BOP. 188    18/08/2022


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 6027/2022

Materia: Empleo Público

Sección quinta

DECRETO DE LA CONCEJALÍA DELEGADA DE PERSONAL POR EL QUE SE CONVOCA CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA SELECCIÓN DE PORTEADORES DE LA COMPARSA DE GIGANTES Y CABEZUDOS DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA.

SECCIÓN QUINTA

Núm. 6027

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

ÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA E INTERIOR

DECRETO de la Concejalía delegada de Personal por el que se convoca concurso
de méritos para la selección de porteadores de la comparsa de Gigantes y
Cabezudos del Ayuntamiento de Zaragoza.

La Concejalía delegada de Personal, en virtud de lo dispuesto en el decreto de la Alcaldía de 25 de junio de 2019 por el que se nombran los consejeros delegados de las áreas de gobierno y los concejales delegados, y decreto de Alcaldía de 25 de junio de 2019 por el que se establece la estructura orgánica de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y se adscriben los organismos públicos municipales, a petición de la Vicealcaldía y Consejería de Cultura y Proyecciones Exteriores, tramitado en expediente 0070009/2022, resuelvo convocar concurso de méritos para la selección de porteadores de la Comparsa de Gigantes y Cabezudos del Ayuntamiento de Zaragoza, con sujeción a lo dispuesto en las bases que se adjuntan.

B a s e s

Primera. — Normas generales.

1.1. Es objeto de las presentes bases y su convocatoria la selección de once
porteadores de la Comparsa de Gigantes y Cabezudos para suplir las bajas producidas en la misma.

1.2. La convocatoria con sus bases se publicará íntegramente en intranet municipal.

1.3. Para lo no previsto expresamente en estas bases se estará a lo dispuesto en el Reglamento de organización y funcionamiento de la Comparsa de Gigantes y Cabezudos y, en su defecto, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Decreto legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que sea prueba el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, y Estatuto de los Trabajadores.

Segunda. — Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el procedimiento selectivo será necesario tener alguna de las siguientes condiciones:

a) Ser funcionario de carrera o interino del Ayuntamiento de Zaragoza en activo.

b) Ser personal laboral fijo, indefinido o temporal, del Ayuntamiento de Zaragoza en activo.

2.2. No podrá participar en el procedimiento selectivo el personal funcionario que haya pasado a la escala auxiliar o, en el caso de la Policía Local, a segunda actividad sin destino. Tampoco podrán participar aquellos trabajadores o funcionarios que hayan sido declarados trabajadores sensibles por motivos de salud que supongan la imposibilidad de soportar cargas o pesos.

2.3. Los requisitos relacionados con esta base deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. — Desarrollo del proceso selectivo.

3.1. Las personas aspirantes realizarán una prueba práctica de aptitud para
el manejo de los elementos que componen la Comparsa de Gigantes y Cabezudos (baile, movimiento y coreografía), que se valorará hasta un máximo de 10 puntos.

Para superar esta prueba será necesario obtener la puntuación de cinco o más puntos. Para la obtención de esta puntuación mínima, los participantes deberán poder portear cada uno de los elementos de la comparsa (gigante, cabezudo y caballito) durante el tiempo y la distancia que la comisión de valoración estime necesario.

3.2. Las personas aspirantes que previamente hayan efectuado salidas con la Comparsa y que hayan alcanzado en la prueba práctica una nota igual o superior a 5 puntos obtendrán un punto por cada salida, con un máximo de 10 puntos.

3.3. La puntuación máxima no podrá exceder de 20 puntos, valorando conjuntamente los apartados primero y segundo.

Cuarta. — Instancias.

4.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo
cumplimentando la correspondiente instancia dirigida a la vicepresidenta de la Sociedad
Municipal Zaragoza Cultural, en la cual las personas interesadas deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria.

4.2. La instancia de participación, una vez cumplimentada y firmada, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza (sito en Vía Hispanidad, número 20, edificio Seminario), o en el Registro auxiliar de la plaza del Pilar, así como en los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, a la de cualquier Administración de las diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, a los Ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, así como en las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, o en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

4.3. El plazo de presentación de la instancia será el de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPZ.

4.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias establecido en la base 4.3.

4.5. La no presentación de la instancia en tiempo y en la forma determinada en los apartados precedentes supondrá causa de exclusión del aspirante.

Quinta. — Admisión y exclusión.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se publicará el listado provisional de personas admitidas y excluidas, que será aprobado por el concejal delegado de Personal. Contra dicho listado podrá presentarse reclamación, así como solicitar la subsanación de errores materiales, en el plazo de dos días hábiles a partir de la publicación de dicho listado en intranet.

De no producirse reclamación alguna al listado provisional de personas admitidas en el plazo anteriormente señalado la lista se elevará a definitiva sin necesidad de nueva aprobación. Igualmente, en el caso de no existir personas aspirantes excluidas, el listado publicado tendrá carácter definitivo.

