BOP. 110    17/05/2019


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE PRESIDENCIA

Número de registro: 4187/2019

Materia: Empleo Público

Sección tercera

DECRETO 1433/2019.- CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN OFICIAL 1ª TALLER DE ALBAÑILERÍA

SECCIÓN TERCERA

Núm. 4.187

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE PRESIDENCIA

Esta Presidencia, por decreto núm. 1.433, de 10 de mayo de 2019, ha dispuesto aprobar el inicio del proceso de selección para la contratación de un oficial 1.ª taller de albañilería (nivel VI del convenio colectivo para el personal laboral de la DPZ), mediante un contrato de relevo a tiempo parcial (50%) hasta que su titular alcance la edad de jubilación reglamentaria, con sujeción a la siguiente

Oferta 

Primero. — Normas generales. 

1.1. Es objeto de la presente oferta y su consiguiente convocatoria la contratación de un oficial 1.ª taller de albañileria, nivel VI del convenio colectivo para el personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza, grupo de cotización 8 de la Seguridad Social, mediante un contrato de relevo a tiempo parcial (50%) hasta que el titular de la jubilación parcial alcance la edad de jubilación reglamentaria, cuyas funciones/tareas consistirán en:

Funciones básicas: 

1.    Siguiendo las instrucciones, y bajo la supervisión del encargado:

—Realizar el mantenimiento de los edificios provinciales, realizando tareas relacionadas con la reparación de cimientos construcción y/o remodelación de muros, pisos, techos, castillos, columnas, cerramientos, losas, albañales y otras obras de albañilería.

—Efectuar el trazado de ejes sobre el terreno, de acuerdo a los planos de construcción.

—Preparar las mezclas requeridas para el aplanado, pegado, etc., manualmente o con máquina. 

—Cortar los bloques, ladrillos,etc., de acuerdo con las medidas necesarias para formar claros de puertas, ventanas, etc.

—Verificar la verticalidad de las construcciones. 

—Efectuar el junteo en las uniones horizontales y verticales de los muros. 

—Informar, verbalmente o por escrito, sobre las actividades realizadas.

—Revestir y restaurar pisos, paredes y otras superficies y estructuras  de concreto dañadas.

—Preparar el material y las herramientas necesarias para la realización del trabajo.

—Limpiar y ordenar el área de trabajo y retira los residuos procedentes de su trabajo.

—Montaje y desmontaje de andamios y/o elementos auxiliares que precise para la realización de su trabajo. 

—Supervisar las tareas de uno o más oficiales de 2.ª y peones especialistas de albañilería.

—Utilizar correctamente los equipos de protección individual y colectivos, solicitando y usando los que precise para la realización del trabajo  encomendado; avisará al encargado cuando éstos estén deteriorados o no cumplan los requisitos exigidos.

2.    Ejecutar toda clase de muros, tabiques, forjados, arcos, bóvedas y trabajos similares relacionados con la albañilería, así como también los referentes a cubiertas, enfoscados y maestrados, colocación de miras, recibos de acero, reparación de solados y revocos.

3.    Sabrá asimismo realizar fabricas de ladrillos a cara vista, hornacinas, corridos, así como trabajos decorativos de yeso, ladrillo y cemento con terrajas, estando facultados para construir andamios sencillos.

4.    Mantenimiento de las cubiertas, tejados y terrazas de los edificios provinciales.

5.    Limpieza de canalones, claraboyas y tejas, así como sustitución y sujeción de las piezas en mal estado.

1.2. Los candidatos remitidos otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

Segundo. — Requisitos. 

Los requisitos necesarios para formar parte de los candidatos remitidos por el INAEM son los siguientes: 

a) Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar los cónyuges de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, así como los extranjeros con residencia legal en España. 

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 

c) Estar en posesión del certificado de escolaridad.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 

e) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza. 

f) No estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. 

g) Estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo o que tuviese concertado con Diputación Provincial de Zaragoza un contrato de duración determinada.

Los requisitos exigidos y anteriormente citados deberán reunirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y en el momento de formalización del contrato de trabajo.

Tercero. — Presentación de solicitudes. 

La selección de la plaza de oficial 1.ª taller de albañileria se gestionará a través de la Oficina de Empleo Centro de Zaragoza (sita en calle Doctor Cerrada, 3) mediante la correspondiente oferta de empleo. 

Los candidatos remitidos por el INAEM deberán presentar solicitud dirigida al ilustrísimo señor presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zaragoza en el Registro General de la Corporación (plaza de España, núm. 2), en horas hábiles de oficina, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta oferta en el BOPZ, debiendo acompañarse a la misma la siguiente documentación:

—Carta de presentación remitida por el INAEM.

—Fotocopia de la titulación requerida (Certificado de Escolaridad).

La presentación de la solicitud comportará que el interesado acepta los apartados de la oferta del presente proceso selectivo y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en el mismo.

