BOP. 155    09/07/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CODO

Número de registro: 6346/2021

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección sexta

DECRETO N.º 9/2021, CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACTIVIDADES DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN EL AÑO 2021

SECCIÓN SEXTA

Núm. 6346

AYUNTAMIENTO DE CODO

Decreto número 9/2021

CONVOCATORIA para la concesión de subvenciones en materia de actividades de fomento y desarrollo de la actividad económica en el año 2021.

Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; En las bases de la convocatoria aprobadas en pleno del Ayuntamiento de Codo del día 20 de mayo de 2021, publicadas en el BOPZ núm. 117, de 26 de mayo 2021; en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas, y en las restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto, las normas de derecho privado.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de actividades de fomento y desarrollo de la actividad económica, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 20 de mayo 2021.

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Artículo 1. Objeto de las subvenciones y ámbito de aplicación.

La presente Ordenanza tiene por objeto la concreción de las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las actividades económicas relacionadas con la hostelería, casas rurales, construcción, ganaderos y comercio agroalimentario, excluidos los agricultores, que se hayan visto afectados por las medidas del estado de alarma sanitaria para el control de la pandemia COVID-19.

Con estas ayudas se pretende minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID-19 en el municipio de Codo. Con ello se persiguen dos objetivos: por un lado, lograr que se produzca lo antes posible una reactivación de la economía en el municipio de Codo, y por otro lado, ayudar a las actividades económicas de referencia dando cobertura a sus necesidades básicas, y así evitar situaciones de cierre.

Art. 2. Requisitos de los beneficiarios de la subvención.

En las presentes bases se regulan las siguientes líneas de subvenciones, que tendrán los siguientes beneficiarios que deberán tener la sede o domicilio social o tributar por el impuesto sobre actividades económicas en Codo:

A) Ayudas dirigidas a hostelería y casas rurales, con una dotación económica total de esta partida de 4.000 euros.

B) Ayudas a la actividad de construcción, con una dotación económica total de esta partida de 2.500 euros.

C) Ayudas a la actividad ganadera, con una dotación económica total de esta partida de 4.000 euros.

D) Sector del comercio agroalimentario, excluidos agricultores, con una dotación económica total de 1.500 euros.

Art. 3. Forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes y cuenta justificativa.

El plazo de presentación de solicitudes y la cuenta justificativa será de un mes, a partir de la entrada en vigor de la convocatoria, tras su publicación en el BOPZ.

La presentación de la documentación se realizará conforme lo establecido en el artículo 8 de las presentes bases y, de acuerdo con lo señalado en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Codo, en el caso de personas jurídicas, y si se trata de personas físicas en el Registro de entrada del Ayuntamiento o sede electrónica.

Art. 4. Procedimientos de concesión.

Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva. La partida presupuestaria disponible para estas subvenciones del Ayuntamiento de Codo es de 12.000 euros. El importe a solicitar y a conceder por solicitud será el del importe máximo de 1.500 euros por solicitud y tampoco podrá superar la concesión de la ayuda el importe previsto en la dotación económica total a repartir en cada tipo de ayuda según el artículo 2 A), B), C) y D). En el caso de que las solicitudes presentadas sean superiores al importe total de la subvención de cada grupo de ayuda, se disminuirán los importes de las ayudas de forma proporcional en función de los gastos justificados hasta el total de 1.500 euros máximo por solicitud.

Art. 5. Criterios de otorgamiento de las subvenciones, cuantía individualizada de la subvención, compatibilidad con otras subvenciones, ayudas o recursos con la misma finalidad procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Se establecen las siguientes líneas de subvención, otorgando ayudas a aquellos que cumplan las siguientes condiciones:

• Dedicarse a alguna de las actividades económicas del artículo 2 A), B), C) y D) y tener domicilio social la sede o domicilio social o tributar por el impuesto sobre actividades económicas en Codo.

• Gastos justificables de la actividad económica serán todos aquellos que tengan relación con la misma que a título de ejemplo serán:

1. Gastos de alquiler de local.

2. Gastos de suministros de luz, gas o calefacción.

3. Gastos de material higiénico-sanitario directamente relacionado con el COVID-19: geles hidroalcohólicos, desinfectantes y mascarillas.

