BOP. 80    10/04/2018


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

Número de registro: 3031/2018

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES CONVOCATORIA PROVISIÓN INTERINA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL RAMA ARQUITECTURA, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN.

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 3.031

AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

BASES y convocatoria para cubrir interinamente una plaza de técnico de Administración especial, rama Arquitectura, para el Ayuntamiento de Calatayud.

Primera. — Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la cobertura interina de una plaza de técnico de Administración especial, rama Arquitectura, por el procedimiento de concurso-oposición por jubilación del titular, hasta la provisión definitiva de la plaza por el correspondiente proceso de selección.

La jornada será completa y las retribuciones las correspondientes al grupo A1, plus convenio nivel 24, y complemento del puesto de trabajo de 1.029,90 euros, dos pagas extraordinarias y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

Segunda. — Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el proceso selectivo será necesario:

a) Ser español o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho, así como los descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que sean dependientes. También podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y los extranjeros con residencia legal en España. (Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud el documento que acredite las condiciones que se alegan).

b) Haber cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, al finalizar el plazo de presentación de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

d) Tener conocimientos en los programas de Autocad, Presto y Arquímedes.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cargo.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

g) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, además no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

h) Haber ingresado en la tesorería municipal, tal y como establece la Ordenanza, la cantidad de 25 euros en concepto de tasas.

Quedan exentos del pago de esta tasa:

—Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

—Los desempleados inscritos en la oficina de empleo con una antigüedad de seis meses.

—Los aspirantes que tengan la condición de familia numerosa.

Las condiciones exigidas en la presente base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

La presentación por los aspirantes supone la aceptación íntegra de las presentes bases.

Tercera. — Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, se dirigirán al señor alcalde-presidente de la Corporación, acompañadas de fotocopia compulsada del documento que acredite la identidad del aspirante y de los documentos acreditativos de la titulación exigida para participar en las pruebas convocadas y del ingreso de las tasas correspondientes. También deberá aportarse la documentación que se pretenda acreditar en la fase de concurso, mediante aportación de documentos originales o fotocopia compulsada.

Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOPZ. Las bases íntegras se publicarán en el BOPZ, en el tablón de anuncios y en la página web municipal.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias, establecido en las presentes bases.

La no presentación de la instancia en tiempo supondrá causa de exclusión del aspirante del proceso selectivo.

Los aspirantes otorgan su consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal que sean necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, así como para la publicación en los Boletines Oficiales correspondientes, el tablón municipal y página web municipal de su nombre y apellidos y en su caso su calificación, en las listas de admitidos y excluidos, y en aquellas otras derivadas de este resultado de cada ejercicio de esta convocatoria, así como en las listas de calificación final y de aspirantes propuestos para su nombramiento, todo ello de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Cuarta. — Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de aspirantes, la Alcaldía-Presidencia de la Corporación dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de cinco días naturales a efectos de reclamaciones. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, se concederá un plazo de diez días hábiles a efectos de subsanación de deficiencias. En esta resolución se determinarán el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y el orden de actuación.

En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública de la misma forma que la lista provisional.

En el caso de que no existieran reclamaciones contra la lista provisional publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Quinta. — Tribunal calificador.

El tribunal calificador será nombrado por el alcalde-presidente de la Corporación y lo formarán cinco técnicos, uno de ellos actuará de presidente y otro de secretario. El tribunal quedará integrado también por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares se designen.

En el caso de que en la propia Corporación no existiera personal cualificado podrán ser nombrados técnicos pertenecientes a otras Administraciones, o personal cualificado en la materia de que se trate. Todos los miembros del tribunal deberán poseer el mismo nivel o superior de titulación que el exigido en la convocatoria.

