BOP. 223    28/09/2021


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DOÑA GODINA

Número de registro: 8090/2021

Materia: Empleo Público

Sección sexta

CONVOCATORIA Y BASES DE SELECCIÓN DE DIRECTOR DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

SECCIÓN SEXTA

Núm. 8090

AYUNTAMIENTO DE La Almunia de DOÑA GODINA

ANUNCIO relativo a convocatoria y bases de selección de director de instalaciones deportivas.

Por resolución de Alcaldía núm. 2021-1404, de 23 de septiembre, se ha acordado lo siguiente:

Primero. — Avocar la competencia delegada a la Junta de Gobierno Local en virtud del artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, por razones técnicas y jurídicas.

Segundo. — Aprobar la convocatoria y las bases de selección de personal, en los términos en que figuran en el expediente.

Tercero. — Publicar el texto íntegro de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el BOPZ y en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

Cuarto. — Publicar un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias.

La Almunia de Doña Godina, a 23 de septiembre de 2021. — El concejal delegado de Personal, Juan José Moreno Artiaga.

Bases director de instalaciones deportivas 

del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza)

Primera. — Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de técnico de Administración especial de la plantilla del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina.

La plaza esta incluida en la oferta de empleo público, aprobada por resolución de Alcaldía número 1286/2021, de fecha 31 de agosto.

Segunda. — Plaza convocada.

La plaza convocada corresponde al grupo A, subgrupo A2, de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la disposición transitoria tercera de dicha Ley, y está encuadrada en la escala de Administración especial de la plantilla del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina.

—Número de plazas: 1. Denominación: Director de instalaciones deportivas. Grupo A2. Sistema de selección: Oposición libre.

Está dotada con las retribuciones básicas correspondientes a dicho subgrupo y las retribuciones complementarias que correspondan de acuerdo a la relación de puestos de trabajo y régimen retributivo vigente.

Tercera. — Requisitos que deben de cumplir los aspirantes.

—Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al último día del plazo de presentación de instancias:

1. Ser español o de nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea, en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente, cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Tener cumplidos 16 años de edad.

3. Estar en posesión del título, o en condiciones de obtenerlo, a la fecha de terminación de la presentación de instancias, el título de licenciatura o grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, INEF, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

5. No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente. 

6. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Cuarta. — Publicidad de la presente convocatoria.

Las bases íntegras y la presente convocatoria se publicarán en el BOPZ, tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina www. Laalmunia.es. El anuncio de la misma será publicado en el Boletín Oficial del Estado, determinando esta publicación la apertura del plazo de presentación de instancias para concurrir en el proceso selectivo.

Quinta. — Solicitudes: forma y plazo de presentación.

Las solicitudes se dirigirán a la señor concejal delegado de Personal del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina , en la sede electrónica municipal, en la dirección https://laalmunia.sedeelectrónica.es o en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas 39/2015, de 1 de octubre, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 

A la instancia se acompañará: 

Carta de pago acreditativa de haber abonado en la cuenta corriente núm. ES 39 2085 1017 2803 0014 3116 el importe de los derechos de examen, que ascienden a 9,60 euros, o resguardo de giro postal o telegráfico.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de que concurren las circunstancias, previstas en el artículo 57 TREBEP que les permiten participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá presentarse acompañada de su traducción jurada.

Fotocopia de la titulación exigida o certificado de solicitud de expedición del títulodonde conste el abono de las tasas correspondientes

Declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Sexta. — Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Concejalía Delegada de Personal dictará resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se concede a los aspirantes excluidos y del plazo concedido a efectos de formular recusaciones y determinando lugar y fecha de la celebración de la primera prueba de la oposición y orden de ejecución de la misma. En la misma resolución se indicará el nombre de los componentes del tribunal.

Esta publicación será determinante a efectos de posibles impugnaciones o recursos. En el supuesto de que no existieren reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin la necesidad de nueva publicación. 

Séptima. — Tribunal calificador.

El órgano de selección, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, sera colegiado y se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como a la paridad entre mujer y hombre.

El tribunal calificador estará constituido por su presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario. El tribunal calificador estará formado por miembros titulares y suplentes nombrados en el mismo decreto que apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos. Los vocales habrán de ser funcionarios, deberán poseer una titulación igual o superior a la requerida para las plazas convocadas, respectivamente, en la misma área de conocimientos específicos, y deberán pertenecer al mismo grupo o grupos superiores. 

