red de conducción.

Tema 11.    Válvulas: Válvulas. Tipología. Válvulas de compuerta: De cierre elástico, de cierre metal, estanqueidad en ambos sistemas. Descripción de sus componentes. Válvulas de mariposa: De eje excéntrico, de eje centrado. Utilización de uno u otro sistema. Estanqueidad en ambos tipos. Descripción de sus componentes.

Tema 12.    Otros elementos auxiliares de la red: Hidrantes, desagües, bocas de riego, ventosas, tomas de agua, válvulas de seguridad

Tema 13.    Instalación interior general. Tubo de alimentación. Grupos de presión: Generalidades. Elementos del grupo de presión (depósitos de almacenamiento, bombas, depósitos de presión, by-pass, otros elementos). Batería de contadores.

Tema 14.    Válvulas eléctricas. Electrónica y mecánica aplicada en actuadores reductores. Corriente eléctrica, funcionamiento de los motores eléctricos, introducción al automatismo, descripción del contactor, elementos de mando, elementos de protección, cuadro de maniobras para válvulas motorizadas, válvulas motorizadas (montaje y ajuste).

Tema 15.    Procedimientos para la detección y localización de averías en la red (Correlador y permalogs).

Tema 16.    Prevención de riesgos laborales en trabajos de guardallaves. Condiciones de seguridad en el uso de equipos y herramientas de trabajo. Riesgos higiénicos y medidas preventivas. Técnicas de rescate en cámaras de la red de abastecimiento.Trabajos en espacios confinados.

Oficial planta potabilizadora

Tema 5.    El desbaste. Tipos de rejas de desbaste. La coagulación y floculación del agua: Conceptos. Factores que influyen en la coagulación y floculación. Reactivos para la coagulación y floculación. Dispositivos de preparación, adición mezcla y dosificación de coagulantes y floculantes con el agua.

Tema 6.    Decantación: Concepto. El decantador accelator: Descripción de su funcionamiento. Las purgas. Funcionamiento de las válvulas de purga. Control de fangos en las zonas del accelator. Sistemas de extracción de fangos y su automatización.

Tema 7.    La Filtración: Conceptos fundamentales. Esquema general de filtros abiertos y cerrados. Filtración por arena: Peculiaridades. La regulación del caudal circulante por los filtros. Lavado de filtros. Control y automatismo de la filtración y del lavado de los filtros.

Tema 8.    La desinfección de aguas de consumo público: Su necesidad. La cloración. Objetivos de la cloración. Factores más importantes que influyen en la desinfección y oxidación por cloro. Las pérdidas de cloro residual en la red de distribución: Sus causas y factores a tener en cuenta. La medida del cloro residual.

Tema 9.    Cloración por hipoclorito sódico: Características y peculiaridades del empleo de hipoclorito sódico. Instalaciones de almacenamiento y dosificación de hipoclorito sódico. Control y automatismo del almacenamiento y la dosificación.

Tema 10.    Propiedades del carbón activo. Instalaciones de almacenamiento y dosificación de carbón en polvo. Su control y automatismo.

Tema 11.    Tipos de tuberías y uniones. Las válvulas: Tipos y su empleo. Ventosas. Las compuertas. Accionamiento y automatización de válvulas y compuertas.

Tema 12.    Bombas: Tipos de bombas para elevación de aguas. Dispositivos de cebado. La cavitación. El golpe de ariete. Disposición y esquema general de bombas, válvulas, e instalaciones auxiliares necesarias en una estación elevadora. Control y automatismo en las estaciones elevadoras. Los depósitos: Esquema general de un depósito con sus elementos auxiliares principales.

Tema 13.    Transformadores. eléctricos. de considerable potencia. Dispositivos de corte y protección. Factor de potencia de una instalación eléctrica. Formas de corrección del factor de potencia. 

Tema 14.    Motores asíncronos trifásicos. Tipos de servicio. Rodamientos. Índice de protección IP. Mando y control de potencia. Tipos de arranque y conexiones.

