BOP. 43    23/02/2021


Entidad publicadora: ZARAGOZA DINÁMICA. (INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA)

Número de registro: 1570/2021

Materia: Empleo Público

Sección quinta

BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL NO PERMANENTE PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL, MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS, DE UN PUESTO DE PROFESOR/A DE SOLDADURA PARA IMPARTICIÓN DE CURSOS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO 2020/21 DIRIGIDO A JÓVENES INSCRITOS EN GARANTÍA JUVENIL, CON CATEGORÍA PROFESIONAL DE PROFESOR

SECCIÓN QUINTA

Núm. 1570

ZARAGOZA DINÁMICA

INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO

Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA

ASESORÍA JURÍDICA

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2021 de la Vicepresidencia del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica) por la que se convoca proceso de selección de un profesor de soldadura.

Primero. — Aprobar el inicio de un proceso de selección de personal de manera urgente para cubrir un puesto de profesor de soldadura ante el próximo inicio del curso subvencionado por el INAEM, mediante resolución de su director gerente de 28 de enero de 2021, perteneciente a la convocatoria de Formación para el Empleo de Garantía Juvenil 2020-2021.

Segundo. — Encomendar de forma excepcional al Instituto Aragonés de Empleo para que lleve a cabo la selección de un profesor de soldadura.

El Instituto Aragonés de Empleo, terminada la selección, propondrá los candidatos a cubrir el puesto y Zaragoza Dinámica, a través de una comisión de selección, valorará los méritos de los candidatos; posteriormente formarán parte de una bolsa de empleo que se gestionará de acuerdo con las instrucciones del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza por la que se articulan los criterios para la gestión de las bolsas de empleo aprobadas mediante resolución de la M.I. Vicepresidencia de fecha 16 de mayo de 2009.

Tercero. — Aprobar las bases para la selección de personal no permanente para la provisión temporal mediante concurso de méritos de un puesto de profesor/a de soldadura para la impartición de cursos del programa de Formación para el Empleo 2020-2021 dirigido a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, con categoría profesional de profesor (grupo Cl-20, estrato 5002), según convenio del organismo autónomo local Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), con relación laboral temporal con contrato de obra y servicio y dotado del sueldo, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente, a lo señalado en el convenio colectivo de aplicación, y a lo que en cada momento prevea el presupuesto que se encuentre en vigor.

Cuarto. — Existe crédito para sufragar el coste de contratación relativo a este expediente en el capítulo I del presupuesto prorrogado de gastos de 2021 del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza.

I. C. de Zaragoza, a 17 de febrero de 2021. — El secretario, P.D. de 2 de marzo de 2018: El asesor jurídico de Zaragoza Dinámica, Santiago Oliván Bauluz.

ANEXO

Bases de la convocatoria para la provisión temporal

de un puesto de trabajo de profesor soldador para el programa

de Formación para el Empleo dirigido a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

1.ª Normas generales.

1. Es objeto de la presente convocatoria la selección de personal no permanente para la provisión temporal mediante concurso de méritos de un puesto de profesor/a de soldadura para la impartición de cursos del programa de Formación para el Empleo 2020-2021 dirigido a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, con categoría profesional de profesor (grupo Cl-20, estrato 5002), según convenio del organismo autónomo local Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), con relación laboral temporal con contrato de obra y servicio y dotado del sueldo, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias que correspondan con arreglo a la legislación vigente, a lo señalado en el convenio colectivo de aplicación, y a lo que en cada momento prevea el presupuesto que se encuentre en vigor.

2. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso de méritos.

3. De acuerdo con los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo la exposición en el tablón de anuncios de este organismo autónomo ubicado en calle Albareda, 4, 50004 Zaragoza, y en la página web www.zaragozadinámica.es.

4. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 7/1999 de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y las Instrucciones para la gestión de las bolsas de empleo de este organismo autónomo aprobadas por resolución de la M.I. Vicepresidencia de 11 de noviembre de 2009; la vigente Instrucción General para la gestión de la bolsa de empleo, así como para la selección y cese de personal no permanente del Ayuntamiento de Zaragoza y demás normativa vigente de aplicación.

5. Los aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en la materia.

2.ª Funciones del puesto de trabajo.

Las funciones del puesto son las que corresponden con la impartición y evaluación de las acciones formativas programadas tal y como se detallan a continuación.