El nombramiento de los miembros del tribunal se hará público en el tablón de anuncios de la Corporación.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, al menos, de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, ni sin la presencia del presidente y el secretario. En caso de ausencia del presidente, será sustituido en primer lugar por el presidente suplente, en segundo lugar por los vocales titulares, en el orden de prelación que establece el nombramiento del tribunal, y en tercer lugar se acudirá a los vocales suplentes con idéntico criterio que el anterior. Los vocales serán sustituidos por los vocales suplentes aplicando idénticas reglas que para la sustitución del presidente.

Los miembros del tribunal habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo al señor alcalde-presidente, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La recusación podrá realizarse en cualquier momento del procedimiento.

El tribunal queda facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de las pruebas, pudiendo asimismo disponer la incorporación de asesores especialistas en las pruebas. Estos asesores colaborarán con el órgano de selección y tendrán voz pero no voto. Contra los actos y decisiones del tribunal que imposibiliten la continuación del procedimiento para el interesado o produzcan indefensión se podrá interponer recurso de alzada ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, y ellos, sin perjuicio de la interposición de cualesquiera otros recursos que se estime oportunos.

El tribunal podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad. El tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que puedan presentarse durante el proceso selectivo y tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha del mismo. Si en algún momento llega a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Alcaldía, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

El tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Sexta. — Fases del procedimiento selectivo.

El procedimiento selectivo constará de dos fases: la primera será la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, y la segunda será la fase de oposición.

Séptima. — Fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarán los méritos siguientes:

• Méritos relativos a la experiencia laboral:

a) Por cada mes completo como arquitecto en:

1. Entidades locales de más de 10.000 habitantes: 0,50 puntos.

2. Entidades locales de menos de 10.000 habitantes: 0,25 puntos.

3. Otras Administraciones y organismos públicos: 0,10 puntos.

b) Méritos relativos a la formación:

El tribunal valorará los cursos, títulos, diplomas, etc., relacionados con el puesto de trabajo ofertado y otorgados o concedidos por organismos públicos, en relación con las horas de su duración, de la siguiente forma:

1. Entre 20 y 60 horas de duración: 0,05 puntos.

2. Entre 61 y 120 horas de duración: 0,10 puntos.

3. Entre 121 y 250 horas de duración: 0,25 puntos.

4. De más de 250 horas de duración: 0,30 puntos.

Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente, debiendo acreditarse los señalados en el apartado a) mediante certificación expedida por el organismo en que se hubieran prestado servicios y en la que conste el tiempo y el tipo de servicios de forma expresa; en cuanto a los méritos señalados en el apartado b) podrán acreditarse mediante fotocopia compulsada de los diplomas o títulos de que se trate.

La fase de concurso tendrá una valoración máxima de 10 puntos.

Octava. — Fase de oposición.

La fase de oposición comprenderá dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio: Prueba teórica tipo test con cincuenta preguntas con tres respuestas alternativas, de las que solo una será correcta sobre las funciones a desarrollar en el puesto. Se establece una puntuación negativa de 0,15 puntos por cada respuesta incorrecta.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba práctica o de ejecución escrita que versará sobre casos prácticos referidos a las materias que figuran en el programa, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes.

Podrán realizarse en una misma sesión los ejercicios.

El orden de actuación de los aspirantes vendrá determinado por la letra S, de acuerdo con el sorteo efectuado para las pruebas de acceso a la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2018, en virtud de Resolución de 28 de febrero de 2018.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en sus derechos los que no comparezcan en el lugar, día y hora fijados para realizarlo.

Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud, a los efectos procedentes.

Novena. — Calificaciones.

Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio y serán calificados cada uno de ellos de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para superarlos en cada caso.

Las calificaciones se harán públicas el mismo día en que se acuerden en el local donde se celebren las pruebas selectivas y será expuestas además, en el tablón de anuncios de la Corporación.

El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Décima. — Lista de aprobados.