Tema 15.    Aparatos neumáticos: Cilindros. Distribuidores. Valvulería. Compresores de aire. Secadores. Esquema general de un sistema de producción de aire comprimido para accionamiento de válvulas e instrumentación.

Tema 16.    La prevención de riesgos laborales en el Ayuntamiento de Zaragoza y en el trabajo de oficial de planta potabilizadora.

Oficial cementerio

Tema 5.    Aglomerantes Ordinario: Yeso. Cal. Cemento Portland. Cementos especiales.

Tema 6.    Los morteros: Tipología y características. Dosificaciones. Aplicaciones. Aditivos para morteros.

 Tema 7.    Elementos constructivos de fábrica: Dinteles. Jambas. Solaretes.

Tema 8.    Excavaciones: Entibaciones y apuntalamiento. Pozos. Zanjas

Tema 9.    Innovación de materiales para tabiquería interior y muros de fachada: Tipolgía. Características. Aplicaciones.

Tema 10.    Recursos materiales y organización del trabajo: Herramientas. Equipos y medios auxiliares. Maquinaria. Organización y procedimiento del trabajo. Equipos específicos para inhumaciones.

Tema 11.    Prevención de riesgos laborales: Marco y desarrollo normativo. Medidas mínimas de seguridad en la construcción. Salud e higiene, especial atención a los agentes biológicos.

Tema 12.    Equipos de protección individual (EPI): Tipología. Características. Usos.

Tema 13.    Trabajos en altura, andamios modulares y escaleras: Normativa. Tipologías. Descripción de la composición. Disposiciones mínimas de seguridad. Protección individual y colectiva. Procedimiento de montaje y desmontaje. Usos.

Tema 14.    Cementerio de Torrero: Origen e historia. Evolución y ampliaciones posteriores. Distribución y usos, designación, localización.

Tema 15.    Normativa y ordenanzas: Reglamento de policía sanitaria mortuoria. Ordenanza municipal de cementerios de Zaragoza. Ordenanza municipal fiscal para la prestación de servicios en el cementerio de Torrero de Zaragoza núm. 19/17

Tema 16.    Procedimientos e instrucciones operativas: PPRL-1605 Procedimiento para el enterramiento en nichos, capillas, panteones, sepulturas y columbarios. Instrucciones operativas específicas. Misión y condiciones del recurso preventivo.

Oficial albañil

Tema 5.    Conceptos fundamentales de albañilería. Tipos de materiales. Herramientas.

Tema 6.    Replanteo de obra e interpretación de planos, documentación gráfica.

Tema 7.    Excavaciones en zanjas, acodalamientos y entibaciones. Demolición de pavimentos, fábricas, tabiquería y revestimientos.

Tema 8.    Rellenos de zanjas, terraplenes, capas granulares. Grava-cemento.

Tema 9.    Conceptos generales de cimentaciones y estructuras. Ejecución de fábricas de hormigón armado.

Tema 10.    Tabiquería interior y exterior. Revestimientos interiores y exteriores (paramentos verticales y horizontales).

Tema 11.    Cubiertas inclinadas y planas. Terrazas.

Tema 12.    Impermeabilizaciones. Tratamientos y protección frente a humedades (capilaridad, filtraciones, fugas).

Tema 13.    Obras de pavimentación de vías urbanas. Aceras, bordillos, sumideros, alcorques.

Tema 14.    Medios auxiliares. Trabajos en altura: andamios, plataformas, escaleras de mano. Trabajos en espacios confinados. Medios de izado de cargas.

Tema 15.    Seguridad en lugares de trabajo. Condiciones generales en el trabajo. Trabajos en presencia de amianto. Condiciones ambientales, iluminación. Señalización de obras en viales y edificios públicos.

Tema 16.    Prevención de riesgos laborales específicos en las funciones de albañil. Medidas de protección específicas a las funciones de la categoría. Trabajos en el interior de espacios confinados.

Oficial herrero

Tema 5.    Metalurgia básica. Metales, acero al carbono y otros. Dilataciones y contracciones. Preparación de bordes. Recubrimientos. Galvanización. Oxidación de metales.

