BOP. 111    19/05/2023


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Número de registro: 3773/2023

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección quinta

BDNS (IDENTIF.): 695484.- EXTRACTO CONVOCATORIA SUBVENCIONES A INVERSIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN OFICINAS Y LOCALES DE AUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE ZARAGOZA EN EL EJERCICIO 2023.

SECCIÓN QUINTA

Núm. 3773

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

ÁREA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN Y EMPLEO

CONVOCATORIA pública de subvenciones a inversiones para mejorar la eficiencia energética en oficinas y locales de autónomos y pequeñas empresas de Zaragoza en el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva.

BDNS (identif.): 695484.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695484

Primera. — Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta convocatoria es subvencionar actuaciones (obras e inversiones) que consigan una mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida reduciendo las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final.

Segunda. — Presupuesto de la convocatoria.

La cuantía prevista en esta convocatoria para gasto en inversión asciende a 500.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la aplicación presupuestaria del presupuesto municipal 2023 MER 4391 77000, «Plan local de comercio y hostelería, ayudas sector».

Esta convocatoria subvencionará solamente gastos inventariables.

Tercera. — Beneficiarios e importes de la subvención.

Podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria los autónomos y pequeñas empresas de la ciudad de Zaragoza que dispongan de un local u oficina donde desarrollan su actividad, ubicado dentro del término municipal de Zaragoza, y que realicen durante el año 2023 inversiones que encajen en las descritas en la base sexta. No se subvencionarán las actuaciones a realizar en naves industriales.

Se considera en esta convocatoria pequeña empresa a aquella que tenga una cantidad igual o inferior a diez trabajadores a tiempo completo el día que se presente la solicitud. Los trabajadores a tiempo parcial se contabilizarán en la misma proporción que el horario que tengan (por ejemplo, un trabajador contratado a media jornada contará como 0,5 trabajadores).

Deberán además reunir los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ordenanza general municipal de subvenciones.

La cantidad máxima a conceder no podrá superar el 80% del presupuesto
presentado, con el límite de 25.000 euros.

La cantidad mínima a otorgar será de 5.000 euros, quedando excluidas aquellas solicitudes cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos en la base undécima.

El solicitante deberá presentar una previsión del gasto a realizar entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, pudiendo incluir en el presupuesto el gasto ya realizado a la fecha de presentación de la solicitud (anexo 2).

Cuarta. — Actuaciones subvencionables.

Podrán ser objeto de subvención aquellas actuaciones de inversiones a realizar en los locales u oficinas de los autónomos o pequeñas empresas de Zaragoza que desarrollen su actividad en un local u oficina para el que se pida la subvención (art. 35 de la Ordenanza general municipal de subvenciones).

Las actuaciones subvencionables habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida justificando el ahorro energético y la reducción de las emisiones de CO2 mediante la obtención de la certificación energética.

Quinta. — Ámbito territorial y temporalización.

Las actuaciones previstas presentadas a esta convocatoria deberán ser exclusivamente a desarrollar en las oficinas o locales de autónomos o pequeñas empresas
(con una cantidad igual o inferior de diez trabajadores) que estén ubicados en el
término municipal de Zaragoza.

Zaragoza, a 16 de mayo de 2023. — La técnica jurídica del Área, María José Benito Tomás.

 

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