BOP. 131    11/06/2018


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL

Número de registro: 5160/2018

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección tercera

BDNS (IDENTIF.): 402348.- EXTRACTO CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PYMES, AUTÓNOMOS, ASOCIACIONES, FUNDACIONES, ORGANIZACIONES EMPRESARIALES Y SINDICALES DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA EN 2018 PARA LUCHAR CONTRA LA DESPOBLACIÓN

SECCIÓN TERCERA

Núm. 5.160

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE ASISTENCIA Y MODERNIZACIÓN LOCAL

EXTRACTO del decreto núm. 1.468, de fecha 4 de junio de 2018, de la Presidencia, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para pymes, autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza en 2018 para luchar contra la despoblación.

BDNS (identif.): 402348.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. — Beneficiarios:

• Pymes y autónomos que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

• Asociaciones y fundaciones que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

• Organizaciones empresariales y sindicales que hayan establecido o vayan a establecer su domicilio social o un centro de actividad en la provincia de Zaragoza.

Segundo. — Finalidad:

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para las pequeñas y medianas empresas (pymes), trabajadores autónomos, asociaciones, fundaciones, organizaciones empresariales y sindicales de la provincia de Zaragoza referidas a gasto corriente y/o inversión, cuyo objeto sea la creación de nuevos empleos o el mantenimiento de los ya existentes y se desarrollen en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

Tercero. — Bases reguladoras:

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ núm. 99, de 4 de mayo de 2016).

Cuarto. — Importe:

A) Importe de 500.000 euros, susceptible de ampliarse hasta un límite de 500.000 euros de importe adicional mediante la pertinente modificación presupuestaria en su caso, cuyos créditos iniciales y su distribución se realiza, con carácter estimativo, de la siguiente manera:

1. Pymes y autónomos:

1.1. 275.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

1.2. 56.250 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

2. Asociaciones y fundaciones:

2.1. 25.000 euros destinados a financiar inversiones mediante transferencias de capital, que se materializarán en la creación y el mantenimiento del empleo, subvencionando aquellas iniciativas de inversión en la provincia de Zaragoza, excluida su capital.

2.2. 18.750 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

3. Organizaciones empresariales y sindicales:

3.1. 125.000 euros dirigidos a financiar gastos corrientes mediante transferencias corrientes, que se concretarán en la creación y el mantenimiento del empleo en el ámbito territorial del objeto de la presente subvención.

B) El importe máximo subvencionable es de 30.000 euros teniendo en cuenta lo siguiente:

1.º Para los gastos en inversión, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 24.000 euros.

2.º Para los gastos corrientes, la cuantía máxima individual a solicitar y conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto y, en cualquier caso, la cuantía máxima a otorgar con cargo a esta convocatoria, no superará la cantidad de 6.000 euros. No obstante, en el caso de organizaciones empresariales y sindicales, al subvencionarse únicamente gasto corriente, la cuantía máxima a otorgar no superará la cantidad de 30.000 euros.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOPZ, estando disponible la documentación a presentar en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza: http://dpz.sedelectronica.es.

Zaragoza, a 4 de junio de 2018. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

 

 

 

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