BOP. 289    19/12/2023


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DOÑA GODINA

Número de registro: 9593/2023

Materia: Empleo Público

Sección sexta

BASES ESPECÍFICAS PARA EL NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIO INTERINO DE UN PUESTO DE AGENTE DE INNOVACIÓN.

SECCIÓN SEXTA

Núm. 9593

AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA

Mediante decreto 2023-2139, de 13 de diciembre de 2023, se han aprobado las siguientes bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión de un puesto de agente de Innovación:

Bases específicas para el nombramiento de funcionario interino
de un puesto de agente de Innovación, de forma urgente y simplificada

Primera. — Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria es el nombramiento de funcionario interino en virtud del artículo 10.1 c) del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, de un puesto de agente de Innovación, encuadrado en el subgrupo de titulación A2, para el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina, con el fin de desarrollar las siguientes funciones:

• Desarrollo de proyectos de innovación digital.

• Mediar para transferir y aplicar el conocimiento científico y tecnológico a las empresas materializándose, a posteriori, en tecnología, productos y servicios innovadores que sean valorados y adquiridos por el mercado.

• Dinamizar acciones de transferencia tecnológica y coordinar proyectos de
I+D+i entre distintos tipos de socios, y concretamente entre Universidad-EUPLA, Ayuntamiento y empresas del territorio.

• Preparación y licitación de proyectos de compra pública de innovación.

• Fomento del emprendimiento tecnológico y social en el municipio.

• Desarrollo y puesta en marcha de planes de sostenibilidad, ahorro energético, Agenda Urbana o economía circular.

• Coordinar el plan de comunicación y difusión de resultados y actuaciones.
Acciones de promoción y difusión.

• Participar en proyectos europeos relacionados con la transformación digital y la innovación.

• Atracción de talento y empresas de base tecnológica e innovación.

• Ayuda a la captación de fondos europeos en proyectos de transformación digital y Agenda Urbana.

El nombramiento tendrá una duración inicial hasta el 31 de diciembre de 2024.

A la persona seleccionada se le nombrará funcionario en prácticas, durante tres meses, y, superadas las mismas, se le nombrará funcionario interino. 

Segunda. — Requisitos de los/as aspirantes. 

Para tomar parte en el proceso selectivo, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

• Requisitos generales: 

—Ser español/a, ciudadano/a de la Unión Europea o, en su caso, cumplir los requisitos que establece la legislación de extranjería.

—Tener 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación. 

—No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones del puesto. 

—No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Corporaciones Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme. 

• Requisitos específicos: 

—Estar en posesión del título de grado.

—Estar en posesión del título de nivel B1 de conocimientos del idioma inglés, o superior. 

Acreditar experiencia, en conjunto, de al menos un año desempeñando alguna o varias de las siguientes labores:

—Gestión de proyectos de I+D+i.

—Gestión de proyectos de sostenibilidad, ahorro energético, agenda urbana o economía circular.

—Gestión de proyectos de dinamización de la innovación o el emprendimiento económico-social en municipios.

—Experiencia directa en el diseño de planes o programas de sostenibilidad, ahorro energético, agenda urbana o economía circular.

—Experiencia directa en proyectos europeos relacionados con la transformación digital y la innovación.

—Gestión de proyectos de captación de talentos.

—Colaboraciones en tareas de investigación y trabajos relacionados directamente, o afines, con el perfil y objeto de la convocatoria. Las equivalencias de los títulos deben ser acreditadas por los/as propios/as aspirantes, exigiéndose certificación sobre las equivalencias. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente homologados.

Tercera. — Presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales siguientes al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOPZ. Si el plazo expirase en día inhábil, se entenderá prorrogado el plazo hasta el primer día hábil siguiente. 

Las solicitudes para tomar parte en este proceso selectivo podrán presentarse en la oficina de Registro de este Ayuntamiento, o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Junto con la instancia será imprescindible aportar la siguiente documentación:

—Acreditación de los requisitos específicos que figuran en la convocatoria.

—Acreditación de los méritos aportados.

Cuarta. — Méritos. 

Los méritos a valorar son los que se indican a continuación, indicando que cualquier mérito no aportado durante el plazo de presentación de instancias no será valorado:

1. Experiencia profesional: Se valorará con 0,004 cada día de servicio tanto laboral como funcionario en una Administración Pública, Universidad o Instituto Tecnológico o con 0,002 en una empresa privada, acreditando la realización de las siguientes funciones:

• Gestión de proyectos de I+D+i.

• Gestión de proyectos de sostenibilidad, ahorro energético, agenda urbana o economía circular.

• Gestión de proyectos de dinamización de la innovación o el emprendimiento económico-social en municipios.

• Gestión de proyectos europeos relacionados con la transformación digital y la innovación.

• Gestión de proyectos de captación de talentos.

• Experiencia directa en la gestión del trasvase de conocimientos/tecnologías universidades a empresas. 

Incluyendo colaboraciones en tareas de investigación y trabajos relacionados directamente, o afines, con el perfil y objeto de la convocatoria.