Concluido el proceso selectivo, el tribunal hará pública, en los lugares de examen y en el tablón de anuncios de la Corporación, la relación de aspirantes que lo ha superado y elevará al presidente de la Corporación la relación citada por orden de puntuación, proponiendo la contratación para la plaza convocada del aspirante que haya obtenido mayor puntuación total.

El tribunal no podrá proponer a un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

Undécima. — Presentación de documentos.

En el plazo de quince días naturales contados a partir de la resolución en que se dé a conocer el nombre del aspirante que ha resultado seleccionado, este deberá presentar en el Ayuntamiento certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad contagiosa ni defecto físico o psíquico que le imposibilite para el servicio (reconocimiento médico MAZ).

La no presentación por el aspirante seleccionado, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, de la documentación requerida dentro del plazo establecido determinará la imposibilidad de nombrarlo, quedando anuladas respecto a él las actuaciones y decayendo en todos sus derechos, sin perjuicio de otras posibles responsabilidades en que hubiera podido incurrir.

En este caso el tribunal seleccionador formulará propuesta a favor del siguiente de la lista, según el orden de puntuación en todo caso.

La resolución del nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el tribunal.

Efectuado el nombramiento por la Alcaldía-Presidencia se procederá a notificarlo al interesado que estará obligado a tomar posesión en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, compareciendo para ello en la Secretaría del Ayuntamiento. Transcurrido dicho plazo sin efectuarlo, salvo causa de fuerza mayor, se entenderá que renuncia a la plaza y consiguiente nombramiento.

Duodécima. — Incidencias.

El tribunal queda facultado para resolver las dudas e incidencias que puedan presentarse durante el proceso selectivo y tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha del mismo.

Calatayud, a 27 de marzo de 2018. — La alcaldesa accidental, María Mercedes Sarrate de Castro.

ANEXO 1

Temario

Bloque I. — Materias comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Principios generales. La reforma de la Constitución.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional.

Tema 3. Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento. Órganos dependientes de las Cortes Generales: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. Organización. Competencias. La regulación constitucional de la Justicia.

Tema 5. El Gobierno y la Administración en la Constitución. Organización administrativa de la Administración General del Estado. El sector público según la Ley 40/2015: principios de actuación y funcionamiento.

Tema 6. La organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local. Las comunidades autónomas. Especial referencia a la Comunidad de Aragón: el Estatuto de Autonomía.

Tema 7. Los órganos de las administraciones públicas. Órganos administrativos. Competencias. Los órganos colegiados de las distintas administraciones públicas.

Tema 8. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.

Tema 9. Abstención y recusación. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 10. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios administrativos.

Tema 11. Organización y funcionamiento del sector público institucional. Organismos públicos estatales. Organismos autónomos estatales. Entidades públicas empresariales. Autoridades administrativas independientes de ámbito estatal.

Tema 12. Sociedades mercantiles estatales. Consorcios. Fundaciones del sector público estatal. Relaciones interadministrativas. Relaciones de cooperación.

Tema 13. El procedimiento administrativo común. Principios generales de la Ley 39/2015.

Tema 14. Los interesados en el procedimiento. Capacidad de obrar y concepto de interesado. Identificación y firma en el procedimiento administrativo.

Tema 15. Derechos y obligaciones de las personas en su relación con las administraciones públicas. Obligaciones de la Administración. Términos y plazos.

Tema 16. Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad.

Tema 17. Garantías del procedimiento administrativo. Iniciación del procedimiento. Ordenación e instrucción del procedimiento.

Tema 18. Finalización del procedimiento. Tramitación simplificada. Ejecución.

Tema 19. La revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos. La potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.

Tema 20. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local: El municipio. Territorio y población. Organización. Competencias. Regímenes especiales.

Tema 21. Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local: Disposiciones comunes a las entidades locales. Régimen de funcionamiento. Relaciones interadministrativas. Impugnación de actos y acuerdos y ejercicio de acciones. Información y participación ciudadanas. Estatuto de los miembros de las Corporaciones Locales.