Cuarto. — Comisión de selección. 

La selección de los candidatos remitidos por el INAEM, de conformidad con los artículos 29, procedimiento de contratación temporal, del convenio colectivo del personal laboral de la Diputación Provincial de Zaragoza y 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se efectuará por una comisión de selección que juzgará el ejercicio del proceso selectivo. Su composición será colegiada y deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, debiendo tener todos ellos categoría profesional igual o superior a la de la plaza convocada. 

Dicha comisión estará formada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario. 

La comisión de selección podrá solicitar la participación de los colaboradores y asesores, si así lo considera oportuno, necesarios para el desarrollo del ejercicio.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

La comisión de selección resolverá todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación de la oferta del proceso de selección, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo del ejercicio, tanto en lo que se refiere, si fuera necesario, a fijación de distintas sedes para su realización, como cualquier otra contingencia de carácter organizativo que pudiera surgir en el desarrollo del proceso selectivo. 

Los miembros del órgano de selección, y en su caso los colaboradores o asesores, percibirán las asistencias que regula el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, únicamente en el supuesto de que el referido proceso de selección se celebre fuera de la jornada laboral establecida con carácter general para los empleados públicos que integran la Diputación Provincial de Zaragoza.

Quinto. — Sistema de selección. 

El sistema de selección se efectuará mediante dos ejercicios, que serán eliminatorios y de realización obligatoria, que se valorarán con una puntuación máxima de 10,00 puntos cada uno de ellos, siendo la puntuación máxima del proceso selectivo de 20,00 puntos.

Primer ejercicio: Test de conocimiento: consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referidos con las funciones propias a desarrollar, definidas en el apartado 1.1 de la oferta y del temario  específico que figura en el anexo del presente proceso selectivo, a través de un cuestionario que adoptará la forma de test, con un máximo de cuarenta preguntas y con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sin penalización alguna.

Duración máxima del ejercicio: 45 minutos.

Dicho ejercicio se valorará de 0,00 a 10,00 puntos, siendo eliminados quienes obtengan una puntuación inferior a 5,00 puntos.

Segundo ejercicio: Supuesto/s teórico-práctico/s: realización de uno o varios supuestos prácticos, a propuesta del tribunal, relativos a las tareas propias de la función a desarrollar en el tiempo y forma que determine el tribunal.

Dicho ejercicio se valorará de 0,00 a 10,00 puntos, siendo eliminados quienes obtengan una puntuación inferior a 5,00 puntos.

Sexto. — Desarrollo del proceso, calificación final, propuesta de contratación y presentación de documentos. 

6.1. Desarrollo del proceso.

La relación de candidatos admitidos, la composición de la comisión de selección y la fecha de realización del primer ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios provincial.

El orden de actuación de los candidatos admitidos se efectuará por orden alfabético de apellidos.

En cualquier momento podrá requerir la comisión de selección a los candidatos para que acrediten su personalidad. Si durante el proceso de selección llegara a conocimiento de la comisión de selección que alguno de los candidatos no posee la totalidad de los requisitos exigidos en el presente proceso selectivo, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Presidencia de la Diputación Provincial, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el candidato en la solicitud de admisión  al presente proceso selectivo.  

Los candidatos serán convocados para la realización de los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en casos debidamente justificados y apreciados libremente por la comisión de selección. 

Los anuncios relativos al desarrollo del proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios del Palacio Provincial.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente: De 0,00 a 10,00 puntos cada ejercicio, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan la puntuación mínima de 5,00 puntos en cada uno de los ejercicios. 

La puntuación máxima del proceso selectivo será de 20,00 puntos.

La puntuación de cada candidato en los diferentes ejercicios será la suma de las calificaciones otorgadas por los miembros de la comisión de selección con derecho a voto que hubieren asistido a la sesión correspondiente.

A la vista de las calificaciones obtenidas en los ejercicios del proceso selectivo, los candidatos podrán solicitar la vista de los ejercicios, revisión del mismo o petición de aclaraciones sobre las puntuaciones otorgadas. Dichas peticiones solo se admitirán en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente en el que se publiquen los resultados obtenidos en el tablón de anuncios del Palacio Provincial. La comisión de selección se constituirá al efecto, facilitando la información requerida que estime pertinente. 

6.2. Calificación final.

La calificación final del proceso de selección para aquellos candidatos que hayan superado los dos ejercicios vendrá determinada por la suma de la calificación atribuida en cada uno de los ejercicios, ordenados de mayor a menor puntuación, lo que determinará el orden de puntuación definitivo. 

En el supuesto de empate en la suma de las calificaciones obtenidas por los candidatos, será criterio para dirimir el mismo el orden de llamamiento efectuado por orden alfabético de apellidos. 