El secretario del tribunal será nombrado entre los vocales funcionarios del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina. Los tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros, siendo necesaria la presencia del Presidente y del Secretario del tribunal. 

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.

El tribunal podrá disponer la incorporación de Asesores externos, los cuales se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el tribunal.

El tribunal calificador tendrá la categoría segunda, tal y como corresponda al grupo en que se integra el puesto, tal y como determina el artículo 30.1 A) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Octava. — Procedimiento de seleccion.

El sistema de provisión es el de oposición. Y el proceso selectivo consta de las siguientes pruebas:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. 

Consistirá en contestar por escrito, en un período máximo de sesenta y cinco minutos, cincuenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, relacionadas con la primer parte (materias comunes) del programa que figura en el anexo, con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será la correcta. Las preguntas no contestadas o contestadas erróneamente no supondrán penalización alguna.

El ejercicio contendrá además cinco preguntas de reserva, que sustituirán, por su orden, a aquellas preguntas que, en su caso, acuerde anular el tribunal. 

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener los aspirantes un mínimo de 5 puntos para superarlo.  

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. 

Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de ciento veinte minutos, uno o varios supuestos teóricos- prácticos propuesto por el tribunal calificador relacionado con la segunda parte del programa (materias específicas). 

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y orden de ideas la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Se calificará de 0 a 10 puntos, debiendo obtener los aspirantes un mínimo de 5 puntos para superarlo.  

Los opositores podrán utilizar calculadora y textos legislativos no comentados.

El ejercicio podrá ser leido por los aspirantes si así lo determina el tribunal. 

Las calificaciones de cada ejercicio, siempre que fuera posible, se harán públicas el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina.

La calificación final de la oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios.

Novena. — Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

Concluidas las pruebas, el tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento el aspirante que haya superado el proceso selectivo por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas.

Seguidamente, el tribunal calificador elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, al órgano correspondiente que efectuará el nombramiento. Las resoluciones del procedimiento serán objeto de publicación en la web y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. 

Decima. — Creación de bolsa.

El tribunal, siempre que fuese posible, efectuará propuesta de creación de bolsa de empleo con los aspirantes que no hayan obtenido la plaza pero que hayan superado ambos ejercicios de la oposición, para posibles contrataciones temporales futuras.

Undécima. — Presentación de documentos y toma de posesión.

El aspirante propuesto para su nombramiento aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y que son los siguientes: 

Declaración jurada acreditativa de: 

(a) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente, esto es, no desempeñar ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley 53/1984; no realizar actividad incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad; no percibir pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de la Seguridad Social público y obligatorio, a los efectos previstos en el artículo 3.2) y en la disposición transitoria novena de la Ley 53/1984. 

(b) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. 

Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Comunidad Autónoma, Corporación Local, Consejería u Organismo Público del que dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Cumplidos los requisitos precedentes, el órgano competente efectuará el nombramiento del aspirante propuesto, quien deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a aquél en que les sea notificado el nombramiento. 

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones; sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

Duodécima. — Protección de datos de carácter personal.

12.1 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, se informa de que los datos personales serán tratados por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina con la única finalidad de tramitar su participación en esta convocatoria de empleo público. El tratamiento de los datos está legitimado por el ejercicio de poderes públicos conferidos al Ayuntamiento de Alagón y/o por el cumplimiento de una tarea en interés público. Los datos no serán cedidos a terceros, salvo que la Ley lo permita o lo exija expresamente.

12.2 Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad de los datos y de oposición, en relación a sus datos personales, dirigiéndose al Ayuntamiento de La Almunia de Doñá Godina, Plaza de España 1, 50071 La Almunia de Doña Godina o a través del correo: laalmunia@almunia.es

Decimocuarta. — Protocolo COVID-19.

14.1 Durante la realización de los procesos selectivos convocados por el Ayuntamiento de La Almunia de Doñá Godina se realizará un protocolo para prevenir contagios por COVID-19. 

Este protocolo será de obligado cumplimiento para todos los aspirantes que participen en los procesos de selección.

Los aspirantes que no cumplan con las normas establecidas en este protocolo no podrán participar en la realización de las pruebas. Cualquier incumplimiento de este protocolo y no atención a las instrucciones dadas por parte de las personas que integran los órganos de selección o personal de apoyo conllevará la expulsión del aula y la imposibilidad de continuar con el desarrollo del examen.