Tema 6.    Materiales normalizados: clasificación y codificación de materiales metálicos (férricos y no férricos), poliméricos, compuestos y cerámicos. Formas comerciales de los materiales mecanizables, características. Perfilería metálica.

Tema 7.    El taller de herrería. Maquinaria del taller: clasificación, características, manejo, seguridad y mantenimiento. Herramientas de taller: tipos, características, seguridad limpieza y mantenimiento.

Tema 8.    Limado. Cincelado. Taladrado. Escariado. Roscado. Remachado. Punzonado. Chaflanado.

Tema 9.    Sistemas de representación gráfica. Instrumentos de dibujo a mano alzada. Normas de acotación. Sistemas de proporcionalidad. Trazado y marcado de piezas: finalidad, clases, planos de referencia, normas prácticas en el trazado al aire.

Tema 10.    Soldadura y corte de metales. Procesos con oxígeno y gas combustible. Gases utilizados. Equipo para oxiacetileno. Corte de metáles (oxicorte). Uniones básicas.

Tema 11.    Soldadura de metales. Procesos eléctricos. Soldadura manual con arco eléctrico. Soldadura con gas y arco protegido (procesos MAG/MIG/TIG). Equipos y electrodos, fuentes de alimentación, tipos de corriente, accesorios, gas protector, metales de aportación. Posiciones de soldadura.

Tema 12.    Calderería. Trazado de cuerpos de chapa. Cuerpos cilíndricos y cónicos (virolas). Tubos curvos. Tuberías embridadas.

Tema 13.    Torneado de piezas. Tipos de torno. Elementos de un torno, avances. Cuchillas y herramientas de corte. Medios de seguridad de un torno.

Tema 14.    Manipulación de tornos. Estudio del corte. Velocidad de corte. Ejecución del mecanizado, cilindrado, refrentado, ranurado, tronzado, torneado excentrico, moleteado.

Tema 15.    Herramientas de medición de longitud: reglas, pies de rey y micrómetros. Herramientas de verificación y comprobación: patrones y calibres. Inspección y verificación de soldaduras.

Tema 16.    Prevención de riesgos laborales. Riesgos laborales específicos en las funciones de herrero, medidas de protección individuales y colectivas a las funciones de la categoría. Trabajos en espacios confinados.

Oficial pintor

Tema 5.    El taller de pintura.

Tema 6.    Pinturas. Clases de pinturas: vinílicas, esmaltes al agua, esmalte sintético, poliuretanos, clorocaucho, elásticas al agua.

Tema 7.    Imprimaciones. Pinturas antihumedad. Barnices. Silicatos. Productos de impermeabilización, drenajes y aislamiento acústico y térmico.

Tema 8.    Aditivos para mejorar las propiedades de la pintura, según condiciones de los paramentos.

Tema 9.     Gomas y resinas. Modo de aplicación y precauciones.

Tema 10.    Componentes del color. Mezclas.

Tema 11.    Técnica del empapelado. Acabados decorativos.

Tema 12.    Tratamientos y acabados: fachadas, maderas, metales. Tratamientos interiores.

Tema 13.    Andamios. Plataformas y otros elementos auxiliares. Condiciones que deben reunir.

Tema 14.    La rotulación. Técnicas aplicables. Dibujo artístico y técnico.

Tema 15.    Limpieza de las herramientas. Orden de los materiales y herramientas. Organización de los trabajos.

Tema 16.    Prevención de riesgos específicos en las funciones de oficial pintor. Medidas de protección individuales y colectivas.

Oficial de mantenimiento

Tema 5.    Electricidad: Definición de unidades de medida. Instalaciones básicas interiores de baja tensión. Tipos de averías y reparaciones: cortocircuitos, clavijas, enchufes e interruptores, fluorescentes. Reconocimiento de herramientas. Lectura e interpretación de planos eléctricos y su simbología.

Tema 6.    Lámparas: componentes y tipos (incandescencia, halógenas, descarga, fluorescentes, vapor de mercurio y vapor de sodio a baja presión).

