BOP. 294    26/12/2023


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN

Número de registro: 9848/2023

Materia: Empleo Público

Sección sexta

APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2023.

SECCIÓN SEXTA

Núm. 9848

AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN

Por resolución de Alcaldía núm. 2023-1461 de fecha 20 de diciembre de este Ayuntamiento, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2023.

Personal funcionario

Escala de Administración general:

Grupo

Subgrupo

Clasificación

Núm.
Vacantes

Denominación

C

C2

1.4.2

1

Auxiliar administrativo

C

C2

1.4.7

1

Auxiliar administrativo

 

Escala de Administración especial:

Grupo

Subgrupo

Clasificación

Núm.
Vacantes

Denominación

C

C1

1.18.1

1

Técnico superior deportivo

E

E

1.10.1

1

Operario de servicios múltiples

E

E

1.10.6

1

Operario de servicios múltiples

E

E

1.10.7

1

Operario de servicios múltiples

 

Personal laboral

Grupo

Clasificación

Núm.
Vacantes

Denominación

E

2.5.08

1

Personal limpieza

E

2.5.16

1

Personal limpieza

 

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la señora alcaldesa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en otra Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. 

La Puebla de Alfindén, a 20 de diciembre de 2023. — La alcaldesa, María Pilar Villanueva Campaña.

 

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