4. Mobiliario y/o instalaciones relacionadas con el COVID-19: mámparas, estructuras y/o mobiliario de terrazas.

5. Gastos de Seguridad Social y pago de nóminas.

• Período de los gastos ejecutados: Los gastos se deberán haber efectuado desde la declaración del estado de alarma sanitaria, el 14 de marzo de 2020 y hasta el 8 mayo de 2021.

La cuantía de cada subvención no podrá superar el importe de 1.500 euros ni el máximo de la dotación económica total a repartir en cada tipo de ayuda según el artículo 2 A), B), C) y D) y en ningún caso la totalidad de las subvenciones podrán superar el crédito disponible de 12.000 euros consignado presupuestariamente.

Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas e ingresos destinadas a la misma actividad procedentes de otras administraciones o entidades públicas, siempre que el importe de todas ellas, junto con otros ingresos o recursos no supere el coste real de la actividad subvencionada. La aportación municipal podrá llegar al 100% del coste total subvencionable.

Art. 6. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

Los órganos competentes para la realización de todas las actuaciones del procedimiento de concesión serán el órgano instructor y el órgano concedente.

Órgano de instrucción:

El órgano de instrucción del procedimiento será un funcionario de la Corporación cuya designación se efectuará en la convocatoria.

Comprobada la corrección documental de las solicitudes, el órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación y estudio de los datos relativos a la actuación subvencionable y del cumplimiento de las condiciones del solicitante para ser beneficiario de la subvención y elaborará la propuesta de resolución, teniendo en cuenta:

a) Personas solicitantes propuestas como beneficiarias por haber presentado su solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación requerida en la convocatoria.

b) Personas solicitantes que no cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria quedando su solicitud desestimada.

c) Personas solicitantes que no han aportado la totalidad de la documentación requerida.

A las personas solicitantes referidas en los apartados b) y c) se les otorgará el plazo de cinco días hábiles para que aleguen lo que en su derecho consideren oportuno, o, en su caso, subsanen su solicitud y presenten la documentación requerida.

El órgano competente para la concesión de la subvención es el alcalde conforme al artículo 22.1 s) LRBRL.

Art. 7. Contenido y plazo de notificación de la resolución.

A la vista de la propuesta del instructor, el alcalde dictará resolución definitiva en el plazo de tres meses, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, siendo el sentido del silencio negativo.

En la resolución constará, en todo caso, el objeto de la subvención, el beneficiario, el importe de la subvención, así como, de forma fundamentada, la desestimación y la no concesión de ayuda por inadmisión de la petición, desistimiento, renuncia o imposibilidad material sobrevenida del resto de solicitudes. En la resolución se indicarán los recursos que puedan ejercitarse.

La notificación se llevará a cabo en el plazo máximo de diez días desde la resolución, sin perjuicio de la posibilidad de sustituir dicha notificación por la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Codo.

No es necesaria la aceptación expresa de la misma, la concesión surte efectos desde el momento de la notificación. Si llegado el período de justificación esta no se presentara, se entiende que no ha habido aceptación de la misma, no surgiendo derecho de cobro del beneficiario.

Art. 8. Forma y plazo de justificación de las subvenciones.

La cuenta justificativa contendrá la siguiente documentación mínima, pudiéndose ampliar en la correspondiente convocatoria:

A. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, esto es que se cumplen las condiciones objetivas medibles en unidades físicas para la concesión de la subvención. Se articulará a través de la solicitud.

B. Una memoria económica justificativa.

C. Declaración responsable de no concurrir las condiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

D. Certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias (AEAT) y con la Seguridad Social, en vigor y actualizado.

E. Para la justificación de la subvención se deberá presentar las facturas correspondientes a los gastos efectuados y acreditación de su pago.

Lo anterior se acreditará mediante la presentación de los siguientes documentos:

—Los puntos A) B) y C) Se acreditarán mediante la presentación del modelo del anexo I/solicitud de las presentes bases.

