BOP. 45    25/02/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ALAGÓN

Número de registro: 1697/2021

Materia: Empleo Público

Sección sexta

CORRECCIÓN DE ERRORES ANUNCIO PUBLICADO EN B.O.P.Z. DE 12 DE FEBRERO DE 2021 RELATIVO A LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE ADMINISTRATIVOS

SECCIÓN SEXTA

Núm. 1697

AYUNTAMIENTO DE ALAGÓN

Advertido error material en el anuncio publicado en el BOPZ con fecha 12 de febrero de 2021, relativo a la publicación de las bases reguladoras de la convocatoria para creación de una bolsa de trabajo de administrativos, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación del temario incluido en el anexo II:

Donde dice:

«Tema 42: La red Internet. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Administración electrónica y servicios al ciudadano. Ley Orgánica 15/199, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal».

Debe decir:

«Tema 42. La red Internet. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Administración electrónica y servicios al ciudadano. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales».

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponerse el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Alagón, a 22 de febrero de 2021. — El alcalde, Pascual José Embid Bolea.

 

 

 

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