BOP. 133    14/06/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 5752/2021

Materia: Urbanismo

Sección quinta

EXPTE. 580814/2020.- APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN AISLADA Nº 183 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

SECCIÓN QUINTA

Núm. 5752

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

ÁREA DE URBANISMO Y EQUIPAMIENTOS

Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. — Aprobar con carácter definitivo la modificación aislada número 183 del Plan General de Ordenación Urbana, de menor entidad, instada por la sociedad mercantil Maxmau Gestión Integral, S.L.U., con el objeto de cambiar la calificación de las parcelas situadas en la calle Benjamin Franklin, 7 y 9, y camino de Torrecillas, 35 y 37, del uso industrial zonificación A6, grado 2, al uso terciario lucrativo zonificación A2, grado 4, que posibilite la implantación de un supermercado, y modificar la calificación a viario público de una porción del ámbito calificada de A6, grado 2, con la finalidad de dar continuidad a la calle Augusto García Hegardt, conforme al proyecto técnico aportado el 25 de febrero de 2021.

Segundo. — De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Decreto legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Ley de Urbanismo de Aragón, el presente acuerdo será objeto de publicación en la sección provincial correspondiente del Boletín Oficial de Aragón.

Tercero. — Comunicar el presente acuerdo al Consejo Provincial de Urbanismo para su conocimiento y efectos, adjuntando copia de los documentos integrantes de la modificación aislada número 183, incluyendo el soporte digital del proyecto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 154.2 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento autonómico de Planeamiento Urbanístico.

Cuarto. — De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.3 del texto refundido de la Ley Urbanismo de Aragón, levantar la suspensión de licencias de parcelación, edificación y demolición decretada en el acuerdo de aprobación inicial.

Quinto. — Según dispone el artículo 145 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento autonómico de Planeamiento Urbanístico, vigente de conformidad con las disposiciones derogatorias del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, el acuerdo de aprobación de la presente modificación aislada de Plan General se inscribirá en el libro de registro de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística.

Sexto. — Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones pertinentes en orden a la ejecución del presente acuerdo.

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos, advirtiéndose que el presente acuerdo agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con lo previsto el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de
modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Todo ello sin perjuicio de que pueda
ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

I. C. de Zaragoza, a 9 de junio de 2021. — El secretario general del Pleno,
P.D. de fecha 13 de septiembre de 2017: La jefa del Departamento de Ordenación y Gestión Urbanística, Edurne Herce Urzaiz.

 

 

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