BOP. 68    25/03/2023


Entidad publicadora: GOBIERNO DE ARAGÓN.- DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y JUSTICIA.- SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO DE ZARAGOZA

Número de registro: 2081/2023

Materia: Convenios colectivos

Sección quinta

ACTA Y TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2023, REFERIDAS A LA REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE HOSTELERÍA DE ZARAGOZA.

SECCIÓN QUINTA

Núm. 2081

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA,
PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

subdirección provincial de trabajo DE ZARAGOZA

convenios colectivos

Sector Hostelería de Zaragoza

RESOLUCIÓN de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza por la que se dispone la inscripción en el Registro y la publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del sector Hostelería de Zaragoza.

Vistas acta y tablas salariales para el año 2023 referidas a la revisión del convenio colectivo del sector Hostelería de Zaragoza (código de convenio 50000655011982), suscrita el día 6 de febrero de 2023 entre de una parte, por las Asociaciones Empresariales de Cafés y Bares, y Hoteles y Restaurantes de Zaragoza y su provincia, en representación de las empresas del sector, y de otra por CC.OO, y MIT, en representación de los trabajadores afectados, recibidas en la Subdirección Provincial de Trabajo el día 15 de marzo de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90-2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,

Este Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza acuerda:

Primero. — Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Subdirección Provincial, con notificación a la comisión paritaria.

Segundo. — Disponer su publicación en el BOPZ.

Zaragoza, a 20 de marzo de 2023. — La subdirectora Provincial de Trabajo, Beatriz Latorre Moreno.

Acta de la comisión paritaria

En Zaragoza, siendo las 17:00 horas del día 6 de febrero de 2023, se reúnen las representaciones de las centrales sindicales de CC.OO. (representada por don David Martín Comín) y del MIT (representada por don Alfredo Bravo Nevot y don Tomás Franco Martínez, este último en calidad de asesor), y de las Asociaciones Empresariales de Cafés y Bares (representada por don Luis Carlos Femia Julve), y de Horeca Horeca Hoteles y Horeca Restaurantes (representadas por don Daniel López Juan y don Carlos Torrea Pérez).

Las entidades referenciadas, que se constituyen en comisión paritaria en los términos establecidos en los artículos 9 y 10 del convenio colectivo del sector hostelero de Zaragoza (BOPZ núm. 81, de 9 de abril de 2022), lo hacen al objeto de analizar la aplicación de la revisión salarial prevista en el artículo 43 del convenio referenciado, el cual dispone lo siguiente:

«Si durante el año 2022 se superan los registros en materia de pernoctaciones, viajeros y empleo que se cifran a continuación, por cada uno de los indicadores que se vean cumplidos, se incrementarán las percepciones salariales y extrasalariales en un 0,30%. Los registros mencionados anteriormente son:

1. Pernoctaciones: Superarse el número de 2.868.731.

2. Visitantes/viajeros: Superarse el número de 1.597.235.

3. Empleo: Superarse los 17.853 trabajadores por cuenta ajena.

Los registros reflejados se refieren a los datos aportados por el Instituto Nacional de Estadística y en relación a la provincia de Zaragoza para pernoctaciones y visitantes/viajeros.

Los registros reflejados para el empleo se refieren a los datos aportados por Hostelería de España partiendo de los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo.

Para ello, en el momento en que se conozcan dichos registros, se reunirá la comisión paritaria del convenio a los efectos de verificar su cumplimiento y confeccionar las nuevas tablas de convenio y, todo ello, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2023».

A tenor de lo expuesto, se analizan y exponen los datos definitivos de 2022 publicados en relación a los tres indicadores referenciados, a saber:

1. Pernoctaciones: 2.560.909.

2. Viajeros: 1.399.704.

3. Empleo: 19.868.

En consecuencia, habiéndose superado uno de los tres índices establecidos en el artículo 43 del convenio, procede aplicar un incremento de un 0,30% a tablas, con efectos desde el 1 de enero de 2023, en los términos establecidos en el anexo I a la presente acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 17:30 horas de la fecha arriba señalada.

Anexo I
Tablas salariales en euros vigencia año 2023
convenio provincial de Hostelería de Zaragoza

 

 

 

 

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