14.2 Medidas de carácter general

—No podrán acceder al centro aquellas personas con síntomas compatibles con COVID-19 (tos, fiebre, dificultad para respirar y/o pérdida de olfato y gusto), aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad y que no hayan finalizado el periodo de aislamiento requerido o las que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19. 

—Los opositores accederán al edificio solos, excepto los que tengan algún tipo de discapacidad, que podrán acceder acompañados por otras personas. 

—Se establecerá el acceso exclusivo a los edificios donde se realicen los exámenes para los opositores, miembros del tribunal y colaboradores. 

—Mientras permanezcan en el edificio, todas las personas están obligadas al uso de mascarilla en todo momento. 

—Mantenimiento en todo momento de la distancia mínima de seguridad (1,5 metros). En las aulas de examen, la distribución de las mesas y/o sillas se realizará manteniendo la distancia interpersonal mínima de 1.5 metros.

—Se elegirá la ubicación de los accesos de entrada de los opositores al edificio, teniendo en cuenta que las personas con discapacidad física (diversidad funcional) deberán disponer de un acceso específico. En el exterior del edificio, se organizarán filas dispuestas de tal forma que siempre se mantenga la distancia física interpersonal mínima de 1,5 metros. 

—A la entrada de las aulas de examen habrá hidrogel para la limpieza obligatoria de los opositores en el acceso y a la salida de las mismas. 

—Los aspirantes rellenarán una Declaración Responsable declarando no presentar sintomatología compatible con la enfermedad COVID-19 ni haber estado en contacto directo con persona confirmada o probable de COVID-19 en los últimos diez días. 

—Una vez finalizado el examen, los opositores abandonarán el edificio donde este se haya realizado.

14.3 No se celebrará una segunda convocatoria de examen en fecha distinta a la publicada, independientemente de la no presentación de aspirantes por motivos relacionados con la crisis sanitaria del COVID-19. 

Decimoquinta. — Normas finales y normas supletorias.

15.1 Las presentes bases y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

15.2 Para todo cuanto no se halle establecido en estas bases será de aplicación, respecto del procedimiento a seguir, lo previsto en la Ley de Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado; la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, las disposiciones estatales aplicables a los entes locales, y las restantes normas que resulten de aplicación. 

La Almunia de Doña Godina, a 23 de septiembre de 2021. — El primer teniente de alcalde, Juan José Moreno Artiaga.

ANEXO I

Temario

materias comunes 

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios constitucionales. Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. 

Tema 2. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación Jurídica. 

Tema 3. Autonomía Municipal. Defensa de la autonomía local. Competencias.

Tema 4. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 5. Organos de Gobierno Municipales. Sus competencias.

Tema 6. Ordenanzas, Reglamentos y bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 7. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria, orden del día, actas, certificados de acuerdos.

Tema 8. Forma de actividad municipal. Conceptos Generales. Fomento, policía, servicio. Procedimiento para la concesión de licencias.

Tema 9. Procedimiento administrativo. Fases del Procedimiento. El acto administrativo.

Tema 10. Revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Principios generales. Recurso de Reposición. Recurso de Alzada. Recurso extraordinario de revisión.

Tema 11. Los contratos del sector público: las directivas europeas en materia de contratación pública. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del sector público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.

Tema 12. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público: racionalidad y consistencia, libertad de pactos y contenido mínimo del contrato, perfección y forma del contrato.

Tema 13. Régimen de invalidez. Recurso especial en materia de contratación.

Tema 14. Las partes en los contratos del sector público. Órganos de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesión en la persona del contratista. Competencia en materia de contratación y normas específicas de contratación publica en las entidades locales.

Tema 15. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Preparación de los contratos de las Administraciones públicas: expediente de contratación, pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

Tema 16. .Adjudicación de los contratos de las Administraciones públicas: normas generales y procedimientos de adjudicación. El Perfil de Contratante. Normas específicas de contratación pública en las entidades locales               

Tema 17. Efectos de los contratos. Prerrogativas de la Administración pública en los contratos administrativos. Ejecución de los contratos. Modificación de los contratos. Suspensión y extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación.

Tema 18. Los derechos constitucionales de los empleados públicos. Políticas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o dependientes

Tema 19. Los empleados públicos: Clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.

Tema 20. Tema. El acceso a los empleos públicos: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. El régimen deprovisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. Incompatibilidades. El contrato de trabajo. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.