Tema 7.    Fontanería: Averías y reparaciones en tuberías, desagües, grifos y llaves de paso. Ruidos en las instalaciones. Reconocimiento de herramientas. Mantenimiento y limpieza de canales y bajantes así como la prevención de las filtraciones en los edificios. Lectura e interpretación de los planos de fontanería y su simbología.

Tema 8.    Sistemas de calefacción: clasificación, circuitos básicos, identificación de componentes, conocimientos básicos de funcionamiento.

Tema 9.    Carpintería de madera: nociones básicas, reconocimiento de herramientas y operaciones básicas de mantenimiento. Cerrajería: nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento. Reconocimiento de herramientas.

Tema 10.    Pinturas: Tipos. Características. Funciones. Aplicación. Nomenclatura.

Tema 11.    Persianas: nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento. Reconocimiento de herramientas.

Tema 12.    Albañilería: tipos de materiales (cemento, áridos, azulejos, yeso, cal y mortero) y reparaciones más frecuentes (desconchados, grietas, agujeros, reposición de baldosas, azulejos y goteras). Reconocimiento de herramientas.

Tema 13.    Aparatos de tecnología audiovisual: Manejo básico y puesta en funcionamiento de equipos de sonido (compact disc y equipos HI-FI), de proyección estática (proyectores de transparencias, diapositivas y videoproyectores), de visionado electrónico (receptores de TV y formatos de vídeo doméstico).

Tema 14.    Manejo de máquinas fotocopiadoras. Tamaños de papel usados en máquinas. Problemas más usuales.

Tema 15.    La atención al publico. La información telefónica. La información oral/presencial.

Tema 16.    Ficha de seguridad en el puesto de trabajo: operaciones y tareas que se realizan; fuentes de riesgos, sustancias y materias primas; riesgos; equipos de protección individual y medidas preventivas.

Oficial polivalente de instalaciones deportivas

Tema 5.    Organización del deporte en el Ayuntamiento de Zaragoza: Unidades organizativas y competencias, oferta de instalaciones y servicios, normativa (Reglamento de Centros y Pabellones Deportivos Municipales, Ordenanza fiscal 24.8 Tasa por prestación de servicios en centros deportivos municipales).

Tema 6.    Electricidad: básica aplicada al mantenimiento de instalaciones deportivas. Reglamento electrotécnico de baja tensión aplicable a piscinas. Seguridad ante el riesgo eléctrico.

Tema 7.    Fontanería: nociones básicas, reconocimiento de herramientas. operaciones básicas de mantenimiento en instalaciones deportivas. Seguridad ante el riesgo por trabajos mecánicos.

Tema 8.    Pintura aplicada a instalaciones deportivas. Útiles y herramientas. Operaciones básicas.

Tema 9.    Calefacción y agua caliente sanitaria. Control y prevención de la legionella (RD 865/2003 del4 de julio).

Tema 10.    Limpieza y desinfección de superficies: útiles y herramientas. Productos de limpieza. Operaciones básicas.

Tema 11.    Regulación de las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso público. Normativa de aplicación.

Tema 12.    Tratamiento del agua de las piscinas: Depuración. Tipos, características y componentes. EI ciclo de depuración con filtros de arena de sílice. Operaciones básicas de mantenimiento y uso de equipos de depuración y elementos auxiliares

Tema 13.    Tratamiento del agua de las piscinas: Tratamiento desinfectante. Sistemas de desinfección y productos químicos. Riesgos en la utilización de productos químicos.

Tema 14.    Jardinería: El riego, elementos, funcionamiento y mantenimiento.

Tema 15.    Jardinería: Césped, arbustos y árboles (mantenimiento, útiles y maquinaria).

Tema 16.    Ficha de seguridad en el puesto de trabajo: operaciones y tareas que se realizan; fuentes de riesgos, sustancias y materias primas; riesgos; equipos de protección individual y medidas preventivas.

Oficial almacén

Tema 5.    El almacén. Concepto. Clases. Organización física del almacén. Funciones.

Tema 6.    Almacenaje. Clasificación de los productos. Planificación de los espacios y volúmenes del almacén. Organización interna. Protección física de las mercancías y productos.