—Hoja de terceros, cumplimentada a efecto de realizar el pago anexo II.

—El punto D) se acreditará, en todo caso, mediante la presentación de certificados expedidos por la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, respectivamente.

—El punto E) se acreditará mediante la presentación del anexo III, facturas de gasto y documentos acreditativos del pago.

Todos ellos deberán presentar:

—Certificado actualizado de situación censal de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y, en su caso, el local de desarrollo de la actividad.

—NIF de la persona jurídica, sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.

—Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud en caso de no ser la misma persona.

—DNI por las dos caras o NIE acompañado por el pasaporte de la persona administradora y de la persona que presenta la solicitud en caso de no ser la misma.

La forma y plazo de presentación, serán los establecidos en el artículo 3 de las presentes bases.

El Ayuntamiento de Codo comprobará:

a) Certificado de empadronamiento, en su caso.

b) Certificado de estar al corriente con la Hacienda municipal.

c) Inclusión del solicitante, en su caso, en el censo del IAE para el ejercicio 2020 o 2021.

Art. 9. Posibilidad de realizar pagos anticipados y abonos a cuenta y régimen de garantías.

No se prevé la realización de pagos anticipados. Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, reguladas por la presente Ordenanza serán postpagables y tras la presentación de la cuenta justificativa, o de la documentación procedente.

No se prevé régimen de garantías.

Art. 10. Circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

No se prevé la posibilidad de modificar la resolución de concesión como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión. Su modificación podrá conllevar la pérdida del derecho a la subvención.

Art. 11. Criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de subvenciones.

Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a esta, en los casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Cuando el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por el número o grado de incumplimiento de la actividad objeto de subvención, respetando el principio de proporcionalidad.

En todo caso, se establecen los siguientes criterios para la graduación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo del otorgamiento de la subvención con los porcentajes a reintegrar en cada caso:

a) Obtención de la subvención falseando u ocultando condiciones. Porcentaje a reintegrar: 100%.

b) Incumplimiento de los fines para los que se presentó la solicitud. Porcentaje a reintegrar: Proporcional a los fines incumplidos.

c) Justificación insuficiente. Proporcional a la parte no justificada adecuadamente.

d) Incumplimiento de otras condiciones impuestas como beneficiario. Proporcional a las condiciones no cumplidas.

Dichos criterios serán de aplicación para determinar el importe que finalmente haya de reintegrar el beneficiario y responden al principio de proporcionalidad.

Codo, a 25 de junio de 2021. —  El alcalde, Raúl Cuevas Larrosa.

ANEXO I

Solicitud

I. Datos del solicitante (empresario individual persona jurídica, o persona física):

Nombre y apellidos o razón social: ……

Dirección: ……

Población: …… CP: …… Provincia: ……

Teléfono: …… E-mail: ……

CIF/NIF: ……

II. Datos de identificación del representante (cuando el solicitante sea una
persona jurídica):

Nombre y apellidos: …… NIF: …… Cargo o representación: ……

Dirección: …… Municipio/provincia: ……

Dirección a efecto de notificaciones: ……

Municipio/provincia: …… Código postal: ……

Teléfono: …… E-mail: ……

Por medio del presente documento, declaro bajo mi responsabilidad:

1 Que NO se han obtenido ayudas o subvenciones de otras Administraciones o entidades públicas para financiar el coste de las actividades subvencionadas por el Ayuntamiento de Codo, conforme a las bases para la concesión de subvenciones destinadas a la concesión de ayudas COVID-19 del Ayuntamiento de Codo.

1 Que SÍ se han obtenido las siguientes ayudas o subvenciones de otras Administraciones o entidades públicas, que se han aplicado a la finalidad subvencionada y que son compatibles con las presentes ayudas.

Entidad: ……

Importe de la subvención: ……

II. Declaración responsable para ser beneficiario de la presente solicitud:

Por medio del presente documento, declaro bajo mi responsabilidad:

• Que en mi persona/entidad no concurren ninguna de las circunstancias, de las establecidas en los artículos 13.2 y 13.3 y 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Que en mi persona/entidad concurren las condiciones para ser beneficiario de la subvención solicitada, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ordenanza que aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas COVID-19 del Ayuntamiento de Codo.

