BOP. 45    25/02/2019


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

Número de registro: 1561/2019

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección sexta

BDNS (IDENTIF.): 440693.- EXTRACTO BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA CON DESTINO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS EMPRESARIALES E INDUSTRIALES DURANTE EL AÑO 2019

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 1.561

AYUNTAMIENTO DE CALATAYUD

ANUNCIO del acuerdo de 19 de febrero de 2019 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calatayud por el que se convocan subvenciones en
régimen de concurrencia competitiva con destino a la realización de proyectos empresariales e industriales durante el año 2019 en el término municipal de Calatayud.

BDNS (identif.): 440693.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:

Primero. — Beneficiarios.

Podrán solicitar estas ayudas: de una parte, aquellas personas físicas o jurídicas en las que, realizando una actividad empresarial, comercial o industrial, emprendan un nuevo negocio, empresas que, dentro del período establecido, generen un nuevo alta en régimen general; y de otra, las empresas consolidadas que abran un nuevo centro de trabajo en el término municipal de Calatayud. Las acciones conllevarán la creación de empleo autónomo y/o por cuenta ajena. En los beneficiarios deberán concurrir los requisitos que de forma expresa se señalan en la base tercera de la convocatoria.

Segundo. — Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto financiar parcialmente la promoción de proyectos que supongan el inicio de una nueva actividad empresarial o industrial en Calatayud, así como la apertura de nuevos centros de trabajo que conlleven el mantenimiento o creación de empleo en Calatayud y la creación de empleo en Calatayud por parte de empresas que realicen su actividad empresarial en la ciudad.

Tercero. — Bases reguladoras.

La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (BOPZ de 27 de abril de 2016), modificadas en el BOPZ de 10 de enero de 2018 en su condición de bases reguladoras.

Cuarto. — Cuantía.

Las subvenciones convocadas se otorgarán, en su caso y con arreglo a los requisitos establecidos en la presente convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 422-47000, para la concesión de subvención en concurrencia, denominada: “Industria-promoción industrial”, y dotada con diez mil euros (10.000 euros), y la aplicación presupuestaria 422-77000, “Industria-promoción de proyectos empresariales e industriales”, y dotada con cuarenta mil euros (40.000 euros).

La cuantía máxima a percibir será de 2.500 euros (dos mil quinientos euros) por solicitud para los puntos 1 y 2 establecidos en la base tercera de la convocatoria, y de 1.000 euros (mil euros) en el punto 3 de la base tercera de la convocatoria, hasta que se extinga el crédito presupuestario para cada uno de los conceptos, al estar condicionada la cuantía global de las subvenciones a la disponibilidad presupuestaria.

El importe de las subvenciones reguladas en esta convocatoria en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la actividad subvencionada (art. 19 LGS).

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será dentro del período de ejecución, según se dispone en la cláusula decimotercera de las presentes bases, admitiendo solicitudes desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ. No se concederán subvenciones a las solicitudes presentadas fuera de este plazo.

La convocatoria íntegra será publicada en la web del Ayuntamiento de Calatayud http://www.calatayud.es y en sede electrónica: sede.calatayud.es y en el tablón de anuncios. El impreso de solicitud, así como el resto de modelos normalizados a cumplimentar por el solicitante, se pondrán a disposición de los interesados en la página web del Ayun-
tamiento de Calatayud, www.calatayud.es y en www.calatayudemprende.es.

Sexto. — Otros datos.

El período de ejecución de los proyectos subvencionados de conformidad con estas bases, abarcará desde el 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019, sin perjuicio de la excepción establecida en la base tercera.

El resto de cuestiones quedan reflejados en las bases de la convocatoria.

Calatayud, a 19 de febrero de 2019. — El alcalde, José Manuel Aranda Lassa.

 

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