Tema 21. La relación estatutaria. Los derechos de los funcionarios públicos. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El régimen de Seguridad Social. Derechos de ejercicio colectivo. Sindicación y representación. El derecho de huelga. La negociación colectiva.

Tema 22. Los deberes de los empleados públicos. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.

Tema 23. Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Impuestos, tasas y Contribuciones especiales. Los Precios Públicos. Ordenanzas fiscales. 

Tema 24. Gasto público. Concepto. Clasificación. Procedimiento y Control.

Tema 25. Los presupuestos Locales. Concepto. Regulación actual. Naturaleza, contenido y procedimiento de elaboración.

Tema 26. Políticas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas. Los Planes de Igualdad.

Tema 27. La Protección de Datos en las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. 

Tema 28. La Ley General de Subvenciones del Estado 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones del Estado. Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón .

Tema 29. La responsabilidad de la Administración Pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas y el procedimiento para exigirla. El procedimiento administrativo en materia de responsabilidad patrimonial: principios generales.

Temas especifícos

1. La organización del deporte en España (I). Aspectos generales.

2. La organización del deporte en España (II). Organización administrativa.

3. Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

4. La organización del deporte en Aragón.

5. Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

6. El municipio y el deporte. El deporte desde la perspectiva del servicio público municipal: Función y competencias del municipio en la actividad deportiva.

7. Directrices europeas sobre actividad física y deporte. Carta europea del deporte. Ejemplos de iniciativas y ciudades saludables en Europa.

8. Los ciudadanos y el deporte. Los sujetos participantes en las diferentes manifestaciones deportivas (Los deportistas, técnicos, árbitros, gestores, etc).

9. La legislación de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Aragón: análisis desde la perspectiva de la actividad deportiva.

10. Normativa especifica sobre deporte en el Ayuntamiento. Ordenanza Municipal de Instalaciones Deportivas del Ayuntamiento La Almunia de Doña Godina.

11. Los servicios deportivos públicos. Definición y características.

12. Formas de gestión de servicios deportivos municipales. Gestión directa e indirecta.

13. La gestión integral de Instalaciones deportivas. Planes, programas y proyectos de los servicios deportivos.

14. Diseño y construcción de instalaciones deportivas. Proyecto de viabilidad y proyecto de gestión de una instalación deportiva. El Plan de mantenimiento preventivo y correctivo.

15. La gestión de las instalaciones deportivas especiales. Gestión de piscinas. Normativa sobre condiciones higiénico sanitarias y de seguridad de las piscinas de uso colectivo.

16. Pistas al aire libre: Tipología constructiva Principales elementos funcionales y de mantenimiento. Normativa de referencia que condiciona la gestión del mantenimiento.

17. Pabellones deportivos. Normativa reguladora y principales elementos de gestión a considerar.

18. Plan de mantenimiento de las instalaciones deportivas.

19. Las instalaciones deportivas en La Almunia de Doña Godina. Tipologías y usos y modos de gestión.

20. Plan de autoprotección en Instalaciones deportivas municipales

21. Planificación deportiva (I). Fase de Planes deportivos. Procesos en la fase de planificación estratégica deportiva.

22. Planificación deportiva (II). Fase de Programas deportivos. Fase de Proyectos deportivos.

23. El deporte como fenómeno social. Tendencias actuales de la práctica deportiva y su relación con la administración pública del deporte.

24. Los eventos deportivos. Protocolo para la organización de un evento deportivo.

25. Organización de eventos deportivos municipales.

26. Las competiciones deportivas. Características, tipos y formas de organización.

27. El deporte en edad escolar (I). Las Escuelas Deportivas Municipales: definición, estructura y organización.

28. El deporte en edad escolar (II): Concepto, características y tendencias. Juegos escolares: filosofía y organización. Bases generales de los juegos escolares de Aragón.

29. Grupos específicos y práctica deportiva, tercera edad, adultos, jóvenes, personas con discapacidad.

30. Plan Económico Deportivo Municipal. La gestión económica de los servicios deportivos.

31. Convenios y subvenciones deportivas locales. Bases de concurrencia competitiva y criterios de adjudicación.

32. Responsabilidad civil en el deporte. Tipos y diferentes campos de responsabilidad civil. Responsabilidad civil en: deportistas, entrenadores, directivos, administradores, monitores, organizadores de eventos deportivos y espectadores.

33. El fenómeno de la violencia en el deporte. Incidencias en la sociedad actual. Herramientas para combatirlo. Legislación reguladora.

