BOP. 94    28/04/2025


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO

Número de registro: 3023/2025

Materia: Ayudas, Subvenciones y Premios

Sección sexta

BDNS (IDENTIF.): 827828.- EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS AL TRANSPORTE DE ESTUDIANTES RESIDENTES EN EL MUNICIPIO DE EL BURGO DE EBRO, PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA.

SECCIÓN SEXTA

Núm. 3023

AYUNTAMIENTO DE EL BURGO DE EBRO

EXTRACTO de convocatoria de subvenciones en materia de ayudas al transporte de estudiantes residentes en el municipio de El Burgo de Ebro para el curso escolar 2024-2025 por el procedimiento de concurrencia competitiva.

BDNS (identif.): 827828.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/827828

Primero. — Beneficiarios.

Requisitos para solicitar la subvención: Tendrán la condición de posibles beneficiarios de la subvención quienes cumplan, además de los requisitos establecidos en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, los específicos que a continuación se reseñan:

• Que todos los miembros de la unidad familiar se encuentren empadronados en el municipio de El Burgo de Ebro en la fecha del primero de septiembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria.

• Encontrarse matriculado en centros de enseñanza públicos o en centros privados/concertados que cuenten con la autorización de organismos públicos competentes en materia de educación en las modalidades de ESO, Bachillerato, ciclos formativos y estudios universitarios. Dicha matrícula deberá comprender un mínimo de nueve meses o, como mínimo, 18 créditos.

• Que los estudiantes para quienes se soliciten las ayudas se encuentren matriculados en centros de enseñanza pública o concertada y que dichos centros se hallen radicados en:

—Todo el territorio nacional, a excepción de aquellos centros que se encuentren en la Comunidad Autónoma de Aragón, o bien,

—La Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que dichos centros no se hallen radicados en los municipios de El Burgo de Ebro ni Fuentes de Ebro, a excepción de los ciclos formativos que se imparten en el instituto del municipio de Fuentes de Ebro y que no reciben ningún tipo de subvención o ayuda al transporte del Gobierno de Aragón ni en un radio superior a 39 kilómetros medidos desde cualquier punto del término municipal de El Burgo de Ebro, en alguno de los estudios comprendidos en los grupos siguientes:

Grupo I: Estudios de nivel universitario (grado, máster o doctorado).

Grupo II: Estudios de Bachillerato y Formación Profesional de grados Medio y Superior.

Grupo III: Estudios en centros de Educación Secundaria Obligatoria.

• Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Local. Este apartado será internamente comprobado por la Hacienda Local.

• La condición anterior podrá no ser tenida en cuenta en aquellos casos de extrema necesidad debidamente verificados por los Servicios Sociales Municipales.

• Quedan excluidos de la presente convocatoria los estudiantes que se beneficien de otras ayudas o subvenciones cuyo objeto sea el mismo que el de la presente convocatoria.

• Ser menor de 30 años.

Estos requisitos deberán ser acreditados por los solicitantes en la forma prevenida por el artículo 9.º de la Ordenanza municipal reguladora.

Segundo. — Objeto.

La subvención tiene por finalidad sufragar el coste del transporte de los estudiantes residentes en el municipio, que cumplan las condiciones de beneficiario establecidas en el artículo 2.º de la Ordenanza municipal reguladora.

El importe de la subvención no podrá superar el 100% del presupuesto de la actividad, con un máximo de un importe único de:

• 300 euros: Estudios universitarios (grado, máster y doctorado).

• 250 euros: ESO, Bachillerato, FP Medio y Superior.

Tercero. — Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de ayudas al transporte de estudiantes residentes en el municipio de El Burgo de Ebro, para el curso escolar 2024-2025, aprobada en fecha 2 de diciembre de 2021, y publicada en el BOPZ núm. 95, de fecha 29 de abril de 2022. Posteriormente, mediante acuerdo plenario de 12 de septiembre de 2024, se modificó la Ordenanza de ayudas al transporte, con objeto de incluir los ciclos formativos que se imparten en el instituto del municipio de Fuentes de Ebro y que no reciben ningún tipo de subvención o ayuda al transporte del Gobierno de Aragón, y publicada en el BOPZ núm. 279, de fecha 3 de diciembre de 2024.

Cuarto. — Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención vienen establecidos en la partida 2025.1340.47200 y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 20.000 euros.

Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo de la convocatoria. Se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles, desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Sexto. — Otros datos.

Deberán acompañarse a la solicitud los reseñados en el artículo 10.º de la Ordenanza municipal reguladora de las subvenciones objeto de la presente convocatoria y que son los siguientes:

—Instancia dirigida al señor alcalde del Ayuntamiento de El Burgo de Ebro (anexo I) y declaración responsable (anexo II).

—Fotocopia del documento acreditativo de encontrarse matriculado durante el curso académico establecido en las bases en un centro de enseñanza oficial o en un centro privado/concertado autorizado por organismos públicos con competencia en materia de educación, todo ello con una duración mínima de nueve meses o, como mínimo, 18 créditos.

—Fotocopia de la documentación acreditativa del pago de las tasas correspondientes a la matrícula del curso para el cual se solicita la ayuda.

—Justificante bancario donde se refleje el IBAN, número de cuenta y nombre del titular.

—Fotocopia del documento acreditativo del interesado, DNI o pasaporte.

—Declaración jurada de no percibir y de no tener solicitadas otras ayudas para los mismos fines.

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.

El Burgo de Ebro, a 21 de abril de 2025. — El alcalde-presidente, Vicente Miguel Royo Martínez.

 

 

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