BOP. 119    28/05/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LÉCERA

Número de registro: 5154/2021

Materia: Empleo Público

Sección sexta

CORRECCIÓN ERROR MATERIAL ANUNCIO PUBLICADO EN B.O.P.Z. DE FECHA 15.05.2021, RELATIVO A BASES CONVOCATORIA PARA LA ELABORACIÓN DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE LIMPIADORES/AS

SECCIÓN SEXTA

Núm. 5154

AYUNTAMIENTO DE LÉCERA

Resolución de Alcaldía

Advertido error material en el anuncio publicado en el BOPZ con fecha 15 de mayo de 2021, núm. 108, relativo a la publicación de las bases de convocatoria para la elaboración mediante concurso de méritos, de una bolsa de empleo al objeto de cubrir con carácter temporal vacantes, sustituciones transitorias, permisos o necesidades temporales del personal laboral con la categoría de limpiadores/as del Ayuntamiento de Lécera, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación del tribunal incluido en la cláusula séptima de las bases:

Donde dice:

«Presidente: Don Jorge Baquero Lahoz. Suplente: Doña María José Clemente Subías.

Secretario: Don Fernando Gargallo Becerril. Suplente: Doña Gema González Guerra.

Vocales: Doña Mercedes Vidao Juste. Suplente: Doña Lorena Giménez Ruiz».

Debe decir:

«Presidente: Don Jorge Baquero Lahoz. Suplente: Don Carlos Langarita Marín.

Secretaria: Doña Mercedes Vidao Juste. Suplente: Doña Gema González Guerra.

Vocal: Doña María José Clemente Subías. Suplente: Doña Lorena Giménez Ruiz».

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponerse el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Lécera, a 25 de mayo de 2021. — El alcalde-presidente, Teodoro Marco Quílez.

 

 

 

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