Tema 22. Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local: Bienes, actividades y servicios, y contratación. Modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 23. El personal al servicio de la Administración Pública local: adquisición y pérdida de la condición de funcionario/a. Provisión de puestos y situaciones administrativas. Funcionarios/as de carrera e interinos/as, personal eventual y personal laboral.

Tema 24. Derechos y deberes de los funcionarios/as. Sistema de retribuciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 25. Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: ingresos de Derecho Público e ingresos de Derecho Privado. Especial referencia a las tasas, contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clasificación.

Tema 26. Presupuesto de las entidades locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procesos de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto.

Tema 27. La igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas sociales dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o dependientes.

Bloque II. — Normativa específica

Tema 28. La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales y de las comunidades autónomas. La competencia municipal.

Tema 29. Legislación de ordenación del territorio en Aragón. Legislación urbanística de Aragón. Novedades y modificaciones legislativas. Objeto, estructura y principios.

Tema 30. Regulación del urbanismo en la Comunidad Autónoma de Aragón. Legislación actual.

Tema 31. Régimen del suelo: Contenido urbanístico del derecho de propiedad. Derechos y deberes urbanísticos generales. Clasificación del suelo.

Tema 32. Clasificación del suelo urbano y urbanizable. Régimen de las distintas clases y categorías de suelo urbano y urbanizable.

Tema 33. Régimen de las distintas clases y categorías de suelo rústico.

Tema 34. El planeamiento urbanístico. Instrumentos. Concepto de aprovechamiento. Aprovechamiento medio. Derecho al aprovechamiento urbanístico de las distintas clases de suelo.

Tema 35. El Plan General de Ordenación Urbana: Objeto y determinaciones de ordenación general y detallada.

Tema 36. El Plan General de Ordenación Urbana: Determinaciones sobre planeamiento previo y documentación.

Tema 37. Planeamiento urbanístico: planeamiento de desarrollo: Estudios de detalle. Planes parciales. Planes especiales.

Tema 38. Planeamiento urbanístico: Elaboración. Aprobación: Disposiciones comunes.

Tema 39. Aprobación del planeamiento general y del planeamiento de desarrollo.

Tema 40. Planeamiento urbanístico: vigencia, revisión y modificación. Actos posteriores a la aprobación. Intervenciones de la comunidad autónoma. Efectos.

Tema 41. Intervención en el uso del suelo: las licencias urbanísticas y la declaración responsable.

Tema 42. La inspección técnica de edificios. Orden de ejecución. Declaración de ruina. La ruina inminente. Venta forzosa.

Tema 43. Protección de la legalidad: competencias. Inspección urbanística. Medidas de protección de la legalidad. Inactividad municipal.

Tema 44. Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo. Situaciones y criterios de valoración.

Tema 45. Los bienes inmuebles. El dominio público. Los bienes en las distintas esferas de la administración. La defensa de la propiedad y la defensa del dominio público. Deslinde y amojonamiento.

Tema 46. La propiedad inmobiliaria. Concepto de propiedad y de derechos reales. Adquisición y pérdida de la propiedad. Usufructo y derecho de superficie. Influencia de la legislación urbanística en el régimen de propiedad urbana.

Tema 47. El derecho de propiedad y el Registro de la Propiedad. Relación con las actividades edificatoria y urbanística. Inscripción registral de actos de naturaleza urbanística.

Tema 48. Copropiedad y propiedad horizontal. Complejo inmobiliario. Limitaciones al dominio. Concepto y clases de servidumbres. Constitución, modificación y extinción de servidumbres.

Tema 49. Los contratos de las Administraciones Públicas. Características y régimen jurídico. Tipos de contratos administrativos. Disposiciones comunes. Los contratos de servicios.

Tema 50. Procedimiento de contratación: Requisitos para contratar con la Administración. Actuaciones relativas a la contratación. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Revisión de precios y extinción de contratos.