• Que mi persona/entidad asume el compromiso de destinar la subvención a la finalidad prevista, y al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Y a fin de que el Ayuntamiento de Codo, pueda, en cualquier momento, comprobar por sí mismo la veracidad de dicha declaración manifiesto mi conocimiento y consentimiento expreso para que dicho Ayuntamiento, pueda llevar a cabo las facultades de comprobación, control e inspección que estime procedentes, pudiendo consistir en la obtención de la Administración competente la cesión (por vía telemática o por otras vías) de los datos correspondientes, pudiendo aquel, en caso de no ser posible esta cesión, y con el fin antes señalado, solicitar la aportación de certificados emitidos por dicha Administración.

III. Relación de documentos aportados por el solicitante:

Solicita concurrir a la convocatoria de subvenciones destinadas a la concesión de ayudas COVID-19 del Ayuntamiento de Codo.

En ……, a …… de …… de 20…

Fdo.: ……

De acuerdo con la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos facilitados formarán parte de un fichero titularidad del Ayuntamiento de Codo, y de la posibilidad que ustedes tienen de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de los mismos, en la siguiente dirección: Ayuntamiento de Codo, plaza de San Bernardo, número 1, de Codo (Zaragoza).

ANEXO II

Hoja de terceros

1.º Datos del titular de los pagos:

Apellidos y nombre o razón social: …… (Si es persona jurídica, indicar S.A., S.L., etc.).

NIF o CIF: ……

Dirección completa (incluido el código postal): ……

Teléfono: …… E-mail: ……

Persona de contacto: ……

Otros datos de interés: ……

En ……, a …… de …… de 20…

Fdo.: ……

2.º Certificación de entidad de crédito o de ahorro. Datos para pagos. (Este
número de cuenta quedará registrado en el Sistema de Información Contable de este Excmo. Ayuntamiento de Codo a los efectos de abonarles futuros créditos que se
pudieran generar a su favor, salvo que solicite por escrito su cancelación o modificación,
siendo preciso en este último caso el correspondiente certificado bancario con los nuevos datos. Certifico que el titular de los pagos ……, con NIF ……, referenciado en el apartado 1.º, figura igualmente como titular de la cuenta que consta a continuación:

Código IBAN para cuentas en España: ……

Código o país D.C. IBAN Código de entidad Código de sucursal D.C. número de cuenta:

• ES……

En ……, a …… de …… de 20…

Fdo.: ……

ANEXO III

Justificación

Nombre y apellidos o razón social: ……

Dirección: ……

Población: ……

CP: …… Provincia: …… Teléfono: ……

E-mail: …… CIF/NIF: ……

Justifico:

En relación a la subvención concedida por el Ayuntamiento de Codo para ayudas relacionadas con la pandemia sanitaria causada por el COVID-19:

Primero: Que ha sido ejecutada la actuación reseñada objeto de la subvención concedida, y cumplida la finalidad que motivó el otorgamiento de la misma.

Segundo: Que los gastos originados al que suscribe con objeto de la subvención son los siguientes que se relacionan y que ascienden a un total de …… euros:

    N.º factura    Fecha    Proveedor/acreedor    Importe en euros

    ……    ……    ……    ……

    ……    ……    ……    ……

    ……    ……    ……    ……

    ……    ……    ……    ……

    ……    ……    ……    ……

    Total    ……    ……    ……

Tercero: Que para la misma finalidad:

1 No se han obtenido otras ayudas o subvenciones.

1 Se han obtenido las subvenciones o ayudas que a continuación se relacionan imputando a las mismas los gastos que se indican:

    Organismo    Importe de subvención concedida

    ……    ……

    ……    ……

    ……    ……

    ……    ……

Y para que así conste ante el Ayuntamiento de Codo, firmo la presente.

En Codo, a …… de …… de 20…

Fdo.: ……

Sr. alcalde-presidente del Ayuntamiento de Codo.

 

 

 

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