BOP. 202    02/09/2020


Entidad publicadora: MANCOMUNIDAD DE LA RIBERA BAJO HUERVA

Número de registro: 5879/2020

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE UNA PLAZA DE EDUCADOR/A GENERALISTA PARA IMPARTIR CLASES DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS, DURANTE EL CURSO 2020/2021

SECCIÓN SEXTA

Núm. 5879

MANCOMUNIDAD RIBERA BAJO HUERVA

La Mancomunidad Ribera Bajo Huerva anuncia la convocatoria para la selección por el sistema de concurso de una plaza de educador/a generalista de personas adultas en régimen laboral y temporal, con arreglo a las bases aprobadas por resolución de Presidencia.

María de Huerva, a 27 de agosto de 2020. — El presidente, Julio Manuel Conde Alcón.

ANEXO

Bases para la provisión mediante concurso de una plaza

de educador/a generalista para impartir clases de educación de personas adultas

durante el curso 2020-2021

Primera. — Es objeto de estas bases la selección por sistema de concurso de un educador generalista de personas adultas, a jornada completa, según convenio de esta Mancomunidad con Diputación Provincial de Zaragoza, con especialidad de generalista en régimen laboral y temporal para el curso escolar 2020-2021. El plazo de duración contractual termina el 30 de junio de 2021. La contratación estará en todo caso condicionada a la concesión de la subvención otorgada por la Diputación Provincial de Zaragoza.

Segunda. — La realización de actividades de educación de adultos se inscribe en el Plan Provincial de Educación de Adultos que para el curso 2020-2021 convoca la Diputación Provincial de Zaragoza, por lo que el profesorado se adscribirá a dicho Plan en las tareas educativas, así como en la coordinación, seguimiento, evaluación y perfeccionamiento docente; le será de aplicación la normativa vigente del Departamento de Educación y Ciencia por su adscripción al CPEA «Ricardo Sola Almau», de Cariñena, desarrollando su actividad en los municipios de esta Mancomunidad en los que se desarrolla la actividad de educación de personas adultas.

Tercera. — Podrán presentarse a la convocatoria aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:

—Ser español o nacional de cualquiera de los miembros de la Unión Europea.

—No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal cumplimiento de las funciones propias de su puesto.

—No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración Pública, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni haber sido despedido por despido disciplinario laboral procedente.

—Estar en posesión del título de diplomado, licenciado o graduado universitario en educación según baremo adjunto, o diplomado o licenciado en otras disciplinas en cuyo caso es obligatorio disponer del CAP (Certificado de Aptitud Pedagógica) o MUP (Máster Universitario de Profesorado).

—Aceptar las bases de la convocatoria y comprometerse a desarrollar las
funciones y tareas propias de esta plaza.

Cuarta. — Las funciones a desarrollar serán las siguientes:

—Actividades docentes de formación académica.

—Actividades de dinamización sociocultural.

—Actividades de programación, organización, gestión, seguimiento y evaluación del Plan de Adultos.

—Realización de todas aquellas actividades que se desarrollan en el marco
relacional que une a las aulas de Adultos de los municipios con los Centros Públicos de EPA (organización educativa, planificación de actividades, evaluación, formación del profesorado, asistencia a claustros, participación en los órganos de gobierno, etc.)

Quinta. — La contratación del profesorado se extenderá durante el curso
2020-2021, desde la fecha de contratación hasta el 30 de junio de 2021, de acuerdo al calendario escolar provincial aprobado por la Dirección Provincial de Educación.

Sexta. — El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar del siguiente de su publicación en el BOPZ. La documentación e instancias se presentarán en el Registro de la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva (sito en avenida de Goya, número 3, de María de Huerva), en horario de 10:00 a 14:00 horas, o por los restantes medios previstos en la Ley 39/2015.

La documentación a presentar será la siguiente:

—Instancia, según modelo anexo, dirigida al señor presidente de la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva solicitando la plaza.

—Currículum vítae del aspirante.

—Fotocopia de DNI.

—Fotocopia del permiso de conducir tipo b) y disposición de vehículo para desplazamiento a los distintos municipios de la Mancomunidad, dadas las necesidades de la plaza a cubrir. Condición indispensable y obligatoria.

—Fotocopia de los títulos académicos.

—Certificado de los méritos de formación.

—Certificado de los méritos profesionales.

—Proyecto educativo, de carácter obligatorio. Su falta de presentación será
motivo de exclusión del concurso.

No serán tenidos en cuenta los méritos alegados sin el suficiente respaldo
documental. Las fotocopias de los méritos alegados se presentarán debidamente compulsadas.

Séptima. — Para valorar los méritos de los aspirantes se constituirá un tribunal al efecto, formado por:

• El secretario de uno de los municipios integrantes de esta Mancomunidad
donde se presta el servicio, que actuará como presidente del tribunal.