2.1. Funciones docentes.

• Ejecutar el planning del curso, los materiales didácticos y la documentación para el alumno.

• Elaborar y aplicar los instrumentos de evaluación del aprendizaje.

• Desarrollar e impartir los contenidos teóricos y prácticos del curso de acuerdo al programa.

• Organizar y supervisar las tareas prácticas.

• Crear en el aula un buen clima para el aprendizaje y fomentar la participación de los alumnos.

• Velar por la seguridad de los alumnos, el uso correcto de las instalaciones y el cumplimiento de las normas de seguridad laboral.

• Realizar el seguimiento y control personalizado del alumno en el curso. Elaborar la documentación de seguimiento y registro docente.

• Mantener en perfecto estado las instalaciones y equipamientos asignados.
Colaborar en la gestión de compras de los materiales de consumo del curso.

2.2. Ámbitos formativos programados.

• Certificado profesional soldadura con electrodo revestido y TIG (FMEC0110).

3.ª Requisitos de los aspirantes.

• Para ser admitido al proceso selectivo, los candidatos deberán reunir los
siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: Ser español o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, así como los extranjeros con residencias legal en España.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de uno de estos requisitos:

—Técnico Superior de la Familia de Fabricación Mecánica o equivalente con un año de experiencia profesional acreditada.

—Certificado de Profesionalidad de nivel 3 en la familia de fabricación mecánica, área construcciones metálicas y con un año de experiencia profesional acreditada.

—Oficial 1.ª soldador acreditado con al menos cuatro años de experiencia en el campo profesional de la soldadura.

d) Estar en posesión del certificado de profesionalidad de Formador Ocupacional o formación equivalente en metodología didáctica de formación profesional para adultos. Estarán exentos de este requisito los Licenciados en Pedagogía, Psicopedagogía o Magisterio; los que posean el Certificado de Aptitud Pedagógica o de los títulos profesionales de Especialización Didáctica y el Certificado de Cualificación Pedagógica. Quienes acrediten la posesión del Máster Universitario habilitante para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas quienes acrediten experiencia docente contrastada de al menos 600 horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

f) No padecer enfermedad, defecto físico o limitación psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza.

g) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

h) Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.

i) Demás requisitos que le sean de aplicación establecidos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Todos los requisitos enumerados en esta base, así como las titulaciones y méritos alegados, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato de trabajo.

4.ª Presentación de solicitudes.

1. La selección se gestionará a través de la Oficina de Empleo Centro de Zaragoza (sita en calle Doctor Cerrada, 3), mediante la correspondiente oferta de empleo con una duración de tres días hábiles. Los candidatos convocados por el INAEM deberán presentarse en la Oficina de Empleo de Doctor Cerrada, 3, con la siguiente documentación:

• Fotocopia de la titulación y experiencia requerida para el acceso.

• Currículum vítae detallado de los méritos alegados y fotocopia acreditativa de los mismos. Los méritos alegados se entenderán referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de la solicitud. Aquellos méritos no justificados documentalmente no serán objeto de valoración.

La experiencia profesional se acreditará por los siguientes medios: copia de contratos de trabajo junto con informe de vida laboral emitido por los organismos competentes de la Seguridad Social; certificaciones administrativas —en caso de
servicios prestados en las Administraciones Públicas— expedidas por el secretario de la Administración, o por el órgano que, en su caso, ejerza dichas funciones, donde conste claramente la categoría profesional y la duración de la prestación de servicios; o por cualquier otro documento, expedido por la Administración en el que se refleje de forma fehaciente la experiencia profesional alegada y la duración de la misma.

En todo caso, cuando se aprecie discrepancia entre la categoría profesional reflejada en el contrato de trabajo registrado en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo o el certificado expedido por una Administración, y el grupo de cotización reflejado en el informe de vida laboral, se estará a lo indicado en el contrato o en el certificado administrativo.

La formación se acreditará por los candidatos mediante copia simple de los
diplomas/certificaciones de superación de los cursos. Las certificaciones de realización
de cursos solo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de las mismas, en caso contrario no se valorarán.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación; además se adjuntará al título su traducción jurada.

2. La presentación de la documentación comportará que el interesado acepta los apartados de la oferta del presente proceso selectivo y que, por tanto, reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en el mismo.

5.ª Comisión de selección.