Tema 7.    Manejo de los materiales. Movimiento del material. Circuitos de servicio y recorrido. Soportes de carga y contenedores.

Tema 8.    Maquinaria de almacén.

Tema 9.    Limpieza de almacenes y talleres. Gestión de residuos. Productos químicos. Medios materiales.

Tema 10.    Gestión del almacén. Ofimática. Sistemas de gestión. Organización.

Tema 11.    Inventario. Tipos de inventario. Control de existencias.

Tema 12.    Gestión administrativa. Control de avisos y pedidos. Facturación. IVA (tipos impositivos).

Tema 13.    Inspección y control de calidad.

Tema 14.    Planes de emergencia y autoprotección. Definiciones características y funciones.

Tema 15.    Normas básicas de actuación en caso de emergencias e incendios. Señalización de emergencia y de primeros auxilios.

Tema 16.    Prevención de riesgos específicos en las funciones de oficial almacén. Medidas de protección individuales y colectivas.

Oficial de museos

Tema 5.    Museos municipales. Contenidos y recorridos expositivos.

Tema 6.    Planificación y condiciones de las visitas a los museos municipales. Control de visitas e ingresos.

Tema 7.    Actividades didácticas en los museos municipales.

Tema 8.    Mobiliario expositivo y museográfico. Vitrinas, retroiluminados y soportes.

Tema 9.    lluminación. Tipos de lámparas. lnstalaciones expositivas.

Tema 10.    Sistemas audiovisuales. Equipos de control, reproducción y proyección.

Tema 11.    Conservación preventiva del patrimonio cultural.

Tema 12.    Manipulación y seguridad del patrimonio cultural.

Tema 13.    Accesibilidad en los museos municipales.

Tema 14.    Características generales de Windows y Linux. Ofimática: aplicaciones básicas.

Tema 15.    La atención al ciudadano, presencial y telefónica.

Tema 16.    La prevención de riesgos laborales en el puesto de trabaio de oficial de museos.

Oficial inspector jardinero

Tema 5.    Árboles ornamentales. Principales especies utilizados en jardinería y su cultivo.

Tema 6.    Arbustos y trepadores ornamentales. Principales especies utilizados en jardinería y cuidados rutinarios.

Tema 7.    Plantas vivaces, anuales y bienales. Principales especies utilizadas en nuestros jardines y su cultivo.

Tema 8.    Las labores más frecuentes en el mantenimiento del jardín. Las herramientas necesarias, los equipos de seguridad y los calendarios de trabajo.

Tema 9.    El césped. Consideraciones climáticas. Implantación, conservación. Programa de mantenimiento.

Tema 10.    La poda. Necesidades y tipos. Sanidad de los árboles: Prevención, heridas y pudriciones. Identificación de riesgos y tratamientos.

Tema 11.    Plagas y enfermedades de las plantas ornamentales de nuestros parques: daños, sintomatología , reconocimiento, identificación, prevención y tratamiento.

Tema 12.    El agua: Principios de utilización. La xerojardinería y la tecnojardinería.

Tema 13.    Características de los sistemas de riego. Identificación de problemas y mantenimiento de elementos y materiales.

Tema 14.    Los suelos y los fertilizantes. Tipos, mezclas y utilización.

Tema 15.    El jardín de interior y sus plantas. Principales especies utilizadas y su cultivo.

Tema 16.    La prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo de oficial inspector de jardinería.

Oficial inspector

Tema 5.    La ciudad de Zaragoza: callejero, movilidad urbana. Dependencias municipales.

Tema 6.    Recogida de residuos urbanos en Zaragoza. Modelo de gestión implantado. Medios habitualmente empleados. Estructura.

Tema 7.    Recogidas selectivas de residuos urbanos en Zaragoza. Parámetros, equipamiento y planificación de gestión. Normativa en vigor aplicable.

Tema 8.    Las infraestructuras de puntos limpios en la ciudad, el uso por los ciudadanos y su funcionamiento. Desarrollo de estas instalaciones según los planes de residuos urbanos existentes.

