BOP. 244    23/10/2018


Entidad publicadora: ZARAGOZA DINÁMICA. (INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA)

Número de registro: 8592/2018

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección quinta

BDNS (IDENTIF.): 419868.- EXTRACTO CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA CAPITALIZACIÓN DE ENTIDADES DE ECONOMÍA SOCIAL

SECCIÓN QUINTA

Núm. 8.592

ZARAGOZA DINÁMICA

Instituto Municipal de Empleo

y Fomento Empresarial

Extracto de la resolución de la M.I. Presidencia del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza de fecha 5 de octubre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la mejora de la capitalización de entidades de economía social.

BDNS (identif.): 419868.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans/index), así como en la página web del organismo autónomo Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (http://www.zaragozadinamica.es).

Primero. — Entidades beneficiarias.

Podrá ser entidad beneficiaria de la presente convocatoria cualquier sociedad cooperativa de trabajo asociado o sociedad limitada o anónima de carácter laboral enmarcada dentro de la economía social que tenga su sede social y desarrolle su actividad económica y empresarial en la ciudad de Zaragoza y para la que se realicen durante el año 2018 operaciones de aumento del capital social, sea a través de aportaciones dinerarias con carácter no retribuido por parte de personas físicas en su condición de socias, independientemente de su fuente de financiación, o sean aumentos de capital social realizadas con recursos ajenos por la propia entidad.

Las entidades solicitantes deben reunir los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones y los requisitos específicos establecidos en esta convocatoria.

Las entidades beneficiarias de las subvenciones garantizarán la igualdad de mujeres y hombres en el trato, acceso al empleo, clasificación profesional y demás condiciones laborales y profesionales.

Segundo. — Objeto.

Los objetivos que se pretenden conseguir con la presente convocatoria son:

—Fortalecer la estructura financiera y solvencia de las sociedades cooperativas y de las sociedades laborales encuadradas en la economía social para que afronten en las mejores condiciones posibles los retos del actual escenario económico y social, afianzando con ello su viabilidad y supervivencia y garantizando la continuidad de los servicios que prestan.

—Consolidar la actividad de estas entidades, dado que, a la par que cumplen un objetivo social o medioambiental valioso, generan un medio de vida para sus personas socias y contribuyen a la creación y mantenimiento de otros puestos de trabajo, propiciando la integración laboral y social de las personas que los ocupan.

Podrán ser objeto de subvención aquellas actuaciones de las sociedades cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que desarrollen actividades que complementen o suplan las competencias de Zaragoza Dinámica en la promoción económica y empresarial orientada al desarrollo socioeconómico de la ciudad.

Tercero. — Bases reguladoras.

Las subvenciones se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS); por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la LGS (en adelante, RLGS); la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2016 y publicada en BOPZ de fecha 13 de octubre de 2016; por las bases de ejecución del presupuesto municipal; el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza, así como por el resto de normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Cuarto. — Cuantía.

La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 50.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 2018 06-2411-48026-Plataforma financiación emprendedores y economía social del presupuesto del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica) del año 2018.

Los importes de subvención que podrán concederse a la entidad solicitante son:

a) Hasta el 50% del importe destinado por personas físicas en atención a su calidad de socias a la constitución o ampliación del capital social de la entidad, siempre que tengan el carácter de aportaciones dinerarias no retribuidas.

b) Hasta el 50% del importe para ampliar el capital social de la entidad aportado con recursos ajenos por la propia entidad.

La subvención otorgada en atención a los apartados a) y b) anteriores tendrá un máximo de 3.000 euros por aportación realizada por persona socia y un máximo absoluto de 15.000 euros en conjunto por entidad.

c) Adicionalmente, cuando las aportaciones al capital social realizadas por la propia entidad se financien con recursos ajenos, se subvencionará, además de una parte de la aportación tal como se dispone en las letras a) y b) anteriores, también el importe abonado o comprometido en concepto de intereses de la operación de financiación formalizada, con un máximo de subvención equivalente a lo que correspondería abonar por tres puntos y medio de interés o por el tanto por ciento de interés pactado si este fuera menor, con un máximo de subvención por este concepto de 1.000 euros por año y persona socia y un máximo de 3.000 euros en conjunto por entidad.

El importe máximo de subvención podrá alcanzar, con arreglo a lo establecido en los apartados anteriores, los 18.000 euros por solicitud.

El importe mínimo de las subvenciones a conceder será de 300 euros, según lo dispuesto en las bases de ejecución del presupuesto municipal 2017. Por ello, si tras la puntuación obtenida no se alcanzara este importe, la solicitud de subvención quedará desestimada.

La cuantía de la subvención vendrá determinada por el importe del aumento de capital operado que se indique en la solicitud y por los coeficientes de cálculo que se obtengan en función del número final de entidades beneficiarias y las puntuaciones obtenidas por estos.

Quinto. — Plazos y lugar de presentación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en la web de Zaragoza Dinámica http://www.zaragozadinamica.es/.

Las solicitudes, dirigidas a la presidencia de Zaragoza Dinámica, deberán presentarse en el Registro de dicho organismo, sito en calle Albareda, núm. 4, segunda planta, 50004 Zaragoza, en horario de 9:00 a 14.00, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud se presenta en un registro distinto al de Zaragoza Dinámica, se remitirá ese mismo día copia de la misma sellada por el registro al número de fax 976 721 063 de Zaragoza Dinámica o escaneado al siguiente correo electrónico: jblanco@zaragozadinamica.es. Las solicitudes que incumplan lo anterior no serán objeto de valoración.

Para solicitar información sobre la presente convocatoria los interesados podrán dirigirse a Zaragoza Dinámica, sita en calle Albareda, núm. 4, 2.ª planta, de Zaragoza, número de teléfono 976 721 059.

Zaragoza, a 7 de octubre de 2018. — La gerente de Zaragoza Dinámica, María José Marco Bes.

 
Cerrar