Tema 51. Los contratos de obras. Preparación y publicidad. Objeto del contrato y su definición. Ejecución y modificación del contrato de obras. Extinción.

Tema 52. La regulación normativa sobre la protección del medio ambiente. Convenios internacionales y regulación estatal, autonómica y local.

Tema 53. Prevención ambiental en Aragón. Regímenes aplicables. Calidad del medio ambiente y prevención de su deterioro. Protección atmosférica. Control del ruido. Tratamiento de los residuos y ahorro energético.

Tema 54. El impacto ambiental. Análisis de las acciones del proyecto. Estudio de los factores del medio. Identificación y valoración de impactos. Medidas correctoras y posibles impactos derivados. La evaluación estratégica. Procesos de participación pública. Normativa vigente.

Tema 55. Concepto y clases de vías públicas: Regulación jurídica. Red viaria de Calatayud. Reglamento de vados y reservas de estacionamiento.

Tema 56. Ordenanzas y reglamentos municipales con incidencia urbanística: ascensores y mejora de la accesibilidad, publicidad y energía solar térmica en los edificios.

Tema 57. Intervención en el uso del suelo del Plan General de Ordenación Urbana de Calatayud: regulación de la licencia urbanística y gestión e intervención de la edificación.

Tema 58. Ordenación detallada de los usos en el Plan General de Ordenación Urbana de Calatayud.

Tema 59. Condiciones de la edificación y la edificabilidad en el Plan General de Ordenación Urbana de Calatayud.

Bloque III. — Normativa técnica

Tema 60. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación: Aspectos generales. Novedades y modificaciones legislativas. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Requisitos básicos de la edificación. Sistema de agentes de la edificación.

Tema 61. El proyecto arquitectónico: descripción general y objeto. Disposiciones en materia de redacción de proyectos y dirección de obra. La memoria: definición, contenido y alcance. Las mediciones y presupuestos: criterios de medición y valoración, formación de precios.

Tema 62. La normativa técnica de aplicación en la edificación. Normativa obligatoria: clasificación sistemática, especificaciones. El Código Técnico de la Edificación.

Tema 63. El Código Técnico de la Edificación: condiciones técnicas y administrativas. Condiciones generales para el cumplimiento del CTE. Condiciones del proyecto. Condiciones en la ejecución de las obras. Condiciones del edificio.

Tema 64. El Código Técnico de la Edificación: exigencias básicas. Seguridad estructural. Seguridad en caso de incendio. Seguridad de utilización y accesibilidad. Salubridad. Protección frente al ruido. Ahorro de energía.

Tema 65. Estructura y determinaciones del Documento Básico de seguridad en caso de Incendio (DB-SI).

Tema 66. Estructura y determinaciones del Reglamento de seguridad contra incendio en los establecimientos industriales.

Tema 67. Estructura y determinaciones del Documento Básico de seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA), y de los documentos de apoyo.

Tema 68. Estructura y determinaciones del Documento Básico de salubridad (DB-HS). Reglamento municipal de protección del medio ambiente atmosférico.

Tema 69. Estructura y determinaciones del Documento Básico de protección frente al ruido (DB-HR). La regulación en Aragón, y en el Calatayud sobre el ruido.

Tema 70. La Seguridad y Salud en las obras de edificación. Disposiciones legales. Sistemas y procedimientos según la tipología de la obra. El estudio de seguridad y salud, contenido y obligatoriedad. Agentes en materia de seguridad y salud.

Tema 71. El uso, conservación y mantenimiento de edificaciones. Instrucciones de uso y mantenimiento. Patologías en la edificación: casuística, etiología y reparaciones, según tipología y elementos constructivos.

Tema 72. La supervisión y seguimiento administrativo de la obra según la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Preparación del contrato. Clasificación de las obras. Contenido de los proyectos. Supervisión de los proyectos.

