BOP. 272    27/11/2017


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 9980/2017

Materia: Empleo Público

Sección quinta

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DEL AÑO 2017 DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

SECCIÓN QUINTA

Núm. 9.980

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y PERSONAL

El Gobierno de Zaragoza, con fecha de 10 de noviembre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo: 

Primero. — Aprobar la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Zaragoza para el año 2017 (OEP 2017), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), con sujeción a lo previsto en el presupuesto general del Ayuntamiento de Zaragoza y a la plantilla de personal municipal, aprobada de forma definitiva por el Pleno Corporativo el 20 de marzo de 2017 (BOPZ núm. 68, de 24 de marzo de 2017), así como de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (LPGE/2017), y una vez cumplimentado el correspondiente proceso de negociación con la organizaciones sindicales con representación en el Ayuntamiento de Zaragoza, en los términos previstos en el artículo 37.1, apartados c), f), l) y m), del TREBEP.

La oferta de empleo público del año 2017 incluye las siguientes 347 plazas:

Anexo I.A. 81 plazas que serán objeto de convocatoria conjunta, que se distribuyen en 77 plazas al turno libre ordinario y 4 plazas al turno libre de reserva para personas con discapacidad física, sensorial, o de cualquier otra naturaleza salvo la intelectual.

Anexo I.B. 2 plazas para el turno libre de reserva para personas con discapacidad intelectual, que serán objeto de convocatoria independiente.

Anexo II.- 168 plazas para el turno de promoción interna, que serán objeto de convocatoria independiente.

Anexo III. 6 plazas para el turno de ingreso libre como personal laboral en plazas desempeñadas por personal declarado indefinido no fijo.

Anexo IV. 57 plazas para el turno libre de consolidación de empleo temporal –CET– (D.T. 4.ª TREBEP y artículo 19.Uno.6 párrafo 7 de la LPGE/2017).

Anexo V. 33 plazas para el turno libre de estabilización de empleo temporal –EET–
(Art. 19.Uno.6 párrafo 1 de la LPGE 2017).

Segundo. — A los efectos de dar cumplimiento a los límites, requisitos y tasas de reposición de efectivos previstos en el artículo 19 de la LPGE/2017, la OEP del año 2017 para la selección del personal municipal se agrupa en los términos siguientes:

2.1. Las plazas determinadas en los anexos I.A y I.B incluyen un total de 83 plazas de nuevo ingreso derivadas de la tasa de reposición de efectivos, calculada y obtenida según lo dispuesto en el artículo 19.Uno, puntos 2, 3 y 4, de la LPGE/2017, y acumuladas conforme se autoriza en el artículo 19.seis de la LPGE/2017

De las 83 citadas plazas, 54 corresponden a los sectores previstos en el artículo 19.Uno.2 de la LPGE/2017, en los que la tasa de reposición de efectivos se fija hasta el máximo del 100%, y 29 plazas lo son del resto de sectores según lo dispuesto en el artículo 19.Uno.3 de la LPGE/2017, en los que la tasa de reposición de efectivos se fija hasta el máximo del 50%.

2.2. Las 168 plazas determinadas en anexo II para el turno de promoción interna están excluidas de cómputo de la tasa de reposición de efectivos, conforme a lo previsto en el artículo 19.Uno.4 de la LPGE/2017.

2.3. Las 6 plazas determinadas en anexo III para el turno de ingreso libre como personal laboral en plazas desempeñadas por personal declarado indefinido no fijo, están excluidas de cómputo de la tasa de reposición de efectivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 19.Uno.4 de la LPGE/2017.

2.4. Las 57 plazas determinadas en anexo IV para el turno libre de consolidación de empleo temporal –CET– (disposición transitoria 4.ª TREBEP) se incluyen conforme a la tasa adicional prevista en el artículo 19.Uno.6 párrafo 7 de la LPGE/2017.

2.5. Las 33 plazas determinadas en anexo V para el turno libre de estabilización de empleo temporal –EET– (art. 19.Uno.6 párrafo 1 de la LPGE/2017) se incluyen conforme a la tasa adicional del 90% prevista en el artículo 19.Uno.6 párrafo primero de la LPGE/2017.

