BOP. 277    02/12/2019


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE MALLÉN

Número de registro: 10273/2019

Materia: Empleo Público

Sección sexta

RECTIFICACIÓN DE LAS BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA PERSONAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES

SECCIÓN SEXTA

CORPORACIONES LOCALES

Núm. 10273

AYUNTAMIENTO DE MALLÉN

En el BOPZ número 262, de 14 de noviembre de 2019, se publicaron las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa para personal de limpieza de edificios municipales del Ayuntamiento de Mallén. Detectándose error en las bases de la convocatoria, el Alcalde aprobó mediante decreto lo siguiente:

Resuelvo

Primero. — Aprobar la rectificación de la bases para la creación de una bolsa de trabajo para personal de limpieza de edificios municipales,en el siguiente sentido:

En el apartado cuarto, «Solicitudes de las bases de la convocatoria»,

• Donde dice: 

4. A la solicitud se acompañará: 

«c) Justificante de ingreso de la cantidad de 5 euros en concepto de participación en procesos de selección de personal,»

• Debe añadirse: 

«Estarán exentas de la tasa de derechos de examen las personas en las que se den las siguientes causas: 

1. En aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figura como miembro de familia numerosa de categoría especial o general que tenga reconocida la condición referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el tablón municipal o boletín oficial correspondiente se aplicará una reducción sobre la tarifa del 100%. 

2. En aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figura como demandante de empleo con una antigüedad mínima de tres meses referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el tablón municipal o boletín oficial correspondiente se aplicará una reducción sobre la tarifa del 100%. Para la aplicación de la mencionada reducción, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el apartado anterior mediante la presentación de certificado de desempleo emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio de Empleo que corresponda. 

3. En aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el tablón municipal o boletín oficial correspondiente, se aplicará una reducción sobre la tarifa del 100%. Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de certificado de minusvalía expedido por organismo estatal o autonómico competente». 

Segundo. — Esta rectificación no modifica el final del plazo de presentación de solicitudes, que sigue siendo el 4 de diciembre.

Si algún interesado ha pagado la tasa sin tener que hacerlo, según esta rectificación puede solicitar la devolución. Esta no se practicará de oficio.

Tercero. — Publicar la rectificación de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el BOPZ y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mallén, en la dirección mallen.sedelectronica.

En Mallén, a 27 de noviembre de 2019. — El alcalde, Rubén Marco Armingol.

 

 

 

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