Tema 73. La supervisión y seguimiento administrativo de la obra según la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Ejecución y modificación del contrato de obras. Comprobación y replanteo. Ejecución de las obras. Certificaciones y abonos a cuenta.

Tema 74. La supervisión y seguimiento administrativo de la obras según la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. Modificación del contrato de obras. Revisión de precios en los contratos de la Administración. Recepciones y liquidaciones del cumplimiento del contrato de obra. Responsabilidad por vicios ocultos. Resolución del contrato de obra.

Tema 75. La accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en Aragón. Normativa y condiciones de habitabilidad en viviendas.

Tema 76. La normativa estatal supletoria y normativa autonómica sobre viviendas protegidas. Necesidades constructivas y de diseño de las viviendas de protección oficial. Requisitos y parámetros exigibles.

Tema 77. Normativa del patrimonio histórico. La legislación en Aragón sobre patrimonio cultural: Estructura y principios generales. Régimen de conservación y protección de los bienes inmuebles.

Tema 78. Evolución histórica de la ciudad de Calatayud. Tipologías edificatorias históricas y renovación urbana en el casco histórico de Calatayud.

Tema 79. Evolución de los criterios de intervención en edificios históricos. Tipos de actuaciones y condiciones de ejecución según el Plan Especial del Casco Histórico de Calatayud.

Tema 80. El catálogo del Plan Especial del Casco Histórico. Regulación de las actuaciones en los edificios afectados por la normativa de protección del PERI (Plan especial de reforma integral) del CHA (conjunto histórico-artístico).

Tema 81. Regulación de las condiciones de la edificación y de los espacios libres en el PERI. Tipos de conjuntos urbanos y de espacios libres. Tipos de protección. Normativa reguladora.

Tema 82. Patologías y deterioro de los edificios históricos. Conservación y mantenimiento. Tecnologías y regulación normativa en la restauración, rehabilitación y reestructuración de edificios.

Tema 83. Unidades de planeamiento y ejecución definidas en el Plan General de Ordenación Urbana. El catálogo de bienes protegidos y el catálogo arqueológico del PGOU.

Tema 84. La teoría del valor. El precio. Relación entre el valor y el precio. Valoración de inmuebles. Criterios de valoración. Métodos de valoración según su finalidad. Tipos de depreciación.

Tema 85. Gestión urbanística: concepto y modalidades. Sujetos intervinientes. Entidades urbanísticas colaboradoras. Recepción y conservación de la urbanización. Derechos de realojo y retorno.

Tema 86. Gestión urbanística mediante actuaciones aisladas: urbanización, normalización, expropiación y ocupación directa.

Tema 87. Gestión urbanística mediante actuaciones integradas: objeto y gestión. Unidades de actuación. El proyecto de actuación. Otras disposiciones generales.

Tema 88. Gestión de actuación integrada por el sistema de concierto. Características. Especialidades del proyecto de actuación.

Tema 89. Gestión de actuación integrada por el sistema de compensación. Características. Junta de Compensación. Especialidades del proyecto de actuación.

Tema 90. Gestión de actuación integrada por el sistema de cooperación. Características. Especialidades del proyecto de actuación. Ejecución de la actuación.

Tema 91. Gestión de actuación integrada por el sistema de concurrencia. Características. Especialidades del proyecto de actuación. Ejecución de la actuación.

Tema 92. Formas complementarias de la gestión urbanística: ocupación directa. Convenios urbanísticos. Proyectos de urbanización. Canon y garantía de urbanización.

Tema 93. Los espacios públicos. La movilidad urbana. Aparcamientos. Itinerarios peatonales. Pistas ciclistas. Espacios de recreo y jardines urbanos. Mobiliario urbano. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

Tema 94. Las redes de infraestructuras de la ciudad. Elementos fundamentales que las integran y principios generales por los que se rigen. Condicionantes de orden técnico. Caso de Calatayud.

 

 

 

 

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