BOP. 101    07/05/2018


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LA MUELA

Número de registro: 3888/2018

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE SELECCIÓN PARA LA CONTRATACIÓN CON CARÁCTER TEMPORAL Y EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL, JORNADA A TIEMPO COMPLETO, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS, DE CUATRO PLAZAS DE SOCORRISTAS PARA LAS PISCINAS MUNICIPALES, TEMPORADA VERANO 2018

 

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 3.888

AYUNTAMIENTO DE LA MUELA

Por resolución de Alcaldía de fecha 2 de mayo de 2018 se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir las posibles vacantes en cuatro plazas de socorrista para la temporada de verano 2018 para las piscinas municipales.

Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:

Bases que han de regir la convocatoria de concurso para la selección de cuatro
plazas de socorristas para la piscina municipal, en regimen de derecho laboral
y con carácter temporal

Primera. — Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la selección para la contratación con carácter temporal y en régimen de derecho laboral, jornada a tiempo completo, mediante el sistema de concurso de méritos, de cuatro plazas de socorristas para prestar servicios en las piscinas municipales de La Muela durante la temporada de verano de 2018 (desde el 23 de junio al 9 de septiembre de 2018, incluidos).

Segunda. — Funciones.

Especialista en posesión de título autorizado por la Administración competente que le acredite como persona con los conocimientos necesarios para desempeñar las labores de vigilancia y prevención de accidentes en el agua y recinto de baño. Es el responsable de las tareas de salvamento y prestación de primeros auxilios en el recinto de las instalaciones.

Igualmente atenderá las necesidades propias que requieran los vasos y su entorno cercano, tales como limpieza y calidad del agua, vigilancia, salvamento, prevención y atención de accidentes. También velará por la seguridad de los usuarios y por el cumplimiento de la normativa de piscinas.

Deberán ejecutar todas aquellas tareas que dentro de las líneas definidas a ellas sean precisas para la buena marcha de las piscinas, todo ello bajo la dirección, control y dependencia del director de la instalación.

Tercera. — Requisitos que deben cumplir los aspirantes.

1.º Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el TRLEBEP.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de titulación acreditada por organismo competente, con el grado de conocimiento suficiente en materia de salvamento acuático y prestación de primeros auxilios (art. 30 del Decreto 50/1993, de 19 de mayo, de la Diputación General Aragón o norma que la sustituya).

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial para el ejercicio de funciones públicas.

f) Será requisito para el acceso y ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad y la indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberán acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

g) Estar en posesión de la licencia federativa anual para 2018.

2.º Los requisitos exigidos en la presente base deberán poseerse el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la firma del contrato correspondiente.

Cuarta. — Instancias.

1.º Las instancias de los aspirantes solicitando formar parte en el concurso se presentarán conforme al modelo de las presentes bases y deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base tercera, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. Se dirigirán al presidente de la Corporación e irán acompañadas de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del DNI.

2. Fotocopia de la titulación a la que se refiere la base 3, puntos c) y g).

3. Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen, conforme a la base sexta.

La documentación deberá presentarse compulsada o presentar los originales para que el encargado de registro de documentos proceda a su compulsa.

2.º Las instancias, junto con el resto de documentación, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento dentro del plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que aparezca publicada la presente convocatoria en el BOPZ.

Las instancias también podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.º Las bases íntegras se publicarán en el BOPZ, si bien los sucesivos anuncios se publicarán en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web municipal.

Quinta. — Admisión de instancias.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, composición del tribunal y fecha de constitución de tribunal para la valoración de méritos, que se hará público en el tablón de edictos de la Corporación y en la sede electrónica del Ayuntamiento de La Muela, concediéndose un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación para la subsanación de posibles deficiencias por los aspirantes excluidos.

2. La falta de algunos de los documentos 1 y 2 descritos en la base cuarta provocará la calificación del interesado como excluido provisionalmente.

3. La falta de la documentación descrita en el punto 3 de la base cuarta adjunta a la solicitud provocará la falta de valoración de la solicitud del interesado.

4. En el caso de que no existan reclamaciones contra la lista publicada se entenderá elevada a definitiva, sin necesidad de nueva publicación.

Sexta. — Procedimiento de selección.

El sistema elegido para proveer las plazas de la presente convocatoria es el concurso, cuya valoración se realizará de acuerdo a los siguientes criterios:

A) Experiencia profesional:

• Por haber prestado servicios como socorrista acuático en los últimos cinco años: 5 puntos por mes, valorando a jornada completa, con un máximo de 60 puntos.

B) Formación:

• Por asistencia acreditada a cursos de formación relacionados con el puesto de la convocatoria, a razón de 0,05 puntos por hora.

• Por monitor deportivo capacitado para impartir cursos de natación: 15 puntos.

No se tendrán en cuenta aquellos documentos que justifiquen la superación de cursos pero no contengan el número de horas lectivas recibidas.

La puntuación máxima alcanzable será de 40 puntos.

C) Otros:

En caso de empate de puntuaciones, se ordenará los candidatos por quien haya obtenido mejor valoración en el apartado A, y después en el B. Si continuara el empate, se resolverá por sorteo público.

• Forma de acreditar los méritos:

A) Experiencia profesional (dos métodos alternativos):

1.º Mediante certificación emitida por la empresa o Administración contratante en la que se especifique la identificación del contratante, del contratado, el puesto desempeñado, el porcentaje de jornada y la duración de la relación laboral o funcionaria.

2.º Por aportación de la vida laboral en unión de los respectivos contratos. En el documento de la vida laboral se deberá subrayar los contrataos relacionados con el puesto de trabajo.

