BOP. 37    15/02/2020


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE FIGUERUELAS

Número de registro: 1178/2020

Materia: Empleo Público

Sección sexta

CORRECCIÓN DE ERRORES ANUNCIO PUBLICADO EN B.O.P.Z. DE 8 DE FEBRERO DE 2020, RELATIVO A LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE TÉCNICO SUPERIOR DE EDUCACIÓN INFANTIL

SECCIÓN SEXTA

Núm. 1178

AYUNTAMIENTO DE FIGUERUELAS

Advertido error material en la convocatoria de una plaza de técnico superior de Educación Infantil, publicada en el BOPZ con fecha 8 de febrero de 2020, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a realizar la siguiente corrección:

Donde dice:

«Tema 22. La propuesta curricular (I). El proyecto educativo de centro: objetivos y finalidades. La programación en el primer ciclo de la educación infantil. Niveles de concreción del diseño curricular. Objetivos, contenidos y metodologías más adecuadas para los niños de cero a tres años. El marco normativo de la educación infantil: la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), y el Decreto 37/2008, de contenidos educativos del 1.º Ciclo de Educación Infantil. Las áreas del currículum en la Educación Infantil de primer ciclo: La Identidad y autonomía personal, el medio físico y social y la comunicación y representación».

Debe decir:

«Tema 22. La propuesta curricular (I). El proyecto educativo de centro: objetivos y finalidades. La programación en el primer ciclo de la educación infantil. Niveles de concreción del diseño curricular. Objetivos, contenidos y metodologías más adecuadas para los niños de cero a tres años. El marco normativo de la educación infantil: la Ley Orgánica 2/2006, de Educación (LOE), y la Orden de 28 de marzo de 2008 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el currículo de la Educación infantil y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón. Las áreas del currículum en la Educación Infantil de primer ciclo: La identidad y autonomía personal, el medio físico y social y la comunicación y representación».

Asimismo, de acuerdo con la resolución de la Alcaldía de fecha 11 de febrero de 2020, y para garantizar el derecho de participación de todos los posibles interesados, se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOPZ, estando disponible la documentación a presentar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Figueruelas: https://figueruelas.sedelectronica.es.

Figueruelas, a 11 de febrero de 2020. — El alcalde-presidente, Luis Bertol Moreno.

 

 

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