• Un funcionario de habilitación estatal con ejercicio en uno de los municipios integrantes en la Mancomunidad.

• El director del CPEA Ricardo Sola Almau o persona del equipo directivo en quien delegue.

• Un funcionario de la Diputación Provincial de Zaragoza.

• El secretario de la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva, que actuará como
secretario del tribunal.

Octava. — El tribunal se constituirá en la sede de la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva el día que se señale al efecto, procediendo a la valoración de los méritos alegados y documentalmente justificados de los aspirantes, de acuerdo con el baremo que se indica en la base siguiente.

El tribunal declarará elegido al aspirante que obtenga mayor puntuación, y elevará a la Presidencia propuesta para su contratación. Asimismo, se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, la relación de aspirantes por orden de la puntuación obtenida para la plaza convocada.

En el supuesto de que por cualquier razón no pudiese efectuarse la contratación del aspirante propuesto, la Presidencia declarará elegido al siguiente aspirante de la lista con la puntuación final confeccionada por el tribunal, y así sucesivamente.

Novena. — Los méritos y capacidades de los aspirantes serán valorados con el siguiente baremo. Para que la elección sea efectiva no puede sacarse 0 puntos en ninguno de los tres apartados A, B y C.

Baremo

A) Titulación y formación (máximo 4 puntos):

1. Titulación:

Diplomado en EGB o Magisterio    1 punto

Diplomatura en Educación Social    1 punto

Licenciatura en Pedagogía    1 punto

Licenciaturas o diplomaturas en otras disciplinas    0,5 puntos

2. Formación (se valorará solamente la impartida por las Administraciones Públicas y centros homologados).

2.1. Formación del profesorado relacionada con la educación de personas adultas. Por cada curso o seminario:

—De 30 a 100 horas    0,1 puntos

—De 101 a 200 horas    0,2 puntos

—De 201 a 300 horas    0,3 puntos

—Más de 301 horas    0,4 puntos

2.2. Por cada curso o seminario relacionado directamente con aspectos educativos o socioculturales:

—De 100 a 200 horas    0,1 puntos

—De 201 a 300 horas    0,2 puntos

—De 301 horas a 400 horas    0,3 puntos

—Más de 401 horas    0,4 puntos

No serán objeto de valoración los cursos o seminarios con número de horas inferior a las señaladas en los apartados 2.1 y 2.2 como mínimas.

B) Experiencia profesional (máximo 4 puntos):

1. En educación de personas adultas:

• Experiencia docente dentro del Plan Provincial de Educación de Adultos (máximo 2 puntos):

—Por cada curso completo    0,2 puntos

—Por cada curso incompleto (menos de nueve meses)    0,05 puntos

• Otras experiencias docentes en educación de adultos en centros reconocidos oficialmente (máximo 1 punto):

—Por cada curso completo    0,1 puntos

—Por cada curso incompleto    0,03 puntos

2. Otras experiencias educativas:

• Experiencia docente en otros campos educativos en centros reconocidos
oficialmente (máximo 1 punto):

—Por cada curso completo    0,05

—Por cada curso incompleto    0,025

C) Diágnostico y proyecto (máximo 6 puntos):

—Análisis de la realidad    Hasta 1 punto

—Necesidades educativas detectadas    Hasta 1 punto

—Proyecto educativo    Hasta 4 puntos

Conforme lo establecido en la base sexta la no presentación del proyecto educativo será motivo de exclusión.

D) Titulación y formación «Curso de Administración Aula Mentor»:

Dadas las características del funcionamiento de las Aulas Mentor en los municipios de esta Mancomunidad en las que se presta el servicio de educación de personas adultas, se considera conveniente que los aspirantes dispongan y lo justifiquen documentalmente, de título del Curso de Administrador Aula Mentor, cuya posesión se valorara con 2 puntos.

Total máximo apartados A, B, C y D: 16 puntos.

Nota. — En el supuesto de que varios aspirantes obtuviesen el total máximo de puntuación, se volverá a revisar la documentación, sin tener en cuenta el máximo establecido en cada apartado, realizando la selección por el total de la puntuación obtenida.

Décima. — El resto de aspirantes no propuestos para la plaza formarán parte de una bolsa de trabajo para futuras contrataciones temporales por motivos de bajas u otras circunstancias, que puedan producirse en el presente servicio, ordenándose según la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

Durante la vigencia de la bolsa de empleo, la Mancomunidad contactará con las aspirantes por el orden en que figuren en ese momento en la bolsa mediante localización telefónica en horario de 8:00 a 13:00 horas.