Los candidatos remitidos por el INAEM serán valorados por una comisión de selección nombrada mediante resolución de la Vicepresidencia, que juzgará el proceso selectivo. Su composición será colegiada y deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, debiendo tener todos ellos categoría profesional igual o superior a la de la plaza convocada.

Dicha comisión estará formada por un presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario.

La pertenencia a la comisión de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

La comisión de selección podrá solicitar la participación de colaboradores y asesores, si así lo considera oportuno.

La comisión de selección resolverá todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación del proceso de selección, quedando facultada para adoptar todas aquellas determinaciones que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo.

6.ª Estructura del proceso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará a través del sistema de concurso de méritos, en el que serán objeto de valoración los que a continuación se indican.

6.1. Experiencia.

Se valorará el tiempo de trabajo profesional desempeñado tanto en actividades relaciones con la ocupación como con la docencia en los siguientes ámbitos hasta un máximo de 30 puntos y con los criterios que se indican.

Los ámbitos de experiencia tienen el carácter de excluyentes, en el sentido de no poder computarse el mismo tiempo en ambos.

6.1.1. Experiencia profesional.

Dentro de la experiencia profesional se valorará la experiencia acreditada en el desempeño de una ocupación que esté relacionada con: Soldadura con electrodo revestido y TIG, soldadura en aluminio, soldadura en acero inoxidable y al carbono, soldadura autógena, soldadura semiautomática, soldadura de tuberías, construcciones metálicas, forja y cerrajería, calderería.

Será equiparable la experiencia como autónomo siempre que la actividad
profesional en la que hubiese estado de alta se corresponda con las ocupaciones antes indicadas.

Se asignará una puntuación de 0,10 puntos por mes trabajado, hasta una
puntuación máxima de 15 puntos en este apartado.

6.1.2. Experiencia docente.

Dentro de este apartado se computará la experiencia acreditada en la impartición de formación en la familia profesional de Fabricación Mecánica. Esta experiencia deberá acreditarse a través de certificado expedido por la entidad formativa en la que la acción hubiese sido impartida, donde se identifique la acción formativa y el número de horas.

Por cada hora se asignará una puntuación de 0,10 puntos, hasta una puntuación máxima de 15 puntos.

6.2. Titulaciones académicas.

Se valorarán las titulaciones de la formación reglada pertenecientes a la misma familia profesional que la acción formativa a impartir y distintas del requisito exigido para el acceso se valorarán hasta un máximo de 5 puntos y conforme al siguiente baremo:

• Máster oficial aportado junto a una licenciatura o grado: 1,75 puntos.

• Licenciado o grado: 1,5 puntos.

• Diplomado: 1,25 puntos.

• Técnico Superior: 1 punto.

• Técnico Medio: 0,75 puntos.

• Certificado de profesionalidad nivel 3: 0,75 puntos.

6.3. Formación complementaria.

Se valorarán cursos oficiales de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con el puesto de trabajo a desempeñar y hasta un máximo de 15 puntos. La valoración se efectuará atendiendo al número total de horas de formación a razón de 0,01 puntos por hora de formación y relacionadas con los siguientes bloques temáticos:

• Cursos relacionados con las diferentes técnicas y modalidades de soldadura; Soldadura con electrodo revestido y TIG, soldadura en aluminio, soldadura en acero inoxidable y al carbono, soldadura autógena, soldadura semiautomática.

• Cursos relacionados con soldadura de tuberías, construcciones metálicas,
forja y cerrajería, calderería.

• Cursos de dibujo técnico o delineación.

• Cursos de temática relacionada con la gestión de grupos o gestión de actividades de tiempo libre, asociativas y/o deportivas de equipo.

• Cursos relacionados con la gestión de la formación.

• Cursos de prevención de riesgos laborales.

• Curso de formación de formadores o relacionado con metodología didáctica.

Los méritos de formación se valorarán si esta ha sido impartida por una Administración Pública o por Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos.

No se considerarán los cursos de duración inferior a diez horas ni las titulaciones académicas oficiales o cualificaciones profesionales que se valoran en apartado anterior ni las asignaturas que forman parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.

7.ª Calificación final.

Una vez finalizada la valoración de méritos la comisión de selección determinará la puntuación total mediante la suma de las calificaciones obtenidas cada apartado y cuya puntuación máxima, no superará los 50 puntos.

