BOP. 13    18/01/2021


Entidad publicadora: DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA (DPZ).- ÁREA DE CIUDADANÍA

Número de registro: 333/2021

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección tercera

BDNS (IDENTIF.): 544609.- EXTRACTO CONVOCATORIA CONCESIÓN DEL I PREMIO A LAS MEJORES CREACIONES DE ARTES ESCÉNICAS REPRESENTADAS EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA DURANTE LOS AÑOS 2019 Y 2020

SECCIÓN TERCERA

Núm. 333

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

ÁREA DE CIUDADANÍA

Extracto del decreto núm. 2020-3083, de fecha de 18 de diciembre de 2020, de la Presidencia por el que se aprueba la concesion del «I Premio a las mejores creaciones de artes escénicas representadas en la provincia de Zaragoza durante los años 2019 y 2020».

BDNS (Identif.): 544609.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/544609).

Primero. — Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de los premios que se convocan todas aquellas empresas y/o profesionales que se dediquen a la producción de espectáculos o de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo, con sede social en Zaragoza capital o provincia, y que tengan en su repertorio algún espectáculo producido por ellos y representado en al menos tres municipios distintos de la provincia de Zaragoza durante los años 2019 y 2020, excluida Zaragoza capital, y que cuenten con el correspondiente certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

El Servicio de Cultura constatará el cumplimiento de este requisito (sean empresas y/o profesionales que se dediquen a la producción) mediante la comprobación del objeto social descrito en la escritura de constitución y a través del censo de actividades). 

Las empresas o profesionales deberán encontrarse inscritas en situación de alta en el censo de empresarios y tener como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las referidas artes escénicas. 

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria de premios los peticionarios que ostenten la forma jurídica de entidad sin ánimo de lucro, y asociaciones de profesionales o empresas, así como las personas físicas. 

Segundo. — Finalidad.

Estos premios se crean con el objetivo de incentivar la creación y la valoración de las artes escénicas en el ámbito de la provincia de Zaragoza, así como para reconocer el esfuerzo y la calidad de las artes escénicas producidas en el panorama zaragozano.

Por ello, Diputación Provincial de Zaragoza convoca estos premios, pensados para reconocer la labor de aquellas empresas que por su naturaleza han podido tener un mayor quebranto por los efectos de la pandemia del COVID-19, reconociendo por tanto su importancia en el tejido económico de la provincia de Zaragoza y de la vida cultural en los municipios zaragozanos. 

Dada la amplia naturaleza de las representaciones en artes escénicas, se repartirán diez premios divididos en las siguientes modalidades.

—Modalidad Danza.

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 4.000 euros.

—Modalidad Teatro Clásico.

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 4.000 euros.

—Modalidad Teatro Contemporáneo.

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 4.000 euros.

—Modalidad Teatro Infantil y Familiar.

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 4.000 euros.

—Modalidad Circo y Clown.

Primer premio: 6.000 euros.

Segundo premio: 4.000 euros.

Tercero. — Bases reguladoras.

Ordenanza General de subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, publicada en el BOPZ núm. 99, de fecha 4 de mayo de 2016.

Cuarto. — Importe.

El referido gasto por importe de 50.000 euros se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria 32200/33400/481.00.00 del presupuesto de 2021 del Servicio de Cultura de la Diputación Provincial de Zaragoza (informe 2021/12 Servicio Estudios Económicos y Financieros).

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPZ. 

Las solicitudes y todos los documentos que deban acompañarse a la misma deberán presentarse obligatoriamente de forma electrónica, a través del certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, en sede electrónica de la Diputación Provincial de Zaragoza o bien en cualesquiera de los registros electrónicos de otras Administraciones Públicas u organismos públicos de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del certificado de representante de persona jurídica emitido por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.

Zaragoza, 18 de diciembre de 2020. — El predidente, Juan Antonio Sanchez Quero.

 

 

 

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