Cuando no se consiga comunicación con el interesado, pero hubiera sido atendida la llamada por distinta persona o se hubiese dejado mensaje en contestador telefónico, se esperará hasta las 15:00 horas de la misma jornada para que el aspirante responda al llamamiento. Transcurrido ese plazo sin que el interesado haya establecido contacto, se procederá al llamamiento del siguiente candidato.

En el caso de no conseguirse ningún tipo de comunicación con el candidato, se realizarán al menos dos llamadas más con un intervalo de dos horas a lo largo de la misma jornada. En el supuesto de no lograrse tampoco comunicación se procederá a llamar al siguiente candidato.

Los candidatos no localizados por los sistemas anteriores permanecerán en su correspondiente orden en la lista de espera. Deberá hacerse constar en el expediente diligencia en la que se refleje la fecha y horas de las llamadas telefónicas, así como la identificación de la persona que la recibe y respuesta recibida. No obstante, si no se lograra comunicación con el candidato en el siguiente nuevo llamamiento, supondrá para el candidato pasar al último lugar de la bolsa.

Los candidatos localizados deberán comunicar por escrito al día siguiente día de su localización su aceptación o renuncia a la oferta recibida. Si en su renuncia acreditaran documentalmente que esta se produce por encontrarse en situación de enfermedad, maternidad, cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, por razón de violencia de género, por encontrarse trabajando en momento del llamamiento o por ejercer cargo público o estar dispensado sindicalmente, quedarán en situación de no disponibilidad en la lista, hasta que por parte de estos se comunique la finalización de la causa que dio origen a la suspensión, en cuyo caso se variará su situación en la bolsa a la situación de disponible, permaneciendo en la lista de espera en el mismo puesto que ostentaren en el momento en que se comunicó la situación de no disponibilidad.

Serán causas de exclusión de la bolsa de trabajo:

a) La no aportación, en su caso, de documentación que pueda ser requerida al aspirante.

b) No comparecer a la toma de posesión dentro del plazo establecido en estas bases.

c) No someterse a reconocimiento médico o no superarlo por obtener la calificación de «no apto».

La exclusión de un integrante de la bolsa deberá serle notificada por escrito. La no aceptación de la propuesta de trabajo ofertada mediante llamamiento sin concurrir alguna de las causas de no exclusión supondrá para el afectado pasar al último lugar de la bolsa.

Los candidatos que sean contratados interinamente mantendrán su puesto en la bolsa de empleo. Para la correcta localización de los candidatos, los integrantes de la Bolsa están obligados a comunicar por escrito cualquier variación en su número de teléfono señalado en su instancia, ya que de lo contrario quedarán ilocalizados.

Una vez el candidato localizado ha manifestado su aceptación a la oferta recibida, deberá aportar en el plazo de cinco días naturales la documentación establecida en la cláusula décima.

La constitución de la bolsa de trabajo no crea derecho alguno a favor de sus
integrantes, salvo la de su llamamiento para nombramiento como personal laboral temporal que en su caso proceda por el orden establecido, y siempre que se den
alguna de las circunstancias para las que se ha constituido esta bolsa.

Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, en caso de tratarse de prestaciones de servicios urgentes, se hará un único intento de comunicación o aviso. En estos supuestos, la oferta habrá de ser aceptada o rechazada en el mismo momento en que se realiza. En el caso de no lograrse el contacto se dará traslado de la oferta, sin más trámite, a la siguiente persona de la lista por orden de clasificación.

La bolsa de trabajo tendrá vigencia hasta tanto no se agote o se constituya un nueva y anularará las anteriores si las hubiera.

Undécima. — De acuerdo con la noramtiva vigente en materia de protección de datos personales, informamos a todos los interesados en participar en esta convocatoria que, de los datos personales facilitados a través de la instancia, podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, dirigiéndose a la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva, plaza de España, 1, 50430 María de Huerva (Zaragoza).

Duodécima. — En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en las citadas Leyes 39/2015 y 40/2015; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y resto de normativa de aplicación. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas en el BOPZ. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. 

Lo que se hace público para general conocimiento.

María de Huerva, a 27 de agosto de 2020. — El presidente, Julio Manuel Conde Alcón.

ANEXO

Modelo de solicitud

Don ……, mayor de edad, con DNI número ……, con domicilio en ……, calle ……, número ……, y teléfono de contacto ……

Expone: Que habiendo sido convocado concurso para la contratación de un
educador/a generalista de personas adultas en régimen laboral y temporal, a jornada completa, para el curso escolar 2020-2021.

Manifiesta: Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las
bases de la convocatoria, aceptando las mismas y comprometiéndose a desarrollar las funciones y tareas propias del puesto de trabajo.

Solicita: Que tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo
concedido al efecto y, en consecuencia, sea admitido para tomar parte del concurso indicado.

En ……, a …… de …… de 2020.

Sr. presidente de la Mancomunidad Ribera Bajo Huerva.

 

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