Entidad publicadora: GOBIERNO DE ARAGÓN.- DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y JUSTICIA.- SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO DE ZARAGOZA
Número de registro: 331/2022
Materia: Convenios colectivos
SECCIÓN QUINTA
Núm. 331
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA,
PLANIFICACIÓN Y EMPLEO
SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO de zaragoza
Convenios colectivos
Sector Industrias de la Madera de Zaragoza
RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del sector Industrias de la Madera de Zaragoza.
Vistas acta y tablas salariales para los años 2021 y 2022, referidas a la revisión del convenio colectivo del sector Industrias de la Madera de Zaragoza (código de convenio 50000805011981), suscrita el día 13 de septiembre de 2021, de una parte por FIMZA, en representación de las empresas del sector, y de otra por CC.OO. de Construcción y Servicios, y por UGT-FICA, en representación de los trabajadores afectados, recibidas en la Subdirección Provincial de Trabajo el día 29 de octubre de 2021 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90-2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza acuerda:
Primero. — Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos de esta Subdirección Provincial, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo. — Disponer su publicación en el BOPZ.
Zaragoza, a 16 de noviembre de 2021. — La subdirectora provincial de Trabajo, Beatriz Latorre Moreno.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO
DEL SECTOR INDUSTRIAS DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA
• Por UGT-FICA:
—Don José Juan Arceiz Villacampa.
—Don Manuel Grande Henares.
• Por CC.OO. de Construcción y Servicios:
—Don Fernando Baraza Romeo.
—Don Mariano J. Álvarez Pina (asesor).
• Por la Federación de Industriales de la Madera de la Provincia de Zaragoza (FIMZA):
—Don Emiliano Anadón Giménez.
—Don Víctor Enrique Izuel Abad.
En la ciudad de Zaragoza, siendo las 10:00 horas del día 13 de septiembre de 2021, y en los locales de CEOE Aragón, en el edificio CREA, sito en la avenida José Atarés, 9, de Zaragoza, se reúnen las personas relacionadas anteriormente para la negociación del convenio colectivo del sector Industrias de la Madera de la provincia de Zaragoza.
Tras amplias deliberaciones, ambas partes toman los siguientes acuerdos:
Con objeto de revisar las tablas salariales vigentes hasta el 31 de diciembre del 2020, se pactan los siguientes incrementos salariales para los años 2021 y 2022:
—Para el año 2021 se incrementan las tablas salariales del convenio en un 1,5% (anexo I).
—Para el año 2022 se incrementan las tablas salariales del convenio en un 2% (anexo II).
—Si el IPC acumulado entre los años 2021 y 2022 fuera superior al 5,5%, se actualizarán las tablas en la diferencia entre el IPC resultante y el 5,5%. Dicho incremento se aplicará a los solos efectos de actualización de las tablas que servirán como referencia al incremento que correspondiera al año 2023.
—No obstante, los siguientes conceptos económicos no incluidos en las tablas tendrán los valores que a continuación se reseñan para los años 2021 y 2022:
Para el año 2021:
Artículo 32. Dieta completa: 47,62 euros/día; media dieta: 17,87 euros/día, y kilometraje: 0,35 euros/kilómetro.
Artículo 35. 30,95 euros mensuales por el concepto de desgaste de herramientas.
Artículo 36. 29.320 euros para la invalidez permanente absoluta para todo tipo de trabajo, gran invalidez o fallecimiento; 19.350 euros para el caso de invalidez permanente en el grado de incapacidad total para su profesión habitual, y 1.480 euros por muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
Para el año 2022:
Artículo 32. Dieta completa: 48,57 euros/día; media dieta: 18,23 euros/día, y kilometraje: 0,36 euros/kilómetro.
Artículo 35. 31,57 euros mensuales por el concepto de desgaste de herramientas.
Artículo 36. 29.910 euros para la invalidez permanente absoluta para todo tipo de trabajo, gran invalidez o fallecimiento; 19.740 euros para el caso de invalidez permanente en el grado de incapacidad total para su profesión habitual, y 1.510 euros por muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
Asimismo, se reconoce la aplicación y se acuerda mantener el vigente texto del convenio colectivo de Industrias de la Madera de Zaragoza hasta tanto se culmine la negociación del V convenio estatal de la Madera, en cuyo caso adaptaremos el texto provincial a lo dispuesto en el estatal. Los incrementos salariales pactados para los años 2021 y 2022 se adaptarán al fijado en el V convenio estatal de la Madera, reuniéndose las partes en el plazo de quince días desde la firma del convenio estatal para adaptarse a lo dispuesto en el estatal.
Se acuerda designar a don Víctor Enrique Izuel Abad, representante de la Federación de Industriales de la Madera de la provincia de Zaragoza (FIMZA), para realizar ante la autoridad laboral todo tipo de gestiones, trámites y el registro en el REGCON de la presente acta de la comisión negociadora, con sus correspondientes tablas salariales.
Y en prueba de conformidad, firman la presente acta en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
6 PDFS