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas serán excluidas de la realización de las pruebas.

Si, en su caso, se presentan reclamaciones contra las listas de personas aspirantes admitidas y excluidas, estas serán resueltas y se procederá a publicar las listas definitivas.

5.2. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra V, atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante de los listados de personas aspirantes admitidos.

En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra V, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra W, y así sucesivamente.

Sexta. — Comisión de valoración.

Una comisión valorará los méritos de los aspirantes.

Estará constituida por los siguientes miembros, siendo paritaria entre mujeres y hombres:

Presidencia: Doña María Luz Colmenares Álvarez, jefa del Servicio Administrativo de Cultura y Turismo, y designar como suplente a doña María Romana Patricia Erice Lacabe, jefa del Servicio de Cultura.

Vocalías:

1.ª Don Francisco José Pardo Pérez, técnico superior sociocultural de Vicealcaldía,
y designar como suplente a don Benito Ramón Pérez, técnico de Exposiciones del
Servicio de Cultura.

2.ª Doña María Ángeles Garicano Moreno, oficial de Museos, y designar como suplente a doña Blanca Blasco Nogués, técnica medio sociocultural de la Dirección General de Cultura.

3.ª Don Ricardo Jaime Tartaj, oficial inspector jardinero del Servicio de Parques, Jardines e Infraestructuras Verdes, y designar como suplente a don Luis Miguel Sierra López, oficial carpintero de la Unidad de Brigadas.

4.ª Don Francisco Javier Usón Garicano, oficial de Colegios Públicos, y designar como suplente a don José Juan Domingo Frax, jefe de Sección de Arqueología.

Secretaría: Doña Laura Vaquero Bazán, jefa de Negociado de Asuntos Generales, y designar como suplente a doña María Pilar Veamonte Serrano, administrativa del Servicio Administrativo de Cultura y Turismo.

Todos los componentes de la comisión tendrán voz y voto, salvo la secretaria, que tendrá voz pero no voto.

Séptima. — Fase de valoración.

La fase de valoración se desarrollará del siguiente modo:

7.1. La prueba práctica descrita en la base tercera apartado primero se realizará en un solo día, ampliándose si fuera necesario, publicándose el anuncio de la misma en intranet.

7.2. Para las personas aspirantes con experiencia previa se valorarán las
salidas efectuadas mediante informe de la persona encargada de la Comparsa en la forma descrita en la base tercera apartado segundo.

7.3. La fase de concurso se resolverá en el plazo de dos días hábiles desde
la realización de la prueba práctica, publicándose por la comisión de valoración la puntuación obtenida por cada aspirante en el tablón de anuncios y en intranet.

7.4. En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por las personas aspirantes, serán criterios para dirimir el mismo, y por este orden, en primer lugar la mayor calificación obtenida en la prueba práctica, en segundo lugar la mayor calificación obtenida en la valoración de la experiencia previa (salidas efectuadas), y en tercer lugar el criterio de infrarepresentación de género de la Comparsa; y si esto no fuese suficiente, se ordenará las personas aspirantes a partir de la letra determinada en la base quinta.

7.5. Las personas aspirantes seleccionadas por la comisión de valoración se integrarán en la Comparsa, siendo nombradas mediante resolución del concejal delegado de Personal, que se publicará en intranet.

Una vez nombradas, en el desempeño de las funciones propias de la Comparsa, están obligadas al cumplimiento del Reglamento de organización y funcionamiento de la Comparsa.

Las personas aspirantes propuestas, en el plazo de cinco días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de personas aspirantes propuestas, aportarán a la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, el siguiente documento acreditativo de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda:

• Certificado de la vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o documento equivalente.

7.6. Los miembros de la Comparsa que perdieran su condición de funcionario de carrera, finalizara su relación de interinidad, se extinguiera su contrato laboral o pasaran a una situación diferente a activo, perderán su condición de miembros de la Comparsa.

Octava. — Lista de espera para la contratación de personal no permanente.

8.1. Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para la contratación de personal no permanente para la plaza objeto de la presente convocatoria.

A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Sociedad procederá a integrar en la correspondiente lista de espera a aquellas personas aspirantes que hayan obtenido una calificación en la prueba práctica igual o superior a 5 puntos en la forma descrita en la base tercera apartado primero párrafo segundo.

8.2. Las personas integrantes en la lista de espera que rechacen sin motivo debidamente justificado la participación en tres salidas con la Comparsa perderán su posición en la lista de espera quedando situados al final de la misma.

Novena. — Impugnación.

La presente convocatoria con sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

I. C. de Zaragoza, a 10 de agosto de 2022. — El concejal delegado de Personal, Alfonso Mendoza Trell. — El titular de Órgano de Apoyo al Gobierno de Zaragoza, P.D. de fecha 16 de septiembre de 2021: El jefe de la Oficina de Recursos Humanos, José Luis Serrano Bové.

 

 

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