En el supuesto de empate en las calificaciones obtenidas por los candidatos, serán criterios para dirimir el desempate y por este orden la mayor valoración obtenida en los apartados experiencia docente y de experiencia laboral de la fase de concurso. Si persiste el empate, la comisión de selección podrá establecer una prueba adicional de contenido teórico o práctico relacionado con las funciones del puesto.

8.ª Propuesta de contratación.

Finalizado el proceso selectivo, la comisión de selección hará pública en el tablón de anuncios de este organismo autónomo y en la página web www.zaragozadinámica.es la relación de candidatos con la puntuación definitiva otorgada, ordenada de mayor a menor, y la propuesta de contratación a favor del o los candidatos que hayan obtenido la mayor calificación final en número igual al de plazas convocadas.

9.ª Aportación de documentación.

El candidato propuesto deberá aportar en la Gerencia del Instituto, tras la publicación de la resolución de propuesta de contratación, los documentos acreditativos originales de los méritos aportados y del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como de aquella otra documentación complementaria, necesaria para formalizar la contratación y que se le indicará.

Si el candidato propuesto no presentase la documentación exigida en el plazo máximo de tres días, este no podrá ser contratado quedando anuladas todas sus actuaciones y decayendo en su derecho, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

10.ª Lista de espera.

Tras la valoración de los méritos de los aspirantes participantes en el proceso de selección, se constituirá una lista de espera con un orden de prelación de aquellos candidatos que hayan superado el 50% de la puntuación total (25 puntos) y que al menos el 60% de esa puntuación corresponda al ámbito de la experiencia (entre profesional y docente). Su gestión se realizará de conformidad con lo establecido en las instrucciones que regulan el funcionamiento de las bolsas de empleo de Zaragoza Dinámica.

11.ª Normas finales.

Finalmente, con carácter general, el proceso resultante de la presente oferta genérica remitida al INAEM vincula a la Administración, a la comisión de selección y a quienes participen en el proceso selectivo, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión de selección podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

12.ª Terminología de género.

Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de estas bases se considerarán alusivas al femenino y masculino indistintamente.

13.ª Protección de datos.

De acuerdo a la normativa de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos de carácter personal por usted facilitados para su participación como aspirante a un proceso selectivo del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, le informamos que:

• El responsable del tratamiento es el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, con dirección en calle Albareda, núm. 4, 2.ª planta, 50004 Zaragoza (lopd@zaragozadinamica.es).

• La finalidad es gestionar la solicitud y posterior participación en el proceso selectivo por usted solicitado, y que es organizado por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, lo cual no podrá llevarse a cabo sin sus datos personales.

• La licitud para el tratamiento de sus datos personales se encuentra en el
artículo 6.1 a) del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea,
que indica que será lícito el tratamiento de los datos cuando: «el/la interesado/a dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios
específicos. El/la interesado/a da consentimiento con la firma de la instancia general».

Así, como el artículo 6.1 c) del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, que indica que será lícito cuando: «el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Dicha obligación legal se recoge en la normativa aplicable expuesta expresamente en cada base específica de la convocatoria».

De la misma forma que se indica en el artículo 6.1 e) Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea, que indica que será lícito cuando: «el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, conforme establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto legislativo 5/2015, 30 de octubre, texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público».

Los destinatarios de los datos de carácter personal aportados por usted se comunicarán tal y como se establece a continuación: su nombre y apellidos, si ha sido admitido o no a dicho proceso selectivo, el motivo de su exclusión, los resultados/notas de las distintas fases y ejercicios del proceso selectivo y su nota final, incluyendo su situación de aprobado o suspendido, podrán ser publicados en:

• El tablón de anuncios situado en el edificio del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (calle Albareda, 4, 2.ª planta, 50004 Zaragoza), conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• En el sitio web https://web.zaragozadinamica.es/, de conformidad con lo establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• En el BOPZ, de conformidad con lo establecido por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se prevén transferencias internacionales.

Los datos de carácter personal aportados por usted serán conservados como mínimo el tiempo necesario para atender posibles reclamaciones y recursos del
proceso selectivo.

El órgano responsable del tratamiento y ante el que podrá ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición en el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, con dirección en calle Albareda, 4, 2.ª planta, 50004 Zaragoza (lopd@zaragozadinamica.es).

Si el/la interesado/a lo solicita, Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza le facilitará el formulario correspondiente para ejercer cualquiera de sus derechos.

Todos/as aquellos/as interesados/as que no hayan obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos podrán presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

 

 

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