Tercero. — Al objeto de dar cumplimiento al cupo de reserva no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad igual o superior al 33%, previsto en los artículos 59 del TREBEP, y 23 del pacto y del convenio de aplicación al personal funcionario/laboral del Ayuntamiento de Zaragoza para el periodo 2016-19, aprobados ambos por el Gobierno de Zaragoza el día 4 de noviembre de 2016, se integran en el anexo I.A cuatro plazas reservadas al turno libre de reserva para personas discapacitadas físicas, sensoriales o de cualquier otra naturaleza salvo intelectual, que serán objeto de convocatoria conjunta con las plazas del turno libre ordinario, y en el anexo I.B dos plazas reservadas el turno libre de reserva para personas discapacitadas intelectuales, que serán objeto de convocatoria independiente.

Cuarto. — Disponer que para hacer frente a la estimación de gasto derivado de la OEP del año 2017 se proceda a mantener la oportuna consignación presupuestaria en las aplicaciones de gasto de personal del presupuesto municipal, para su correspondiente tramitación y aprobación por el órgano municipal competente.

Quinto. — Manifestar que el número de plazas comprometidas en la OEP del año 2017, y en las ofertas de empleo público pendientes de convocar, podrá ampliarse hasta un 10% adicional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1 del TREBEP.

Sexto. — Informar que los requisitos generales de participación de los aspirantes a los procesos selectivos derivados de la OEP 2017 serán los establecidos en el artículo 55 del TREBEP. La titulación exigible será la determinada en los respectivos anexos o, en su caso, la prevista legalmente en el momento de convocarse el respectivo proceso selectivo. Los aspirantes del turno de promoción interna deberán reunir los requisitos establecidos en los artículos 18.2 del TREBEP y 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Los aspirantes que opten por el turno libre de reserva para personas discapacitadas deberán cumplir los requisitos legales establecidos en los artículos 59.1 del TREBEP y 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. 

Séptimo. — Aprobar las medidas de planificación de los recursos humanos que se determinan en el anexo VI.1, Medidas complementarias de planificación de RRHH-, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.3 del TREBEP.

Octavo. — Aprobar los criterios generales sobre oferta de empleo público y acceso que habrán de regir las convocatorias de los procesos selectivos que se desarrollen en ejecución de la OEP del año 2017 y, en su caso, las convocatorias pendientes de ejecución derivadas de otras ofertas de empleo público –anexo VI.2–, que complementan lo dispuesto en los artículos 23, 24 y 25 del pacto y del convenio de aplicación al personal funcionario/laboral del Ayuntamiento de Zaragoza para el periodo 2016-19, aprobados ambos por el Gobierno de Zaragoza el día 4 de noviembre de 2016.

Noveno. — Publicar en el BOPZ el presente acuerdo, así como los anexos I, II, III, IV y V de la OEP 2017, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 70.2 del TREBEP, 128 del Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y 237.2 de la Ley de Administración Local de Aragón, así como en la web del Ayuntamiento de Zaragoza (www.zaragoza.es).

Décimo. — Remitir una copia del acuerdo a la Administración General del Estado a los efectos de lo establecido en el artículo 56.1 de la LBRL, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de OEP del Estado (disposición adicional primera del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la Oferta de empleo público del Estado para el año 2017), así como a la Diputación General de Aragón.

Undécimo. — Requerir a la Consejería de Servicios Públicos y Personal para que impulse la iniciación de los procedimientos administrativos previstos y derivados de la OEP del Ayuntamiento de Zaragoza del año 2017, conforme a las previsiones y normativa legal de aplicación.

De conformidad con lo preceptuado en el apartado 1 “in fine” del artículo 70 del TREBEP y el artículo 19.cinco de la LPGE/2017, el plazo máximo para la convocatoria de los correspondientes procesos selectivos será de tres años a contar desde la fecha de aprobación de esta OEP 2017. 

Duodécimo. — Lo dispuesto en este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOPZ.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zaragoza, a 15 de noviembre de 2017. — El consejero de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero Serrano. — El titular del Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, P.D. de fecha 23 de agosto de 2017: La coordinadora general de Servicios Públicos y Personal, Carmen Sancho Bustamante.

 

 

 

 

 

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