BOP. 51    04/03/2019


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE CIUDADANÍA

Número de registro: 1811/2019

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección tercera

BDNS (IDENTIF.): 441821.- EXTRACTO BASES CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DE ASOCIACIONES, CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA, AÑO 2019

SECCIÓN TERCERA

Núm. 1.811

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE CIUDADANÍA

EXTRACTO del decreto número 2019-0454, de fecha 25 de febrero de 2019, de la Presidencia, por el que se aprueban las normas para la concesión de ayudas para la promoción de actividades deportivas de asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro de la provincia de Zaragoza, año 2019.

BDNS (identif.): 441821.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero: Beneficiarios.

Para ser beneficiario de las ayudas mencionadas los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

• Estar legalmente constituidos conforme a la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la Actividad Física y del Deporte de Aragón, e inscritos en el Registro General de Asociaciones Deportivas de la Diputación General de Aragón.

• Tener su domicilio social en un municipio de la provincia de Zaragoza, y este cuente con una población inferior a 50.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último padrón actualizado.

• No tener la consideración de club profesional o sociedad anónima deportiva.

• No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la LGS.

• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la comunidad autónoma.

Segundo: Finalidad.

La finalidad de la subvención, que se convoca en régimen de concurrencia competitiva, será ayudar a las asociaciones, clubes y entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Aragón (conforme a la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la Actividad Física y del Deporte de Aragón), cuyo domicilio social radique en municipios zaragozanos de menos de 50.000 habitantes, en el desarrollo de sus actividades deportivas.

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda pública que pudieran obtener para la misma finalidad, siempre y cuando el conjunto de ellas no supere el 80% del coste de la actividad desarrollada. Cualquier actividad o entidad incluida en otra línea de ayudas de Diputación Provincial de Zaragoza será incompatible con la percepción de ayudas en esta convocatoria de subvenciones.

Las actividades deportivas objeto de subvención en la presente convocatoria son todas aquellas actividades que contribuyen al desarrollo deportivo del municipio potenciando, estimulando y favoreciendo la iniciativa ciudadana cuya ejecución tenga lugar entre el 1 de enero y el 21 de octubre del año 2019. El plazo para justificar finalizará el 31 de octubre de 2019.

Tercero: Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ núm. 99, de fecha 4 de mayo de 2016).

Cuarto: Importe.

El crédito para esta convocatoria será el previsto en el ejercicio presupuestario de 2019, y se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200.34100.4890100, cuya cantidad asciende a 350.000 euros (RC número 22019001134).

De conformidad con el artículo 58 del Reglamento que desarrolla la Ley General de Subvenciones, la referida cantidad podrá ampliarse hasta un límite de 50.000 euros de importe adicional, procedente del sobrante de la distribución de otras convocatorias de planes de la Sección de Promoción Cultural y Deportiva, destinada a subvencionar actividades.

Quinto: Plazo de presentación de solicitudes.

Las asociaciones o entidades deportivas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tengan su sede en municipios inferiores a 50.000 habitantes de la provincia de Zaragoza podrán formular su solicitud según el modelo establecido en el anexo 1, firmada por el/la presidente/a.

Cada beneficiario únicamente podrá presentar una solicitud, y la misma solo puede abarcar un evento o proyecto (este puede englobar varias actividades y conceptos).

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a esta convocatoria será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ, editado informativamente y de forma simultánea en la página web www.dpz.es. Las normas de la convocatoria junto con los anexos están disponibles en http://cultura.dpz.es y podrán consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Zaragoza, a 25 de febrero de 2019. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

 

 

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