Entidad publicadora: COMARCA CAMPO DE DAROCA
Número de registro: 4113/2022
Materia: Empleo Público
SECCIÓN SEXTA
Núm. 4113
COMARCA DE CAMPO DE BORJA
M.ª Ascensión Giménez Santolaria, presidenta de la Comarca de Campo de Daroca, en expediente comarcal número 288/2022 (2022 proceso de estabilización para reducción de temporalidad en el empleo público —Ley 20/2021, de 28 diciembre—), con fecha 31 de mayo de 2022 y número 144/2022, ha dictado la siguiente resolución:
«Visto lo dispuesto en el artículo 2 y disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.
Considerando que la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en su artículo 91.1 prevé que las entidades locales formularán públicamente su oferta de empleo ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.
Visto el presupuesto municipal para el ejercicio 2022, junto a la correspondiente plantilla.
Siendo el órgano competente para su aprobación, en virtud de lo previsto en el artículo 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, al señalar que el alcalde es el presidente de la Corporación y ostenta la atribución de aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
Considerando la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca, en cuyo artículo 15 se dispone que la presidencia comarcal ejercerá sus atribuciones y ajustará su funcionamiento a las normas relativas al alcalde contenidas en la legislación de régimen local y en las leyes de carácter sectorial.
Resuelvo:
Primero. — Aprobar la oferta de empleo público para 2022, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, en los siguientes términos:
Personal laboral:
Denominación plaza Grupo Nº. vacantes Fecha inicio temporalidad Sistema selección
TECNICO GESTIÓN A2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
TRABAJADOR SOCIAL A2 3 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
DTRA. TEC. SERV. SOCIALES A2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
EDUCADORA A2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
AUX. ADMINISTRATIVO C2 4 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
GUIA TURISMO C1 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
INFORMADOR TURÍSTICO C2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
CONDUCTOR ISEAL E13 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
AEDL A2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
TECNICO TURISMO A2 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
AUX. AYUDA DOMICILIO E13 19 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
MONITOR DEPORTES C1 3 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
MONITOR TIEMPO LIBRE C1 2 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
PROFESOR EDUCACIÓN ADULTOS A2 2 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
PEON E13 1 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
Monitor actividades deportivas C2 3 ANTERIOR A 01-01-16 CONCURSO
TOTAL 45
Segundo. — Publicar la presente oferta de empleo público para el año 2022 para la estabilización del empleo temporal en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el BOPZ para general conocimiento e interposición de los recursos que en su caso los interesados consideren oportunos.
Tercero. — Comunicar a las personas que están ocupando las citadas plazas la aprobación de la presente oferta de empleo público extraordinaria para la estabilización del empleo temporal en su calidad de afectadas siguiendo lo estipulado en la disposición sexta de la referida Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para la Reducción de la Temporalidad del Empleo Público, el proceso selectivo obligatorio por la fecha de inicio de la temporalidad y para todas las plazas ofertadas es el de concurso.
Cuarto. — Notificar la presente resolución a la representación sindical, a la tesorería comarcal y al Consejo Comarcal en la próxima sesión que celebre.
Quinto. — Comunicar al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la presente resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Presidencia de esta entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOPZ, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOPZ, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Daroca, a 31 de mayo de 2022. — La presidenta, María Ascensión Giménez Santolaria.