B) Formación y otros:

1. Aportando documentos originales para que el encargado del Registro de Documentos pueda cotejarlos y compulsarlos.

2. Mediante fotocopia compulsada por otra Administración u órgano competente.

Séptima. — Tribunal.

1.º El tribunal calificador, que será nombrado por decreto de Alcaldía, juzgará los ejercicios del proceso selectivo; su composición será colegiada, debiendo ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. 

Dicho tribunal estará integrado por un presidente y dos vocales, de los cuales uno ejercerá las funciones de secretario. Todos los miembros tendrán voz y voto.

2.º Los nombres de los miembros del tribunal y de sus suplentes se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de La Muela.

3.º El tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

Octava. — Propuesta de asignación de puntuación.

Concluido el proceso se levantará acta por el tribunal, autorizada con la firma del presidente y del secretario, estableciéndose en la misma la lista de aspirantes con sus correspondientes puntuaciones, elevando propuesta al presidente de la Corporación, la cual será publicada en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación.

Novena. — Presentación de documentos.

1.º El aspirante propuesto habrá de presentar la documentación acreditativa de cumplir los requisitos exigidos en el plazo de cinco días siguientes al de la fecha de la publicación de la lista de aprobados.

Los documentos a presentar serán los siguientes:

1) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

2) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar además declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal en su Estado que le impida el acceso a la función pública.

3) Tarjeta de inscripción como demandante de empleo.

4) El aspirante deberá someterse a reconocimiento médico por el Servicio de Prevención y Salud del Ayuntamiento de La Muela que elevará informe a la Alcaldía en forma de apto o no apto. El Servicio de Prevención y Salud, al llevar a cabo el reconocimiento médico, tendrá las siguientes funciones: a) marcar los tipos de exploración médica que estime conveniente; b) solicitar los informes complementarios que estime pertinentes; c) realizar control de consumo de estimulante o de cualquier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los aspirantes. En ningún caso se publicará lista de no aptos por motivos de exclusión médica.

2.º Si dentro de dicho plazo no se presentara la referida documentación, o se comprobase que el aspirante no cumple alguno de los requisitos señalados en la convocatoria, este no podrá ser contratado, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad de sus instancias.

Planteada alguna de estas circunstancias, o si el candidato seleccionado renunciará a la plaza, o no pudiera suscribir el contrato en el plazo fijado por causas ajenas a su voluntad (enfermedad, accidente, etc.) el presidente requerirá la presentación de documentos al siguiente candidato de acuerdo con la puntuación establecida por el tribunal. Si no existieran en los casos mencionados otros candidatos en la lista, se formulará nueva convocatoria.

Décima. — Bolsa de empleo.

El tribunal de selección confeccionaraá una bolsa de empleo con los aspirantes no seleccionados según el orden de puntuación obtenido para cubrir posibles bajas y otras necesidades circunstaciales del servicio, con vigencia para la temporada de verano actual.

Undécima. — Retribuciones.

La plaza se halla dotada con el sueldo derivado del convenio estatal para una jornada semanal completa. La distribución de la jornada se hará de acuerdo con las necesidades del servicio, debiendo cubrir el horario de apertura de las piscinas municipales de lunes a domingo.

Duodécima. — Protección de datos.

Se informa a los participantes en esta convocatoria que sus datos personales serán almacenados en el fichero de “Personal” titularidad de este Ayuntamiento, con la única finalidad de tener en cuenta su candidatura para el puesto ofertado. Sus datos personales, junto con su valoración, podrán aparecer publicados en la página web municipal con la finalidad de dar publicidad al procedimiento. Tiene la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación en relación con sus datos personales dirigiéndose a este Ayuntamiento: Plaza de Vicente Tena, 1, de La Muela (Zaragoza).

Décimotercera. Legislación aplicable.

En lo no previsto en las bases será de aplicación la normativa básica del Estado.

Contra la presente convocatoria y bases que agotan la vía administrativa, se podrá, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de dos meses, en ambos casos contados desde la publicación de la bolsa en el BOPZ. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

ANEXO

Modelo de solicitud

Don ……, mayor de edad, con DNI núm. ……, y domiciliado en la calle ……, número ……, de ……, teléfono ……, correo electrónico ……, ante usted,

Expone: Que enterado de la convocatoria realizada por el Ayuntamiento de La Muela de concurso para la selección de cuatro plazas de socorrista para las piscinas municipales en el BOPZ núm. ……, de fecha ……

Manifiesta: Que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base tercera de dicha convocatoria y adjunta la documentación pertinente para su valoración por el tribunal.

• Autovaloración (conforme a la base sexta):

A: ……

B: ……

Total: ……

Por lo cual,

Solicita: Que tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo conferido al efecto y, en consecuencia, sea admitido en el proceso de selección convocado.

En ……, a …… de …… 2018.

(Firma)

Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de La Muela (Zaragoza).

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informamos a todos los participantes en esta convocatoria que sus datos personales serán almacenados en el fichero de “Personal” titularidad de este Ayuntamiento, con la única finalidad de tener en cuenta su candidatura para el puesto ofertado. Sus datos personales, junto con su valoración, podrán aparecer publicados en la página web municipal con la finalidad de dar publicidad al procedimiento. Tiene la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales dirigiéndose a este Ayuntamiento: Plaza de Vicente Tena, 1, de La Muela (Zaragoza)».

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en domicilio distinto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

La Muela, 2 de mayo de 2018. — El alcalde, Adrián Tello Gimeno.

 

 

 

 

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