Únicamente se considerará acreditada esta experiencia laboral si se aporta certificación oficial de períodos de cotización en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, junto con los contratos de trabajo o documentos oficiales que acrediten la relación contractual y categoría profesional. Además, deberá aportarse justificación de las funciones realizadas. 

2. Cursos específicos de formación: 

Se valorarán únicamente los cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido cursados o impartidos sobre las siguientes materias, a razón de 0,003 puntos por hora de formación:

Innovación y/o nuevas tecnologías disruptivas, homologados por administraciones públicas y universidades. No se tendrán en cuenta las actividades de naturaleza distinta a los cursos de formación, tales como asistencias a jornadas, mesas redondas, seminarios, etc. Los cursos cuya duración esté indicada en créditos y no en horas deberán ir acompañados de informe de la Universidad correspondiente que indique la equivalencia en horas. 

Economía circular y sostenibilidad.

3. Titulación complementaria: Se valorará con un punto adicional por la posesión de máster oficial relacionado directamente con la innovación, como por ejemplo los másteres de innovación local y/o tecnológica. Únicamente se valorará una titulación, en caso de que se aleguen varias. 

Asimismo, se añadirá 0,5 puntos adicionales por la posesión acreditada del nivel de inglés B2.

Quinta. — Comisión de valoración. 

Se establece una comisión de valoración reducida compuesta por un/a presidente/a, un/a secretario/a y un/a vocal, además de sus correspondientes suplentes, que serán nombrados/as por el concejal delegado de Personal. Todos los miembros de la comisión deberán tener la condición de personal funcionario. La comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplente, indistintamente. Así, la comisión estará formada por las siguientes personas: 

—    Presidencia: Doña Natividad Alfranca Luengo. 

    Suplente: Don Gonzalo Jiménez Yagüe. 

—    Secretario: Don Diego Talayero Gracia.

    Suplente: Doña Beatriz Colomina de Frutos.

—    Vocalía: Doña Esther Escusol Tomey . 

    Suplente: Doña Remedios López Domínguez. 

Sexta. — Procedimiento.

La comisión de valoración se reunirá con la mayor brevedad posible para resolver el proceso de selección, publicando a continuación el resultado del mismo y proponiendo al alcade-presidente a la persona candidata escogida para la contratación. Las personas aspirantes podrán realizar reclamaciones al resultado de la convocatoria como máximo hasta las 14:00 horas del día siguiente al de la publicación del mismo. Los casos de empate serán resueltos atendiendo a la puntuación otorgada en el apartado 1 de la base cuarta (méritos). De persistir el empate, se atenderá también a la puntuación, sucesivamente, del resto de apartados en el orden establecido.

Séptima. — Publicidad. 

Tanto las bases de la convocatoria como los sucesivos anuncios de la misma, se harán públicos en la página web/tablón del Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (www.laalmunia.es).

Octava. — Normativa de aplicación. 

La convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases. En su defecto, será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y sus modificaciones, el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado; la
Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, las disposiciones estatales aplicables a los entes locales, y las restantes normas que resulten de aplicación.  

Novena. — Recursos. 

Estas bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas y de la actuación de la Comisión podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones 

La Almunia de Doña Godina, a 13 de diciembre de 2023. — El alcalde, Ángel Noé Latorre Casao.

ANEXO I

Modelo de instancia

D./D.ª ......, con DNI núm. ......, vecino/a de ......, con código postal  ......, domicilio en  ......, teléfonos ......

Expone: 

Que está interesado/a en participar en las pruebas selectivas para el nombramiento como funcionario interino de un Agente Local de Innovación, en régimen funcionarial y con carácter temporal, del Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. 

Que acompaña a esta instancia:

—Copia electrónica auténtica de original papel del título acreditativo de la titulación exigida. 

—Copia electrónica auténtica de original papel de la documentación acreditativa para la valoración del concurso de méritos. 

Autobaremación: 

Puntuación experiencia profesional ......

Puntuación cursos de formación ......

Puntuación titulaciones superiores al nivel B1 en inglés ......

Total puntuación concurso de méritos ......

Que en vista de lo expuesto, 

Solicita: 

Ser admitido/a como aspirante en el citado procedimiento selectivo.

En ...... de ...... de ......

Fdo. ...... 

 

Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA- ZARAGOZA.

«Sus datos personales pasarán a formar parte de ficheros responsabilidad del Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina. Estos ficheros se utilizan para la gestión del proceso de oposición de acuerdo con las bases del mismo así como la posterior gestión de la Bolsa de Empleo, si la hubiere. Los datos de nombre y apellidos, DNI y calificación parcial o final podrán ser expuestos para dar publicidad al proceso de oposición en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento y en su caso en el BOPZ, de acuerdo con la normativa vigente. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercitados mediante escrito acompañado de copia del DNI dirigido al Ayuntamiento de la Almunia de Doña Godina, plaza de  España, 1 (Zaragoza)». 

 

 

Cerrar