Tema 9.    Tramitación de las quejas y sugerencias de los ciudadanos a través de instancias, del 010 o de la web municipal.

Tema 10.    Inspección de las actividades realizadas en abastecimientos de aguas por las empresas de servicios o particulares.

Tema 11.    Rebajes de acera (eliminación de barreras arquitectónicas). Modelo de rebaje de acera. Inspección de las actuaciones realizadas en pavimento por las empresas de servicios o de construcción en vía pública.

Tema 12.    Prestación de los servicios mediante empresa concesionaria. Organización del trabajo de inspección municipal sobre los servicios de limpieza viaria, recogida y eliminación de residuos urbanos.

Tema 13.    Reglamento municipal del servicio urbano de autotaxi de Zaragoza. Reglamento de servicio público de transporte urbano de viajeros por autobús en la ciudad de Zaragoza.

Tema 14.    Procedimiento sancionador de las infracciones en materia de limpieza urbana y gestión de residuos. Principios que lo informan. Sujetos responsables. Sanciones. Prescripción. Medidas provisionales.

Tema 15.    Ordenanza municipal de tributos y precios públicos. Recogida de basuras. Ordenanza municipal de limpieza pública, recogida y tratamiento de residuos sólidos.

Tema 16.    La prevención de riesgos laborales en el puesto de trabajo de oficial inspector.

Oficial de montes

Tema 5.    El término municipal de Zaragoza: Principales características edafológicas, geomorfológicas y climatológicas. Barrios rurales del municipio de Zaragoza. Montes patrimoniales y espacios naturales de titularidad municipal.

Tema 6.    Especies arbóreas y arbustivas características en los diferentes ecosistemas del municipio de Zaragoza. Dinamismo de la vegetación (regeneración). Identificación por su nombre científico (género y especie). Ordenanza municipal de protección del arbolado. Riesgos del arbolado, apeo, medidas de protección en obras.

Tema 7.    Principales especies de fauna en el término municipal de Zaragoza. Referencias específicas a las que estén sometidas a algún grado de protección.

Tema 8.    Principales plagas y enfermedades de las especies arbóreas características de los montes y riberas del Término municipal.

Tema 9.    Especies de fauna y flora exótica invasora presentes en el municipio de Zaragoza. Planes de acción municipal.

Tema 10.    Repoblaciones forestales en los montes municipales. Localización. Objetivos. Especies a utilizar y marco de plantación. Formas de preparación del suelo e impactos. Gestión de masas repobladas: Actuaciones silvícolas, claras (tipos), cortas a hecho, cortas de regeneración.

Tema 11.    Repoblaciones forestales en las riberas y humedales del término municipal. Objetivos, especies a utilizar, marco de plantación. Técnicas de plantación con o sin freático cercano. Gestión de las plantaciones.

Tema 12.    Herramientas forestales y de mantenimiento de zonas verdes, descripción, manejo, conservación y elementos de seguridad, prevención y salud. Técnicas de apeo y desramado con motosierra. Cortes correctos e incorrectos de poda. Maquinaria forestal y de mantenimiento de zonas verdes, descripción, manejo, conservación y elementos de seguridad, prevención y salud.

Tema 13.    Principales elementos o componentes en una red para riego de zonas verdes. Otras infraestructuras en las zonas verdes periurbanas. Elementos de amueblamiento. Áreas de juego infantiles. Trabajos de conservación y mantenimiento. Inspección y verificaciones.

Tema 14.    Producción de planta forestal de las especies más habituales para repoblaciones de montes y riberas.

Tema 15.    Las nuevas tecnologías aplicadas a la gestión. Cartografía del término municipal de Zaragoza. Interpretación, orientación.

Tema 16.    Prevención de riesgos laborales: Objetivos. Estudio de seguridad y salud.

* Los temas cuyos epígrafes o contenido se refieran a normas jurídicas y a programas o servicios municipales se desarrollarán conforme a las normas, programas o servicios vigentes en el momento de celebración de los ejercicios, sin perjuicio de las referencias que a los antecedentes normativos o fácticos puedan exponerse.

 

 

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