6.3. Propuesta de contratación. Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección hará públicas en el tablón de anuncios del Palacio Provincial la relación de candidatos con la puntuación definitiva otorgada, ordenada de mayor a menor calificación final, y la propuesta de contratación a favor del/la candidato/a que haya obtenido la mayor calificación final, no pudiendo aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de candidatos al de plazas convocadas, quedando eliminados los restantes.

Cualquier propuesta de aprobación que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6.4. Presentación de documentos. El/la candidato/a propuesto/a por la comisión de selección presentará en el Servicio de Personal los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, que son los siguientes:

a) DNI vigente, o certificación en extracto de la partida de nacimiento

b) Titulación exigida en el apartado segundo de la oferta de requisitos necesarios.

c) Obtención, previa citación cursada por la Diputación Provincial de Zaragoza, del informe médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones del cargo, emitido y remitido al Servicio de Personal por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y Salud de la Diputación Provincial de Zaragoza. 

Si no presentara la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en el apartado 2, o el resultado del reconocimiento médico fuera de «no apto», no podrá ser nombrado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 

A la fecha de formalización del correspondiente contrato de trabajo deberán presentar en el Servicio de Personal los siguientes documentos acreditativos de los requisitos exigidos:

a) Cumplimentación de declaración por el interesado de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

b) Acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Aragón y del resto del ordenamiento jurídico.

c) Documento acreditativo de estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo a la fecha de formalización del contrato de trabajo.

Séptimo. — Formalización de contrato. 

Una vez finalizado el proceso selectivo, la Presidencia de la Diputación Provincial procederá al nombramiento correspondiente a favor del/la candidato/a propuesto/a, que deberá formalizar el correspondiente contrato de relevo a tiempo parcial (50%) hasta que el titular de la jubilación parcial alcance la edad de jubilación reglamentaria. Si, sin causa justificada, no se formalizara el correspondiente contrato por el/la candidato/a propuesto/a, se entenderá que renuncia a la plaza y al nombramiento efectuado. 

Octavo. — Lista espera. 

Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección confeccionará una lista de espera para la plaza objeto del presente proceso selectivo con todos aquellos candidatos que hayan aprobado el ejercicio no habiendo obtenido plaza, que se aplicará para los supuestos de renuncia, jubilación, incapacidad temporal, incapacidad permanente total o absoluta y fallecimiento del/la candidato/a seleccionado, aplicándose el mismo criterio para los sucesivos sustitutos de aquel en los que concurran las mismas situaciones, así como para la formalización de contratos de relevo para la plaza objeto del proceso selectivo de oficial 1.ª albañil. 

Asimismo se aplicará tanto para cubrir sustituciones en casos de situaciones de incapacidad transitoria como para la contratación por el concepto de acumulación de tareas cuando sea necesario, siempre dentro del período de vigencia de la lista de espera, que tendrá un plazo de vigencia de dos años, prorrogable por un año más previo acuerdo con el comité de empresa, sin perjuicio de que quede anulada por la publicación de nueva lista resultado de convocatoria de procedimiento selectivo que vendría a sustituir a aquella.

La lista de espera será aprobada por decreto de la Presidencia de la Corporación y se publicará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial y en el BOPZ.

Noveno. — Normas finales. 

Finalmente, con carácter general, el proceso resultante de la presente oferta genérica remitida al INAEM vincula a la Administración, a la comisión de selección y a quienes participen en el proceso selectivo, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, a 14 de mayo de 2019. — El presidente, Juan Antonio Sánchez Quero.

ANEXO

Temario

Tema 1. Organización y funcionamiento de la Diputación Provincial de Zaragoza (BOPZ núm. 231, de 6 de octubre de 2017).

Tema 2. La provincia de Zaragoza: conocimientos generales.

Tema 3. Materiales utilizados en construcción (hormigones, morteros, impermeabilizaciones, aplacados, solado, fabricas de ladrillo o bloque).

Tema 4. Maquinaria y herramientas de albañilería. Apeos en general.

Tema 5. Técnicas de albañilería. Construcciones en general (levantado de fabricas, guarnecidos, tendidos de yeso negro y blanco, alicatados, solados, etc).

Tema 6.  Tabiques y muros: tipos de construcción.

Tema 7. Morteros.

Tema 8. Hormigones: tipos y características.

Tema 9. El yeso: su manipulación.

Tema 10. Trabajos en altura, escaleras y andamios. Montaje de andamios y medidas de protección colectivas en una obra.

Tema 11. Gestión de residuos de construcción y demolición.   

Tema 12. Organización del trabajo: planificación, supervisión de tareas y resultados. Control de calidad.

Tema 13. Trabajo en equipo y organización de los equipos de trabajo. 

Tema 14. Prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción. Medidas sanitarias e higiénico sanitarias: normativas aplicables y vigilancia de su cumplimiento. 

Tema 15. Equipos de protección individual necesarios en cada fase de la obra.

Tema 16. La igualdad genero: Conceptos y normativa.

 

 

 

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