35. Hábitos saludables en el deporte: la alimentación, nutrición e hidratación en el deporte.

36. Deportes individuales. Características Básicas. Aspectos Técnicos y Tácticos.

37. Deportes de équipo. Características Básicas . Aspectos Técnicos yTácticos.

38. Deportes de adversario.Características Básicas. Aspectos Técnicos y Tácticos.

39. Instalaciones deportivas. Accesibilidad a las instalaciones deportivas.

40. Conceptos básicos sobre campos pequeños: Baloncesto; normas reglamentarias NIDE.

41. Conceptos básicos sobre campos pequeños: Balonmano; normas reglamentarias NIDE.

42. Conceptos básicos sobre campos pequeños: Voleibol; normas reglamentarias NIDE.

43. Conceptos básicos sobre campos grandes: Futbol; normas reglamentarias NIDE.

44. Marketing deportivo.

45. Calidad de gestión para asegurar resultados en las organizaciones deportivas.

46. La organización privada del deporte : Las federaciones deportivas.

47. El marco jurídico del deporte en España. Estructura y organización del deporte en el ámbito estatal. Consejo Superior de Deportes. Comité Olímpico Español. Federaciones españolas. Competencias y funciones.

48. El olimpismo y la idea olímpica. Aspectos culturales, filosóficos y pedagógicos. Movimiento paraolímpico y Juegos Paraolímpicos.

49. Los Clubes deportivos en Aragón. Concepto. Naturaleza y funciones.

50. El asociacionismo deportivo.

51.. Mujer y deporte, evolución y situación actual.

52. Del deporte al sector del ocio.

53. La dirección estratégica en el marco de la gestión deportiva.

54. La gestión de los recursos humanos en el deporte y en el marco de la gestión deportiva.

55. Dinamización de una instalación deportiva. El programa de actividades y diferentes servicios.

56 Dimensión, preparación y marcaje de los terrenos y pistas deportivas.

57. Auditorias de calidad en las instalaciones deportivas.

58. El Sistema deportivo local de La Almunia de Doña Godina: Características principales, organización y desarrollo.

59. Deporte y discapacidad. Propuestas de Inclusión.

60. La Educación Física como materia curricullar.

61. El deporte como medio educativo. La actividad físico-deportiva extraescolar. El deporte en los centros educativos.

ANEXO II 

Modelo de solicitud

Datos de la convocatoria

Plaza a que aspira: Director de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina.

Fecha convocatoria: ……   

Datos del/a solicitante

Primer apellido:: ……

Segundo apellido: ……

Nombre: ……

DNI: ……

Domicilio (calle, plaza, número, piso): ……

Código postal: ……

Municipio: ……

Provincia: ……

Número de teléfono de contacto: ……

Correo electrónico: ……

θ Padece una minusvalía.

Documentación que ha de adjuntarse a la instancia:

1. Fotocopia del DNI/pasaporte y del documento acreditativo del conocimiento, en su caso, de la lengua española.

2. Justificante de ingreso de los derechos de examen, o justificante de la exención del pago de la tasa (demanda de empleo e informe negativo de rechazos).

3. Fotocopia de la titulación exigida, incluyendo, en su caso, credencial de homologación y traducción jurada, o certificado de solicitud de expedición del título donde conste el abono de las tasas correspondientes.

4. Justificante, en su caso, de padecimiento de minusvalía.

5. Declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar. (Anexo IV).

6. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. (Anexo V).

El abajo firmante, expone que está enterado/a y acepta y acata las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de director de instalaciones deportivas del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina mediante oposición, sometiéndose a las mismas, y solicita ser admitido en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la referida convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente cuantos datos se especifican en ellas y a prestar juramento o promesa en los términos establecidos en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se determina la fórmula de juramento o promesa para la toma de posesión de cargos o funciones públicas.

Por todo ello, solicita que se le admitan a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia.

(Lugar, fecha y firma del solicitante)

Sr. concejal delegado de Personal del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina-Zaragoza

ANEXO III

Declaración jurada

Don/doña ……, con DNI …… y dirección en……

Declaro responsablemente que:

a) No padezco enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, y que poseo la capacidad funcional necesaria para el desempeño normal del puesto de trabajo a ocupar.

b) No he sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado (en el caso de ser nacional de otro Estado, se declarará no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público).

Lo que declaro responsablemente en ……, a ……  de …… de……

Fdo.: (firma del solicitante):

 

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